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El matritense Pedro Negrillo: platero de oro,
mercader y empresario en Lima
(1608ca.-1632)
Carlos Alfonso Villanueva Carbajal
Siglas empleadas:
AAL : Archivo Arzobispal de Lima.
AGI : Archivo General de Indias. Sevilla.
AGN : Archivo General de la Nación. Perú.
AHN : Archivo Histórico Nacional. Madrid.
AMCDSJ : Archivo Monasterio Concepcionistas Descalzas de San José. Lima.
ARC : Archivo Real de la Cancillería. Valladolid.
BNP : Biblioteca Nacional del Perú.
Sumilla
Estudio dedicado por primera vez a abordar la trayectoria de un
platero de oro en Lima, durante el primer tercio del siglo XVII, el más
sobresaliente de Hispanoamérica. El matritense Pedro Negrillo, aunque
encomiado y valorado por sus coetáneos y desde el punto de vista
historiográco frecuentemente mencionado de paso, no ha merecido antes
de ahora un trabajo que intente comprender su andadura en el Virreinato
del Perú, la cual, esencialmente radicado en Lima, rebasó largamente la de
su prestigiosa actividad como maestro del arte de la platería de oro. Sus
enormes dotes personales y las excepcionales condiciones que ofrecía Lima
como centro de recepción y distribución mercantil en el amplio espacio
colonial peruano, favorecieron también su exitoso desempeño como
mercader, correo de valores y hasta empresario minero.
Palabras claves: Platero de oro / Artes Liberales / Virreinato del Perú /
Joyería peruana colonial / Mercader/ Hermandad de San Eloy / Mayordomo
/ Arzobispado de Lima / Provisor eclesiástico -Ordinario / Fiscal eclesiástico
/ Lima / Guayaquil / Potosí / Santiago de Chile / Oruro / Sevilla.
Revista del Archivo General de la Nación
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Abstract
is study is devoted to consider the trajectory of a jeweller in Lima
during the beginning of the XVII century, the most prominent century
of Latin America. In spite of been a well-known person, appreciated and
recognized; Pedro Negrillo, born in Madrid but settled down in Lima, has
never been the center of Historical Research until now. is is an attempt to
amend this neglect and give him the importance he deserves by presenting
his legacy beyond his activity as a jeweller master.
Keywords: / Jeweller / Liberal arts / Viceroyalty of Peru / Peruvian
colonial jewellery / Merchant / Brotherhood of Saint Eloy / Administrator
/ Archbishopric of Lima / Ecclesiastical provisor / Ecclesiastical prosecutor
/ Lima / Guayaquil / Potosi / Santiago of Chili / Oruro / Seville.
INTRODUCCIÓN
A primera vista, la idea que podría sugerir la gura de un platero de oro
virreinal, es la de un maeso artesano, al pie de una bigornia, con un martillo
y un escoplo en las manos, golpe a golpe concentrado exclusivamente en
dar forma al precioso metal que tenía ante sí y luego engarzó con coloridas
y radiantes gemas preciosas. Pero además, si sólo nos guiáramos por el
precepto teórico que señala tratarse de un trabajador inserto en un sistema
económico de competencia imperfecta (el gremial), correríamos el riesgo
de encasillarlo en la función de productor de un reducido número de
objetos que salen de su obrador, directamente vendidos, para satisfacer la
demanda de un mercado local, en el presente caso, el de la capital virreinal,
Lima. Por otra parte, el hecho de conocer su origen, como en todos los casos
similares, plebeyo por los cuatro costados, puede llevarnos a pregurarle
de la cuna a la tumba con los usos y costumbres del mencionado estamento
social, más aún si se tiene en cuenta que su vida discurría en el ámbito de
una sociedad sumamente estraticada, como fue la colonial. Goethe, sin
embargo, valdría recordarlo aquí, incursionando en el mar profundo de
la losofía aconsejaba en el Fausto, que la teoría era seca y el árbol de la
vida verde. Los documentos que pacientemente hemos logrado exhumar
fundamentalmente en el Archivo General de la Nación del Perú referidos
al platero de oro matritense Pedro Negrillo en Lima, y el estudio que aquí
presentamos como resultado de su análisis e interpretación, dirán que el
gran pensador alemán tenía razón.
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Debido a especiales circunstancias, el Virreinato del Perú constitu
un gran atractivo para los artíces y menestrales que cruzando dos mares
y enfrentando el desafío que representaba realizar tan larga travesía, se
asentaron en este dominio y de manera particular en la ciudad de Los
Reyes, su capital y corte. Ganosos de prosperidad, estos maestros pronto
entendieron que el Perú ofrecía mucho mayor margen de actuación
y realización personal comparado con cuanto les dispensaba el solar
peninsular. La práctica extra-profesional alternante de la que en no
pocos casos fueron protagonistas, acompañó los inicios de su actividad
especializada, hasta lograr aanzarse en la disputada plaza laboral, haciendo
posible su subsistencia; pero, otras veces, al ser Lima el polo meridional
de la política del monopolio, ofreció condiciones enteramente favorables
para que alternaran en el comercio de manera sostenida, aportando así
ingresos adicionales de signicativa importancia para sus economías y
consiguientemente labrar su prosperidad.
Para su comprensión, será preciso indicar de entrada, que la actividad
alternante, artesano-comercial, no constituía un fenómeno indiano y
peruano más en concreto. Aunque sus raíces se encuentran en el Medioevo,
el Descubrimiento invitó con mayor frecuencia a los artesanos y artíces
particularmente sevillanos a incursionar en el comercio trasatlántico, al
mismo tiempo que laboraban en sus respectivos obradores, como por sólo
señalar en esta ocasión lo graca el caso del gran escultor y creador de la
escuela sevillana de escultura, Juan Bautista Vázquez el Viejo
1
. No siempre
en relación a tan trascendental acontecimiento, no hay que olvidar tampoco
que no sólo durante el siglo XVII, en Soria (en la actual comunidad de
Castilla y León) los plateros también se daban a los negocios, logrando
adquirir en ocasiones gran poderío económico
2
.
Este estudio, como todos sus homólogos, ha surgido de una necesidad. El
avance que se advierte en los trabajos sobre la platería colonial peruana, que
en la octava década del siglo pasado tuvo en los estudiosos peninsulares sus
principales mentores, como resultado del incremento de las investigaciones
sobre la orfebrería española a partir de la década de los 70
3
; así como en
1 Palomero Páramo, Jesús: “Juan Bautista Vázquez el Viejo, Mercader de Arte y de Ropa con Indias.
Comunicación en congreso, Los Franciscanos en el Nuevo Mundo. La Rábida: Actas del II Congreso
Internacional Sobre los Franciscanos en el Nuevo Mundo (Siglo XVI), 1987, págs. 895-903.
2 Herrero Gómez, Javier: Orfebrería soriana: Siglos XVI y XVII, Tesis para obtener el grado de
Doctor, Madrid, Universidad Complutense de Madrid, 2002, pág.49.
3 Véase, Sanz, María Jesús: “La platería hispanoamericana. Estado de la cuestión. En Jornadas de
Andalucía y América, Tomo I, Sevilla, 1987; y Orfebrería Hispanoamericana en Andalucía Occidental.
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los estudios peruanos que actualmente han cobrado mayor intensidad y
profundidad, se centran especialmente en historiar a nuestros plateros como
grupo, su organización gremial, social, constitución étnica, legislación; y de
otro lado, en el análisis de los aspectos técnicos, tecnológicos, estéticos,
catalogación, y el signicado cultural de la llamada ‘plata labrada. En este
esfuerzo, sin embargo, como un paréntesis, la joyería peruana colonial, y la
de oro más en especíco, hay que reconocer que aún no ha suscitado mayor
atención desde la disciplina de la historia del arte, que tiene precisamente
en la dimensión social una de sus direcciones de estudio. No cuentan hasta
ahora con ningún trabajo especíco y menos a profundidad, el cual, sin
olvidar el contexto social, nos aproxime además a la persona de ninguno
de los protagonistas de un capítulo tan importante de nuestro desarrollo
artístico virreinal. En esta oportunidad, considerando precisamente estos
dos últimos aspectos, desde un mirador distinto, a la vez complementario,
nos proponemos analizar y valorar el signicado de la presencia y actividad
profesional del platero de oro matritense Pedro Negrillo, activo en la ciudad
de Los Reyes entre los años 1608 y 1632. Pedro Negrillo hasta el presente
no ha sido estudiado. Lo que sabemos de él, como tendremos ocasión de
comprobar, no pasa de parvas referencias dentro del tratamiento de temas
mayores y no siempre relacionados con la disciplina de la historia del arte.
Sin embargo, a buen seguro que fue uno de los joyeros más sobresalientes del
gremio de los plateros capitalinos del primer tercio del siglo XVII —el más
espléndido de la platería hispanoamericana—; de ahí que le dediquemos
el presente estudio. Comprender su persona y trayectoria, por lo demás,
puede servirnos para formarnos una idea sobre el grupo profesional del
cual formó parte.
I- ANTECEDENTES HISTORIOGRÁFICOS
El prestigio que en vida disfrutó Pedro Negrillo queda puesto en
evidencia en dos fechas tempranas, los años 1617 y 1632. En la primera,
Antonio Rodríguez de León se reere al oríce como orador en calle de
los Plateros, convocando a los habitantes de Lima a uno de los actos que
acompañaron la celebración de las estas a la Inmaculada Concepción de
Nuestra Señora
4
; en la segunda, otro coetáneo suyo, el clérigo y diarista
de Lima, Juan Antonio Suardo, le dedica una nota necrológica en el
Introducción al Catálogo de la Exposición..., Sevilla, 1995, págs. 12-13.
4 Relación de las estas que a la Inmaculada Concepción de la Virgen N. Señora se hicieron en la
Real Cuidad de Lima en el Perú, y principalmente de las que hizo la Congregación de la Expectación
del Parto en la Compañía de Jesús año de 1617, Lima: Francisco del Campo, 1618, pág.10. Existe un
ejemplar, lamentablemente deteriorado, pero esforzadamente restaurado en la BNP.
291
Diario de Lima el año 1632
5
. Mucho tiempo después, es decir a partir de
la tercera década del siglo pasado, el prestigio social del que hablamos se
deja entrever en las continuas y breves referencias que encontramos sobre
su persona en distintos textos historiográcos, no siempre disciplinarios.
El platero de oro, en efecto, es mencionado en un trabajo pionero de la
historia de la platería virreinal hispanoamericana, aparecido en 1932, El
gremio de los plateros en las Indias Occidentales, escrito por José Torre
Revello, quien le nombra como uno de los fundadores de la Cofradía
de San Eloy y Nuestra Señora de la Misericordia, aunque mediando
confusamente dos fechas, 1597 y 1622
6
. En 1940, esta vez un trabajo de
fuentes históricas, Noticias inéditas para ilustrar la historia de las Bellas
Artes en Lima…, del prominente académico Guillermo Lohmann Villena
nos trae otra nueva referencia. Señala el estudioso que el día 2 de mayo de
1610, el pintor italiano Angelino Medoro menciona a Pedro Negrillo como
consorte de doña Eugenia Angelino, hija suya y de doña Lucía Pimentel,
su extinta primera esposa
7
. Tras esta noticia, Lohmann vuelve a nombrarle
en 2003, a propósito del padrinazgo que asumió el magnate Juan de la
Fuente Almonte de una de las hijas de Negrillo, llamada Juana
8
. En 1963, el
nombre del oríce aparece citado también en el Índice del conocido artículo
“Pinturas y pintores en Lima virreinal” del arquitecto Emilio Harth-Terré
9
;
y, algo más de una década después en la tesis de licenciatura de Fuensanta
Arenedo, defendida en Sevilla el año 1975. En este trabajo el autor inserta
el testamento del mencionado pintor, otorgado en Sevilla, el 1 de setiembre
de 1631, y en él Medoro se reere una vez más a Negrillo como su yerno.
Como tal, igualmente, gura posteriormente en el apéndice documental
a El Manierismo en Lima, tesis doctoral de José Chichizola Debernardi,
defendida en 1976, hecha pública en 1983.
El nombre de Negrillo aparece en la trascripción literal del testamento
de Medoro hallado por Fuensanta Arenedo
10
.
5 Suardo, Juan Antonio: Diario de Lima (1629-1634). Concejo Provincial de Lima, Lima, 1935,
pág. 177.
6 Torre Revello, José: El gremio de Plateros en las Indias Occidentales, Buenos Aires: Imprenta de la
Universidad (Facultad de Filosofía y Letras), 1932, págs. XVI y XXIV.
7 Lohmann Villena, Guillermo: “Noticias inéditas para ilustrar la de las Bellas Artes en Lima
durante los siglos XVI y XVII. En Revista Histórica, Tomo XIII, Lima, 1940, pág.17.
8 ____- Vila Vilar, Enriqueta: Familia, linajes y negocios entre Sevilla y las Indias. Los Almonte.
Fundación Histórica Tavera, 2003, pág.95.
9 Harth-Terré, Emilio: “Pinturas y pintores en Lima virreinal”. En Revista del Archivo Nacional del
Perú, Tomo, XXVII, Entregas I-II, Lima, 1963, pág. 194.
10 Chichizola, José: El Manierismo en Lima. Ponticia Universidad Católica del Perú, Lima, 1983,
págs. 128, 226 y 235.
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El oríce asimismo ha sido mencionado en dos ocasiones por el sacerdote
claretiano y transformador de los estudios sobre la arquitectura virreinal
del Perú, Antonio San Cristóbal Sebastián. La primera oportunidad se
ofreció el año 1985 (vuelta a indicar en un estudio de 2003), al realizar un
trabajo dedicado a dar noticia sobre algunas capillas limeñas que durante la
primera mitad del siglo XVII fueron ornamentadas con pintura mural. El
estudioso rescata el nombre de Pedro Negrillo al transcribir la escritura de
concierto celebrada por el pintor, dorador —y hay que añadir mercader
Agustín Sojo, con los mayordomos de la hermandad del Señor San Eloy de
los plateros, el día 3 de marzo de 1629
11
. En cuanto a la segunda ocasión
concierne, y de hecho constituye una mejor referencia, ocurre en 1993,
cuando la mención de Negrillo es trasladada de un apéndice documental
al análisis del poder que el 30 de agosto de 1633 los plateros limenses
otorgaron a sus representantes, Benito Pereira, mayordomo, Diego de
Requena, diputado, y al procurador de la Real Audiencia Antonio de
Esqueva. San Cristóbal echa de menos que Pedro Negrillo no gure entre
los rmantes del documento, y con él Mateo de Obregón, Antonio Ruiz
Barragán, administrador de rentas de la mencionada hermandad y Ramírez
Ortiz, procurador de la mencionada institución judicial, atribuyendo estas
ausencias a una probable renovación de cargos en la referida asociación
limense
12
. En 1989, Negrillo es nombrado en “Notas sobre los plateros
limeños de los siglos XVI-XVII”, de María del Carmen Heredia Moreno,
basada en el citado estudio de Torre Revello, señalándole equivocadamente
como fundador de la cofradía de San Eloy y de Nuestra Señora de la
Misericordia, instituida en el convento de San Agustín
13
.
Posteriormente, el nombre de Pedro Negrillo aparece en Arte festivo de
Lima virreinal, publicado en 1992 por Ramos Sosa, quien sospecha que
11 San Cristóbal, Antonio: “Capillas en Lima con Pinturas Murales. En Revista del Archivo
General de la Nación, Nº 8, Segunda Época, Lima, 1985, págs. 135-136. Esta noticia reproducida
en Arquitectura virreinal de Lima en la primera mitad del siglo XVII, Volumen 2, Lima: Universidad
Nacional de Ingeniería: INI-FAUA Instituto de Investigación, Facultad de Arquitectura, Urbanismo
y Artes, 2003, pág. 203.
12 ___“Dos gremios de artíces en el siglo XVII limeño: los plateros y los doradores. En Sequilao,
Nº 3, Lima: 1993, págs. 21-23.
13 Heredia Moreno, María del Carmen: “Notas sobre los plateros limeños de los siglos XVI-XVI”,
En Laboratorio de Arte, Núm. 2, Sevilla: Universidad de Sevilla, 1989, pág.46.
293
se trataba del platero cuyo estado de cuestión examinamos
14
; Margarita
Suarez, por su parte, el año 1995 señala a Negrillo como uno de los
emisores del banquero y mercader Juan de la Cueva entre los años 1608 y
1620, en Comercio y fraude en el Perú colonial. Las estrategias mercantiles
de un banquero
15
.
El oríce también es mencionado en “Platería colonial, un trueque
divino, artículo de Stastny Mosberg, en 1997, señalándolo como miembro
fundador de la Cofradía del Glorioso San Eloy en 1597, basado en el
estudio de Heredia Moreno
16
. Se reeren a él, por otro lado, Flores y Barón
el año 2002, con un dato relativo a su incursión en la actividad minera
17
.
Asimismo, es nombrado en dos acuciosos estudios: “La cofradía de San
Eloy de los plateros de Lima, de Cristina Esteras y Ramón Gutiérrez el año
2005, centrado en ofrecer noticias de la cofradía de San Eloy y su capilla
emplazada en el convento de San Agustín, trabajo en el cual se reeren
a Negrillo basados en la información suministrada por el padre Antonio
San Cristóbal
18
. Finalmente, en Plateros indígenas en el Virreinato del
Perú: siglos XVI y XVII, publicado en el año 2008 por Luisa María Vetter;
estudio de enfoque tecnológico y cultural, no obstante lo cual la autora
aborda las actividades desempeñadas por los plateros españoles, criollos y
mestizos ancados en Lima; motivo por el cual entre los primeros señala,
con desigual acierto, a Pedro Negrillo, platero de oro, nacido en Madrid,
establecido en Lima el año 1597 y fallecido en la misma capital virreinal
en 1632
19
.
14 Ramos Sosa, Rafael: El arte festivo en Lima virreinal (siglos XVI-XVII). Junta de Andalucía
-Consejería de Cultura y Medio Ambiente, Sevilla, 1992, págs.247 y 263.
15 Suárez, Margarita: Comercio y fraude en el Perú colonial. Las estrategias mercantiles de un
banquero. Lima: Banco Central de Reserva del Perú - Instituto de Estudios Peruanos, 1995, págs.
118-119.
16 Stastny, Francisco: “Platería colonial, un trueque divino. En Plata y plateros del Perú. Lima:
Patronato de la Plata del Perú, 1997, pág.167.
17 Flores Espinoza, Javier- Varón Gabai, Rafael: El Hombre y los Andes. Homenaje a Franklin Pease
G.Y., v. 2, Lima. Ponticia Universidad Católica del Perú, Instituto Francés de Estudios Andinos,
2002, pág. 981.
18 Esteras, Cristina - Gutiérrez, Ramón: “La cofradía de San Eloy de los plateros de Lima, en Atrio
N° 10-11, Sevilla: Universidad Pablo de Olavide, 2005, pág.162.
19 Vetter Parodi, Luisa María: Plateros indígenas en el Virreinato del Perú: siglos XVI y XVII, Lima:
Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.-Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2008, págs.
140 y 146.
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II. TRAZOS BIOGRÁFICOS
2.1. La familia
El protagonista de nuestro estudio, el platero de oro Pedro Negrillo,
vino al mundo en la villa y corte de Madrid, en torno al año 1587. Los dos
datos nos lo revela él mismo en la ciudad de Lima, primero al contraer
nupcias con doña Eugenia Angelino, hija del ya mencionado pintor italiano
Angelino Medoro
20
; declaración en la que posteriormente éste se ratica en
el preámbulo de su testamento, otorgado en Sevilla el año 1632; y segundo,
cuando el año 1622 comparece como testigo en la información de soltería
del acaudalado mercader navarro Diego García Ximénez y la limeña doña
Margarita Bonifaz, hija del platero Miguel Bonifaz o Bonifacio (y de doña
Isabel de Granda), suegro este a su vez del escultor, entallador y arquitecto
Pedro de Noguera
21
, a cuya gubia se debe la espléndida sillería coral de la
catedral de Lima. En aquella ocasión, dando respuesta a sus generales de
ley, Negrillo “dijo ser de treinta y sinco años
22
, dato que permite inferir el
año de su nacimiento.
Fue hijo de Alonso Negrillo y Juana de Meneses
23
, ésta, hija de Gonzalo
Meneses y María González, nacida en el pueblo de Meneses, en Castilla
la Vieja, Adelantamiento de Campos. Pedro fue el mayor de cuatro
hermanos; en consecuencia, al que siguieron Isabel, Gregoria y Gabriel
24
;
los dos últimos residentes en Lima, ciudad en la que tomaron hábito en el
monasterio de Santa Clara y el convento de Nuestra Señora de la Merced,
respectivamente.
Nuestro escudriñar en el Archivo General de Indias no nos ha permitido
precisar cuándo fue que Pedro Negrillo pasó al Virreinato del Perú para
radicar en Lima. Los documentos que debió generar el orfebre en la Casa
de la Contracción de Sevilla —institución encargada de llevar a cabo el
control de los pasantes y mercaderías— no han llegado a estos tiempos. No
obstante ello, podemos situar su presencia en el Perú y Lima en concreto,
en torno a 1608, sobre la base de dos datos enteramente conables. El
20 AAL. Matrimonios, Libro III (1609-1639), fol. 11r.
21 San Cristóbal, Antonio: “Dos gremios de artíces en el siglo XVI Limeño (sic): Los Plateros y los
Doradores, En Revista del Archivo General de la Nación, N° 10, Lima: Instituto Nacional de Cultura,
1986, pág.98.
22 AAL. Expedientes Matrimoniales, Leg. III: 9 (1622), fols. 5v-6r.
23 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1960 (1632), fol. 861r.
24 AGN.PN. Ramírez de Aguilera, Joan, Leg.1595 (1600-1609), fols. 231r-232r.
295
primero fechado el 8 de mayo de 1620, cuando el orfebre depuso ante el
provisor y vicario del Arzobispado de Lima, don Pedro de Salinas, “que
puede haçer doçe años que aqueste testigo está en esta dicha çiudad
25
; y en
cuanto al segundo se reere, es preciso señalar que no hemos encontrado
ningún documento que registre su presencia en Lima antes de la fecha que
indicamos. En consecuencia, la armación hecha por Heredia Moreno, y a
partir de ella Stastny y Vetter Parodi, en el sentido de que el año 1597 fue
uno de los rmantes del acta de fundación de la cofradía de San Eloy, patrón
de los plateros limenses, lamentablemente carece de todo fundamento. Más
adelante, en otro apartado examinaremos detalladamente este punto.
Es muy probable que el artíce haya realizado su paso al Virreinato del
Perú en compañía de sus padres, hermanas y hermano, habida cuenta que
sobre ellos encontramos referencias tempranas de entre la masa documental
relacionada con él. De haber sido así, el hecho no tendría nada de extraño,
por cuanto es de sobra conocido que constituyó precisamente una de las
modalidades utilizadas por los emigrantes españoles a todo lo largo del
periodo colonial.
Por supuesto, el matrimonio Negrillo-Meneses pasó al antiguo país de
los incas en busca de prosperidad, y a buen seguro que de ese proyecto
quiso participar Pedro; aunque al mismo tiempo es necesario señalar
que en Madrid los plateros tenían una situación económica alejada del
pauperismo, y, además, socialmente eran estimados.
En la villa y corte imperial conjuntamente con algunos comerciantes, los
plateros vivían y laboraban preferentemente en la zona vieja; su caso, por lo
tanto, era distinto al de los ocios modestos, que ocupaban la periferia. Sin
embargo, merece la pena tomar en cuenta que por esos tiempos la fuerte
presión scal que recayó directamente sobre los artículos de consumo de
primera necesidad y la dura competencia profesional que imperaba en
Madrid (los plateros pasaron de 14 individuos en 1592 a 235 en 1625),
hecha más difícil aún desde 1606, cuando los gremios por disposición real
acentuaron el control sobre sus miembros y ha llevado a armar que
por ello fueron la solución modélica de la monarquía, pudieron haberlo
animado a emigrar conjuntamente con su familia. Aunque en Madrid
entre 1605 y 1625 los sueldos alcanzaron su apogeo, sabemos que de
todas maneras en general apenas servía para procurarse una alimentación
deciente y tomar en arrendamiento una mala vivienda
26
.
25 AAL. Cofradías, Leg. 50, Expediente 1 (1618-1622), fol. 176r.
26 Nieto Sánchez, José A. Artesanos y mercaderes: una historia social y económica de Madrid
(1480-1850), Madrid: Editorial Fundamentos, 2006, págs. 98, 143-144; y, Antolín Nieto, José: “La
feudalización de la sociedad madrileña en el siglo XVII”, págs.7-8.
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296
De jo, estamos en condiciones de señalar que el matrimonio Negrillo-
Meneses no fue el primer integrante de su familia en pasar al Perú y en
ancarse concretamente en la próspera capital virreinal. Francisco Negrillo,
tío de Pedro, moraba en Lima el año 1607, ya casado, aunque los tres hijos
que tuvo: Francisco, María y Juana Negrillo se quedaron a residir en la
ciudad de Sevilla. Por ese entonces, lamentablemente, Juana falleció; razón
por la cual, su padre desde Lima, el 26 de abril de ese mismo año rmó una
Exclamación notarial en defensa de su mejor derecho sobre los bienes que
a ella le pertenecían. Ocurría que, aunque Juana había estado casada con
Francisco de Olivares de quien no tenemos mayores noticias, falleció
sin dejar descendencia; motivo por el cual Francisco Negrillo procedió a
reclamar desde Lima la dote, arras y los bienes gananciales que pertenecían
a su extinta hija.
Desde el óbito de Juana, el tío del oríce da la impresión de haber
decidido radicar denitivamente en la ciudad de Los Reyes, habida cuenta
que un día después de la fecha que señalamos apoderó a sus otros dos hijos,
y a un tal Ambrosio de Villasa, de partida a los reinos de España, para que
en su nombre y representación cobrasen la cantidad de pesos que le debían
en Sevilla y además reunieran todas sus pertenencias
27
.
En los archivos limeños, damos por primera vez con los padres del
orfebre el 14 de abril de 1608, fecha en la cual Alonso Negrillo adquirió
en venta del capitán Blas Hernández, un esclavo de casta bran (procedente
de Guinea-Bissau), nombrado Domingo, por el cual se obligó en cuantía
de 505 pesos de a 8 reales el peso. Alonso Negrillo, para poder efectuar
el registro notarial de esta compra llevó como testigos a su hermano
Francisco, al platero Diego Requena y a Diego de Salvatierra
28
. Francisco
Negrillo, pocos meses después asumió el papel de albacea de Juana Meneses
—como queda dicho, esposa del progenitor del personaje que nos ocupa—,
quien por esta razón ella se reere a él como “su cuñado, y al cual, además,
entregó algunos de sus bienes “para que dice haga con ellos lo que le
tengo ordenado
29
. Ambos testimonios, pues, conrman el lazo familiar
que unía a Alonso y Francisco; y por otro lado, la relación establecida entre
Alonso Negrillo y los plateros de Lima.
Alonso Negrillo no era platero, tenemos certitud de ello, pues en ningún
documento se identica como tal. Dicho esto, sin embargo, no nos ha sido
27 AGN.PN. Ramírez de Aguilera, Joan, Leg.1595 (1600-1608), fols.189r-v, y 190r-192v.
28 Ibídem, fols. 153r-v.
29 Ibídem, fols. 231r-232r.
297
posible determinar con precisión cuál fue la actividad realizada por él a la
vera del Rímac, puesto que en ninguno de los documentos en que aparece lo
precisa. Este hecho nos lleva a considerar que se trató de un hombre sin ocio
conocido, como los había muchos a la sazón y como tal sabía tomar cuanta
oportunidad se ofrecía no sólo para procurarse un ingreso a los efectos de
satisfacer sus necesidades y las de su familia. Esto indicaría, según hemos
adelantado, el contenido de tres documentos que lo relacionan socialmente
con el abigarrado grupo de plateros limenses, uno de ellos, el que acabamos
de reseñar; circunstancia que bien pudo estar relacionada con la actividad
profesional de Pedro, el cual vino a Lima formado profesionalmente, como
todo sugiere en la villa y corte de Madrid, lo cual, cabe añadir, habla de
su gran capacidad profesional. En el segundo documento, el platero de
mazonería y oríce Diego de Requena
30
, ya mencionado, conjuntamente
con Catalina Galván, su mujer, le hace padrino de uno de sus gemelos el día
lunes 20 de setiembre del año siguiente. En el tercer y último manuscrito,
Alonso, conjuntamente con doña Eugenia Angelino, su nuera, sacaron de
la pila de la iglesia del Sagrario a Bartolomé, gemelo de Mariana, ambos,
hijos del platero Diego de Requena
31
.
En los documentos que hemos conseguido ubicar, la familia del platero
de oro se perla con suma nitidez por su origen social plebeyo, y como
quedó anotado de jo que pasó al Perú en busca de prosperidad. A pesar de
ello, de primera intención el matrimonio Negrillo-Meneses no puede ser
puesto en el zurrón de los “desesperados de España, al decir del inmortal
Miguel de Cervantes. Juana de Meneses, en efecto, reere que cuando
se casó con el padre de Pedro llevó como dote 600 ducados de Castilla,
cantidad si bien discreta habla de todas maneras de la posesión de cierto
patrimonio
32
. Como último dato referido al entorno familiar de nuestro
platero de oro, sólo queda añadir que el año 1607 ni el siguiente fueron
precisamente piadosos con él. En el primero, como dijimos anteriormente,
murió Juana, su prima; y durante el siguiente, el día 2 de junio, en Lima, su
madre ordenó su testamento y falleció poco después
33
.
30 Ibídem, fols. 153r-v.
31 Bartolomé y Mariana, hijos de Diego de Requena y doña Catalina Galván, fueron bautizados en
la misma fecha por el licenciado y cura Juan Peis. Hernando de Montoya y doña Mariana de Ávila,
su mujer, fueron padrinos de Mariana. AAL. Bautismos Nº 3 (1608-1618), fol. 19v.
32 AGN.PN. Ramírez de Aguilera, Joan, Leg.1595 (1600-1608), fol. 231v.
33 Ibídem, fols. 231r-232r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
298
2.2. El enlace matrimonial y su descendencia
Desde aquel duro suceso, transcurrió un año, y Pedro Negrillo contrajo
nupcias. Formado el expediente matrimonial exigido a los novios, y
habiendo procedido las tres amonestaciones mandadas por el Concilio
de Trento, el provisor y vicario general del Arzobispado, y canónigo de la
Catedral, doctor Feliciano de la Vega, expidió la licencia correspondiente;
y así facultados, Pedro y Eugenia Angelino pudieron celebrar el entrañable
acto, que se llevó a cabo el día martes 9 de junio de 1609, a las 11 horas de
la mañana. Para tal efecto, Juan de la Roca, cura rector de la Metropolitana
de Los Reyes, acudió a la casa donde moraba el prestigioso pintor romano
Angelino Medoro y, una vez en ella, ante la presencia de numerosas
personas,
cassó por palabras de presente, que hizieron verdadero matrimonio
según horden de nuestra Santa Madre Yglesia Cathólica Romana,
a Pedro Negrillo, natural de la villa de Madrid en España, hijo
lexítimo de Alonso Negrillo y de Juana de Meneses; con Doña
Eugenia Angelino, natural de la ciudad de Santa Fe de Bogotá en el
reino de Nueva Granda, hija legítima de Medoro Angelino, romano
y de doña Lucía Pimentel
34
.
Fueron testigos el propio pintor y padre de la novia, el presbítero
Cruciano Guillén, el notable platero de mazonería Miguel Bonifaz, así como
otras personas asistentes a dicho enlace. Pedro Negrillo frisaba a la sazón
con los 22 años de edad; y nosotros, al señalar ésta, en conjunción con el
grado profesional que tenía —el de maestro—, nos permite conrmar que
se trataba de un hombre inteligente y bien aplicado en su ocio. Conviene
saber que a esa edad, si bien en la Península algunos artíces y menestrales
solían contraer nupcias, lo cierto es que lo hacían muy regularmente en la
categoría profesional de ociales, de la que conviene saber, además, muchas
veces no pasaban debido a la imperiosa necesidad que tenían de atender los
gastos del hogar y los hijos que naturalmente venían. En la abrumadora
mayoría de casos, la atención de estas prioridades impedía a los ociales
ahorrar con el n de enfrentar el examen, que por supuesto exigía gastos,
tales como la adquisición de los materiales que debían emplear en la
prueba práctica, la atención del pago al escribano, al ayuntamiento y a
la corporación, cuando superado el examen hacían su ingreso a ésta ya
como maestros, lo cual constituía una inmemorial costumbre, aunque por
entonces se encontraba perfectamente normada en los reinos de España y
34 AAL. Matrimonios, Libro III (1609-1639), fol. 11r.
299
en el Perú. En todo esto, no hay que olvidar, por otro lado, que los ociales
sobrellevaban su situación material con un salario denitivamente modesto,
algo que también era parte del bloqueo establecido por los maestros en su
propósito de controlar el ingreso al mercado de trabajo, basado en una
rígida calicación profesional.
Sólidamente parapetado en su anunciada aplicación, todo induce a
pensar que, aunque joven, por entonces Pedro Negrillo ostentaba alguna
estimación profesional, y por supuesto mejor proyección, pues de otro modo
no se explica que haya podido merecer la mano de la mencionada doncella.
No olvidemos que por entonces, entre artíce y menestrales, el matrimonio
se concertaba sobre la base profesional y económica del pretendiente, a
quien de otro lado la futura esposa aprendía a amar, o no. Doña Eugenia
Angelino, por su parte, siguiendo la costumbre, inmediatamente después
de haber contraído nupcias con Pedro Negrillo aligeró la carga familiar, al
aportar “tres mil quatrocientos pesos... como dote, según tiempo después
reconoció el orfebre matritense al momento de testar
35
.
Doña Eugenia Angelino, según hemos anunciado, era criolla nacida en
la ciudad de Santa Fe de Bogotá, en el Nuevo Reino de Granada; lugar
en el cual su padre, el pintor, había permanecido desde 1587 hasta 1592,
y en donde idénticamente contrajo nupcias con doña Lucía Pimentel en
1589
36
. Angelino Medoro, llegado a Lima en el año 1600, alcanzó a ser el
pintor más prestigioso de la ciudad hasta 1620, tras haber fallecido Mateo
Pérez de Alecio, “pintor de su señoría el visorrey” y el hermano jesuita
Bernardo Bitti. Contaba con obra en España (en Sevilla, más en concreto),
en el citado Virreinato de Nueva Granda, Quito y particularmente en Lima.
Por razones de su ocio, cabe mencionar, se encontraba muy relacionado
con la corte virreinal, la elite no sólo local y la Iglesia peruana. La madre
de Eugenia Angelina, por su parte, ostentaba vínculos de hidalguía,
abstrayendo el hecho que a la sazón se le viera como hija ilegítima de don
Alonso Gutiérrez Pimentel, Procurador General y encomendero de Santa
Fe, además de alcalde ordinario de esta ciudad por el año de 1594, y más
tarde su Alférez Mayor en 1600, año este en el que por último murió.
37
En
Lima, en el año 1603, doña Eugenia Angelino fue una de las pocas doncellas
seleccionadas que ingresaron al amante monasterio de las religiosas
Concepcionistas Descalzas de San José, el primer cenobio femenino de
35 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1960 (1632), fol. 866v.
36 José Mesa y Teresa, Gisbert: “El pintor Angelino Medoro y su obra en Sudamérica. En Anales del
Instituto de Arte Americano e Investigaciones Estéticas, Nº 18, Buenos Aires: 1965, pp. 27-28.
37 Mesa y Gisbert, Op. cit., p.28.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
300
estricta observancia de la ciudad
38
. En éste, sin embargo, sólo alcanzó
a vestir de novicia e instruirse esmeradamente
39
, pues retornó al siglo y
como hemos constatado matrimonió. Unidas sus vidas, Pedro y Eugenia
Angelino fueron velados y les fue impartida las bendiciones nupciales el
día domingo 27 de setiembre del mismo año 1609; ceremonia que se llevó
a cabo en la mencionada iglesia del Sagrario, contando con el padrinazgo
del citado platero de mazonería
40
Miguel de Bonifaz y su mujer
41
, que lo era
doña Isabel de Granada; dato demostrativo del estrecho vínculo amical que
unía a este con Negrillo.
El enlace de Pedro Negrillo con doña Eugenia emparentó dos familias
de origen artístico, con lo cual la vieja práctica de la endogamia artística
española se reeditaba en Lima, aunque hay que armar en el caso presente
sobre la base del prestigio social alcanzado por los pintores y los plateros
dentro del artesanado, no sólo en el contexto de la sociedad indiana.
En efecto, examinando este asunto en necesaria perspectiva, convendría
recordar que hasta nales de la Baja Edad Media, en Europa la pintura (al
igual que la arquitectura y la escultura, y sin importar los conocimientos
que suponían ni el dominio de las técnicas que empleaban) había sido
categorizada entre las Artes Mecánicas, puesto que exigía el empleo
de esfuerzo físico y sobre todo se ejecutaba mediante procedimientos
manuales. Los pintores, por entonces, como en la Antigüedad Clásica, eran
considerados socialmente artesanos, y por ser tales estaban organizados
en gremios. Su labor era de una naturaleza distinta a las Artes liberales,
que para los escolásticos eran solo siete: Retórica, Dialéctica y Gramática
(Tribium) y Geometría, Aritmética, Astrología y Música (Quadrivium).
Estas artes, según los mismos exegetas, eran fruto del pensamiento, por
consiguiente propias de hombres libres. En el siglo XV, no obstante, desde
Italia comenzó a discutirse y relevarse el carácter intelectual de la pintura,
y por tanto su derecho a ser considerada como Arte Liberal. Así, a medida
que esta nueva concepción sobre la naturaleza de la pintura fue ganando
38 Para una historia de la fundación del citado monasterio véase: Villanueva C., Carlos Alfonso:
“Religiosidad y Patronazgo: La fundación de la recolección Concepcionistas Descalzas de San José
de Lima. En Revista del Archivo General de la Nación, Nº 17, Lima, 1998, pp. 37-90.
39 AMCDSJ. Primero Libro de la Fundaçión y Memorias de las capellanías y de los bienes y Reglas
y Constituçiones y Professiones de este monasterio de monjas religiosas descalzas de la Orden de
la Puríssima Concepçión de Nuestra Señora... de la advocación de nuestro padre San Joseph desta
ciudad de los Reyes, fol. 22v.
40 Es el maestro platero especializado en hacer piezas grandes y de relieve.
41 Bonifaz se hace reconocer como tal en la escritura de obligación con Domingo Gonzales, datada
el 31 de octubre de 1632. AGN.PN. Valenzuela, Juan de Leg.1963 (1632), fols. 399v-400r.
301
terreno, la estimación social de los pintores se vio incrementada. Durante
el siglo XVI, conviene saber, estas ideas se difundieron en España, y aunque
con mucha mayor resistencia, terminaron por ser asimiladas, obteniendo
importantes privilegios. Posteriormente, aunque Diego de Velázquez debió
faltar a la verdad y negar que percibiese algún estipendio por sus obras,
nadie se llamó a engaño con respecto a que un nuevo concepto sobre la
naturaleza de la pintura en la corte española, permitió que a n de cuentas
fuese incorporado en la orden de Santiago, promovido por el propio rey
Felipe IV, que tanta estima le tuvo.
La pieza clave a considerar sobre aquel trascendente veredicto residía
en el concepto de ‘ciencia, que en el caso de la pintura poseía un profundo
basamento en las matemáticas, y de éstas al concepto inicial de punto, como
se aprecia en los tratados de pintura del siglo XV: Della Pittura, de León
Battista Alberti —en el cual denió por primera vez de manera cientíca
la perspectiva— y De Prospectiva Pingendi —Tratado de la pintura— de
Piero della Francesca. El concepto de punto —principio primero de la
geometría— fue retomado posteriormente por Leonardo da Vinci en su
Tratado de la Pintura como podemos constatar desde el inicial y expresivo
epígrafe Principio Primero de la ciencia de la pintura; a lo cual agregó
consideraciones sobre la supercie plana y su simulacro en el Principio
de la ciencia en la pintura, y la denición de la sombra por lo que hace
al Segundo Principio de la pintura. Entre los elementos que comprendía
la “ciencia de la pintura” el pintor orentino señalaba los colores de la
supercie y gura de los cuerpos en perspectiva; consideraba a la pintura
como “madre” de la perspectiva, esto es “de la ciencia de las líneas de
visión, la cual a su vez estaba dividida en tres partes: construcción lineal
de los cuerpos, la difuminación de los colores en relación a las diversas
distancias, y por último, la pérdida de la determinación de los cuerpos en
relación a las diversas distancias. De ella, proseguía, nacía otra ciencia que
era la sombra y la luz o claro oscuro. Y llegó a sostener que la ciencias de
las líneas de visión había “parido la ciencia de la astronomía, toda vez que
ésta no era sino “pura perspectiva, al estar conformada por líneas de visión
y secciones de pirámides.
Basado en todas estas reexiones, como apreciamos, para el tratadista
la pintura era inequívocamente una ciencia aunque pasase por las manos,
puesto que también lo hacían todas las artes, como por ejemplo la que
practicaban los escritores. La astrología y las restantes ciencias, asimismo,
pasaban por operaciones manuales, aunque originalmente fuesen mentales;
por ello concluía: “así también la pintura, que es primero en la mente de su
fabulador, no puede alcanzar su perfección sin la operación manual”.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
302
Para Leonardo, por otro lado, como toda ciencia, la pintura era
comunicable a todas las generaciones y universo, dependiendo sólo de la
capacidad de ver. Era un arte que no necesitaba intérpretes, como las letras,
y sobre todo satisfacía de inmediato la compresión de cuanto se intentaba
comunicar a la especie humana. En este sentido, terminaba por sostener
incluso, que la pintura presentaba a los sentidos, las obras de la naturaleza
con mayor verdad y certeza que las propias palabras o letras. A su entender,
que la pintura no hubiera sido contada entre las ciencias, no signicaba que
fuese menos noble, puesto que no tener conocimiento de sus fundamentos
u olvidar su nobleza no la invalidaba como ciencia
42
.
En cuanto toca a la naturaleza de la platería, si bien en su reexión no
es tan antigua como la anterior, podríamos decir que nalmente siguió un
curso similar hasta desprenderse de su condición de Arte Mecánica. De ahí
que en España, el 30 de setiembre de 1552, el rey Carlos V en consonancia
con su formación humanista, y su madre doña Juana, entendiéndolo,
expidieron la Pragmática que denía a los maestros plateros como artistas
y artíces, y no menestrales; y, por ende, en demostrativa expresión social
de esta nueva consideración, además fueron autorizados a vestir con
trajes de seda, para ellos antes prohibidos en el solar peninsular
43
. A partir
entonces, los argentarios conservaron esta categorización, y su actividad
se interiorizó socialmente como un Arte Liberal. Pedro Calderón de la
Barca, el gran escritor y santiaguista (1600-1681) interesado en el tema,
encomió la determinación del monarca, y no menos el trabajo de los
plateros en nombre de las demás artes, al bregar incluso judicialmente para
conseguir tan merecido reconocimiento social. Si intentáramos resumir las
consideraciones del monarca, podríamos señalar que él consideraba que
todas las artes basadas en el dibujo, no podían estar comprehendidas entre
los demás ocios mecánicos. La platería, ergo, no podía ser un ocio de
este tipo; y por lo tanto, sus practicantes y los de las demás artes basadas en
el dibujo, no debían ser llamados ociales [en el sentido de menestrales],
dado que estos últimos hacían obras que no requerían ni ciencia ni arte.
A diferencia de ellos, expresaba concluyente: “el artíce se dice aquel
cuya obra no se puede hacer sin ciencia y noticia de algunas de las artes
liberales
44
.
42 Vinci Leonardo da: Tratado de Pintura, Madrid: Anzos, S.L., 1995, págs. 31-42.
43 ARC. Secretaría de Cámara, Caja 4,9.
44 Calderón de la Barca, Pedro: Memorial dado a los profesores de pintura, Red Ediciones, S.L.,
2012, págs.14-15.
303
Posteriormente, o para ser precisos en 1792, los plateros todavía eran
considerados artíces, como queda indicado al aprobarse la impresión de
sus ordenanzas. En éstas por entonces se hace referencia a sus miembros
como: Cofradía de Artíces Plateros de Madrid
45
; la cual, de otro lado, en
esta ciudad desde muy antiguo tenía como patrón al Glorioso San Eloy, el
célebre platero y obispo de Non (588-660), como que en la Regla de 1575
sus integrantes lo proclaman como patrón suyo, y por serlo la necesidad de
rendirle veneración y “festejar su esta e imitar su vida.
Los plateros eran considerados artíces en otros reinos de España, como
en el de Sevilla —sobre los cuales existen referencias documentales como
corporación con Reglas en 1341, y de jo con Reglas escritas el año 1359
46
—,
aunque entendiblemente antes de promulgada la Pragmática carolina se les
conceptuaba como menestrales. En el reino de Valencia, de otro lado, los
arropados por San Eloy eran asimismo reconocidos públicamente como
maestros en el Arte y Ocio de Plateros, como acredita, a título de ejemplo,
la carta de examen de maestría del destacado maeso Juan Calderón, fechada
el 6 de enero de 1559; Calderón, décadas más adelante, fue alumbrador y
mayoral segundo de la mencionada corporación, también bajo la titularidad
del San Eloy
47
. En idéntica liación, cabe añadir, lo estuvieron en Zaragoza
el año 1420 y en Valladolid en 1425.
Es verdad, sin embargo, que el advenimiento al trono español de los
Borbones, supuso un serio retroceso de cuanto habían conquistado los
plateros, incluido, claro está, su reconocimiento social. Con los Borbones en
el solio, los plateros adscritos a la Corte fueron despojados de los privilegios
otorgados por los Habsburgo; por tanto volvieron a ser considerados
ociales de manos, pagándoles tan sólo por su trabajo
48
. Aún así, las cosas
quedaron superadas en el repetido año 1792.
Por lo que hace al Perú, si tenemos presente el proceso descrito, hay que
decir que no andaba descaminado Guillermo Lohmann en 1938, cuando
sostuvo que el ocio de platero en el Perú era considerado un Arte Liberal,
y no villano y mecánico; en tal razón, incluso, exento del pago de pechos
45 AHN. Consejos, 5558, Expediente,12 (1792).
46 Sanz, María Jesús: Una hermandad gremial: San Eloy de los Plateros (1341-1914), Sevilla:
Universidad de Sevilla, 1996, págs. 57-58.
47 Cots Morato, Francisco de Paula: “Plateros en la Catedral de Valencia durante el siglo XVII”, en
Estudios de platería. San Eloy 2006, Murcia, págs.138-139.
48 Martín, Fernando A.: “El cargo de platero real”, En Estudios de platería. San Eloy, 2001, Murcia:
Universidad de Murcia, 2001, pág. 155.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
304
e impuestos
49
, y hasta compatible con la hidalguía
50
. El carácter social
de Arte y no de ocio menestral o mecánico en el Perú, va quedar más
claro en el apartado que más adelante dediquemos a tratar el pleito que
siguió el Arzobispado de Lima con los plateros, puesto que en varias de
sus actuaciones los plateros lo ponen en evidencia al referirse a su labor
como el “Arte de la platería. Y dicho esto, es menester agregar que no se
trataba de un privilegio exclusivamente peruano; bien vale recordar que
en México a los plateros se les reconocía como miembros del gremio del
Noble Arte de la Platería
51
. Anotado todo esto, es preciso indicar, asimismo,
que corporativamente el ejercicio de la platería era el más prestigioso de
la sociedad española y virreinal. En consecuencia, el platero de oro Pedro
Negrillo se ejercitaba en el ocio más prestigioso del artesanado limeño.
Formulada esta larga atingencia, la elección matrimonial del platero
de oro, Pedro Negrillo, no se diferenciaba de la de su suegro, el pintor
Angelino Medoro. Medoro, en efecto, en 1587 había impresionado a Tunja
al plasmar una imagen de la Virgen de la Antigua destinada a la iglesia de
Santo Domingo, y prosiguiendo en las labores de su arte y logrado el buen
prestigio profesional que se hizo merecedor, puedo contraer nupcias con
una mujer de honra, la comentada doña Lucía Pimentel. Ahora bien, si el
enlace matrimonial de Negrillo no fue distinto al de su suegro, tampoco
fue diferente al de su entrañable amigo y luego compadre, el platero de
mazonería y caudillo Antonio Ruiz Barragán, que buen tiempo atrás se
había desposado con doña María de Sandoval
52
.
Al año siguiente de contraer nupcias, el día  de abril —por mejores
señas—, Pedro Negrillo adquirió su primera casa en Lima. En realidad, la
forma en que lo hizo y las condiciones que apreciamos en el contrato, revelan
que no fue fruto de su entero esfuerzo profesional, dado que contó con la
natural e importante ayuda de su padre; dicho esto, sin dejar de anotar que
49 Si cabe anotar, el tema de las exenciones en los reinos de España tenía un recorrido algo antiguo.
En la península, a manera de ejemplo, los plateros de plata y oro sanmaltinos consiguieron el 6
de julio de 1489, ser exceptuados del pago de alcabala por las obras que realizaban en sus tiendas.
Archivo General de Simancas, Cancillería, RGS, 148907,356.
50 Lohmann Villena, Guillermo: Historia del arte dramático en Lima durante el virreinato, Lima:
Ponticia Universidad Católica del Perú, pág. 122.
51 Ramírez Reinoso, Braulio: “El trabajo, las ordenanzas y los gremios en la Nueva España, En
Memoria del II Congreso de Historia del Derecho Mexicano, 1980, pág. 350.
52 El platero y doña María se hacen reconocer como ”marido E muger ligítimos” en la escritura
de Censo otorgado entre Joan Flores y doña Catalina de Sandoval y el convento de San Agustín, de
fecha 12 de junio de 1631; y en otra de Resguardo de la misma fecha. AGN.PN. Valenzuela, Juan de,
Leg. 1958 (1631), fols.791r, y 797r-798v.
305
supo aprovecharla mediante el desempeño brillante no sólo de su ocio. En
síntesis, Miguel Pérez, ocial platero de oro como él, le traspasó una “casa
baxa

, que debió ser de las pequeñas, aunque con su tienda u obrador
al pie la calle, y sobre todo ubicada en la prestigiosa y céntrica calle de
los Plateros; denominada de esta manera por concentrar en gran número
los obradores de platería de la ciudad, de cualquiera de sus especialidades,
y en un número que se ha sostenido llegaba a los . El inmueble  años
atrás había sido tomado en arrendamiento por Miguel de Solsona, por 
vidas, comprometiéndose Pérez al pago de  pesos corrientes de a  reales
en cada anualidad, cancelada por los tercios del año. Cuando en  el
desposado Pedro Negrillo se interesó por esta vivienda, apareció la gura
proverbial de su padre, que podía y decidió apoyarlo. En esta razón, el 
de abril, nuestro personaje entregó a Miguel Pérez  pesos y  reales por
el traspaso del referido inmueble, precio en el cual quedaban incluidas las
mejoras que aquel le había hecho

; quedándole sólo asumir el pago de los
 pesos que se le pedían de arrendamiento, compromiso que por cierto de
ninguna manera resultaba oneroso. Como no podía ser distinto, al asumir
este traspaso, Negrillo no tuvo inconveniente en reconocer el título de
propiedad de la casa, a favor del Hospital de los Niños Huérfanos, toda
vez que al fallecer Miguel de Solsona la había donado al citado nosocomio.
Para tal efecto, el día  de abril se dirigió al ‘escritorio’ del notario Juan de
Zamudio, ente el cual cumplió con esta obligación

.
Para Negrillo resultó de enorme utilidad la adquisición de su primera
casa en Lima, pues en ella moró y trabajó por largo tiempo. Valga repetir, el
inmueble se encontraba muy bien ubicado en la calle de los Plateros, la cual
salía de la Plaza Mayor, sede de las Casas Reales, la catedral y el cabildo;
donde se levantaba el portal de escribanos, al que concurriría una y otra
vez cada mes y cada año. También muy próxima a las muy animadas calles
de Mercaderes, las Mantas y el callejón de Ropavejeros, que constituían el
pulso comercial de la ciudad y corte virreinal. En esta casa, asimismo, fue
donde nació casi toda su descendencia, que en tal razón fue feligresa de la
parroquia del Sagrario.
53 “Desde el último tercio del siglo XVI hasta mediados del siglo XVII, perduró en uso la casa
baja completa en forma de cuadrado, con el primer patio situado “entre cuatro crujías ensambladas
entre sí en ángulo recto. Se trata de una “planta desarrollada íntegramente sólo en el primer piso.
San Cristóbal, Antonio: La casa virreinal limeña de 1570 a 1687, Tomo I, Lima: Fondo editorial del
Congreso del Perú, 2003, pág. 35.
54 Esta transferencia permitió a Pérez recuperar lo que hasta entonces había invertido en el
inmueble; así la construcción de la portada de ladrillo y cal, por la que sacó de su bolso 150 pesos,
tanto como otras signicativas mejoras que todavía en 1606 hacían falta.
55 AGN.PN. Zamudio, Joan de, Leg. 2021 (1609-1610), fols. 539r-546v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
306
Los hijos de Pedro y doña Eugenia Angelino, fueron: María, a quien
el mencionado platero Diego Requena en presencia de la partera Leonor
de Vargas Carrillo, bautizó “luego que nació... por estar en gran peligro, y
luego exorcizó y bautizó el doctor Juan de la Roca, cura de la catedral, el día
jueves 14 de octubre de 1610. Fueron sus padrinos el tesorero Antonio de
Uruenay y doña María Ponce de León
56
. Gregoria, cristianada el viernes 6
de abril de 1612, y apadrinada por Diego de Atencia
57
. Joan, al cual el doctor
Juan de la Roca puso óleo y crisma en 8 de noviembre de 1613, asumiendo
el padrinazgo los mencionados Antonio de Uruenay y doña María Ponce
de León, su mujer
58
. Josepha, bautizada el domingo 14 de febrero de 1616
por su tío, el mercedario fray Gabriel Negrillo. Hicieron de padrinos, Luis
Delgadillo Sotomayor y doña Luisa de Cornejo, su esposa; y testigos el
doctor Juan de La Roca y el padre Luis Nieto Palomino
59
. Juana, “la qual
naçió a catorçe del mes de [febrero de 1618], y bautizó el licenciado Pedro
de Aguilera, racionero de la catedral. La sacó de la pila el rico mercader
Jhoan Arias de Valencia, siendo testigos, Luis Delgadillo Sotomayor y Juan
de la Fuente Almonte, otro acaudalado hombre de negocios
60
. Alonso, a
quien “de veinte y quatro días, el miércoles 17 de febrero de 1621, puso óleo
y crisma el repetido doctor Juan de La Roca, chantre de la catedral, y que
Juan Martínez de Uceda apadrinó, siendo testigos, el doctor Diego Ramírez
y el bachiller Juan Álvarez
61
. Polonia, que el lunes 27 de febrero de 1623 fue
bautizada por el mismo canónigo, y tuvo como padrino nada menos que
al banquero Bernardo de Villegas y doña Marcela de Montoya, su mujer;
haciendo de testigos los reconocidos plateros, Miguel de Bonifacio y Diego
Requena, además del señor Rafael de San Pedro y Cuéllar
62
. Eugenia, “que
nació [el] jueves 15 de abril de 1627”, y fue bautizada el lunes diez de mayo
del citado año, apadrinada por el mencionado Juan Martínez de Uceda
y doña Polonia Negrillo —hermana de Pedro—
63
. Esteban, “que nació a
primero de [enero de 1630], y fue bautizado el día 29 del señalado mes.
Su padrino fue el capitán Miguel Arias y los testigos, nuevamente Juan
Martínez de Uceda, y Juan Delgado de León
64
. Además los mencionados,
Pedro y Jacoba, de los cuales, pese a nuestros esfuerzos, no ha sido posible
ubicar las partidas de bautismo correspondientes.
56 AAL. Bautismos, Libro 3 (1608-1618), fol. 40r.
57 Ibídem, fol. 65r.
58 Ibídem, fol. 96r.
59 Ibídem, fol. 141r.
60 Ibídem, fol. 185v.
61 AAL. Bautismos, Libro 4 (1618-1628), fol. 48v.
62 Ibídem, fol. 99r.
63 Ibídem, fol. 198r.
64 AAL. Bautismos, Libro 5 (1628-1637), fol. 89r.
307
En resolución: sin duda numerosa la descendencia del matrimonio
Negrillo-Medoro: 11 hijos, de los que fallecieron tres a tierna edad:
Gregoria, Joan y Esteban. Por otro lado, marcado el carácter asimétrico
que denotan sus padrinazgos, puesto que fueron protagonizados por
individuos de distintos niveles socioeconómicos. Sin descartar a hermanos
y hermanas o bien amigos cercanos, se muestran notables las vinculaciones
sociales y económicas del joyero, establecidas a buen seguro que a partir de
su actividad laboral como artíce y económica en general. Esta elección,
por cierto, pone en evidencia la intensión protectora del matrimonio a
favor de su numerosa descendencia, a partir del establecimiento de lazos
espirituales, en que los escogidos son esencialmente parejas vinculadas
matrimonialmente y con solvencia económica. Como constatamos, el
sacramento del bautismo promovía la cohesión social en la sociedad española,
pero también las actividades económicas de uno y otro lado.
III. ORíFICE, MERCADER Y EMPRESARIO PRÓSPERO
3.1. El marco histórico
Este apartado se concentra en historiar la faz profesional, comercial
y empresarial del platero de oro Pedro Negrillo. Constituye un marco
de referencia mínimo que permitirá al lector entender las excepcionales
condiciones ofrecidas por Lima en el Virreinato del Perú, las mismas que
favorecieron el desarrollo de las actividades ocupacionales de nuestro
personaje, tanto como artíce, mercader y empresario.
Lima era la capital y corte del extenso Virreinato del Perú. En lo
económico, el sistema de monopolio favorecía su preeminencia sobre
todas los demás poblados, villas y ciudades del subcontinente. Centro
receptor exclusivo de mercancías, las distribuidas al interior del amplio
espacio colonial a través de un complejo circuito comercial conectado por
vía marítima y terrestre. Ese circuito, sin embargo, tejido sobre la base de
la explotación de los metales preciosos, fundamentalmente extraídos del
cerro rico de Potosí, podía a través de las villas y ciudades que articulaba
proporcionar el nanciamiento directo de las actividades mercantiles,
para erosionar inclusive los mismos nes establecidos por el monopolio
comercial, como ha sido probado, a favor de los pujantes mercaderes
peruleros, y también los artíces y menestrales que en su justa medida
y alance activaron igualmente en el comercio. El cronista Bernabé Cobo,
testigo de ese importante desarrollo en el primer tercio de la decimosétima
centuria, al tratar sobre el comercio, lustre y riqueza de lo que llama: “esta
república, la capital virreinal, reere:
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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Siendo Lima la corte y emporio y una como perpetua feria de todo
este reino y de las otras provincias que se comunican con él, adonde
se hace la descarga de las mercaderías que se traen de Europa, China
y Nueva España, y desde donde se distribuyen a todas las partes que
con ella tienen correspondencia, bien se deja entender el crecido trato
y comercio de sus moradores; de los cuales la mayor parte viven de
traer su dinero al trato, comprando y vendiendo por sí o por terceras
personas, aunque su profesión no sea la mercancía
65
.
Pero, la ciudad de Los Reyes no sólo era el gran centro receptor,
distribuidor o consumidor de productos foráneos. Desde el alba, Lima
había sido un centro de producción artístico y artesanal de considerable
entidad en el Virreinato del Perú. En este sector económico, por supuesto,
destacaban por sobre todo los obradores de la plata y oro, cuyos productos
no sólo eran destinados al consumo local, sino también continental, e
incluso, hay que decirlo, peninsular. No hubo, en efecto, súbdito del común
de retorno a su tierra o particularmente funcionario secular o eclesiástico
que no buscase alagar a los suyos o conseguir una merced de algún poderoso
o de una institución peninsular que no le obsequiara un presente de plata u
oro labrados en el Perú. El mismo cronista escribe al respecto:
Demás del trato de mercaderías forasteras, hay en esta república otras
no menor consideración e interés, que es la continua saca que hay para
provisión de los otros pueblos del reino de todas las obras que hacen los
muchos ociales y artíces de todos los ocios que aquí residen, que
son tantos en número y diversidad, que no sé yo se halle ocio en las
ciudades más populosas y bien proveídas de Europa que no se ejercite
en ésta, con ser tan nueva. Porque dejados aparte lo que entienden en
curar nuestros cuerpos, labrarnos casas en que vivir, y proveernos de
vestido y calzado, cosas que no se pueden excusar, de todos los otros
ocios de curiosidad, sin los cuales suelen pasarse muchos pueblos,
apenas falta alguno en éste, como son: tejedores de seda y telas ricas
y preciosas, pasamaneros, guadamacileros, guanteros, chapineros,
artíces de toda suerte de armas y herramientas e instrumentos de
hierro, cobre, plomo, estaño, latón hoja lata, fundidores de artillería,
relojeros, plateros, batijoyas (sic), escultores, pintores, doradores,
artíces de vidrio y de todas maneras de loza, y se hace alguna, tan
buena como la más estimada de España […]; de todos se hallan aquí
muy aventajados artíces y tienen muy cierta ganancia, respecto que
de muchos de ellos se carece en lo restante del reino, adonde se provee
de esta ciudad. Es cosa de admirar ver el gran número de tiendas y
65 Cobo, Bernabé S.J.: Obras completas del Padre Cobo, II, Biblioteca de Autores Españoles, tomo
XCII, Madrid: Ediciones Atlas, 1964, pág. 319.
309
ocinas que hay por toda la ciudad, mayormente en las calles vecinas
a la plaza principal, pues sólo las tiendas de los mercaderes pasan las
ciento cinquenta, sin muchos almacenes que hay en casas particulares;
y los plateros sólo ocupan una calle de las más principales de la
ciudad…
66
.
Si se quiere más al respecto, cabría añadir que cuando el platero
de oro, Pedro Negrillo, se ancó en Lima, esta ciudad era el centro de
mayor producción de platería del continente. Por otro lado, la ciudad de
Lima del primer tercio del siglo XVII se mostraba como paradigma de
la autosuciencia peruana y atravesaba una notable prosperidad, que en
términos generales se hizo extensiva a todos sus estamentos sociales, siendo
el consumo suntuario una de sus más signicativas manifestaciones.
Por ese entonces, el fraile dominico Reginaldo de Lizárraga y el repetido
sacerdote jesuita Bernabé Cobo ofrecen expresivos testimonios relativos
al gran arreglo del que hacían gala los habitantes de la ciudad. El primero,
por ejemplo, reere que los españoles criaban “muy mal” a sus hijos, puesto
que lo hacían “con demasiado regalo”; y para probarlo traía a sus mientes
el hecho por él visto que cuando los padres llevaban a sus hijos a bautizar,
lo hacían llevándolos “en fuentes de plata grandes. A su manera de pensar,
eso constituía un abuso jamás oído y sobre todo “digno de ser prohibido.
Tanto como esto que acabamos de anotar, le espantaba el lujo con que iban
vestidas las mujeres en Lima, que lo era tanto, que se imaginaba cómo lo
sufrían sus maridos. Para él, parapetado en una entendible moral ascética,
tanta soberbia debía merecer el castigo divino, que haría a las limeñas
perder los cabellos y “las cadenas y collares de oro…, los punzones de
oro para repartir las crenchas, los zarcillos y olores, los anillos y piedras
preciosas…” que lucían con frecuencia; al punto que les haría trocar “las
cintas de oro [por] sogas de esparto” disciplinarias.
Aunque sin mayores esperanzas, Lizárraga no dejaba pasar la ocasión
para pedir que se moderase tan excesivo lujo, tarea que en principio
tocaba a los virreyes, como autoridades máximas, pero que sin embargo la
desatendían, tanto como lo hacían los maridos
67
. Cobo, por su parte, a este
respecto sostenía que en Lima los días de esta no se podía “conocer por
el pelo quien es cada uno”; en clara alusión a que nobles y plebeyos iban
ricamente vestidos y enjoyados, por manera que era difícil diferenciarlos.
66 ------- : Ob.cit., pág. 320.
67 Lizárraga, Reginaldo de: Descripción breve de toda la tierra del Perú, Tucumán, Río de la Plata y
Chile. Biblioteca de Autores Españoles desde la formación del lenguaje hasta nuestros días. Madrid,
1968, págs. 38 y 101.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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310
La prosperidad de la capital virreinal no sólo se podía advertir con
demostrativos de orden externo, se reejaba con tanto o mayor esplendor
aun al interior de las casas y sedes institucionales, de manera particular
por la plata labrada que poseían, sea de menaje u objetos ornamentales,
sacros o profanos; algo que los inventarios de bienes de difuntos conrman
de manera categórica. En tal razón, no es exageración andaluza que Cobo
armase:
No es menor la riqueza de esta ciudad que está en bienes muebles de
mercaderías y alhajas de sus moradores, respecto del mucho adorno y
aparato de sus casas, el cual es tan extraordinario, que pienso no se halla
ninguna, aun de la gente más humilde y pobre en que no se vea alguna
joya o vaso de plata o de oro; y es tan excesiva la cantidad de estos ricos
metales y de piedras preciosas, como son perlas, diamantes y de otros
géneros que está recogido en vasijillas, joyas, preseas y dinero… fuera de
las mercadurías, vestidos, tapicerías, y de toda suerte de ajuar de casa y del
culto divino...

.
3.2. Entre las labores de oríce y el ajetreo mercantil
Los primeros documentos que permiten detectar la actividad inicial
artesano-mercantil del platero de oro Pedro Negrillo en Lima, se remontan
a 1611. Este extremo temporal supone la superación de una primera etapa
laboral iniciada desde su llegada a Lima, en torno a 1608, distinguida
esencialmente por su carácter local, su acreditación profesional en la plaza,
la reunión de cierto capital y el hecho de ser reconocido como sujeto de
crédito.
El año de 1611, en efecto, señala sus primeros pasos en el mercado inter-
colonial; un desarrollo que debió contar, como era usual, con la disposición
de parte de la dote recibida después de producido su enlace matrimonial
con doña Eugenia Angelino, y de otro lado con el apoyo de su padre.
En esta segunda etapa, en la que como no puede ser distinto, el oríce
continuó atendiendo la demanda estrictamente capitalina, se convierten
en nuevos destinos de sus obras y demás intereses comerciales, Guayaquil,
y sobre todo la Villa Imperial de Potosí y la ciudad de Santiago de Chile.
Aunque este trato a distancia suponía siempre el riesgo de enfrentar
algunos inconvenientes no siempre salvables, Pedro Negrillo demostrará
sin embargo saberlos encarar y superar.
68 Cobo, Bernabé: “Fundación de Lima. En Obras del Padre Bernabé Cobo. Biblioteca de Autores
Españoles, Tomo II, Ediciones Atlas, Madrid, 1964, págs.320-321.
311
El 25 de junio, extiende un poder cumplido a Juan Ruiz de Antesana,
que se hacía a la vela con destino a la ciudad de Guayaquil; para que en esas
partes negocie a Lucrecia, una esclava suya de aproximadamente 30 años
de edad, la cual había recibido de manos del pintor Angelino Medoro como
parte de la dote entregada al contraer nupcias con doña Eugenia Angelino.
A mayor abundamiento, el platero de oro instruye a su poderhabiente con el
objeto de que venda o cambie a la cautiva “por maderas u otras mercaderías
de cualquier suerte que le pareçiere, y, de lograrlo, se las envíe a Lima por
mar o tierra, a su costa y riesgo
69
. Las condiciones establecidas en esta
operación ponen de maniesto que Pedro Negrillo asimilaba rápidamente
los mecanismos usados en el quehacer mercantil. De esta manera, como
cualquier otro mercader, intenta maximizar el porcentaje de sus ganancias
mediante el envío a dicho lugar de una ‘pieza de ébano’ para ser vendida o
cambiada, y con el importe que resulte de ello la adquisición de mercaderías
que debían ser traídas a Lima en el tornaviaje. Así establecido, como en la
mayoría de los casos, no se trataba de ofertar, vender y remesar dinero,
sino de reinvertirlo en diversos efectos en el mismo lugar de destino con el
n de obtener mayores ganancias. Ahora bien, a pesar que destaquemos la
rápida comprensión de los mecanismos del comercio por parte del oríce
y que sus presupuestos estuvieron bien pensados, lo concreto es que en esta
oportunidad la esclava Lucrecia no pudo ser vendida con la rapidez que
esperaba, y será recién el 7 de enero de 1613 cuando reciba de Juan Ruiz
de Antesana 400 pesos de a 9 reales por el importe de aquella, a través de
Gaspar de Álvarez, cuyo hermano Melchor la había adquirido y pagado en
la tienda de Baltasar de Lorca, vecino de la citada Guayaquil
70
.
Al mes siguiente, 12 de julio, Negrillo enviste de su representación a
Joan de Salcedo Reynalte, que se dirigía a la Villa de Imperial de Potosí —
denominada así desde 1561, en tiempos del virrey Conde de Nieva—; para
que en su nombre cobre y reciba de cualesquiera personas y de sus bienes
los pesos que le debiesen, y además pueda vender y cobrar los esclavos,
joyas y otras mercaderías de Castilla y de la tierra que le conaba en tal
ocasión, así como otros efectos que antes había enviado a esas partes con
69 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 820 (1611), fols. 901r-903v. tta. Si cabe proyectar más
luz sobre el citado mecanismo, había sido utilizado, entre otros, por su compadre el emblemático
platero Antonio Ruiz Barragán; como que en 1602 entrega al mercader Agustín Pérez de la Cuadra
algunas joyas para que las venda o bien trueque por otras mercaderías en Chile, y de lograr lo
segundo se las traiga o envíe a Los Reyes. AGN.PN. González de Contreras, Pedro, Leg. 786 (1602),
fols.4785r-4786r.
70 AGN.PN. González de Balcázar, Francisco, Leg. 761 (1613), fol. 12r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
312
otras personas
71
. Lima y Potosí, no olvidemos, conformaban un tramo de
principalísimo orden del gran comercio colonial
72
. La Villa Imperial era
la ciudad más poblada de las Indias en 1610, con cerca de 160000 almas,
y en su planta urbana, a una y otra parte del arroyo que pasa al pie del
Guayna Potosí, el cerro rico, se encontraban erigidos grandes monasterios
y suntuosas casas. A la redonda del pueblo, cada noche, ardían más de
4000 provechosas guairas en las que se fundía el blanco y relumbrante
metal. Potosí exhibía a la sazón un nivel de precios realmente elevado,
y no obstante, el consumo suntuario era particularmente acentuado
como símbolo de esa disposición metalera y consiguiente prosperidad.
Gozaba, según nos lo relata expresivamente Reginaldo de Lizárraga, “de
las mejores mercaderías, paños, sedas, lienzos, vinos y de los demás, de
todo lo descubierto de las Indias, porque como en España se cargase lo
mejor para la ciudad de Los Reyes, de allí la or se llevaba a Potosí. En esta
ciudad, añadía el cronista, “no se repara en la plata”; “era pueblo de mucha
contratación”; y usuraria, porque así también se la pintaba. Y al terminar
de ocuparse de ella, lo hacía empleando una frase que en el fondo no era
de hipérbole: “Potosí podremos decir es España, Italia, Francia, Flandes,
Venecia, México, China, porque de todas estas partes le viene lo mejor de
sus mercaderías.
Al ser de ese modo, como es natural, el oríce no podía desaprovechar el
mercado potosino. Por esta razón sus joyas y demás mercaderías lo tuvieron
sostenidamente como destino de sus envíos y transacciones comerciales,
éstas, en ocasiones pagadas o nanciadas en el banco público de Lima
de Juan de la Cueva, algo que es de entenderse, incluso conociendo que
era su compadre. Por entonces, Potosí formaba un importante complejo
nanciero y mercantil para Lima, como lo demuestra el caso precisamente
del ‘banco público’ que nombramos, cuyas mayores colocaciones crediticias
las tenía en esta ciudad, al lado de las del Cuzco, Huancavelica y Arica.
Al mercado potosino se accedía por dos rutas, la marítima que desde el
Callao proseguía hasta el sureño puerto de San Marcos de Arica, y desde
este lugar las mercaderías y el dinero crediticio subían por tierra con hasta
llegar a Potosí. A su vez, la ruta terrestre se hacía a través del camino real
iniciado en Lima, escarpaba las sierras hasta Jauja, y luego Huancavelica,
Huamanga, Abancay y el Cuzco, desde donde proseguía hasta arribar a
Potosí
73
.
71 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 820 (1611), fols. 687r-188v.
72 Sempat Assadourian, Carlos: “Chile y el Tucumán en el siglo XVI. Una correspondencia de
mercaderes, en revista Historia, Núm.9, Santiago de Chile, 1970, pág. 65.
73 Suárez, Ob.cit, pág.220.
313
Un día después, una transacción, dos ventas y una Declaración referidas
a un mismo asunto apuntarían a la anunciada capitalización del artíce-
mercader, una vez más sobre la base de la negociación de fuerza laboral
esclava. Digamos más, y desde ahora: la posesión y venta de esclavos fue
un rubro nunca abandonado por el platero de oro y mercader a lo largo de
toda su trayectoria en Lima. Anotado esto, el caos es que Pedro Negrillo
y Bartolomé Román se reunieron para hacer el trueque de dos ‘piezas de
ébano. El oríce entregaba a Román un negro llamado Gaspar jalofo, y este,
a su vez, le daba otro suyo nombrado Miguel de tierra bran, más 130 pesos.
Sin embargo surgió un inconveniente. Román, a pesar de estar cerrado el
trato y haberle sido entregado el cautivo, comprobó que este no era un
buen servidor, y por ello se lo pensó mejor. De resultas, considerando que
había dado en exceso, volvió a tratar el asunto con Negrillo, para reclamarle
130 pesos que, en su opinión, había pagados en exceso. El oríce escuchó
a su interlocutor, y ante el temor de que la permuta quedase deshecha se
allanó a un arreglo, aunque al llevarlo a cabo, sólo devolvió a Román 50
de los 130 que inicialmente éste le reclamaba. Ya unánimes y conformes,
a continuación Negrillo vendió a Román otro esclavo suyo, Gaspar jalofo,
de 25 años de edad, por la suma de 600 pesos de a 8 reales, al contado; y,
a su vez, Román le transrió otro suyo nombrado Miguel de tierra bioho,
de 16 años de edad en 540 pesos, también de a 8, percibidos al contado.
Ya introducidos en una atmósfera del sinceramiento, hay que decir que
ambos mercaderes se vieron precisados a salvar otro obstáculo más. A
decir verdad, ni Pedro Negrillo ni Bartolomé Román habían sido del todo
sinceros al detallar las características de los comentados cautivos, que a n
de cuentas eran borrachos, ladrones, huidores y embusteros; tachas más
que sucientes para dejar sin validez cualquier transferencia, de no haber
sido antes declaradas.
A pesar de ello, en tanto que los otorgantes nalmente reconocieron
el hecho, y que por otra parte los esclavos eran sanos, los aceptaron como
eran, de manera tal que la permuta nalmente se lleva a cabo
74
. Negrillo,
por de pronto, se había ahorrado 80 pesos de contado.
El 27 del mismo mes nos trae la noticia que, algún tiempo antes de esta
fecha, Negrillo había entregado a Pedro Jiménez de Ayllón algunas joyas
de oro para su comercialización, por un monto ascendente a 262 pesos, y
que Jiménez las había logrado negociar, empero, contra todo lo acordado,
aún no las cancelaba, a pesar de que el plazo estipulado se encontraba
74 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 820 (1611), fols. 188v-690r, 690v-691v, 692r, y 693v-694r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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vencido, y los requerimientos hechos por el artíce. Como no podía ser
distinto, en defensa de sus intereses, a Negrillo no le quedó otro recurso
que denunciar a Pedro Jiménez de Ayllón ente la Real Audiencia, la cual,
después de ventilar la causa, mediante un Auto ordenó la prisión del
deudor, la misma que se hizo efectiva. El oríce, sin embargo, haciendo
demostración de pragmatismo, en el convencimiento de que nada ganaba
reteniendo a Jiménez en la cárcel pública, permitió que ganase nuevamente
la calle, además le rebajó la deuda a sólo 200 pesos y aceptó una obligación
de pago, no sin antes exigirle la presentación de una sólida anza; a todo lo
cual Jiménez no tuvo otro remedio que avenirse
75
. Como se puede apreciar,
a estas alturas Negrillo había dejado de ser claramente sólo un artíce.
Comercializaba al interior del virreinato con joyas, esclavos y mercaderías
tanto importadas como de la tierra, y, en ese hacer, demostraba además
tener temple y ser prudente y pragmático.
Al año siguiente logra insertarse en el mercado de Santiago de Chile, y a
partir de entonces, esta ciudad será también el destino de reiterados envíos
y operaciones mercantiles, presididas por la venta de joyería confeccionada
en su taller, pero también importada de los reinos de España. Santiago,
por entonces, era un núcleo poblacional austral pequeño, como que a
nes del siglo XVII albergaba unas 8000 almas; el consumo de toda suerte
de mercaderías, objetos artísticos y suntuarios, en general, tenía en la
importación un componente esencial, sobre todo por las novedades que
entrañaban. Lima, por supuesto, como centro redistribuidor y de irradiación
cultural era central; sin olvidar por cierto en la pintura el aporte de los
maestros cuzqueños. La platería y la joyería santiaguina eran trabajadas
por artíces locales, pero en el mejor de los casos ambas fueron provistas
por obradores limeños, que las preparaban o bien remesaban modelos
importados, donde no, eran llevadas por los propios plateros asentados en
Lima, como comprobaremos una y otra vez a lo largo de lo que sigue de la
presente sección. Estas joyas luego se lucieron en los templos, las casas y
por supuesto por las mujeres y hombres no sólo santiaguinos. En cuanto
se reere a la estrategia empleada por Negrillo, podríamos resumirla
a lo siguiente: busca enriquecerse ancado en Lima, aunque en dos
oportunidades hemos detectado que se ausenta por poco tiempo. En Lima
labora en su tienda de la calle de los Plateros en la confección, refacción y
recibo de joyería, incluida aquella importada directamente desde España.
Por otro lado, recibe, compra y vende usualmente de ado toda suerte
de ‘mercadurías, en particular géneros, que envía y vende al interior del
75 Ibídem, fols. 901r.-903v. tta.
315
gran espacio colonial, como ya lo estamos advirtiendo. En esta estrategia,
es de resaltar el papel desempeñado por sus factores o del encomendero
de caudales, intermediarios que proyectaron su persona a gran distancia
y resguardaron y contribuyeron a acrecentar su hacienda. En lo que sigue
vamos a ver todo ello con mayor extensión.
El 14 de mayo de 1612, Pedro Negrillo pone en manos de Luis de Velasco,
mercader a caballo entre Lima y Santiago de Chile, “cantidad de joyas e
mercaderías conthenidas en una memoria, por un monto ascendente a 1444
pesos de a ocho reales. El mercader itinerante se comprometió a venderlas
a los más subidos precios que hallare de contado” y, una vez efectuada
la venta y escalfados los costos, retener para sí el quinto de las ganancias
obtenidas por su solícita intermediación; mientras que todo lo restante
habría de ingresar al haber de nuestro platero de oro-mercader, aunque,
como se estilaba, debía reinvertirlo en el mismo Chile en la adquisición de
mercaderías sujetas al criterio del mismo Velasco, quien, además, quedó
comprometido a traerlas o enviarlas a Lima en la primera ocasión que se
ofreciere
76
. A la luz de los documentos, las relaciones entre el platero de oro
matritense y su agente en Santiago debieron ser óptimas e incluso llegar
a ser amicales. Lo pone de maniesto el hecho que, el 29 de diciembre,
Negrillo en Lima, en voz y en nombre de Velasco, se comprometió a pagar
a Francisco Álvarez de Ledesma 565 pesos y un real por 80 varas y una
cuarta de po, y otras 122 y media de tafetán procedentes de México
77
.
Sin descuidar sus intereses en Potosí, el 30 de agosto aprovecha que un
sacerdote de la orden de San Juan de Dios, llamado Gabriel de Molina,
debía retornar a dicho lugar, y en consecuencia le delega personería con
vista a que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente de otro
factor suyo, Salvador de Campos, 700 pesos que este le debía en piñas de
plata, conforme a una escritura otorgada en Lima el día 12 de junio de ese
mismo año
78
. A nes de aquel, o sea el 26 de diciembre, al testar Cristóbal
de Salcedo Reynalte, armó en una de sus cláusulas testamentarias, que
nuestro orfebre le debía 200 patacones, según costaba en una cédula que
se encontraba entre sus papeles, aunque de éstos debían deducirse las
cantidades que había importado algunas “menudencias” que había sacado
de su tienda
79
.
76 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 821 (1612), fols. 639r-640v. tta.
77 Ibídem., fols.1732r.-1735r. tta.
78 Ibídem., fols.1078v.-1079r. tta.
79 AGN.PN. Vargas, Cristóbal de, Leg. 796, (1613), fol. 15v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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316
El 15 de enero de 1613 volvemos a encontrar a Pedro Negrillo en
circunstancias en que insiste ante Salvador de Campos, señal inequívoca
de que la misión encomendada al padre Molina hasta la fecha no había
dado buenos resultados. En esta ocasión, para hacer efectivo el cobro del
dinero que aquel le adeudaba, rma un poder al platero de oro y mazonería
Diego Requena, que estaba a punto de dirigirse a la villa de Potosí; para que
durante su estada en ella insista ante Campos, y lo haga, si preciso fuera,
judicial o extrajudicialmente. Requena, hábil asimismo en los quehaceres
del negocio, se las apañó muy bien y ubicó a Campos, y éste, atento a un
inminente emplazamiento legal, procedió nalmente a cancelar el adeudo
80
.
En caso aparte, Negrillo, tres días después haber otorgado el mencionado
poder, y dando prueba de gran actividad, vende a Juan de Santillana el lote
de tafetanes que poco antes había adquirido en nombre del citado mercader
Luis de Velasco. Santillana, al igual que Requena, partía con destino a
Potosí con el n de comerciar una partida de variados géneros, y en tal
circunstancia, debió interesarse por los tafetanes que le ofertaba el platero
de oro-mercader, a tal punto que decidió llevarlos de ado, en cuantía de
420 pesos en que quedó ajustado su precio. Pactado este, se comprometió
a pagar dichos géneros a nes del mes de abril del mismo año. El oríce,
sin embargo, ya experimentado, para mayor seguridad exigió a su acreedor
que en la escritura de obligación renunciara a las leyes de la excepción de la
cosa no vista ni entregada, así como a todos los demás dispositivos legales
que pudieran resultar en su favor
81
.
El día 30 del mismo mes y año, Pedro Negrillo suscribe una obligación
a favor de Pedro Díaz de San Pedro, por un valor de 1190 pesos, en razón,
nos dice, de “ciertas mercaderías que del susodicho vendí junto a otras
mías. En esta ocasión, como la cancelación del adeudo contraído por su
comprador había quedado en hacerse en tres partes, plantea a Díaz de
San Pedro que aquella se realice de la misma manera; y éste naturalmente
aceptó. En virtud de dicho acuerdo, nuestro oríce y mercader puso su
rma en el documento con arreglo al cual, se comprometió a entregar a
su acreedor 150 pesos el mes de marzo que venía o antes si entraba en el
puerto del Callao la nao Capitana procedente del puerto de San Marcos de
Arica; luego otros 400 para nes de octubre, o antes si se pregonaban los
navíos para México; y, por último, los 640 pesos restantes, a nes de marzo
del año que entraría de 1614
82
.
80 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 822 (1613), fols. 45v-47r.
81 Ibídem., fols. 68v.-69r. tta.
82 AGN.PN. Gonzales Contreras, Pedro, Leg. 797 (1613), fols.93r-94r.
317
Al mes siguiente de haber acordado el calendario de pagos con Díaz,
pensando en el compromiso que había contraído con Velasco, y, cómo no,
experimentado en contraseñas, Negrillo aprovecha que Martín de Lascuin
va a viajar a Potosí, y en tal razón el día 25 de febrero lo enviste de su
representación con el objeto que “reciua e cobre judicial o extrajudicialmente
de Santillán... [los] quatroçientos e veinte pessos” antes mencionados
y, del mismo, otros 30 que le había prestado en reales
83
. El cometido, sin
embargo, no terminaba ahí. Lascuin, una vez que llegase al puerto de Arica
debía cobrar a Francisco Ramírez Quinteros 120 pesos; adeudo procedente
del importe de unas joyas que Negrillo le había entregado para que las
vendiera en el indicado puerto. De tal forma instruido, en llegando a Arica,
Lascuin buscó a Ramírez y consiguió ubicarlo. Frente a este, para dar fe
de su representación y respaldar plenamente el débito, exhibió un traslado
de la carta poder otorgada por nuestro personaje, así como algunas otras
cédulas de obligación; papeles que bastaron para que Lescuin le entregara
los pesos que Negrillo reclamaba
84
.
Empero, para proseguir en los provechosos ajetreos en la oferta de
joyería —ciñéndonos momentáneamente a ella—, antes había que adquirir
el precioso metal con qué confeccionarlas. Establecían las reales leyes que
los orfebres estaban obligados a comprar el metal en la Casa de la Moneda,
fundido en barras y quintado
85
. Sin embargo, con mucho, en la práctica
se trató de una disposición que se acató pero no se cumplió. Ya Quiroz
ha advertido que la escasez de materias primas incidió en la producción
transformativa limense, y por ello se trabajaba con metales importados
o de segundo uso; los plateros, por ejemplo, con chafalonía
86
. Nosotros,
a estar de los documentos que hemos podido consultar, estamos en
condiciones también de señalar que los plateros limeños adquirían la barra
de plata o bien el tejo de oro de todo aquel que se los ofreciera, previo
control de calidad entre las partes —lo que en principio estaba prohibido,
debido a los fraudes que se cometían contra la Real Hacienda—, y además
lo hacían al mejor precio del mercado. A guisa de ejemplo, es lo que
precisamente ponía en efecto nuestro platero de oro, Pedro Negrillo. El 17
de junio del año que indicamos, rmó una obligación a favor del mercader
83 Ibídem, fols. 232r.-233r. tta.
84 Ibídem.
85 Lederer, Tanja: “Plateros en el Virreinato de Perú/Lima, consideraciones sobre su Historia social,
económica y constitucional”. En Anuario 1999, Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia. Sucre,
1999, p. 436.
86 Quiroz Chueca, Francisco: Artesanos y manufactureros en Lima colonial, Lima: Banco Central de
Reserva del Perú- Instituto de Estudios Peruanos (IEP), 2008, págs. 30-31.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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318
Joan de Montoya, por la suma de 300 pesos corrientes de a ocho reales,
sustituyendo a la persona del presentado mercedario fray Francisco de la
Cueva, a quien él los debía inicialmente por “la compra de un poco de oro
que sostuvo me vendió, proveniente de los veneros de Carabaya. Este
compromiso, cabe señalar, fue posible honrar sólo años después, es decir
el 26 de setiembre de 1617
87
. En cuanto a veneros de Carabaya se reere, si
preciso es notar, estaban ubicados en la ciudad de Arequipa y desde el siglo
anterior proveían al Perú de un oro de alta calidad, muy cercano a los 24
quilates.
Prosiguiendo en sus actividades, el día 1 de julio Pedro Negrillo apoderó
nuevamente a Diego Requena —que se embarcaba una vez más rumbo a
Santiago de Chile—, al objeto que, en representación de su persona, cobrase
una barra de plata ensayada y marcada del maestre de navío Juan González
de la Parra
88
. Meses más adelante, el 1 de octubre, se aprestó a recibir 110
pesos de Luis de Adrada, en razón de la venta de “unas joyas de oro” que le
había comprado de ado
89
.
Negrillo abre el año de 1615 borrando cuentas con el sastre Marcos
López. Esta vez, conviene señalar, no se trataba de negocios, sino de gastos
concernientes a su persona. Le entrega 50 pesos “por rraçón de la demás
cantidad de pesos que le debía” de la confección de cierta ropa para su uso
personal
90
. El oríce y mercader denitivamente no usaba ir mal vestido;
muy por el contrario, lo hacía con lujo y sobre todo, como comprobamos,
con ropa sobre medida. Todo esto, a mayor abundamiento, lo pone en
evidencia el inventario de sus bienes. Por sólo indicar, tenía un vestido
de damasquillo (de seda), calzón y ropilla, que expresivamente entregó al
pintor y mercader hispalense Agustín de Sojo, “para en quenta de cantidad
de pesos que le debía”; un vestido de tafetán (de seda) cabellado, un hábito
de chamelote noguerado con ores verdes con tres guarniciones de oro, un
habitillo encuellado de chaul de China y una guarnición de oro prendas
que de esta procedencia estaban prohibidas
91
, una ropilla de chamelote
87 AGN.PN. Aguilar Mendieta, Cristóbal de, Leg. 52 (1612-1613), fols. 679r-v.
88 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 821 (1613), fols. 947r.-948r. tta.
89 Ibídem, fols.1394v.-1396r. tta.
90 AGN.PN. Aguilar Mendieta, Cristóbal de, Leg. 54, (1614-1615), fols. 28r-v.
91 Estas prendas venían de contrabando, como por ejemplo quedó al descubierto pocos años atrás,
en 1629, cuando el 25 de setiembre un sargento y tres soldados por la noche se toparon en alta mar
con un barco que venía cargado de “Ropa de la China, el que no obstante consiguió proseguir su ilí-
cito accionar mediante el soborno de quienes señalamos; los mismos que sin embargo se encargaron
de hacerlo público a raíz de una discusión que siguió al reparto de un cajón lleno de la misma con
que fueron sobornados. Suardo, Antonio: Diario de Lima (1629-1634), Lima: Consejo Provincial de
319
pardo con ores nogueradas y tres guarniciones de seda, un faldellín de
damasco carmesí con dieciocho guarniciones de oro y cuatro camisas
de ruan nuevas. Así pues, además de la ropa sobre medida, poseía otra
procedente de Castilla, Francia y China, no pocas veces de calidad. Además,
y fuer ilustrativo, llevaba espada al cinto y tenía un arcabuz negro con sus
frascos de pólvora. Todo lo anotado quiere signicar que los privilegios
consagrados en la Pragmática carolina de 1552 no fueron letra muerta en
la revaloración social de los plateros, extendida por supuesto a todos los
reinos de las Indias.
Pasando de anotar estos datos, atendiendo nuevamente sus intereses
en Chile, el 19 de noviembre del mismo año, Negrillo compareció ante el
escribano Martínez Pagado para otorgar un resguardo a favor de Andrés
de Góngora. Antes de esta fecha, había suscrito una representación
precisamente a Góngora con el objeto que cobrara a Francisco de Tejeda
en el reino de Chile, 670 pesos que alegaba deberle “por escritura,
proçedidos de joyas que llevó suyas. Góngora localizó a Tejada, y, al
hacerlo, este, por su parte, le entregó diversas cédulas y papeles para que,
si pudiera, los hiciera efectivo. Como resultado de este reto, Góngora, a no
dudar diligente, recibió 504 patacones, los mismos que, según armaba
tajantemente Tejada eran los únicos que le estaba debiendo al platero de
oro. Como Góngora deseaba que por los resultados de su gestión no surja
posteriormente alguna reclamación en su contra, exigió a Negrillo que le
extendiera un documento dejando a salvo su responsabilidad, y a su vez
acreditase que Tejada no le debía nada, ni Negrillo a éste tampoco. En tanto
que consideró razonable el pedido, nuestro platero de oro-mercader no
tuvo inconveniente en hacerlo
92
.
Al año siguiente, el 18 de febrero, el matritense formaliza la venta de un
esclavo de 22 años de edad, natural de Cabo Verde, a Pedro Díaz Delgado,
en cuantía de 520 pesos de a 8 reales el peso
93
; y, meses después, el último
día del año, se constituyó en ador de Ambrosio de Ansola, comprometido
con Juan Pérez Criales al pago de 80 pesos por la compra de 8 botijas de
manteca, a 10 pesos cada una
94
.
Lima, Impr. C. Vásquez L., 1935, pág. 22. Para un estudio cumplido de las relaciones comerciales en-
tre el Perú con China, véase: Schwarz, Willian: “México, Perú and the Manilla Galleon, en Hispanic
American Historical Review, Vol. I, N° 4, págs. 289-402; Chaunu, Pierre: Les Philippines, le Pacique
et des Ibériques (siglo XVI,XVII, XVIII siécles), Paris: Sevpen, 1960; e Iwasaki Cauti, Fernando: El
extremo Oriente y el Perú en al siglo XVI, Lima: Ponticia Universidad Católica del Perú, 2005.
92 Ibídem, fol. 1257r-v.
93 AGN.PN. Martínez Pagado, Gabriel, Leg.1087 (1615-1618/1621-1623), fols. 13r-v.
94 AGN.PN. González de Balcázar, Francisco, Leg. 764 (1616), fols. 1049r-1050v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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320
Después de esta actuación encontramos al orfebre el 9 de julio de 1618,
cuando conere poder conjuntamente con otros cofrades del Glorioso
Señor San Eloy a dos colegas suyos y a Juan Lorenzo de Cela, procurador
de causa en la Real Audiencia, con el objeto de que los puedan representar
en un pleito cuyos detalles abordaremos más adelante.
A partir de la fecha que acabamos de precisar, se abre un vacío heurístico
sobre el personaje que nos ocupa, a quien sólo volvemos a encontrar en Lima
a inicios de setiembre de 1619. Ante una situación como ésta, planteamos
la hipótesis de que Negrillo realizó algún viaje al interior del virreinato,
basados en documentación que también hemos podido exhumar, si bien
lamentamos en la presente oportunidad no estar en condiciones de ofrecer
sus pormenores.
No obstante ello, que los plateros solían realizar viajes al interior del
espacio colonial para vender objetos de su ocio y otros fuera del mismo,
es contundente a la luz de la documentación limense examinada, alguna de
la cual citamos aquí repetidamente, como acreditan los trajines de Diego
Requena. Requena, tan listo como Pedro Negrillo, pero de espíritu más
aventurero, vio en el desplazamiento al interior del virreinato con nes
comerciales un mecanismo rápido y más efectivo de enriquecerse, y lo logró.
Maestro de prestigio, en 1642 llegó a coronar su carrera profesional al ser
electo mayordomo y administrador de la cofradía de su titular el Glorioso
San Eloy. En nuestra opinión, los trajines efectuados por los plateros
hispanoamericanos no deben verse siempre como la manifestación patente
de un mercado laboral saturado, de pocas posibilidades profesionales; hay
casos y casos, muy en particular en Lima.
Hecha esta atingencia, la ausencia de Negrillo en Lima nos queda revelada
en una carta de obligación otorgada por el clérigo y presbítero Pedro Díaz
de Valverde, el día 14 de agosto de 1619. En esta fecha, el mencionado
otorgante se obliga pagar al platero de oro, “ausente al otorgamiento de esta
escritura, como si fuese presente, 1200 pesos de a ocho reales destinados
a la obtención del grado de doctor de su hermano fray Pablo de Valverde,
de la orden de San Agustín
95
. La aserción de Valverde es rotunda, hecha
de buena fe y posee el valor de una declaración protocolar. Por otro lado,
constituye el testimonio de un amigo muy cercano al oríce-mercader,
algo que habremos de comprobar más adelante. Anotado esto, cualquiera
que haya sido el lugar al cual se dirigió Negrillo, debió contar antes con el
consentimiento expreso de su esposa, doña Eugenia Angelino, puesto que
por aquel entonces era legalmente exigido.
95 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 831(1619), fols. 1590r-1590v. tta.
321
La partida de los plateros —y la de los artesanos y mercaderes en
general—, que por razones de su actividad se ausentaban prolongadamente
del hogar, por meses, o uno, dos y tres años inclusive, obviamente afectaba
la estabilidad de sus familias, suponía riesgos. Por esta razón la justicia
ordinaria protegía a la familia de unos y otros mediante la presentación de
una garantía legal rigurosa. Consistía ésta en una Carta de Consentimiento
otorgada por la esposa, en la cual se precisaba el tiempo en que el marido
estaría ausente. La esposa, fuera de ello, quedaba garantizada por un
ador, puesto al frente de las obligaciones del hogar; ella, por su parte,
quedaba apoderada como administradora del negocio de su conyugue. No
obstante los riesgos, es preciso señalar que la familia artesana y mercantil
conceptuaba que esas ausencias eran parte del trabajo del jefe del hogar, y
sobre todo resultaban absolutamente provechosas, puesto que le redituaba
importantes ingresos.
A guisa de ejemplo, el 1 de octubre de 1618, ante Miguel Alférez, escribano
público de Lima, Catalina Alonso otorgó una Carta de Consentimiento,
para que su marido partiese a “las provincias de arriba [Chile], por tiempo
de dos años. A estar por la escritura, el platero, dejaba a su esposa con
“bienes y hazienda bastantes con que se pueda sustentar” durante su
ausencia. Él, llevaba rumbo a Santiago ciertas “mercaderías de plata y cosas
de trato y granjería” para beneciarlas en aquella plaza. Catalina, por su
parte, a pesar de la inminente separación, declaraba ante el escribano que
comprendía perfectamente que por la vía del trato distante su esposo no
sólo podía “ganar de comer para su sustento y [el] de su familia, sino que
además era “cosa tan conveniente en su pro y recrecérsele mucho bien y
utilidad
96
.
A punto jo, Pedro Negrillo aparece nuevamente en Lima el día 3 de
setiembre de 1619. En esta fecha, nuestro personaje delega personería a su
compadre Luis Delgadillo Sotomayor, residente en la villa de Potosí y de
paso por Los Reyes, a n de que cuanto retornase a la Imperial cobre en su
nombre a distintas personas la cantidad de pesos que estaba contenida en
una Memoria redactada por él. Pero es más. Al mismo tiempo, le autorizaba
a presentarse ante cualquier escribano para que, de haber interesados, le
entregasen el dinero que juzguen conveniente a los efectos de conducirlos
a España, ya con el n de ser empleado en la adquisición de mercaderías o
bien llevar y entregar dinero a cuanto destinatarios se le señalaren
97
.
96 AGN.PN. Alférez, Miguel, Leg. 90 (1618-1619), fols. 250r-v.
97 AGN.PN. Hernández, Francisco, Leg. 831(1619), fols. 1778v-1780r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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322
Como podemos apreciar, gracias al franco crecimiento y crédito de
su actividad artesano-mercantil, Pedro Negrillo creía haber llegado el
momento de proyectarse allende mares. Denitivamente, no se sentía
conforme con ser sólo un distribuidor de mercadería española y en general
importada. Por tal manera, como un botón de muestra del rompimiento
del monopolio perulero frente al hegemonismo sevillano, Negrillo buscaba
capitales en el Perú para comprar mercaderías por sí o como factor, pero ya
no en Panamá sino directamente en la vigorosa plaza hispalense: “puerto y
puerta de las Indias”; y, tanto como eso, al objeto de constituirse en correo
de valores también en los reinos de España. Estamos, en consecuencia, ante
los inicios de una nueva ampliación de su actividad económica, que aparte
de realizar las labores propias de un artíce y mercader distribuidor en
el mercado intercolonial, desea hacer adquisiciones por cuenta propia o
ajena, y asumir operaciones como correo de valores en España.
Ya con esta nueva proyección, las noticias sobre Pedro Negrillo en Lima
vuelven a uir en nuestra mesa de trabajo. El 29 de noviembre, Pedro Bravo
Dávila, corregidor de las provincias sur andina de los Collaguas (creada
como administración territorial entre 1564 y 1569 por el gobernador
leonés, Lope García de Castro), se reconoce deudor suyo por la suma de
1000 pesos de a ocho reales, “en razón y compra de diecisiete sortixas
de oro con diamantes i rrubíes que montaron la dicha cantidad. Bravo,
conviene señalar, acababa de asumir sus funciones en el Perú designado
por el rey, destino al que vino acompañado por su esposa, doña Petronila
de Silva, y un séquito de criados
98
, de manera que, como estilaban y hasta
con abuso no sólo sus pares, aprovechó la ocasión para negociar, esta
vez con la referida partida de joyas, a buen seguro que en el lugar en el
cual era destacado. Los Collaguas era un corregimiento de segunda clase,
como los de Huamanga, Trujillo e Inca, pero era una zona rica, agrícola
y ganadera, y de la que el marqués gobernador en tiempos pasados
había hecho los primeros repartimientos. Como en todos estos, en su
jurisdicción se ofrecía la oportunidad de realizar un cúmulo de actividades
comerciales, clandestinas e ilícitas, con las que por supuesto se engolfaban
sus autoridades
99
. Con ese telón de fondo, pasemos a señalar que aunque
Bravo se comprometió a cancelar dicha dita en Lima o cualquier parte del
Perú durante el transcurso del mes de febrero de 1620
100
, para Negrillo
98 AGI. Contratación, 5367, N°22.
99 Acerca de los tratos y contratos de los corregidores, véase: Lohmann Villena, Guillermo: El
corregidor de indios en el Perú bajo los Austrias, Lima: Ponticia Universidad Católica del Perú, 2001,
págs. 160, 473-500.
100 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1933 (1619), fols. 2095v-2096r.
323
resultó un acreedor que al cabo honró su palabra, habida cuenta que el día
22 de abril de 1621 amortizaba los primeros 700 pesos del compromiso
a través del capitán Gerónimo de Patamones —protector general de los
naturales—, y poco tiempo después niquitaba la cuenta y negocio
101
.
El ofrecimiento público que hizo Pedro Negrillo de ser un conable
correo de valores surtió efecto. Ciertamente, esto queda probado el 26 de
marzo de 1621, fecha en la cual extendió un poder a favor del reconocido
religioso franciscano fray Miguel de Huerta Alejo, y de Tomás de Arauz,
este último vecino de Sevilla. ¿De qué se trataba? Antes de la fecha que
indicamos, el oríce había entregado ante el escribano Juan de Valenzuela
en Lima, dos barras de plata y una Memoria a Domingo de Olea, viajero
de camino a España, pero, sin noticias de él, por seguridad, se sintió en la
responsabilidad de ubicarlo; y con el viaje que habría de hacer el religioso
se ofreció la oportunidad. El seráco y Arauz debían buscar a Olea,
primero en la cuidad de Nuestra Señora de la Asunción de Panamá, en la
de Portobelo u en cualquier otra parte donde pudiera encontrarse, y, una
vez hallado, pedirle cuentas. En este asunto, conviene saber, fray Miguel,
que partía retrasado, tenía sobradas razones para dar con Olea, pues en
realidad era el mayor propietario y tenedor de las barras; Negrillo, no
obstante ello, no le iba muy a la zaga, puesto que de éstas le pertenecían 400
pesos de a 8 reales, que había enviado de limosna a unas parientes suyas en
España
102
. El encargo, menos mal, tuvo un feliz desenlace, pues cada quien
recabó lo suyo. Fuera de ello, si hacemos abstracción de las consideraciones
puramente comerciales, es de rescatar que el documento permite apreciar
por primera vez al hombre cristiano y caritativo que fue nuestro personaje,
el que, exitoso, no se olvidaba de la familia necesitada en España. De esos
envíos hubo muchísimos ejemplos, que a decir verdad no se pueden contar
por tres largos siglos, como demostración de la generosidad de la tierra
peruana. Otro encargo de valores, y que en esta faceta dene a nuestro
personaje de manera más sustantiva, la pulsamos el 17 de marzo de 1627;
fecha en la cual Negrillo conó al mercader Juan Cristóbal —que iba a los
reinos de España en la Armada de ese año—, para portear hasta Sevilla
una barra de plata ensayada, marcada y contramarcada con la del margen,
número 152,380, cuyo peso era de 140 marcos y 6 onzas a valor de 754
pesos, 7 tomines y 10 granos, y reducidos al 144% ascendía a 1225 pesos
de a 8 reales
103
. En la ciudad de Sevilla, Juan Cristóbal, luego de retirar el
101 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1935 (1621), fols. 1239r-v.
102 Ibídem, fol. 667r.
103 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg.1764 (1627), fols. 1032r-1033v.
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importe de las barras de la Casa de la Contratación y deducir los gastos
efectuados, debía entregar la mencionada cantidad a don Miguel de Salcedo
Reynalte, para que éste, a su vez, la distribuyera de la siguiente manera: 440
pesos a favor del mismo, 112 a Cristóbal de Sarabia, 200 al Padre Fray Luis
Flores, Vice-comisario de las Indias de la orden de San Francisco —dinero
enviado por el Padre Fray Miguel de Huertas para lo pusiese en manos del
capitán Pedro Falconí, y por su ausencia en las de doña Ana de Hoyos, su
mujer—. Y, por último, debía entregar los 500 pesos restantes a doña Ana
de Hoyos, hija de la antedicha y que llevaba el mismo nombre
104
.
3.3. Negrillo: de quintar y marcar la plata y el oro labrados
Siempre a caballo entre la actividad de oríce y las comerciales hasta
aquí puestas al descubierto, el 24 de abril de 1619 localizamos una vez más
a Pedro Negrillo cuando va a pagar a la Caja Real de Lima 3044 pesos, 2
tomines y tres granos ensayados por derechos del uno y medio por ciento
sobre 39 barras de plata, y de 41 piñas del mismo metal
105
.
La concurrencia del platero de oro a la sede recaudadora scal, sin
embargo, no se limitó al pago por conceptos de ensayo y marca de
barras y piñas con inequívocos nes mercantiles, los cuales, como se ha
podido apreciar, ya alcanzaban montos considerables; obedecía también
a sus labores como artíce, asuntos sobre los que trataremos aquí, sin más
pretensión que a guisa de un útil apuntamiento.
Los plateros en el Perú contaban desde 1533 Real Licencia para en
cualquiera de sus provincias usasen sus ocios libremente, con condición
que no tengan en sus casas y tiendas fuelles, ni visoles ni cualquier otro
aparejo de fundición, so dura pena de muerte y la pérdida de todos sus
bienes. Una real provisión de Carlos V lo había establecido así, desde
Zaragoza, el 8 de marzo del año que señalamos.
106
. Pese a ello, haciéndose
difícil el control de los plateros, aun en 1548, el príncipe Felipe debió emitir
una real cédula dirigida al licenciado Pedro de la Gasca, para que le hiciera
una relación sobre la necesidad que había de los ocios de veedor de
plateros y marcador de pesos y medidas; ocios solicitados por el platero
sevillano de Rodrigo de Cáceres, a través del cual se informó sobre “los
grandes fraudes y engaños que los plateros del Perú cometían en agravio
de la Real Hacienda
107
. Este mandado, a buen seguro que se tuvo muy en
104 Ibídem.
105 AGN. H-3, Leg.8, L.N. 44, fol. 42v.
106 AGI. Lima, 565, L.1, fol. 115v.
107 AGI. Lima, 566, L.5, fols. 178v-179r.
325
cuenta y está relacionado con lo que Quiroz llama “arremetida frontal con
miras a poner en ‘orden al artesanado” a inicios del año 1549; y dentro de
éstos, a los plateros. Esta fecha, como los demás productores, por decisión
del Cabildo de Lima, los plateros debieron designar cuatro maestros
precandidatos, de entre los cuales el alcalde ordinario habría de elegir un
maestro alcalde del arte, el cual, a su vez, debía empeñarse en elaborar las
ordenanzas que luego de ser estudiadas por la autoridad edilicia, serían
aprobadas o modicadas. Como resultado de ello, al parecer no hubo
conformidad entre los plateros, puesto que durante el mes de noviembre
llevaron a cabo nuevas elecciones
108
.
En términos generales, resulta maniesta la evasión scal protagonizada
por los plateros peruanos y limeños en particular. Pero el caso que traemos
a colación, el de Pedro Negrillo, y fuera de él el de algunos otros artíces
que hemos podido detectar en la documentación de archivo, demuestra
que la plata salida de los obradoras limenses no siempre dejó de ensayarse
y marcar. Aun así, debió ser frustrante el empeño de las autoridades por
corregir denitivamente este problema, al no poder encausar con total
ecacia la labor de los plateros a la vera del Rímac.
Pero la autoridad no se dio por vencida. Apeló, en efecto, a signicativos
incentivos de carácter tributario destinado a reducir la evasión, y a decir
verdad, pudo exhibir algunos resultados. El libro de Cargo de los pesos que
entran en la Real Caxa por quenta de los proçedido de la plata labrada y joias
que se quintan, almxarifazgo, en virtud de un auto del Gouirno por todo este
mes de abril” de 1622, nos lo deja entender. Este año, el virrey marqués de
Guadalcázar emitió el auto de fecha 30 de marzo, con el n de que la plata
y el oro labrados que se manifestasen en Lima durante los corridos del
mes de abril, gozarían del disfrute de pagar únicamente el almojarifazgo en
lugar del quinto y de la colocación de la marca real.
Esta disposición, como hemos adelantado, tuvo algún efecto. El 15 de
abril de 1622, encontramos al mismo Pedro Negrillo acudiendo a las Casas
Reales edicio donde tenía su sede la Caja Real, para efectuar el pago
del almojarifazgo y demás derechos del caso, por 39 marcos y cuatro onzas
de plata labrada de la ley dos mil doscientos cincuenta marcos, la misma que,
luego de manifestarla recibió la marca Real. Negrillo, merece relevarse, no
fue el único en acogerse a los benecios de esta medida, pues comprobamos
que en la misma fecha hicieron lo mismo, entre otras personas, el contador
Leandro Valencia, Rodrigo de Aguilar y Joan de Uceda, y a los cinco días,
sus colegas Miguel Bonifaz, Antonio Ruiz Barragán y hasta el escultor
Pedro de Noguera.
108 Chueca, Ob.cit., págs.39-14.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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Siete días después, añadamos, entre un número cada vez mayor de
concurrentes, Pedro Negrillo repitió el trámite, esta vez por otros 14 marcos
y 7 onzas
109
; y, valga agregar, volvió hacerlo el día 30, por otros 131 marcos
y medio
110
. Al igual que hizo Negrillo y los sobre nombrados, y en lo que
constituye una comprobación de enorme importancia sobre el punto en
cuestión, es preciso señalar que entre los días 5 de abril y 11 de mayo, nada
menos que 403 individuos se acercaron a la Caja Real para acogerse a los
benecios del mencionado auto, que por lo demás no se contrajo al citado
calendario.
Así pues, aunque apenas como una mera introducción al tema, queda
claro que la plata y el oro labrados en las tiendas de los plateros limenses,
no siempre dejó de quintarse y marcar; y que Pedro Negrillo en concreto
lo hizo, al menos en las ocasiones que señalamos
111
. Estas referencias
son importantes, como indicativos, pues el estudio de la plata del Perú, y
agreguemos aquí la platería de oro, tienen en la falta de marca una de las
mayores dicultades para su clasicación y estudio general, como ha hecho
notar entre otros estudiosos Heredia Moreno
112
.
3.4. Prestador de su buen nombre
Por los años en que transitamos, Pedro Negrillo había logrado
convertirse en un hombre muy bien reputado y de entera conanza no
sólo en Lima. Este aspecto, queremos notar aquí, puede estar relacionado
con algunos hechos que pasaremos a examinar seguidamente. El 10 de
mayo de 1625 quedó embargado un barco con su barca y velas, sobre cual,
hechas las averiguaciones, Negrillo dijo ser de su propiedad. La orden
provenía del doctor Joan de Bedoya Mogrovejo, alcalde de Corte y juez de
Provincia, a pedimento del licenciado y presbítero don Antonio de Castro
y del Castillo, en claro convencimiento de que la nave en realidad no era
del artíce, sino de Alonso de Merlo. No sabemos cuál era la relación que
unía a Negrillo y Merlo, pero el compromiso que asumió el oríce con
éste es muy expresivo. Como el barco quedó embargado y depositado bajo
responsabilidad de un tercero, que lo fue Juan Águila Bullón en nombre de
Jerónimo López de Saavedra, Depositario General de la Corte, y este hecho
109 AGN. H-3, Leg. 52, L.N. 52, fols. 50, 51v-52, y 53v.
110 Ibídem, fol. 58.
111 Ibídem, fol. 55-v.
112 Véase, Heredia Moreno, María del Carmen: “Problemática de la orfebrería peruana en España.
Ensayo de una tipología, Navarra, Granasa, Institución Príncipe de Viana, año XLVI, Núm.175,
1985, págs.339-358.
327
determinaba que la nave se mantuviera acoderada en el puerto, es decir
sin desplegar ninguna actividad, Negrillo, a buen seguro que facultado por
Merlo, se sinceró ante el alcalde de Corte, y reconoció que sólo estaba en
su poder. Merlo, sin embargo, pidió al oríce que le otorgase una escritura
notarial de resguardo; y este no tuvo inconveniente de suscribirla en la
fecha que acabamos de señalar. Pudo de este modo la nao cumplir con
los compromisos de cabotaje asumidos con antelación, para lo cual Merlo
solicitó a las autoridades que Negrillo continuara en poder de la nave, bajo
el rme compromiso que “cada vez y quando que por el depositario me
pida el dicho barco, barca y velas, se lo daré y entregaré luego sin dilación
alguna
113
.
Al cabo de cinco años, Pedro Negrillo se nos vuelve a aparecer como
señor y accionista de otra nao, y a decir verdad, en circunstancias tan
dudosas como la anterior. Por entonces, Miguel de Aguado en virtud del
poder otorgado por el licenciado don Diego de Castro y Mena, cura y vicario
de la doctrina de San Bartolomé de Guacho —por entonces jurisdicción de
la villa de Carrión de Velasco—, vendió a Pedro Negrillo la mitad de la
fragata nombrada Nuestra Señora del Rosario, con la mitad de la barca,
anclas, velas y demás pertrechos, surta en el marinador del puerto de
Carqui. A estar de la escritura, la fragata en mención se encontraba libre de
todo empeño, obligación e hipoteca; y así, Pedro Negrillo se comprometió
a “pagar” por este accionariado “dos mil y cien pesos de a ocho rreales, de
la siguiente forma: 1400 pesos al contado, y los 700 pesos restantes durante
el mes de abril del año de 31
114
. La operación pasó adelante; pero que Pedro
Negrillo prestase su buen nombre también en este caso, es cosa que nos
parece plausible, pues entre la documentación ubicada no encontramos
ninguna que haga fe de su administración, directa o indirecta; por otro
lado, al igual que el caso antecedente, la nao no se halla mencionada ni en
su testamento ni en el inventario de sus bienes. Por último, tampoco hemos
ubicado alguna escritura que nos ofrezca siquiera indicios de que en algún
momento la vendió.
3.5. Prestador “por hacer placer y buena obra
Ya líneas arriba Pedro Negrillo se recorta ante la historia como un hombre
que no sólo estaba atento al cálculo de la ganancia que pudieran reportarle
sus granjerías. Otros documentos que hemos conseguido exhumar en el
Archivo General de la Nación nos permiten redondear una nueva faceta de
113 AGN.PN. Aguilar Mendieta, Cristóbal, Leg. 60 (1624-1625), fols.48r-v.
114 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1955 (1630), fols. 754r-756v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
328
su personalidad. Sumado al caso ya referido, comencemos aquí por un acto
caritativo cuyo destinatario era un miembro de su familia en Lima. El 22
de marzo de 1621, el platero de oro se encaminaba al monasterio de Santa
Clara, ubicado camino del pueblo del Cercado de indios. Deseaba enterarse
y platicar con doña Agustina de Guevara, la abadesa del cenobio, sobre los
gastos que eran menester efectuar para que su hermana Gregoria Negrillo
pudiera profesar como monja de velo negro. Al recibirlo, la abadesa le
explicó que se requerían 2000 pesos de a 8 reales el peso en barras de toda
ley, por concepto de la dote, pagados 8 días antes de su profesión; además,
el coste anual de los alimentos y 50 pesos por concepto de propinas. Como
apreciamos, el monto exigido no era poco; pero Negrillo comprendía
perfectamente que una de las manifestaciones de la realización del ser
femenino en la sociedad en que vivía era consagrarse al servicio de Dios; en
el caso de Gregoria, de manera denitiva. Considerándolo, aceptó y asumió
el compromiso de efectuar los pagos; para lo cual suscribió una carta de
obligación, que en demostración de su rme intención hizo efectiva el año
siguiente, el día 13 de agosto, en el banco del repetido Juan de la Cueva
115
.
Otro caso digno de mención es el que lo relaciona con el presbítero Pedro
Díaz de Valverde, ya no un familiar o pariente suyo, sino un entrañable
amigo. Por una escritura fechada el 27 de enero de 1621, viene a nuestro
conocimiento que antes de esa fecha, Negrillo había salido como ador
y principal pagador del citado presbítero, por 2000 pesos, monto al que
ascendía la dote de doña Paula de Valverde, hija del ordenado, y que, como
la anterior, deseaba hacer vida monacal en el más encumbrado cenobio de
Lima, el de La Encarnación. Sin embargo, por entonces, la aspiración de
doña Paula, mujer de honra, se encontraba a punto de zozobrar, puesto que
su padre no había podido reunir el dinero para cumplir con tan perentorio
compromiso. En la encrucijada, sin embargo Valverde tenía la fortuna de
contar con la amistad pudiente de Pedro Negrillo, quien tras los ruegos del
amigo decidió asumir ese fuerte pago más los de los alimentos, propinas
y otros gastos menores; todos, inicialmente, en calidad de un préstamo
116
.
Empero, debió ser muy estrecha la amistad y afecto que unía al orfebre-
mercader y el presbítero al cual nos referimos, pues a través del testamento
de Pedro Negrillo nos enteramos que no sólo le ayudó con el pago de la dote
de doña Paula, sino que también fue quien mandó construir la celda donde
ella habitó en el mencionado monasterio. Ya sabemos que los monasterios
115 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1935 (1621), fols. 414r-415v.
116 AGN.PN. Aguilar Mendieta, Cristóbal, Leg. 59 (1619-1621), fols. 113v-114v.
329
de monjas eran como pequeñas ciudades, en el sentido que las celdas en
que vivían las religiosas, construidas por sus familiares o benefactores,
formaban calles con nombre propio; y que, además, moraban en aquellas
con toda comodidad y adorno, servidas por sus esclavas inclusive.
Empero, las bienhechurías de Negrillo al presbítero Pedro Díaz de
Valverde no quedaron ahí, hay que decirlo. Aunque se trataba de un
préstamo, y además en su testamento el artíce reconoce que hubo
amortizaciones a su favor; agrega también que hasta ese momento por
ambos conceptos aún se le debía “mucha cantidad de pesos, pero que,
y esto es de destacar, se los perdonaba. El artíce, en efecto, en artículo
mortis, dirigiéndose a sus familiares, les pidió expresamente que “no se
pida el uno al otro cosa alguna
117
.
El arquitecto, escultor y entallador Juan Martínez de Arrona —no
necesita mayor presentación—, también fue uno de los que acudieron a
Pedro Negrillo en busca de ayuda, y la obtuvo sin mediar interés alguno.
Martínez de Arrona, al igual que el oríce, combinaba la actividad artística
con el comercio; pero lo hacía de tal modo, y quizá no sólo por eso, que en
no pocas ocasiones encontró limitada su capacidad de pago, motivo por el
cual en más de una oportunidad fue a parar a la cárcel. Una de estas ocurrió
precisamente el día 27 de abril del año que señalamos, cuando, urgido, Juan
Martínez de Arrona envió a pedir prestados a Pedro Negrillo 150 pesos,
con cuyo pago podría salir en libertad. Nuestro personaje, comprendiendo
la difícil situación por la que atravesaba el amigo, le proporcionó los pesos
que necesitaba, y así este quedó libre
118
.
Otro caso que hemos podido espigar, es el que tiene como protagonista
a Gabriel Cevallos Morales, un hombre de 25 años de edad y, por lo que
se puede deducir, con enormes ganas de prosperar. A inicios del mes de
mayo de 1625, Cevallos había decidido dejar transitoriamente los llanos
y subir a comerciar en la lejana y andina villa de San Felipe de Austria,
que era el asiento de las minas de Oruro, ubicado entre La Paz y Potosí.
Los centros mineros, como está visto y comprobado, atraían el comercio
y a los comerciantes, por su disposición de metálico y por ser plazas de
crédito seguro. La prosperidad alcanzada por los habitantes de la villa hacía
que los mercaderes los vieran como potenciales consumidores, entre otros
efectos, de objetos suntuarios, por tanto, a quienes no se podía desatender
si se quería echar más pesos a la faltriquera. Ahora bien, pero si a Gabriel
117 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1960 (1632), fol. 867v.
118 AGN.PN. Gonzales de Balcázar, Francisco, Leg. 769 (1620-1622), fols. 526r-v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
330
Cevallos le sobraban las ganas de prosperar tomando otros rumbos, en
cambio le faltaban los pesos que eran menester para emprender aquella
empresa. Optimista, sin embargo, y sin arredrarse, buscó a Pedro Negrillo,
quien, como ocurrió en los tres casos descritos, le prestó su ayuda. Para
tal efecto, acudieron al notario Torres de la Cámara, sobre cuyo escritorio
se suscribió el adeudo, el día 30 de mayo de 1625. Por éste, Cevallos se
comprometió a pagar al platero de oro 350 pesos de a ocho reales, los cuales,
según expresó: “...recibió emprestados en reales para ir a la dicha villa, por
hacerle placer y buena obra.... El mozo aspirante, debemos indicar, honró
su palabra, habida cuenta que el 17 de febrero del año siguiente, Negrillo
confesó haber recibido la mencionada cantidad, motivo por el cual la
escritura se dio por rota y cancelada
119
.
Creemos conveniente tratar de comprender las motivaciones que
dieron origen a todas estas actuaciones. Y lo que ocurría es que en una
sociedad imbuida profundamente de catolicismo, Negrillo hacía uso
virtuoso del dinero. Ser prestador constituía un acto de convicción y fe en
Dios, en tanto que el hombre pudiente se reconocía solamente como un
administrador transitorio de los bienes que se le habían dispensado con
creces. Por ser así, el orfebre daba con entera sujeción a la Caridad, virtud
básica del cristianismo, y como tal considerada por encima de todas las
demás. Por otro lado, no cabe duda que Pedro Negrillo tenía muy presente
las Sagradas Escrituras, en cuanto señalan que el crecimiento material debe
ir acompañado del espiritual (Job.1:1-3), y que la obligación de ayudar se
acrecienta con la abundancia que Dios da (Is. 58:7-10; Stg. 2:15-17). Prestar,
por último, pero no menos importante, era la nueva manifestación del amor
instituido por Cristo. Y dar al que pedía prestado, siguiendo este mismo
razonamiento, tenía mayor mérito cuanto la ayuda estaba dirigida a quien
no unía algún lazo familiar. El apóstol Mateo (Mt.5, 38-48) rescata parte
de este razonamiento cuando se reere a la plenitud del amor cristiano, es
decir, para los que como Cristo mismo señaló, deseaban ser perfectos. Pedro
Negrillo, en consecuencia, actuaba con profunda convicción cristiana;
estaba convencido que el benecio de dar oportunamente no consistía en el
interés, muy identicado por entonces con la usura; sino en la gracia de ganar
indulgencias. Empero, aun reconociendo la preeminencia de estos valores,
insistimos, profundamente católicos, y por tanto el sentido fundamental en
el acto de dar, no podemos ignorar tampoco que le depararan otro tipo de
recompensa, considerando que el contexto social del oríce correspondía al
de una sociedad señorial. En ésta, en efecto, todo acto de largueza abonaba
119 AGN.PN. Torres de la Cámara, Bartolomé, Leg. 1891 (1625-1629), fols. 84v-85r.
331
el buen nombre y acrecentaba la honra y estima de quien lo practicaba.
Lo sostenía muy claramente el mercader y preceptista Tomas de Mercado
(Sevilla, 1525 ca.-1575); nadie mejor que él para señalarlo: “el préstamo es
acto tan amoroso y exento de interés, que hace al hombre amable, y trae y
casi convence a quien lo recibe a quererlo...
120
.
3.6. De nuevo por sus granjerías
Pasando de las bondades del personaje, mientras tanto y posteriormente,
el artíce-mercader y correo de valores, prosiguió en su actividad. El 22 de
abril de 1624, conere poder amplio a Juan de Minaya, residente en Los
Reyes, quien se aprestaba a zarpar hacia el reino de Chile, a los efectos
que en su nombre y en cualquier vía cobrase los pesos que le adeudase
todo acreedor suyo en aquellas partes
121
; de otro lado, a nes de año, el
5 de diciembre, al objeto de aparejar las cuentas, el sedero y gorrero
Pedro Rodríguez Marmolejo le extiende una carta de cesión, con el n
que cobre del capitán Juan de Santiago, 150 pesos de los 326 que le debía,
según constaba una carta del 26 de octubre pasado, rmada ante el mismo
notario González de Balcázar; comprometiéndose, además, a honrar el
salgo durante el transcurso del mes de marzo del año siguiente
122
.
Entrado el año 1626, como siempre, le encontramos muy dado a lo suyo.
Suscribe dos cartas de obligación: la primera, fechada el 1 de febrero, por
cuantía de 2200 pesos, que otorgó a favor del procurador de número de la
Real Audiencia, Joseph de Cobos, por otros tantos que le prestaba y que se
comprometió a pagar a nes del mes de febrero del año siguiente, o antes,
si se pregonaban los registros de la plata de Rey y la de los particulares del
reino de Tierra Firme
123
. La segunda, y última, de fecha 1 de marzo, por
1100 pesos, suscrita esta vez a favor de Juan de Morales Farfán, contador
de la Decana de América, la Real y Ponticia Universidad de San Marcos
de Lima
124
. A este respecto, es enteramente factible que tanto el volumen
que cobraban los negocios de Pedro Negrillo así como la endémica escasez
de dinero circulante expliquen estas operaciones, harto necesarias para
nanciar sus transacciones mercantiles, que como anunciamos habían
cobrado mayor intensidad.
120 Lazo, Carlos y Ortega, Alexander: “La Banca y el Crédito en el Feudalismo Peruano Colonial
siglos XVII-XIX (1600-1821)”, En Revista del Archivo General de la Nación, Nº 16, Lima, 1997, págs.
170- 180.
121 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg.1942 (1625), fols.651r-v.
122 AGN.PN. González de Balcázar, Francisco, Leg. 772 (1623-1625), fols. 522r-v.
123 AGN.PN. Muñoz, Domingo, Leg. 1178 (1626), fols. 171r-v.
124 AGN.PN. Xaramillo, Diego, Leg. 1998 (165-16126), fol. 231r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
332
En efecto. En lo que por entonces debió congurar ya una considerable
actividad comercial, el 28 de abril del año en curso, Negrillo concedió un
nuevo plazo a don Luis de Ulloa —de partida al reino de Chile—, para que
pudiese pagarle 810 pesos del resto y ajustamiento de una cuenta de mayor
suma, señalándole como fecha máxima el día de la santa pascua de Navidad,
que estaba por venir
125
. Ese mismo día, por otro lado, se daba tiempo para
apoderar a don Francisco Machado y a Cristóbal de Tapia, que emprendían
el viaje de retorno a Chile; al objeto que en esas partes representando
su persona cobren las cantidades detalladas en una Memoria y en otras
cartas probatorias
126
. A poco, con idéntico propósito, el día 28 confería
poder a Francisco Machado, también residente en Chile
127
. Negrillo, como
apreciamos, usaba valerse simultáneamente de diversos agentes para hacer
efectivo el cobro de las cuentas que era acreedor.
Con posterioridad a esas fechas, esto es el 10 de junio, en Lima, Francisco
López Zamorano quedaba deudor del próspero oríce-mercader, al haberle
comprado, a crédito, “tres pares de zarcillos de oro y cristal... y una sortixa
con una esmeralda
128
. Diez días después, dando muestras de que Negrillo
era todo un especialista, buscado y solvente en Lima, particularmente, en
lo que al negocio de joyas de oro concernía, el general Jusephe de Castro,
también residente en esa ciudad, lo visitaba en su tienda y ofrecía en venta
un lote importante de joyas, formado por 240 botones de oro, cada uno de
estos engarzados con un diamante; una María de oro con diamantes; un
cabestrillo de oro con cien relumbrantes diamantes; dos cintillos de oro con
rubíes, y otro más engarzado de idéntica manera. Negrillo no se resistió.
Las joyas quedaron avaluadas en la alta cuantía de 4560 de pesos de
a ocho reales, pero ofrecían sin duda un buen margen de ganancia, a tal
punto que el oríce las pagó al contado “en tres talegas de plata, ante la
presencia de los testigos Gabriel Ramírez, Gaspar Meneses y Francisco
Enríquez
129
. Fue esta la transacción más alta en cifras que hemos podido
detectar de entre sus operaciones.
Tres meses después, el día 7 de setiembre, pagaba 26 pesos 13 tomines
y 11 granos ensayados a la Caja Real, correspondientes a los derechos
125 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg. 1761(1626), fols. 801v-802v.
126 Ibídem, fols. 803r-804v.
127 AGN. PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg. 1761 (1626), fols.803r-804v.
128 AGN. PN. Xaramillo, Diego, Leg. 1998 (1625-1626), fol. 704r.
129 AGN.PN. Zamudio, Joan de, Leg. 2040 (1626), fols. 735v-736r.
333
de almojarifazgo, situado en el 5%, en razón de la entrada de tres
partidas de mercaderías de la tierra procedentes del puerto de Chérrepe
(Lambayeque)
130
; y posteriormente, cerraba las operaciones comerciales
del año extendiendo una anza a favor del almirante santiaguista don
Andrés de las Infantas, que había asumido el compromiso de pagar al
maeso Antonio Ruiz Barragán, 322 pesos de a ocho reales en razón de 40
marcos y dos onzas de plata labrada
131
.
Al año siguiente, o sea el 13 de marzo de 1627, nuestro personaje salía
también como principal deudor y pagador de Juan Fernández de Olmos,
por la persona de Rodrigo Bastante, platero de oro como él; en razón de
un préstamo ascendente a 110 pesos
132
. Colaboraciones como la de este
tipo, cabe añadir, eran usuales entre los menestrales y artíces españoles,
más aún entre especialistas. No tenemos muchas noticas de Bastante, pero
sí que radicaba en Lima; era por tanto un colega al menos conocido por
nuestro artíce, a quien como comprobamos sólo aanza.
El día 3 de abril siguiente, el emprendedor Gabriel Cevallos y Morales
volvía a encontrarse con Negrillo en Lima después de haber transcurrido
alrededor de dos años. Las cosas le habían salido bien, y este hecho no
cabe duda acrecentó la conanza de, oríce. Ahora Cevallos era sujeto de
crédito, y como tal, nuestro personaje podía hacer negocios con él. Por tal
motivo, le extiende un crédito por “tres cintillos de oro i piedras a 80 pessos
de a ocho cada uno, una Cruz de Alcántara de cristal en 40 patacones, [y]
un par de zarcillos de cristal en 37 patacones y 5 reales, más otras joyas
por el importe de 877 pesos, cifra que no era poco. Su deudor se obliga
a pagarlos a nes del mes de febrero de 1628; y, como cumplido que era,
honra la deuda el 10 de marzo del año que precisamos
133
.
El día 14 del mismo mes, Pedro Negrillo acepta pagar 329 pesos en
cumplimiento del precio pactado por un esclavo adquirido al labrador
Miguel de Galaz en el valle de Pachacamac
134
; y, en la misma jornada, acepta
abonar otros más como última cuota de la deuda contraída entre el capitán
Manuel Bautista Pérez y Galaz; esto, por la compra de tres negros esclavos
ladinos, Cristóbal bran, Francisco Angola y Pedro Angola; cuya cuantía
130 AGN.PN, H-3, Leg. 6 L.N. 39, fol. 70.
131 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego, Leg. 1218 (1626), fols. 2526v.
132 AGN.PN. González de Balcázar, Francisco, Leg. 775 (1627-1628), fol.94v.
133 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego), Leg. 1219 (1627), fols.745r-v.
134 Ibídem, fols. 1182v-1184v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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334
ascendió a 1710 pesos. Negrillo, de esta manera, se constituyó en pagador
de la mencionada cantidad porque la debía a Galaz, de manera que se vio
obligado a comprometer su rma
135
.
Pero en la misma fecha este tipo de operaciones no concluyeron. Nuestro
platero de oro-mercader se interesa por otras ‘piezas de ébano’ que tenía el
antedicho agricultor. Y tan rápido como era, le propone un trueque. Galaz
escucha, asiente, y nalmente decide transar. El primero le cambia tres
negros suyos, Miguel biafra, Damián bran y Diego caçanga, todos entre
los 25 y 30 años de edad. Galaz, por su parte, le entrega también otros tres
negros suyos, Cristóbal brand, Francisco Angola y Pedro Angola, los tres
entre los 22 y 26 años de edad; o sea, los que acababa de adquirir al capitán
Manuel Bautista Pérez. Sin embargo, contra todo lo esperado, el asunto trajo
cola. Galaz, a la verdad poco escrupuloso, había comprometido a Cristóbal
bran con otra persona, asunto sobre el cual había incluso escritura notarial
rmada de las partes, hecho que trascendió rápidamente y llevó a que su
comprador lo reclamara. Pedro, sabedor que ante el propietario perdería
la ‘pieza de ébano, y que este además le amenazaba con ponerle demanda
redhibitoria, se apresuró en ubicar a Galaz, a quien emplazó con hacer lo
propio. Galaz, como también sabía que tenía todas las de perder, aceptó la
devolución del incómodo cautivo, aunque para dicho efecto Negrillo deb
entregarle otro esclavo suyo, Miguel, con lo cual nalmente concluyó el
inesperado desaguisado
136
.
Para el mes de setiembre da otro salto: nuestro platero de oro ha logrado
hacerse proveedor de la Real Armada y, como tal, en virtud de un decreto
de gobierno, el día 22 recibe de la Caja Real dos pagos: uno por 159 pesos y
3 reales de a ocho del importe de 1020 arrobas de sal
137
; y otro por la misma
cantidad, por concepto de 1025 arrobas del mismo producto, puestas en
manos del tenedor de bastimentos
138
. Ahora bien, cuando hablamos de este
tipo de aprovisionamientos o bien de servicios, no vayamos a creer que
el diligente Pedro Negrillo era el único artíce que era contratado por la
Real Hacienda. El mismo año 1627, el escultor Pedro Noguera, que era
yerno del platero Miguel Bonifaz, estaba a cargo de la manufactura de las
cajas en que se guardaban los mosquetes, arcabuces y municiones de la
ciudad y el puerto del Callao; en ese cometido cedió a Bonifaz el cobro
de 916 pesos 5 reales por su salario de 20 meses que corrían desde el 1
135 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego, Leg. 1219 (1627), fols.1084v-1086v.
136 Ibídem, fol. 1087r.
137 AGN. H-3, Leg. 12, L.N. 61, fol. 113r.
138 AGN. H-3, Leg. 13, L.N. 62, fol. 163v.
335
de enero de 1626 hasta el último de agosto de 27, a razón de 550 pesos al
año
139
. Es más, el platero lo siguió siendo el año siguiente, cuando el 10 de
abril volvía a pagarse al repetido Bonifaz, poderhabiente de Noguera, 45
pesos y 8 reales en virtud de otro decreto de gobierno, por el precio de 90
astas para horquillas entregadas al capitán de la Sala de Armas de la ciudad,
Bartolomé Sánchez
140
.
Pedro Negrillo, sin embargo, no se sentía satisfecho con lo que
lograba, que como apreciamos no era poco. El espíritu empresarial que
indudablemente uía por sus venas y la responsabilidad de ser padre de
una numerosa progenie le daban el ánimo que era necesario. Así las cosas,
el mismo año 1627, signicó para él entrar de plano a una nueva actividad.
Esta fue nada menos que incursionar en la actividad minera, con lo cual
diversicaba aún más sus actividades.
3.7. Empresario minero
Parece ser que los primeros escarceos de Pedro Negrillo con la minería
tienen sus antecedentes en el año 1626, pero hasta entonces de manera
incipiente. Esto, denitivamente, fue distinto el año siguiente. Desde
el corregimiento de Canta vino a Lima la noticia del descubrimiento de
nuevas y ricas minas de plata. Canta, en la cuenca del río Chillón, no era
un lugar apartado, pues se encuentra ubicado al noreste de Lima; estaba
poblado de indios, que hasta la época incaica formaban parte del señorío
del mismo nombre. Era conocida y explotada por los españoles desde el
siglo XVI; Francisco Pizarro había retenido para sí este repartimiento, hasta
que en 1549 Pedro de La Gasca se lo concedió denitivamente a Nicolás
de Rivera el Mozo. Poco después fue creado el corregimiento del mismo
nombre, que incluía la totalidad del valle alto. Su economía, y esto es lo que
hay que remarcar, estaba organizada sobre la base de la minería, favorecida
en su desarrollo por la implantación de la mita, central en esta explotación
hasta su decadencia entrado el siglo XVIII. Los españoles, por esta razón,
no tardaron en instalarse en ella, y por las fechas que comentamos tenía a
la cabeza una pequeña villa española con el nombre oriundo: Canta.
La noticia del descubrimiento de nuevos lones de plata provocó gran
animación en la capital virreinal y, como se trataba de metales preciosos,
símbolo máximo de la riqueza, muy pronto enroló a un signicativo
número de personas ansiosas de probar suerte, entre éstas, precisamente,
139 AGN. H-3, Leg. 13, L.N. 62, fol. 165v.
140 Ibídem, fol.257v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
336
el platero de oro y mercader Pedro Negrillo. El orfebre, toda vez que
conocedor de los metales, del oro y la plata más en concreto, no podía
tener una participación pasiva, expectante: le tocó desempeñar un papel
esencial y de harto trabajo. Este supuso dejar momentáneamente su tienda
y desplazarse a las sierras de Lima, para buscar, hallar, denunciar, estacar,
equipar, explotar y extraer el mineral precioso. Pero él asumió el reto, y lo
hizo en representación de otros, bajo el acuerdo que, de sonreírles la divina
fortuna, obtendría una justa participación en la empresa.
El primer interesado fue el regidor perpetuo de Lima, Juan Sánchez de
los Reyes, quien, como se acostumbraba para tales propósitos, 21 de enero
de 1627 conrió un poder a Pedro Negrillo —identicado públicamente
como “platero de oro, a don Fernando Falcón, y al maestro fray Gabriel
Negrillo, el repetido hermano del oríce; para que en su nombre y
representación puedan hacer cualesquiera descubrimientos y registro de
minas en el Perú, conforme a las ordenanzas vigentes y con facultad para
que lo puedan sustituir en todo lo que fuese necesario, potestad que hizo
necesario obligar su persona y bienes habidos y por haber
141
. ¿Había prisa
en hacerlo?
Pues sí. En la misma fecha Negrillo declara ante el escribano Francisco
de Acuña ser “vecino morador en esta ciudad de Los Reyes del Pirú, y de
partida para la provincia de Canta, motivo por el cual extendió un poder
cumplió y bastante al secretario Rafael de San Pedro Cuellar; para que en su
nombre pueda cobrar y recibir en juicio o fuera de él, de cualquier persona
y sus bienes, la cantidad de pesos de oro y plata, esclavos, mercaderías,
trigo, maíz, vino, ganados mayores y menores y todo cuanto le debiesen
y debieren, y también para que se encargase de todos sus pleitos, causas
y negocios civiles y criminales
142
. Congregados ante el mismo escribano,
también en esta fecha el capitán Francisco Joseph de Isásegui y don
Fernando Altamirano, vecinos de Lima, dieron a Negrillo una vez más
de partida para la provincia de Canta poder cumplido para que en
nombre de cada uno de ellos “pueda tomar minas en la parte que se an
descubierto en el dicho distrito de Canta, y en qualesquier partes, en sus
nombres, hacer el registro de ellas, y “pedir estacas, quadras, rrecuadras
y tomar posseción dello y lo demás que conviniere hazer conforme a las
hordenanzas”; sin olvidarse, claro está, pedir “se nos den indios para su
beneçio
143
141 AGN.PN. Acuña, Francisco de, Leg.4 (1627), fols. 21v-22r.
142 Ibídem, fols. 22v-23v.
143 Ibídem, fols. 24r-v.
337
Ese día también se sumó un nuevo protagonista, que lo fue Antonio
de la Cueva. Ocurrió que Negrillo, Falcón y Gabriel Negrillo se hicieron
sus poderhabientes a los efectos que “todos juntos y cada uno de por sí,
ynsolidum, “puedan registrar y registren qualesquier minas de oro o
plata y otros minerales; ansí en los descubrimientos que hasta el día de oy
están fechos, como en los que se descubrieren de aquí en adelante en las
partes y lugar que les pareciere echar a labor en las dichas minas; y pedir y
pidan se les repartan cuadras y solares para hacer las casas e ingenios
144
.
Raticándose en este lucrativo propósito, ambos interesados volvieron a
suscribir otra carta con él, la cual contiene el mismo tenor
145
.
Tanto como los que citamos, animados por la expectativa de las ganancias
que redituaría la extracción de metales preciosos, el día 27, el mencionado
secretario del Juzgado Mayor de Bienes de Difuntos de la Corte de Lima,
Rafael de San Pedro y Cuéllar, cedió ante la tentación de las relumbrantes
barras de plata o los tejos de oro, y apoderó a Pedro Negrillo conjuntamente
con los citados don Fernando Falcón y el padre Maestro fray Gabriel
Negrillo, para que en su nombre busquen, registren y exploten en la parte
que les pareciere cualesquier minas de oro, plata y otros metales; y para tal
efecto que asimismo pidan cuadras, sitios y solares requiriesen
146
. Con tales
pascuas y acomodos, en la misma oportunidad lo hizo nada menos que el
banco público de la ciudad, Juan de la Cueva y, como esto no era asunto
denitivamente que desaprovechar, también el hispalense Juan Arias de
Valencia, mercader de nota y posteriormente regidor perpetuo de Lima
147
.
En esta nueva aventura empresarial, la actuación del platero de oro no
se detuvo en las representaciones descritas. Desde el corregimiento de
Huamantanga —ubicado también en Canta—, eran cada vez más insistentes
las voces que hablaban del hallazgo de minas de plata. Dos amigos suyos,
los capitanes Melchor Polo, maestre del galeón de su majestad San Joseph,
residente en el Callao, y Luis de San Martín, al mando de la galera capitana
Santa María de Sena, habían invertido parte de las ganancias obtenidas
durante su larga actividad marítima en la Armada de la Mar del Sur, en la
compra de tierras en el lugar que comentamos. Como parece ser que las
responsabilidades de estos hombres de mar por ese entonces les impedían
144 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego, Leg.1219 (1627), fols. 96v-97r.
145 Flores Espinoza, Javier- Varón Gabai, Rafael: El Hombre y los Andes. Homenaje a Franklin Pease
G.Y., Vol. 2, Lima. Ponticia Universidad Católica del Perú, Instituto Francés de Estudios Andinos,
2002, pág. 981.
146 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego, Leg. 1219 (1627), fols. 97v-98r.
147 Ibídem, fols.98v-99r y 99r-100r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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338
IV. LOS POSTREROS SIGNOS DE SU BONANZA
Aunque la bonanza por la que atraviesa el platero de oro matritense es
ostensible el año de 1627, se puede armar sin embargo que el período
comprendido entre 1628 y 1632, el último de su vida, laureó sus añosas
inquietudes y esfuerzos. Este corto periodo, que se inicia cuando Pedro
Negrillo frisaba con los 45 años de edad, le depara sus más signicativos
logros, tanto en aquello que concierne al ámbito estrictamente personal,
como también en lo que atañe a su actividad laboral, comercial y empresarial.
También, por otro lado, corresponde al de su más signicativo desempeño
como hermano cofrade. Empecemos por abordar cuanto atañe al ámbito
estrictamente personal.
4.1. La nueva casa de su morada
Uno de los indicadores más expresivos de todo lo conseguido hasta
entonces por Pedro Negrillo resulta ser la adquisición de otra casa de
morada. Ésta, a diferencia de la primera adquirida en 1610, debemos
adscribirla al grupo de las llamadas por aquel entonces ‘casas principales.
La familia había crecido y este nuevo inmueble, lindante al suyo, sin duda
resultaba más idóneo; por otro lado, es evidente que el oríce-mercader-
empresario deseara vivir con mayor lustre, en consonancia con la holgada
y estable situación económica que se había granjeado a pulso.
Vamos a ver. A inicios del mes de abril de 1628, los consortes Diego
de Peralta y doña Ana María de Peralta comentarían a Pedro y doña
Eugenia Angelino su deseo de dejar la casa en que hasta entonces vivían,
para regresar a España con toda su familia. La vivienda, lindante con la
que hasta entonces vivía en la calle de los Plateros, era propiedad de la
Hermandad de las Cárceles, y había sido adquirida por “cinco vidas” por el
padre de doña Ana María, Lorenzo de Peralta, platero activo en Lima desde
comienzos de siglo y otrora mayordomo de la cofradía del Glorioso Señor
San Eloy, pero que dejó Lima para ancarse parece ser denitivamente en
la Villa Imperial de Potosí. Esta casa, para saberse mejor, fue recibida por
Diego Peralta como parte de la dote de su esposa, y debió gustar mucho a
Negrillo y doña Eugenia Angelino, quienes entraron inmediatamente en
tratativas para recibirla en traspaso, llegando nalmente a un satisfactorio
acuerdo. Al lograrlo, a la vez, como tampoco se trataba de incrementar la
339
carga familiar por conceptos del pago de inmuebles, el día 6 de abril del año
que se señala, Negrillo arrendó dicha vivienda a Antonio de Elguera, quien
recibió las llaves el 1 de mayo, por la suma de 240 pesos de a ocho reales al
año, a pagar por los tercios
148
.
Resuelto este asunto, el día 14 del mismo mes, Diego de Peralta y doña
Ana María, declarándose prestos a viajar a los reinos de España, traspasaron
el inmueble al matrimonio Negrillo-Medoro, bajo las mismas condiciones y
calidades concertadas antes entre ellos y la referida institución propietaria.
En tal virtud, los esposos recibieron la nueva vivienda con todas sus
mejoras incluidas, ¡y vaya diferencia con respecto a la primera! Tenía
esta última, en efecto, “...dos puertas a la calle; y la una de ellas, casa alta
con dos balcones, debajo de los quales están las dichas dos puertas
149
. La
Hermandad de la Cárcel, una de las más antiguas de la ciudad, al enterarse
manifestó su conformidad con el traspaso, aunque exigió a Negrillo dos
cosas: la primera, que de inmediato reconozca los perfectos títulos que la
mencionada Hermandad tenía sobre la vivienda; a lo que el oríce procedió
tres días después, subrogándose en el lugar de los Peralta; así reconocido,
asumió el pago 240 pesos de a nueve reales cada anualidad, a contarse a
partir del día 9 de abril que entonces estaba por venir
150
.
En cuanto a la segunda exigencia, le fue exigido entregar “quatrocientos
y quarenta pesos” en razón del traspaso ‘por vidas’; cuantía que Negrillo
aceptó y pagó a Joan Salinas, que a la sazón se desempeñaba como alcalde
ordinario de Lima y prior de las Cárceles
151
.
En materia inmobiliaria, sin embargo, para el platero de oro las cosas
no se agotaron con aquella adquisición. Al concluir el año, el día 29 de
diciembre, tomó además otra casa en alquiler, sita: “en la calle que va a
la Compañía de Jesús, por un tiempo de tan sólo seis meses. El arriendo
fue concertado con Alonso de Pastrana, albacea y tenedor de los bienes
del doctor don Juan de Velázquez, difunto arcediano de la Santa Iglesia
Catedral, “por [el] preçio cada mes de veynte y çinco pesos de a ocho
148 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1948 (1628), fols.1006v-1007v.
149 Ibídem, fols. 973r.-974r.
150 Ibídem, fols. 941r. 942r.
151 Ibídem, fol. 969r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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340
reales
152
. Esta vivienda, cercana a la suya, es muy factible que el artíce-
empresario la convirtiera en un depósito.
4.2. Sus últimas actividades laborales, comerciales y empresariales
El 26 de abril de 1628, ya instalado en su nueva casa, Pedro Negrillo
recibió una vez más la visita de Gabriel de Cevallos; el motivo, la cancelación
de 694 pesos que este aún le debía, en relación a una escritura que no hemos
podido ubicar, aunque sabemos pasó ante el escribano real, Clemente de
Silva, el día 11 de abril de 1626. Los contratantes, no cabe duda, hicieron
más negocios de los que hemos podido espigar
153
. El 8 de mayo, en virtud
del poder y cesión otorgados por Francisco Sánchez Rendón y Pedro
Salvador, vinieron a las manos del artíce 941 pesos y 7 reales corrientes
de a nueve, en estricto cumplimiento de 4 provisiones reales
154
. El 14 del
mes siguiente, contando con la anza de su compadre el banquero Juan
de la Cueva, se obligó por la crecida suma de 4320 pesos de a 8, con el
maese de campo don Francisco de Arellano, los cuales se comprometió
pagar a nes de febrero de 1629
155
. Este mismo mes, el día 22, el citado
el capitán, empresario y poderdante Melchor Polo decidió envestirlo de
facultad para que recupere de todas las personas que le debiesen, cualquier
cantidad de pesos que resultaban a su favor
156
. Pasaron algunos días, y el 3
de julio, Mateo Sáenz Ortiz se comprometió a pagarle 750 pesos, prestados
por hacerle buena obra y amistad”. Sáenz, debemos anotar, respondió al
compromiso, pues el 2 de marzo de 1629 el oríce matritense recibió dicha
cantidad, por mano del repetido Gabriel Cevallos, quien lo hizo en el banco
público de Bernardo Villegas
157
.
Meses más adelante, el día 16 de octubre, a Negrillo le fueron otorgadas
dos sesiones: la primera hecha por el capitán de la Artillería de Mar y Tierra,
Miguel de las Cuevas, vecino y morador del puerto del Callao; con vista a
que cobre en juicio o fuera de él de la Caja Real y de los señores jueces
ociales de Lima, 625 pesos de a ocho reales, correspondientes a los dos
tercios de su sueldo en razón del cargo que desempeñaba
158
. Y la segunda,
en la misma fecha, otra expedida por doña Bernardina de Hinojosa,
152 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg.1950 (1628), fols.1090r.-1090v.
153 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego, Leg.1221 (1628), fols.1028v-1029r.
154 AGN. H-3, Leg.13, L.N. 63, fol. 121v.
155 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego, Leg.1222 (1628), fol.1724r.
156 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1949 (1628), fols. 1024r-1025v.
157 AGN.PN. Nieto Maldonado, Diego, Leg.1222 (1628), fols. 1643v-1644r.
158 AGN.PN. Herrera, Juan Bautista de, Leg. 862 (1628-1629), fol. 29v.
341
a los efectos de que en su nombre pida igualmente de la mencionada
dependencia pública, 90 pesos y 7 reales de a nueve el peso, que le debían
del sueldo de un negro esclavo suyo, nombrado Gaspar bran, grumete en
las lanchas y reales armadas, de conformidad con una libranza de mayor
cuantía
159
. Ahora bien, ya que hablamos de grumetes, conviene señalar que
el 23 de este mes, Pedro Negrillo cobraba también 111 pesos y 6 reales de
9 reales el peso, por el sueldo de 2 meses y 8 días que tres esclavos suyos
habían servido como grumetes en la Real Armada
160
. Como volvemos
apreciar, la adquisición de esclavos y el provecho que de ellos sacó Pedro
Negrillo fue una constante en su actividad económica: los adquirió desde el
momento en que matrimonió y posteriormente los compró, vendió e hizo
sus jornaleros, sin dejar de mencionar que murió en posesión de varios de
ellos.
Siempre en movimiento, el 13 de noviembre, esta vez delante del aparador
de su tienda, don Rodrigo de Esquivel —que por ser “hombre de calidad y
suciencia” había ejercido de regidor en la ciudad del Cuzco entre los años
1614 y 1622, nombrado por el marqués del Montesclaros
161
—, contraía un
adeudo con él por la suma de 200 pesos, en razón de una joya de oro; la
misma que le fue cancelada el año siguiente, el día 20 de abril, por mano
de un arriero, en el banco público del tantas veces mencionado Juan de la
Cueva
162
. El  de enero de , el capitán Bernardino de Herrera enviste
de representación a Negrillo por cierta cantidad de pesos que le hubieren
librado en la Caja Real, “de aquí adelante hasta el día que laborare en la
plaza de artillero, en la que servía en el galeón de su majestad nombrado
San Joseph

. También un día como éste, pero que cayó en mayo, nuestro
empresario se comprometió a pagar a Miguel de la Guardia Espino, 
pesos, por la adquisición de unos negros que éste sacó en almoneda en
la plaza Mayor. Negrillo, comprobamos, los canceló el  de mayo de


. Entre tanto, pocos días después, el  de mayo, el mencionado
capitán Melchor Polo, que ponía proa rumbo a la ciudad de Panamá, le
hace cesionario en causa propia; esta vez al intento que el artíce cobrase a
159 Ibídem, fols. 30r-v.
160 AGN. H-3, Leg.13, LN. 63, fol. 121v.
 AGI. Lima, , N°
.
162 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg.1950 (1628), fols. 464v-466r.
163 AGN.PN. Herrera, Juan Bautista de, Leg. 862 (1628-1629), fols. 73v-74r.
164 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg.1953 (1628), fols.916r-v
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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342
Pedro de la Cuesta, vecino de la ciudad de Arequipa,  pesos del resto del
precio en que había quedado ajustada una mulata criolla, natural del reino
de Chile, nombrada Magdalena

.
Este día, además, el orfebre estampó su rma en una carta de cesión a
favor de Francisco Guerrero del Hoyo, residente en Lima y también vecino
de San Marcos de Arica, quien se preparaba para hacer viaje a esta villa, pero
que antes se comprometió a pasar por la ciudad de Arequipa, para cobrar
judicial o extrajudicialmente del citado Pedro de la Cuesta,  pesos de
a ocho reales el peso que este le restaba pagar por la indicada mulata

.
Guerrero del Hoyo, cabe acotar, debió permanecer algunos días más en
Lima, y esta circunstancia no la desaprovechó Negrillo para entregarle el
 de junio, “quatro zintillos de oro y piedras, por un valor de  pesos;
cuantía que su deudor honró el  de marzo del año siguiente

.
El 31 de mayo, Negrillo confía al ya citado Antonio de la Cueva, que se
hacía a la vela rumbo a España, 1500 pesos de a 8, fuera de los costos y el
2% de comisión, con el n de que en la ciudad de Sevilla los distribuya de
la siguiente manera: a Miguel de Salcedo Reynalte, vecino y veinticuatro de
esa ciudad, 800 pesos del importe de “joyas y piedras” que le había remitido
a Lima; a Cristóbal de Sanabria, suegro y socio del anterior 200 pesos; y
los otros 500 pesos restantes a Juan Fallonagral, quien a su vez debía
entregarlos a doña Ana de Hoyos, viuda del capitán Pedro Fallonagral,
enviados por otro de sus hijos, don Fernando
168
. Fuera de este tipo de
operaciones, algunos meses después, el 15 de setiembre, don Francisco de
la Cueva acudía a la notaría del escribano Juan de Valenzuela, y confesaba
haber recibido de nuestro platero de oro, “una María de diamantes” que
su acaudalado hermano Juan le había entregado al objeto que la vendiese;
aunque dejaba constancia ante el mencionado notario que recibía esta joya
menos un diamante...
169
.
De esta manera llagamos al 11 de febrero de 1630, y el oríce se ve en la
obligación de suscribir un préstamo con doña Isabel de Murguía, abadesa
del monasterio de la Concepción, ascendente a 1000 pesos de a 8 reales,
165 GN.PN. Torres de la Cámara, Bartolomé, Leg.1892 (1629), fols. 442v-443v.
166 Ibídem, fols. 444r-v-.
167 Ibídem, fols. 925r-v.
168 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg. 1769 (1629), fols. 2025r-2026v.
169 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg. 1954 (1629), fol. 1021v.
343
los cuales prometió pagárselos al año siguiente
170
. Por esas fechas, en caso
aparte, se entera del penoso deceso de Antonio de la Cueva —que como
anteriormente quedó anotado se dirigía a España—, y en vista de ello, se
apresura a extender un poder cumplido al padre fray Alonso de Castro,
de la orden de Nuestra Señora de la Merced y comisario del Santo Ocio
de la ciudad de Panamá, con el n de que pueda recobrar de los herederos
del extinto, tanto como de las cajas reales, de difuntos, jueces, justicias,
depositarios y las personas que haya a lugar, los 1500 pesos que le había
entregado
171
, y, claro está, quedó atento a los resultados de aquella gestión.
Como la vida sigue, el día 20 de setiembre, Cristóbal de Tapia y su hermano,
el capitán Diego de Tapia, se hacían deudores de nuestro personaje. A punto
de hacer viaje a Potosí, los Tapia habían sido persuadidos por el oríce
sobre las ventajas que representaba hacer negocios en esa bullente plaza;
por esta razón es que llevaron de su tienda “unos sintillos de oro, sortixas,
joyas de cristal y otras joyas de oro..., avaluadas en 1700 pesos. Negrillo no
se equivocaba.
El 3 de octubre de 1631 la deuda fue cancelada por mano y los buenos
ocios de Cristóbal Gras, que se ofreció para ello al pasar a Lima
172
. Por
último, el 2 de diciembre, en nombre y voz de Luis Delgadillo Sotomayor
—repetido padrino de su hija Juana—, y en virtud de un poder rmado en
1619, declara haber recibido del capitán Francisco de la Fuente, 1000 pesos
de a 8 reales, como niquito de las cuentas habidas entre él y el poderdante
referidas al comercio en Potosí
173
.
A nes del mes de enero del año 1631, el doctor Diego de Encinas,
clérigo presbítero, en nombre del fallecido oidor de la Real Audiencia,
doctor don Francisco de Alfaro, recibe de nuestro joyero “una banda de
piezas de oro y cristal” que aquel le había entregado al retornar a España
para que la vendiese, pero no hubo suerte
174
. Poco después, el 6 de marzo,
fray Gabriel Negrillo, su consabido hermano, quien por esas fechas
ejercía su ministerio en calidad de Encomendador de Churín, le encarga
cobrar a varios de sus deudores algunas cantidades de dinero que alegó
pertenecerle
175
. En este cometido, de entre aquellos que debían honrar sus
cuentas nos ha sido posible identicar al doctor don Sebastián de Sandoval,
170 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg.1771 (1630), fols. 158r-v.
171 Ibídem, fols. 577v-578v.
172 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg.1951 (1628-1630), fols. 680r.-681v.
173 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg.1772 (1630), fols. 2447v - 2448r.
174 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg.1773 (1631), fol. 119v.
175 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1957 (1631), fols. 526r-v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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344
que se desempeñaba como abogado en la Real Audiencia, el cual tenía que
satisfacer a fray Gabriel con la signicativa suma de 1500 pesos de a ocho;
cantidad que era el saldo de otros 2030 pesos con los que había salido a
cubrir la paga de los indios que laboraban en el obraje de aquel, ubicado
en la jurisdicción de San Juan de Churín
176
. Meses adelante, el 13 de junio,
Pedro declara ante el de pluma Diego Sánchez Vadillo, que cuatro negros —
Cristóbal bran, Francisco coli, Ventura soso y un mulato nombrado Juan—
que le habían sido rematados en 1800 pesos en almoneda pública el día
anterior por bienes del capitán de la guardia del conde de Chinchón, don
Agustín de Benavente y Quiñones, pertenecían en realidad al licenciado
Fernando Contreras
177
.
El día 7 de octubre, de su bien surtida y conocida tienda, don Diego de
Flores, caballero de la Orden de Santiago, compra de ado “dos sintillos
de oro y diez pares de zarçillos y otras joyas, en cuantía de 500 pesos, los
cuales se comprometió a pagar el mes de noviembre del año siguiente
178
.
Esta partida de joyas, por su tipología y número, no parece destinada al
adorno personal del cruzado de santiaguista, sino para negociarlas y por
tanto sacar alguna ganancia, al objeto de redondear sus ingresos y hasta
enriquecerse, si es que se hacía de manera constante. Por supuesto, no
era un caso aislado, si tenemos presente la descripción hecha por Cobo,
conrmada por la información de archivo, parte de la cual exhumamos
y venimos citando aquí. Lo cierto y verdadero es que hasta los más
conspicuos miembros de la sociedad colonial limeña no tenían ningún
reparo en comerciar. Por supuesto, esto también contaba a favor de los
objetivos comerciales de agentes económicos, tales como el platero de oro,
mercader y empresario Pedro Negrillo. Anotado esto, continuemos, para
señalar que sin voltear el día, el oríce, una vez más, conere un poder
cumplido al tesorero Martín de Urdañiz, destacado en el reino de Chile en
servicio del rey, en orden a representar su persona, y como tal demandase
y reciba los pesos y bienes que le pertenecían en aquel lugar
179
. Por otro
lado, el 10 de noviembre, como cesionario del maese de campo Francisco
de Espejo, recibe en representación de don Juan de Castilla 300 pesos, resto
de otros 460 de a ocho librados en el banco del repetido Juan de la Cueva
180
.
176 Ibídem, fol.444r.
177 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg.1773 (1631), fols. 814r-v.
178 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg.1959 (1631), fols.146r-147r.
179 Ibídem, fols.182r-183r.
180 Ibídem, fol. 413v.
345
Al año siguiente, en el último tramo de su vida, el 5 de febrero de 1632,
el sedero Pedro de Reina se compromete a pagar Negrillo, “un mill y
seiçientos pesos de a ocho reales..., por razón y de conpra de una cadena de
perlas, media cadenilla entreneta, que pesa[va] diez y seis onzas, a preçio
de cient pesos onza...”; comprometiéndose a cancelárselos “para en n del
mes de abril primero que vendrá deste presente año
181
. Con posterioridad a
esta fecha, el 3 de marzo, el oríce apodera a Joan de Salazar, al objeto que
en llegando al puerto de San Marcos de Arica, negocie a otro cautivo suyo,
referido solo como, bañol, de 30 años de edad, el cual había adquirido en
almoneda de los Bienes de Difuntos
182
. Y, nalmente, el día 11 de marzo,
conere un poder bastante al capitán Joan de Hermua, que se dirigía al
reino de Chile, y a Joan de Minaya, residente en dicho lugar, conjuntamente,
para que cobrasen de cualesquier personas en la vía que fuese necesaria los
pesos de oro, plata, joyas, ganados, esclavos, ropa y mercaderías y otras
cosas que le debían y cuanto en adelante le perteneciere
183
. A partir de
esta fecha, en medio de aquel intenso quehacer, no volvemos a encontrar
documento alguno que nos hable de sus negocios; el próximo será su
testamento, otorgado el 12 de abril de 1632. Deducimos, pues, que entre
estas fechas Pedro Negrillo debió caer súbitamente enfermo, como que lo
estuvo y se encargó de decírnoslo al momento de testar.
V. DE HERMANO A MAYORDOMO COFRADE EN LIMA
5.1. Pedro Negrillo en la cofradía del glorioso San Eloy de los plateros y
en la cofradía de Nuestra Señora de la Misericordia
Es de sobra conocido que nuestros menestrales y artíces del periodo
colonial, siguiendo la vieja costumbre peninsular de origen medieval, se
redujeron o fueron reducidos en corporaciones integradas por individuos
que ejercían el mismo ocio u arte, ya sea para normar fundamentalmente
el trabajo que realizaban (a través del gremio), o con nes religiosos, tales
como asistir socialmente a sus miembros o extender esta ayuda a personas
que lo habían menester bajo la manifestación de una obra pía (por medio
de la hermandad y cofradía)
184
. Sabido es también que las corporaciones
181 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg. 1960 (1632), fol. 248r.
182 Ibídem, fols. 462r-v.
183 Ibídem, fol. 511r.
184 Para el caso peruano y limeño en particular, al margen de los trabajos que se citan en este
estudio, véase para los primeros, Quiroz Chueca, Francisco: Las ordenanzas de gremios de Lima
(siglos XVI-XVIII), Lima: Artesdiseñográco, 1986, Surgimiento y consolidación del régimen gremial
en Lima, Lima: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 1990; “formas de pago en le artesanado:
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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se cobijaron bajo la intercepción de un santo o una santa que, en virtud de
sus especiales atributos, fueron venerados como sus patrones. Sabiéndolo
pues, nada tiene de extraño que el platero de oro matritense Pedro Negrillo
al llegar y residir en Lima se hiciera cofrade de dos de estas instituciones: la
cofradía del Glorioso Patrón San Eloy de los plateros, con sede en la iglesia
del monasterio de Señor San Agustín; y la cofradía de Nuestra Señora de la
Misericordia en el convento de Nuestra Señora de las Mercedes, Redención
de los Cautivos. Su pertenencia a la primera de estas organizaciones es
conocida de manera referencial, mientras que sobre la segunda no sabemos
realmente nada; de ahí nuestra decisión de abordar en este apartado la
faceta de hermano cofrade del personaje central de este estudio. Torre
Revello, según hemos adelantado, en 1932 publicó un pionero estudio
disciplinar en el cual adjuntó una transcripción documental bajo el
epígrafe de “Testimonio de las Constituciones de la Cofradía de San Eloy y
Nuestra Señora de la Misericordia, instituida por los plateros de Lima en el
convento de San Agustín de dicha ciudad. Mucho tiempo después, esto es
en 1989, Heredia Moreno, a partir de la lectura rápida de este documento,
propuso que Antonio Ruiz Barragán, así como Pedro Negrillo y otros
maestros plateros rmaron las Constituciones de la mencionada cofradía
de San Eloy y Nuestra Señora de la Misericordia, fundada en el convento
de San Agustín de Lima el año 1597
185
. En tal ocasión, lamentablemente, la
mencionada estudiosa no advirtió, en primer término, que Torre Revello
había señalado que el documento materia del epígrafe carecía de fecha: “sin
fecha, y en vista de ello propuso tentativamente la de 1597, encerrada para
tal efecto entre corchetes. En segundo término, tampoco se percató de que
Lima siglo XVI”, en Cuadernos de Historia Numismática, N° V, págs.41-59, Lima: Banco Central
de Reserva del Perú, 1993, y Artesanos y manufactureros en Lima colonial, Lima: Banco Central
de Reserva del Perú-Instituto de Estudios Peruanos (IEP), 2008. Y para las segundas, Celestino
Olinda- Meyers Albert: Las cofradías en el Perú: Región central, Frankfurt/Main: Verlag Klaus
Dieter Vervuert, Editionen del Iberoamericana Reihe III, 1981; “La dinámica socioeconómica del
patrimonio cofradial en el Perú colonial: Jauja en el siglo XVII, en Revista Española de Antropología
Americana, vol. 11, Madrid, 1981, págs. 183-206; Varon Gabai, Rafael: “Cofradías de indios y poder
local en el Perú: Huaraz, siglo XVII, en Alpanchis, vol. 17, núm. 20, Cuzco, 1983, págs. 127-146;
Egoávil, Teresa: Las cofradías en Lima. Siglos XVII y XVIII, Lima: Seminario de Historia Rural
Andina, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 1986; Garland, Beatriz y Ramos, Gabriela:
“Las cofradías en Lima durante la colonia. Una primera aproximación, en La Venida del reino
(Gabriela Ramos comp.), Lima: CERA, Bartolomé de las Casas, 1994, págs. 199-228; y, Rodríguez,
Joaquín: “Las cofradías de Perú en la modernidad y el espíritu de la contrarreforma, en Anuario de
Estudios Americanos, T. LII, vol.2, Sevilla, 1995, págs.15-43.
185 Heredia Moreno, Ob. cit., pág.46.
347
en la trascripción literal del documento materia del análisis se lee, desde su
parte inicial: “Por la presente Instituimos, fundamos nuevamente la dicha
Hermandad de la advocación de Nuestro Glorioso Patrón San Eloy”, y nada
más. Es decir, en el documento trascrito no aparece mencionada la cofradía
de Nuestra Señora de la Misericordia; que aún en 1622 no se encontraba
fundada al menos formalmente, advertimos, como demostró
posteriormente Paniagua Pérez en 1995
186
. Y, en tercer lugar, tampoco se
percató que este documento está fechado el año 1622 y no en 1597. En
rigor, el notario es muy claro a este respecto, pues anotó al pie del registro:
Según que lo susodicho Consta y parece por las dichas Constituciones que
ante mi pasó y se otorgaron a que me Reero, y para que de ello Conste
di el presente, en los Reyes a Veinte y cinco días del mes de Abril de mil y
Seiscientos y Veinte y dos; e yo Fernando Sotomaior Notario Público por
autoridad apostólica y aprouación ordinaria lo ce escribir y ce mi signo
que es tal…
187
. No obstante lo que acabamos de observar, la sola lectura del
trabajo de Heredia Moreno bastó para que posteriormente al mencionar a
nuestro platero de oro, Stastny y posteriormente Vetter Parodi armen que
éste se asentó en Lima el año 1597 y fue fundador de la Cofradía de San
Eloy y Nuestra Señora de la Misericordia
188
.
Si no bastara con lo anotado, cabría agregar que la contradicción fáctica
e interpretativa de Heredia Moreno, luego asumida por Stastny y Vetter
Parodi, no es de recibo por otro tipo de objeciones que merecen tenerse
en consideración. El hallazgo del testamento del Negrillo permite conocer
que nació en la villa de Madrid en torno a 1587, fecha que además nos es
raticada por el mismo oríce en otro documento; se trata de la probanza
incoada ante el doctor Vega, canónigo y provisor del Arzobispado de
Lima, en el pleito que el scal eclesiástico Antonio Rodríguez de la Cruz
siguió contra los cofrades de Señor San Eloy para someterlos a la autoridad
del Ordinario. En esta diligencia, realizada el 8 de mayo de 1620, Pedro
186 Paniagua Pérez, Jesús, “Cofradías limeñas: San Eloy y la Misericordia (1597-1733)”, en Anuario
de Estudios Americanos, T. I.II, núm., Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos (CSIC), 1995,
págs. 13-35.
187 Torre Revello, José: El gremio de Plateros en las Indias Occidentales, Buenos Aires: Imprenta de
la Universidad (Facultad de Filosofía y Letras), 1932, págs. XVI-XXIV. Torre Revello, por otro lado,
aunque arma que el año 1597 un grupo de plateros establecidos en Lima, “fundan de nuevo la
Hermandad de San Eloy, en la iglesia y convento de San Agustín, no la asocia en ningún momento
a la presencia de Pedro Negrillo. Ibídem, pág.19.
188 Stastny, Ob. cit., p. 167; y Vetter Parodi, Ob.cit. págs. 140 y 146.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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348
Negrillo declaró ser: “de hedad de treynta y quatro años
189
, dato del que
se inere nació en 1586. Esta fecha, como constatamos, no supone mayor
variación respecto de la que antes había ofrecido el artíce.
Así, fuese esta el año 1586 o en 1587, lo cierto es que en 1597 él sólo
frisaba con los 11 u 10 años de edad, dato que invalida la propuesta
promovida por los mencionados investigadores. Un niño a los 10 u 11
años de edad durante el Antiguo Régimen no obtuvo jamás ni ostentó la
categoría de maestro; ésta, en el mejor de los casos, correspondía a la de los
primeros años de un aprendiz; los aprendices, si menester es acotar, no eran
miembros de los gremios, y, en consecuencia, no ingresaban a los cabildos
celebrados por sus maestros, tanto en España como en las Indias. Su caso
era distinto al de los ociales, que por su rango, aunque fuese intermedio,
tenían en estas juntas corporativas al menos derecho a voz.
Desde otro punto de vista es decir en el plano estrictamente social,
cabe preguntar si un niño de la plebe podía estar en condiciones de contraer
nupcias a los 10 u 11 años de edad. El caso de los niños era muy distinto al
de las mujeres, que estaban aptas para matrimoniar desde muy jóvenes, es
decir a partir el momento en que eran fértiles. En el caso especíco de los
plateros, no estaría mal recordar que promovían por caridad los enlaces
de las doncellas, no siempre hijas de sus miembros, a quienes dotaban
con fondos provenientes de la institución, a partir de los 14 años de edad.
Sumado a lo anterior, estamos en condiciones de ofrecer aquí otras cuatro
pruebas más que creemos en verdad concluyentes. Primera.- Cuando el
24 de diciembre de 1600 fecha tan próxima a la hipotética presencia
de Negrillo en Lima el año 1597, los plateros limenses se congregaron
en sesión de cabildo en el convento de San Agustín para tratar acerca de
los jubileos que se ganarían por concesión papal cada año en los días del
Glorioso Patrón San Eloy, del Bienaventurado San Blas y de la Gloriosa
Santa Polonia, ocurre que el platero de oro Pedro Negrillo no gura entre
los asistentes a este importante acto institucional. Para ser más precisos,
conviene indicar que sólo estuvieron presentes, Francisco de Simancas,
entonces mayordomo; Antonio Ruiz Barragán, asimismo mayordomo,
Lorenzo Peralta, Diego de la Torre, Rodrigo Sánchez Tuno; Alonso Bravo,
Antonio González Hidalgo, Joan de Carmizo, Miguel Pérez, Joan González,
Joan Fernández de Escobar, Cristóbal Riaño, Domingo Marroquín de
Concha, Andrés Aparicio de Vílchez, Pedro de Montealegre, Martín
García, Pedro Laínez Lobato, Francisco Mendoza, Alonso Hernández,
Diego Xuárez, Bartolomé Ortiz, Alonso Pérez Mellino, Diego López por
189 AAL. Cofradías, Leg. 50, Exp. 1, fol. 176r.
349
Diego Enríquez, que “por estar impedido de la vista” rmó el acta capitular
Joan Tamayo de la Peña; Blas Muñoz de Rivera por ruego de Joan Tamayo
de la Peña, Pedro Rubio de Vivero, Nicolás Turquí, Benito de Salamanca,
Juan Bautista Caxinas, Francisco Siseo de Molina, Pedro Vargas, Joan Díaz
Galván y Gonzalo de Roquena (sic), según dio fe y registró el escribano
Diego López Rivadeo, platero de oro, designado escribano para tal efecto
por todos los hermanos
190
.
Segunda.- El 25 de marzo de 1601, su nombre tampoco gura en la
relación de los asistentes al cabildo en que se volvió a debatir y aprobar
la incorporación de las insignias de San Blas y Santa Polonia a la capilla
del Glorioso Patrón San Eloy. Los participantes que acudieron a dicha cita
fueron, Antonio Ruiz Barragán, platero de oro y mayordomo; Lorenzo
Peralta, mayordomo; Diego Marroquín de Concha, platero de oro;
Alonso Bravo, platero de mazonería; Antonio González Hidalgo, platero
de mazonería; Francisco de Hervas, platero de mazonería; Sebastián de
Alarcón, platero de mazonería; Diego Xuárez, batihoja; Bartolomé Ortiz,
platero de oro; Rodrigo Sánchez Tuno, platero de oro; Pedro de Palacios,
platero de oro; Francisco Antúnez, platero de oro; Joan Sánchez de Salazar,
platero de plata; Cristóbal de Arriaño, platero de oro; Pedro Rubio de
Vivero, batihoja; Joan Antonio de Çavallos, batihoja; Diego López Rivadeo,
platero de oro; Pedro de Montealegre, platero de oro; Aparicio de Luechis,
tirador de oro; Francisco Muñoz, platero y fundidor; Diego de Requena,
platero de plata; Juan Díaz Galván, platero de oro; Joan Tamayo, platero
de oro; Luis Lázaro Mozo, platero de oro; Alonso Hernández, platero de
oro; y Joan Bautista Caxina, platero de Plata. Fuera de estos, nombrados a
continuación pero aparte y sólo reconocidos como “personas que tienen
contradicho el ponerse en la capilla de San Eloy las insignias de San Blas y
Santa Polonia, además de omitir su especialidad: Francisco de Bobadilla,
Diego López de Andrada, Pedro de Aguilar Mondragón, Sebastián de
Alarcón, Joan González, Sebastián Pereira y Francisco Cortés
191
.
Tampoco pues encontramos a Pedro Negrillo ingresando siquiera
retrasado a la sesión, cuando se expresaron los veintisiete pareceres de los
plateros sobre el punto que anotamos
192
.
Expuesto lo anterior, sería un supuesto excesivo armar que en ambas
oportunidades Pedro Negrillo no pudo asistir porque se encontraba
190 Ibídem, fols.52r-53r.
191 Ibídem, fols.80r-v.
192 Ibídem, fols. 81v-83r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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350
ocupado o enfermo; y así, si siguiéramos la mera aserción que se ha
hecho sobre su presencia en Lima en 1597, tendríamos que considerar
que hablaríamos de la inusual ausencia de un hermano 24 a dos cónclaves
próximos para tratar un mismo asunto, que de veras fue importante en el
seno de su organización.
Tercera.- El 14 de julio del año 1620, cuando Pedro Negrillo prestó
otra declaración en la causa arriba anunciada, lo hizo sólo en calidad de
“hermano de la cofradía..., a diferencia de otros maestros de la referida
corporación, como por ejemplo Diego de Requena, que se identicó en
dicho acto como “platero y veinticuatro, Rodrigo Sánchez Tuno, “veinte
y quatro y [h]a sido mayordomo..., y Domingo Marroquín de Concha
“hermano veinticuatro.... Esta substancial diferencia el hecho que Pedro
Negrillo no se identique como hermano 24 indica claramente también
que no pudo ser fundador de la Hermandad del Glorioso San Eloy en
1597
193
.
Y, nalmente, cuarta.- En la mencionada fecha 8 de mayo de 1620, cuando
los mayordomos Cristóbal Sánchez y Cristóbal Palomeque lo convocaron
a declarar, al responder la décima pregunta del pliego interrogatorio por el
que fue examinado, dijo saber:
que… a oído dessir este testigo a los mayordomos que estando dicho
ssanto san Eloy en el monasterio de Nuestra Señora de las Mercedes
le trasladaron a el de San Agustín, donde al presente está, sin que para
hasserlo ubiesse en el dicho de la Merced contradicción alguna […]
194
Como se aprecia, Pedro Negrillo al referirse a este hecho, que ocurrió
precisamente en el año 1597 y que dio origen a la que posiblemente
constituyó la refundación de la Hermandad de San Eloy en el convento
de San Agustín, deja entender de manera clara que sólo lo conocía ‘de
oídas’: se lo habían contado. No estuvo presente. Por último, cabe insistir
en que en la anotada fecha 8 de mayo, Negrillo también sostuvo “que puede
haçer doçe años que aqueste testigo está en esta dicha çiudad
195
; o sea que
llegó a Lima recién en 1608, lo que inclusive pudo ser en 1607, pero de
ninguna manera antes de estas fechas. Y valga recordar sobre este asunto,
que tampoco encontramos en Lima siquiera referencias sobre el artíce en
los documentos archivísticos anteriores al año 1608.
193 Ibídem, fols. 214r-v.
194 Ibídem, fol.178v.
195 Ibídem, fol.176r.
351
En conclusión, Pedro Negrillo no estuvo ancado en Lima en el año
1597, y por tanto, no fue “fundador” de la ‘Hermandad’ del Glorioso
Patrón San Eloy de los plateros. En cambio, sí fue partícipe y rmante de las
constituciones de 1622, en tanto que radicado en la capital virreinal desde
1608, poco más o menos. Ambos momentos son completamente distintos,
aunque se reeran a la organización corporativa de los plateros limenses.
Esclarecido el punto anterior, pasemos a determinar desde cuándo es que,
en verdad, Pedro Negrillo se incorporó a la citada corporación, con lo que
nalmente pondremos cruz y raya a las armaciones que se han hecho a
partir de un fallo de interpretación de la fuente histórica proporcionada
por Torre Revello.
Ocurre que cuando el 8 de febrero de 1619, interesado como estaba
Antonio Ruiz Barragán en demostrar ante el provisor que él no tenía en
su poder ningún otro libro de la Hermandad de San Eloy, a no ser el de
limosnas entregado a Diego Requena, al presentar como testigo a Pedro
Negrillo, este sostuvo, que:
de diez años a esta parte queste testigo [h]a que está en esta çiudad
y en la dicha ermandad de Sant Eloy...

.
Pedro Negrillo, no puede ser más preciso y terminante: al arribar a Lima
en torno a 1608 fue cuando se incorporó inmediatamente a la hermandad
del Glorioso Patrón San Eloy de los plateros, y no antes de esa fecha.
5.2. Su gran personalidad y su elección como mayordomo
Desde su ingreso en 1608, Pedro Negrillo destacó en el seno de la
corporación del Glorioso Patrón San Eloy; hecho que en principio no
sorprende, pues, como queda largamente comprobado en lo que va de
este estudio, se trataba de un hombre realmente hábil. Tener presente este
factor nos lleva a comprender cómo es que en 1613, tan sólo a los cinco
años de radicar en Lima, y a los 26 años de edad, conjuntamente con el
experimentado platero de plata y oro Diego Requena, resultó elegido
por primera vez mayordomo de la hermandad de San Eloy. Que en esta
fecha nuestro oríce fue promovido al mencionado cargo se inere de la
antedicha declaración, cuando a pedido de Ruiz Barragán ¡quien dejaba
el cargo de mayordomo después de 16 años de ejercicio ininterrumpido,
y controvertido!, al dar respuesta a la segunda pregunta del pliego
interrogatorio, dijo que:
196 Ibídem, fol. 98v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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352
Antonio Ruiz entregó el mismo Libro a Diego Requena y a este testigo
como mayordomos que fueron de la dicha hermandad, abrá seis años,
poco más o menos
197
.
Como si esta referencia no fuera suciente, el oríce al responder la
tercera pregunta del citado cuestionario, declaró raticatorio:
Que podrá auer dos o tres días que Antonio Ruiz Barragán… le fue
a preguntar a este testigo si acaso tenía algún cuadernillo o pliego de
papel en que estuviese señalado el cabildo que se le pedía del tiempo
en que fue mayordomo
198
.
Pedro Negrillo, pues, fue electo mayordomo en 1613, y debió ejercer
ese cargo al menos durante el período de un año, como se estilaba en
corporaciones como la suya. Lamentablemente, no ha sido posible espigar
documentos que permitan esbozar aquí aquel primer y lejano liderazgo
suyo, en gran parte debido a la falta de información, cuyo punto de inicio
se remonta a 1618, a instancias de los propios seguidores del obispo de
Noyón.
Ramos Sosa rescató que pocos años después, a nes del mes de junio
de 1617, un vecino de la calle de los Plateros, que sería el platero Pedro
Negrillo, anunció desde los balcones de su casa la convocatoria pública
a las estas que ese año se celebraron en Lima en honor al dogma de la
Inmaculada Concepción
199
; por supuesto, eco ferviente de las de España y
particularmente de Sevilla. En aquella ocasión, reere que desde un típico
balcón limense el cual en puridad de verdad no fue el de su casa, porque
no lo tenía, hizo gala de la capacidad histriónica que era menester,
al objeto de motivar a los vecinos de Lima para que concurriesen a tan
señaladas celebraciones.
La actuación de Pedro Negrillo, la primera que en vida fue objeto de
digna atención pública, fue recogida por Rodríguez de León en 1618,
a propósito de las celebraciones que como anotamos se celebraron el
año anterior. Este cronista reere que las calles que recorrería el paso
de Nuestra Señora de la Inmaculada se exornaron estupendamente en
demostración de la gran devoción que los vecinos de Lima le profesaban.
197 Ibídem, fols. 98v-99r.
198 Ibídem, fols.99r-v.
199 Ramos Sosa, Op. Cit., 247 y 263.
353
Así, por ejemplo, señala que en la boca de las calles de los Mercaderes y
la de los Plateros se colocó un pequeño pero vistosísimo altar, y en la que
salía a la plaza mayor, al otro extremo, otro curioso articio que cobraba la
forma de un tabernáculo de tres cuerpos en el cual se lucía una Virgen que
quedaba al pie de una cruz grande, la cual sobre un arco toral era guarda
de la calle; la misma que lucía enriquecida con pequeños espejos y grandes
joyeles y otros adornos que dejaban ver un letrero que decía: “Concebida
sin pecado original, sobre tafetanes encarnados y orlas amencas, más
doseles colaterales, congurando un bien aderezado teatro, que permitió
escenicar una buena comedia que contó con la concurrencia de mucha
gente, tanto por la esta como por la comodidad del sitio.
Los vecinos se habían esforzado por presentar su calle de la mejor
forma posible, y uno de ellos, en la que adelantamos de los Plateros, Pedro
Negrillo, actuando con gran entusiasmo y empeño protagonizó un papel
de veras relevante; de ahí que mereciera la atención del escritor. Rodríguez
de León que anotó: “Esforzábase la alegre competencia, en que no por ser
inferior la calle de los plateros, Pedro Negrillo, su morador, ayudado de
algunos, quizo aventajarse a todos. Por esto una tarde última de junio,
despertaron desde sus balcones la gente, ministriles, trompetas y clarines
a la futura solemnidad. Obscureció la noche pero la desmintieron las
hogueras, cohetes y luminarias. Y el siguiente día halló el Sol por mucho
que a gozar de la esta madrugó, la calle convertida en un hermoso paraíso
de varias colgaduras, colores hurtados a los prados, de que pareció un
articioso trasunto. Pedro Negrillo aventajó su casa cubriendo lo exterior
della de doseles de terciopelo y damasco, brocateles y primaveras. Y porque
el lienzo frontero era baxo, se igualó al suyo con mangles y se adornó de los
mismos doseles, con dos hileras de quadros, que entre otros estofados de
raso blanco hazían cenefa a las dos órdenes de cabalgadura. En medio de
ellos estaba un curioso rotulo o enigmática copla en un recuadro de pintura
al óleo hecho para este efecto, que se levantó a cinco varas y se dilataba
tres y media. La altura completa de los dos rótulos anclados de a palmo,
diuidiéndola en tres de iguales quarteles. En el superior y más ancho estaba
una real corona de cuyo cerco salían dos palmas. [Llavaba la inscripción]:
A vozes Reyna escogida. Luego entre este quartel del medio estaua uno de
los rótulos en que se hacía en verso: Digo que soys concebida. Seguíanle
un segundo quartel a donde con vistosos lexos y esmaltadas ores se veía
un terrenal Paraíso. Al principio del estaua la serpiente enroscada en dos
contrarias vueltas, que en pie hacía una bien formada. Succesiuamente, el
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
354
árbol de la vida, con alegres ramos de fruta; estos se unían desde el medio
diuidiendo en dos puntos o copas, con que perfectamente formaba la letra
pythagórica. Y para más perfección pasaua volando por encima un pintado
paxarillo, que sirvió de punto y tilde. Luego estauan nuestros padres Adán
y Eva; él con la mano diestra algo levantada y con la otra recubriendo una
manzana, que ella le daua: De tal suerte que entre los dos, descubriendo
los medios cuerpos guraban con mucho articio una N que junto al árbol
y serpiente dezía Sin. Debaxo deste quartel mediaua el otro rótulo en que
auía escrito: Pecado original. Con que se leía la copla toda. En el último
quartel se descubría el inerno de orribles guras y espantosos tormentos
de donde los condenados estuviesse inclusa la preseruación de María.
Agradó a todo este estreno la copla ignorando muchos lo que después de
entendido les causaua alegre admiración. Viendo que el mismo peccado
nos exceptúa a la Virgen. Frontero de este quadro estaua otro de a vara, que
a estas veras era el entremés. Su pintura era de un ballestero que en traje de
justo y tosco, ciego de un ojo y con otro assestando un ballesta a do ques
hincaba una rodilla…” en medio de la
calle prosigue, “se levantaba un
sumptuoso altar cuadrilátero de cinco cuerpos que cubrían ricos frontales en el que
había niños ricamente vestidos de joyas, cabestrillos, perlas y broches, imágenes
de Santos, relicarios, ramilletes naturales y contrahechos, pirámides de escultura y
cipreses de seda, candeleros de plata con blancos sirios, pebeteros con aromáticos
olores, bufetes de plata con sahumadores y suaves cazoletas. Era el remate de una
bellísima imagen de Nuestra Señora de estatura de entera, el vestido blanco y azul
quaxado de nísimos broches, engastes de diamantes y rubíes. Atravesaua la calle
una vela de navío reparo del sol y agua aforrada e tafetanes con que seruía de
dilatado dozel, del qual sobre el altar pendía una nube blanca, rasos y plateadas
tocas, y en ella un pequeño tabernáculo, en que se mostraba a Dios Padre, de
quien baxaba este rotulo: Tota pulchra est amica mea y macula non estinte. En el
balcón más cercano auía suave música de varios instrumentos que ya discantando
solos ya acompañados de delicadas vozes, se deshazía en sonoras alabanzas de la
Virgen. A las tres de la tarde se ordenó una muy solemne procesión. Delante iuan
los pendones de muchas escuelas de niños que todos cantaban la ordinaria copla,
entre ellos algunas danzas y ternos ministriles, luego detrás de un estandarte
de raso blanco con una imagen de la Concepción seguían 50 niños vestidos de
ángeles, con ricos sedales, y vistosas telas de oro, eran su guía tres que mostrauan
ser San Miguel, Gabriel y Rafael…
200
200 Rodríguez de León, Ob.cit. págs. 11 y 12.
355
5.3. Pedro Negrillo en el recio pleito que contra su corporación puso el
scal eclesiástico del Arzobispado de Lima
Pero no estaría completa nuestra aproximación a la persona del platero
de oro Pedro Negrillo en Lima, en tanto que integrante de la Hermandad
del Glorioso Patrón San Eloy, si a continuación no reseñásemos su
participación en la anunciada y decisiva causa ventilada en la audiencia
eclesiástica de Lima.
El 18 de mayo de 1618, el Arzobispado de Lima a través de su scal, el
licenciado Antonio Rodríguez de la Cruz, dio inicio a un decisivo proceso
seguido contra la referida corporación, con vista a asegurar su participación
denitiva, sobre todo en las procesiones generales del Corpus Christi. Ésta,
surgida como festividad en la Edad Media y promovida muy en especial
desde el concilio de Trento, era por entonces la más importante de la ciudad
y corte de Lima. El origen del litigio radicaba en la liberalidad con que los
plateros de plata, de oro, de mazonería, así como los batihojas y tiradores
de oro locales acostumbraban desenvolverse institucionalmente frente al
Estado y la Iglesia.
Desde la fundación de la Ciudad de Los Reyes, los plateros habían
logrado diseñar un signicativo margen de actuación en defensa de sus
intereses frente a la administración central, el cabildo de la ciudad y la
Iglesia; autonomía que a estas alturas no querían perder. A contrapelo
del interés que tenía la Corona por controlar su actividad, en tanto
que se encontraba directamente relacionada con el empleo de metales
preciosos, los plateros sorteaban con indudable ecacia la normatividad
expedida por aquella, en aspectos tan esenciales como la fundición, el
quintado y la marca establecidos, aunque a veces, como hemos visto, las
autoridades locales procuraban revertir esta situación. Lo mismo podemos
decir respecto de los dispositivos del cabildo limense concernientes a su
organización productiva; en ese desarrollo habían reducido a una mera
formalidad la arremetida del ayuntamiento que en 1549, les obligó a elegir
cuatro representantes para que éstos eligiesen a uno de ellos en calidad
de alcalde del ocio, como antesala de su agremiación
201
; por otro lado, la
reubicación en la calle que llevaría posteriormente su nombre dispuesta
por los virreyes Toledo y Martín Enríquez se había cumplido en gran parte,
ciertamente, pero no el propósito que perseguía en ambos casos, cual era
201 Quiroz, Francisco: Surgimiento y consolidación del régimen gremial en Lima, Lima: Universidad
Nacional Mayor de San Marcos, 1990, págs. 39-41.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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356
controlarlos ecazmente desde el punto de vista scal. De hecho, hasta
entonces, la medida no había ofrecido resultados realmente satisfactorios a
la Real Hacienda. La Iglesia, por su parte, tampoco podía exhibir mayores
logros, o mejor decir ninguno que evidenciara la denitiva sujeción de los
plateros a la autoridad eclesiástica. La misma necesidad de querellarlos
para que, entre otras cosas, concurriesen a las procesiones generales, lo
expresa todo.
Sin embargo, en las estas generales y demás celebraciones civiles
y religiosas realizadas en Lima, la participación de los plateros era muy
deseada por las autoridades. Frente a ello, los plateros se resistían puesto
que signicaba verse siempre en la inexcusable obligación de participar en
cuanta convocatoria se les formulaba; en el presente caso por el Ordinario
eclesiástico. El ejercicio de esta facultad por parte de la autoridad que
acabamos de mencionar, absorbía en exceso el tiempo de sus miembros
y corrientemente les ocasionaba erogaciones que no siempre estaban
dispuestos a atender, pues mellaba sus fondos. Por otro lado, no deseaban
que se los visite, revisase el estado de sus cuentas, se supiese el número
de sus bienes y en tal razón compartir con el Arzobispado los benecios
económicos que percibían por medio del tributo; que a su vez la Iglesia
destinaba al culto. Allanarse a todo esto signicaba estar sometidos
denitivamente al control scalizador del Ordinario. Éste, por su parte,
con poder para hacer cumplir las leyes que regían a la Iglesia, no estaba
dispuesto a aceptar más la sustracción de una corporación tan importante
a su autoridad, de la cual naturalmente los obispos, como autoridades
superiores, eran muy celosos. Se trataba pues de un litigio de poderes, de
vieja data, que la Iglesia había juzgado el momento de zanjar.
El scal eclesiástico abrió fuego pidiendo a los mayordomos de la
cofradía del Glorioso Patrón San Eloy, que exhiban el libro de Fundación
y sus Constituciones; para que, conforme a su antigüedad, se le asigne
el lugar que les correspondería al salir con sus insignias y cera en las
procesiones generales. La exhibición de este libro buscaba probar
plenamente la institución canónica corporativa de los plateros, y por ende
su dependencia al Ordinario. La petición del scal era procedente. En
Lima, los plateros de plata y oro mostraban algún grado de organización
desde aproximadamente el año 1575, cuando, a decir del padre fray Blas de
Atienza, el maestro platero y tallador de la Casa de Moneda Diego Rodríguez
y Lucas Rodríguez (¿hermano del anterior?), fundaron una Hermandad en
la iglesia de Nuestra Señora de la Merced, la cual en 1597 fue trasladada a la
357
iglesia de San Agustín, donde adquirieron una capilla hornacina de cuatro
arcos, donde como era al uso construyeron dos bóvedas para sepultar no
sólo a los integrantes de su corporación, establecida ya como cofradía
202
.
Era público también el incidente protagonizado entre los mismos plateros
durante los años 1600 y 1601 en el seno de sus cabildos
203
. En 1618, pues,
todo esto era de dominio público, y por esta razón veremos reiteradamente
señalar al scal que los plateros tenían ordenanzas desde hacía 30 años,
más o menos.
Los plateros limeños comprendieron perfectamente el signicado de la
petición que se les hacía, y por tanto negaron la existencia del mencionado
documento; y, en cambio, exhibieron un libro en el que guraban
los nombres de los veinticuatro y hermanos incorporados a la citada
corporación desde el año 1600.
Ante este hecho, el scal reaccio, alegando malicia y ocultamiento
de pruebas, al mismo tiempo que, a través del provisor solicitó a la parte
contraria presente además la bula original del jubileo concedida por
Clemente VIII, el 15 de agosto de 1599, puesto que en ésta constaba el
carácter canónico de la insistieron se trataba de un cofradía, la concesión de
algunas gracias y jubileos, y, para ello, antes, haber recibido necesariamente
la licencia del Ordinario. En ese convencimiento, advirtió a los plateros que
de no hacerlo serían incursos en excomunión late sentençie trina canonica
monitione premissa ypso facto.
El 1 de junio, los mayordomos Cristóbal Sánchez platero de oro
y Cristóbal Palomeque platero de plata, salieron al paso del scal,
y ensayaron su primera defensa global, en la que por cierto persistirían
argumentalmente por cerca de 4 años y se resume a lo siguiente: Primero,
la corporación no era “ecclesiástica sino seglar”; no había sido fundada con
la autorización y licencia de prelado eclesiástico, sino por decisión libre y
espontánea de sus representados, dado la devoción que tradicionalmente
los maestros de su “arte” profesaban a San Eloy. Siendo así, la suya era una
202 Harth-Terré, Emilio: “Eloquio”, Libros de Cabildos de Limandices: 1535-1601) Lima: Consejo
Provincial de Lima, 1946, pág. XLIV y LXII. Esteras y Gutiérrez opinan que la cofradía pudiera
haberse fundado “desde tiempo antes (1588?), con anterioridad a la compra de su capilla, que
llegan a sostener pudo ocurrir con anterioridad a 1597. En nuestra opinión esto último, no bien
fundamentado. Esteras y Gutiérrez, Ob.cit., pág.160.
203 Esteras y Gutiérrez, basados en el Libro Manuscrito de la Cofradía relativo al período que
señalamos reeren que desde 1600 se conguró formalmente esta misma, con sus libros de Cabildos.
Ob.cit, ibídem.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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358
hermandad y no una cofradía, como en contrario alegaba el scal. Segundo,
aunque los plateros reconocían que poseían una capilla de la advocación al
mencionado patrón, con altar y dos bóvedas de entierro en ella, alegaban
que lo era como “suelen tener y tienen de ordinario personas particulares
y naçiones sin más fundación ni licencia de prelado eclesiástico. Tercero,
argüían que su hermandad no recibía limosna pública, sino de forma
exclusiva la que entregaban sus propios integrantes, tanto para atender
los gastos que eran necesarios para la celebración de la esta de su titular,
como las de San Blas y Santa Polonia, de los que también eran devotos y
habían acogido en su capilla. Cuarto, tratándose de una corporación seglar
autosuciente, y no sujeta al juez eclesiástico, éste carecía de facultades
legales para emplazarla ni encausarla: “por no ser de su jurisdicción.
Además, si tal era su condición y excepción, la Hermandad de San Eloy
tampoco estaba obligada a salir a modo de cofradía en las procesiones
generales, según su antigüedad en Lima, ni en los demás actos a los que
concurrían las cofradías convocadas, “a no ser que fuese por voluntad
propia. Añadían, nalmente, que ellos se desenvolvían institucionalmente
como lo hacían las hermandades de su “arte” en España, sin que ningún
juez eclesiástico se entremeta, ni como queda dicho, las obligase a salir en
procesión
204
.
Ahora bien, sin entrar a tratar los asuntos de fondo, cabría adelantar
que el argumento esgrimido por la hermandad limense, en el sentido que
se desenvolvía como sus semejantes de España, carecía de fundamento. En
Madrid, por ejemplo, los plateros se reunían como cofradía desde nes del
siglo XVI; y bajo esta misma forma, se desenvolvían las de Valladolid y
Salamanca, y en general todas las de la Península.
No obstante haber formulado toda aquella alegación, en la misma fecha,
atendiendo el requerimiento del provisor, los plateros limenses accedieron
a exhibir la bula ponticia, comprendiendo que hacer lo contrario sí que
resultaba inexcusable y hasta vano, puesto que en ese caso el Arzobispado
podía hacer sentir de manera categórica el peso de su autoridad, sin perjuicio
de su derecho a solicitar un traslado del documento a la Santa Sede.
La presentación y exhibición de la bula ponticia puso en aprietos a los
plateros: abonó en favor de la hipótesis formulada por el scal Rodríguez
de la Cruz, por varias razones, que eran de consideración. La contrastación
204 AAL. Cofradías, Leg. 50, Exp. 1, fols. 1r-6v.
359
de las fechas de la concesión apostólica y la primera anotada en el libro
exhibido por los plateros que comenzaba en 24 de diciembre de 1600,
o sea 1 año y 4 meses después de expedida la anterior, permitía llegar
a la conclusión de que éste no podía ser el único documento institucional
que los devotos de San Eloy poseían. Por otro lado, el libro que había
sido presentado era tan solo el de las “Limosnas, en el cual, por lo
demás, aparecían al lado de los nombres de los cofrades y veinticuatros,
los de otras personas particulares, quienes en virtud de los privilegios y
jubileos concedidos en la bula apostólica mandaban a celebrar misas para
recibir las indulgencias que ésta concedía. Pero lo que es más grave: en
la bula constaba que se trataba de una cofradía y no de una hermandad.
Arremetiendo por el anco de la recepción de dineros, el scal hizo notar
que los plateros limenses percibían limosna en la puerta de la iglesia de San
Agustín, y al pie de la capilla del titular; hecho que por sí solo caracterizaba
a la controvertida corporación como una cofradía. Advertir este hecho no
era baladí. La recolección de limosna pública llevaba implícita la sujeción
cofrade al Ordinario, y la explicación era simple: las corporaciones limenses
no podían pedir ni recibir limosna pública sin antes contar con la licencia
del Arzobispado, que por su parte, tenía derecho a una proporción de las
mismas bajo el concepto de tributo. Tras poner en evidencia estos hechos,
Rodríguez de la Cruz, volvió a insistir sobre el carácter de la corporación,
esta vez poniendo atención en algunas expresivas formalidades: era público
que en todo momento los veinticuatro y demás plateros de San Eloy se
reunían en forma de cofradía, tanto cuando se congregaban en cabildos,
como al acompañar a sus difuntos, realizar la procesión de su Santo Patrón,
y también al celebrar las demás festividades promovidas en el convento de
San Agustín. Estos indicios, en opinión del scal, explicaban también que
los plateros ocultasen el libro de la Fundación y Constituciones, motivo
por el cual juzgó necesario insistir ante el provisor para que emplazara a
los plateros con el n que los exhiban; esto, sin perjuicio de hacer notar
que la sola presentación de la bula de Clemente VIII probaba literalmente
el carácter canónico de la cofradía. En consecuencia, en mérito a todo
lo anterior, pidió al provisor que ese año la cofradía de San Eloy saliese
en las procesiones generales del Corpus
205
. Los plateros no se llevaban a
engaño, enfrentaban un proceso difícil desde el primer momento. Para
resolverlo favorablemente, porque en este tipo de lides eran cursados y con
antecedentes a su favor contra la autoridad en general, emplearon todos los
recursos que tuvieron a su alcance, desde presentar pruebas con carácter
205 Ibídem, fols. 8r-9v.
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discrecional o bien ocultarlas hasta acallar e ignorar las voces discrepantes
en el seno de la “hermandad, sin olvidar de mencionar desconocer la
competencia del Ordinario.
En ese propósito, el 9 de junio, Cristóbal Palomeque y Cristóbal Sánchez,
como personas a cuyo cargo está la hermandad y capilla y entierro ques
de plateros desta ciudad”, contrataron los servicios del procurador de
causas de la Real Audiencia, Juan Lorenzo de Zela. El mismo día lo habían
acordado los demás hermanos después de discutirlo internamente, y
protocolizado ante el de péñola Francisco Alonso de la Torre. Suscribieron
este documento: Miguel Bonifaz, Lázaro Nieto, Diego de Requena, Juan
Díaz Galván, Francisco de Montemayor, Francisco Rivadeneira, Pedro
Negrillo, Alonso de Carrasquilla, Pedro García, Melchor de Camargo,
Alonso Ramírez, Francisco Mejía Salbago, Rodrigo de Aguilar, Juan
González, Juan de Escobar, Pedro Gómez Lamprea, Mateo de Obregón y
Juan del Pozo. Zela, en representación de todos ellos, debía llevar a cabo
todas las acciones legales que juzgase conveniente ante el provisor, el
arzobispo, el presidente y oidores de la Real Audiencia, e incluso el propio
rey de España, a efectos de neutralizar la acción del Arzobispado
206
.
La oportunidad parecía ofrecerse en un auto del provisor que les había
ordenado no reunirse bajo ningún concepto mientras no presentaran el
libro de la Fundación y Constituciones y otros documentos que se les
había solicitado; resolución que fue apelada, pero sin obtener un resultado
favorable. Ante este hecho, Zela interpuso acción de nulidad en otro fuero,
es decir en sede de la Real Audiencia, alegando ‘fuerzaabuso de parte
del provisor
207
. Buscaban que la Real Audiencia fallase a su favor y, más que
eso, negase al Arzobispado tener jurisdicción sobre su corporación, con lo
cual quedaría acabado favorable y denitivamente el pleito.
Sin embargo, las cosas salieron en contrario. El 31 de agosto, el presidente
y oidores de la Real Audiencia declararon no haber lugar en ninguno de los
extremos
208
. De esta manera, los plateros limenses quedaron en las solas
manos de la justicia eclesiástica. Este fallo, preciso es anotar, no sólo era
un reconocimiento a la procedencia de la medida y competencia legal
de la Iglesia, sino expresión de la íntima convicción que tenía el estado
monárquico de que las corporaciones urbanas debían ser controladas. El
206 Ibídem, fols. 10r-v y 17r-18r.
207 Ibídem, fols.19- 23r-v.
208 Ibídem, fol. 24r.
361
Estado y el poder eclesiástico, recordemos, eran aliados cuando se trataba
de ejercer dominio sobre las corporaciones
209
.
Emitido el veredicto a favor del Ordinario eclesiástico, el scal eclesiástico
dio una vuelta más a la tuerca. Enterado que Cristóbal Palomeque había
renunciado al cargo de mayordomo para excusarse de exhibir el libro que
tanto le reclamaba, le pidió que declarase si un libro entregado a Cristóbal
Sánchez era el libro y papeles que él solicitaba, y que exhibiese ambas cosas.
Emplazado, Sánchez admitió que Palomeque le había dado un libro, pero
alegó que era de la “Vida y milagros del Santo San Eloy”, y para probarlo lo
exhibió ante provisor”
210
.
Empero, ¿esa era la verdad? Para el scal no era creíble que, precisamente,
en esa coyuntura y al renunciar al cargo de mayordomo, Palomeque entregase
a Sánchez sólo un libro de la vida del obispo de Non. Maliciando, se
trataba de una explicación inconsistente; y a decir verdad, había razón para
pensarlo. Sabemos que lo que un mayordomo saliente entregaba al entrante
era el libro de Fundación y Constituciones de la cofradía o el gremio.
Ahora bien, conocido todo esto, la pregunta subsiguiente es, ¿cómo fue
que el scal se enteró de la muy plausible entrega del Libro de Fundación y
Constituciones a Cristóbal Sánchez? Y la respuesta es que el frente interno
de los plateros no era muy sólido desde buen tiempo atrás. En tal razón, es
muy probable que algún miembro o algunos miembros de la que constituía
entonces una facción opositora supérstite, debió ser quien enteró al scal
de aquella plausible entrega. Con este factor a su favor, sagaz, el scal se
percató que ahondando en las desavenencias y luchas protagonizadas por
ambos grupos al interior de la corporación podía sacar adelante el pleito.
Pero, ¿cómo?
El 6 de noviembre de 1618, Rodríguez de la Cruz pidió acumular en esta
causa, otra seguida ante la misma audiencia eclesiástica entre los años 1600
y 1601, aún sin solución de conjunto. Sus protagonistas habían sido los
citados dos grupos de cofrades plateros, uno denidamente mayoritario
con respecto al otro, y ambos enfrentados por la decisión de incorporar
a la capilla de San Eloy las insignias de San Blas y de Santa Polonia y la
rendición de cuentas no sólo concernientes a las limosnas. El scal hacía
suyo un viejo pedido hecho por Sebastián Pereyra y Francisco Cortés, los
209 Egoavil, Teresa: Las cofradías en Lima, Ss XVII y XVIII, Lima: Universidad Nacional Mayor de
San Marcos-Seminario de Historia Rural Andina, 1986, pág. 96.
210 AAL. Cofradías, Exp.50:1, fol.26r.
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rostros visibles y activos del bando minoritario, que la mayoría de plateros
limenses por entonces lograron neutralizar, y a los cuales vapuleaban al
referirse a ellos como “algunas personas que alegaban ser miembros de
la hermandad, “aliados con otros moços que ni son hermanos ni tienen
que ver con la hermandad por no auerlos querido admitir en ella. A
los ‘moços’ que se referían los mayordomos del Patrón San Eloy, valga
precisar, eran los ociales plateros, que así se les llamaba o en su defecto
obreros’; trabajadores subalternos en cada obrador y asalariados. A la
sazón, los ociales plateros andaban descontentos con sus maestros,
jefes de la ‘tienda’ o taller, habida cuenta que regularmente bloqueaban
sus aspiraciones laborales de verse convertidos en maestros, con todo lo
que podía implicar integrados plenamente a su organización. El rigor del
examen y la oportunidad de poder llegar al mismo, se inere, eran desafíos
difíciles de superar para los aspirantes. De esta manera, al surgir o resurgir
cualquier contradicción interna, los ociales terciaban y se ponían al lado
de los maestros del bando opositor, con quienes luchaban codo a codo para
conseguir sus reivindicaciones. Maestros y ociales opositores en Lima,
hagamos hincapié, constituían un añoso grupo que marchaba a contrapelo
del grupo mayoritario de plateros en el seno de su organización. En 1618
todavía ese grupo no había podido ser disuelto, aunque buenas ganas tenía
la mayoría de hacerlo; esta vez por identicarlos al lado del scal. Frente a
un grupo radical mayoritario, hecho el pedido del scal, el 3 de noviembre
el provisor, doctor Feliciano de Vega, mandó que ambas peticiones se
acumularan a la causa en litigio
211
.
Insertos los autos, y al echar la vista atrás, el 11 de enero de 1600
encontramos en primer término al caudillo Antonio Ruiz Barragán al lado
de su colega, el repetido Cristóbal Sánchez en calidad de mayordomos,
alegando ante el provisor, Miguel de Salinas, no tener ni propios, rentas
ni limosnas; y si buen tiempo atrás o sea 1597 como grupo habían
podido adquirir una capilla por cerca de 3000 pesos y mandado hacer dos
bóvedas, era para resolver el problema de algunos hermanos batihojas
y tiradores de oro pobres que al fallecer no tenían dónde enterrarse;
benecio que además extendían a la gente pobre sin costo alguno. El mismo
mecanismo, proseguían, era empleado para adquirir los ‘adherentes
cuanto era menester para el exorno y mantenimiento de su capilla y la
atención de los gastos que eran menester realizar para celebrar su esta
patronal. Por último, aun reconociendo que contaban con sus libros lo
211 Ibídem, fols. 28r-v-29r.
363
que habría de constituir una contradicción de cara al nuevo proceso que
se seguía a su organización, añadían que: “cada un año damos quenta
unos mayordomos a otros de que tenemos nuestros libros; y antes [bien]
por ser poco lo que entre nosotros se junta andamos alcançados, y en
nuestro poder no queda un rreal…. Contradictorio resultaba asimismo el
mismo pedido que hacían de revisar el acta capitular de la ‘hermandad’ que
trataba acerca de la celebración de los jubileos y devociones, datada el 24
de diciembre de 1600. Ocurría que las actas capitulares se encontraban en
el Libro de Fundación y Constituciones. Por último, a todas luces, el grupo
mayoritario se excedía cuando solicitaba al provisor que imponga perpetuo
silencio a los peticionarios opositores, basados en la simple consideración
de no considerarlos parte en la causa
212
.
Así, pues, al margen del estado de las cuentas, al iniciarse en el año 1600
el pleito entre los dos bandos de plateros de San Eloy, podemos advertir
que el grupo mayoritario reconocía la existencia de libros de cuentas así
como actas capitulares pertenecientes a su corporación que procedían
necesariamente del libro de Fundación; y, algo más, pero de suma
importancia, por entonces ninguna de las partes cuestionaba la autoridad
eclesiástica. Las dos, en efecto, acudían a ésta para resolver sus diferencias
y se sujetaban a sus fallos.
Pronto, sin embargo, el bando mayoritario empezaría a dar señales de
sustraerse a los mandatos del Ordinario, muy en particular cuando éste
le ordenaba rendir cuentas; algo que posteriormente cobraría un cariz
rotundo al darse inicio a la causa de la que en 1618 sería objeto. La conducta
procesal del grupo mayoritario de plateros era clara: en todo lo que podía
ser favorecida por el provisor eclesiástico reconocían su competencia, y por
el contrario, todo cuanto pudiera afectar su autonomía lo cuestionaban o
rechazaba abiertamente.
Enterado el provisor de la existencia de actas capitulares, mandó que los
mayordomos presentaran la del cabildo que aducían habían celebrado el 24
de diciembre de 1600. Y el bando mayoritario así lo hizo. En el documento
constaba que los hermanos 24 se habían reunido para tratar el tema de las
insignias, quedando acordado que en la capilla del Glorioso San Eloy, “se
ponga en el altar a los lados del dicho santo, en la una parte el bienaventurado
San Blas y en la otra la gloriosa Santa Apolonia; y que en sus días se haga
esta… [y] para siempre jamás se queden en la dicha capilla y altar, sin
212 Ibídem, fols. 50r-51v.
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que se puedan quitar… por ninguna manera. Los rmantes de aquel
acuerdo habían sido los mayordomos Francisco de Simancas y Francisco
Ruiz Barragán; y con ellos Lorenzo de Peralta, Diego de la Torre, Rodrigo
Sánchez Tuno, Alonso Bravo, Antonio González Hidalgo, Joan de Harnizo,
Miguel Pérez, Joan González, Joan Fernández de Escobar, Cristóbal Riaño,
Domingo Marroquín de Concha, Andrés Aparicio de Vílchez, Pedro de
Monte Alegre, Martín García, Pedro Laínez Lobato, Francisco Mendoza,
Alonso Hernández, Diego Juárez, Bartolomé Ortiz, Alonso Pérez Mellino;
por estar impedido de la vista Diego Enríquez lo rmó Diego López; Blas
Muñoz por Joan Tamayo de la Peña de Rivera, y al margen de ellos Pedro
Rubio de Vivero, Nicolás Turquí, Benito de Salamanca, Juan Bautista
Cajinas, Francisco Cisio de Molina, Pedro Vargas, Joan Díaz Galván y
Gonzalo de Roquena (sic). El cabildo y votación pasó ente Diego López
Rivadeo, platero de oro, electo como escribano; certicando el acto el
escribano público Lucas de Morales.
Un día después, el 12 de enero de 1601, los maestros de la parte
contraria convocaron a Sebastián de Pereira y Francisco Cortés para
que puedan mediar y fenecer el pleito en que estaban inmersos con sus
colegas
213
. Aunque evidenciaban con ello haber sufrido un revés, de todas
maneras abrigaban la esperanza de que el grupo mayoritario entendiera
las razones de su oposición a la incorporación de los santos recientemente
incorporados a su capilla. Y, a decir verdad, no carecían de fundamentos. Se
oponían a que se pusieran las insignias de San Blas y Santa Polonia, porque
en la escritura de venta hecha para fundarla había quedado acordado con
los padres agustinos que ésta sólo estaría destinada a la veneración de su
patrón y que en sus bóvedas, además de los hermanos y sus familiares, las
personas pobres puedan ser enterradas, como era al uso. Haber hecho lo
contrario, alegaban, había signicado a los plateros asumir nuevos gastos
en la atención de la veneración y estas de San Blas y Santa Polonia; y ese
era el motivo que impedía hasta la fecha terminar de cancelar el costo de la
capilla del titular. Esto por un lado.
Por el otro, denunciaban que los mayordomos no rendían cuentas,
a pesar de que expresaban tener “libro para las dichas cuentas” y que
alegaban haberlas rendido. Exigían, por tanto, que lo exhiban a efectos de
averiguar “lo que se ha dado y mandado para pagar la dicha capilla. Por
último, solicitaban que Antonio Ruiz Barragán reconozca públicamente
213 Ibídem, fols. 52r-54v.
365
que Francisco Cortés y Sebastián Pereira habían sido mayordomos de
San Eloy, y es más, lo seguían siendo. Pedido interesante, sin duda, pues
permite inferir que la determinación mayoritaria de colocar las nuevas
insignias vino acompañada por un cambio en la directiva de los plateros
limenses, al parecer mediante un procedimiento no regular, que incluyó
desde entonces la segregación de Cortés y Pereira.
Por entonces, Antonio Ruiz Barragán y Lorenzo Peralta se opusieron a
estos pedidos. Y en esta razón, insistieron ante el provisor que no prestase
atención a Pereira y Cortés, pues ellos, comenzaban a armar, no estaban
obligados a rendir las cuentas al Ordinario, quien más bien debía declarar
a estos como no partes e imponerles perpetuo silencio. Por otro lado, le
solicitaron que les conceda licencia para que pudiesen poner las insignias de
los referidos santos en su capilla y altar. Como salta a la vista, era claro por
entonces el sometimiento de los mayordomos de la mayoría a la autoridad
del Ordinario eclesiástico. Pero las cosas comenzaban a cambiar.
El 24 de enero de 1601, discrepando con Ruiz Barragán y Peralta, el
provisor Salinas, incómodo por uno de los extremos del alegato formulado
por sus representados, mediante un auto mandó que en el plazo de tres
días los mayordomos que hasta entonces no hubieran rendido cuentas
comparezcan en audiencia y procedan a hacerlo en virtud de santa
obediencia, so la pena de excomunión mayor. Por otro lado, en cuanto
concernía a las insignias de los santos en cuestión, resolvió que por el
momento se mantuviesen en la capilla, pero con cargo a realizar un cabildo
integrado por ambas partes, para que se vuelva a tratar el tema entre todos,
escuchando las razones del caso.
Los plateros se reunieron en cabildo, pero hay que decir que lo hicieron
sin citar a los miembros de la parte contraria; y por supuesto votaron en
el sentido que deseaban. Al tomar noticia de este hecho, Francisco Cortés
y Sebastián Pereira recurrieron nuevamente al provisor pidiendo que se
anule ese cabildo y convocase a uno nuevo, señalando el día, el lugar y la
hora; por otra parte, insistieron en que se rinda cuentas. Este pedido fue
acogido por el juez; pero lo insólito fue que los plateros en mayoría no
se dieron por enterados; motivo por el cual los opositores redactaron un
nuevo escrito solicitando que el provisor los declarase en rebeldía y sus
nombres sean puestos en la tablilla de la iglesia catedral.
Esto se hizo, en efecto, y por tres veces consecutivas, pero sin obtener
ningún resultado favorable, visto lo cual el provisor cargó contra el
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representante legal de la mayoría, el licenciado Maldonado, al cual apremió
con censuras el 16 de febrero del indicado año 1601. No obstante lo
resuelto, haciendo demostración de enorme paciencia, cuatro días después
ordenó que el domingo venidero se reuniesen las partes, esto es, incluidos
los opositores, para que se realice la correspondiente auditoría, para cuyo
efecto designó al contador Joan de Bervedel. Pero invariables en no dar las
cuentas, y visto el peligro que podía representar hacerlo, los plateros a través
de Ruiz de Barragán se apuraron a dar un poder cumplido a Joan Bautista
de Esquiaza, procurador de la Real Audiencia, para que los represente en
todos sus pleitos
214
.
Esquiaza entró a tallar al lado de Maldonado ante la Real Audiencia,
pidiendo que se conrme la integración de las insignias de San Blas y Santa
Apolonia a la capilla de San Eloy, fundamentado en que en el cabildo se
habían juntado “todos los cófrades, eçepto quatro o cinco que se muestran
contrarios; y todos, que fueron más de quarenta, unánimes y conformes, [y]
sin auer contradiçión de ninguno, determinaron que se pusiesen las dichas
insignias, y ellos mismos pagaron de sus aziendas luego en el mismo cabildo
lo que costaron las echuras dellas, y se pusieron en el dicho altar”. Y por lo
que se reere al pedido sobre las cuentas, el letrado alegó evasivamente
que estaba por fenecer el mandato de los mayordomos, de manera que era
imposible hacerlo, e incluso resultaba vano, porque la “cofradía no tenía
bienes propios y renta ni se pedía limosna por la çiudad para ella. Al mismo
tiempo, aunque como constatamos hablaban de una “cofradía, y ya no de
hermandad, alegaba sin variación que ésta no tenía libro de Fundación; y
que, por otro lado, los gastos para celebrar la esta del Glorioso San Eloy
eran distribuidos entre todos los hermanos; de manera que no cabía que el
provisor los fuerce a rendir cuentas ni a nada. Así expuesto, pidieron que
la Real Audiencia revoque el auto del provisor. Sin embargo, una vez más,
el 16 de marzo, el presidente y oidores declaraban “no haber fuerça en el
dicho provisor”
215
. La mayoría sufrió otro nuevo revés.
Alentados por esta resolución, la minoría opositora insistió en que
se muestren los libros de la cofradía, petición que fue atendida por el
licenciado Salinas, seis días después. En virtud de ello, los seguidores del
Glorioso Patrón San Eloy fueron noticados en las personas de Antonio
Ruiz Barragán y Lorenzo Peralta; para que “en el plazo de 3 días exhiban
los libros que tenían así de rreçibos como de gastos de la cofradía ante el
214 Ibídem, fols. 55r-67r y 69r-70r.
215 Ibídem, fols. 71r-72r y 76r.
367
mencionado contador Joan de Verbedel, el cual, debía hacer la cuentas de los
bienes y demás cosas pertenecientes a la repetida cofradía desde el tiempo
en que no las habían dado; y, en particular, Antonio Ruiz Barragán
216
. Pero
lo único que sin embargo se pudo lograr fue que los plateros seguidores
de Ruiz de Barragán proporcionen un testimonio del cabildo realizado el
25 de marzo de 1601, en cual constaba la celebración del cabildo pedido
por el provisor y en el que se ofrecían los pareceres de los hermanos del
grupo ocialista, conrmando la incorporación de las insignias de San Blas
y Santa Polonia.
El Ordinario, sorprendentemente, y contradiciéndose, aprobó el
cabildo; y así decidido, no pasó a mayores, quedando desde entonces las
cosas en ese estado, lo que obviamente signicó una franca victoria del
bando mayoritario de los plateros, no sólo frente a sus colegas opositores
sino sobre la misma Iglesia que renunció a su autoridad de hacer que éstos
rindiesen cuentas, como lo tenía ordenado. Naturalmente, fue un mal
precedente, pues quedaba aún mucho por esclarecer, y que era precisamente
lo principal; algo que no se habría de comenzar a resolver sino en 1618.
Pero traer a colación este caso, no tuvo desperdicio para el presbítero
scal Rodríguez de la Cruz. Probado quedaba al menos que los plateros,
cerca de dos décadas atrás reconocían la autoridad del Ordinario, y que
desde la administración de Antonio Ruiz de Barragán no se ofrecían las
cuentas. Por esta razón, el 14 de noviembre de 1618 cargó nuevamente
contra éste insistiendo en que exhibiera el libro de la Fundación que
retenía oculto, en el cual, como queda dicho, debía encontrarse anotado
los datos de la Fundación, las Constituciones y los cabildos celebrados.
Las sospechas del scal se acrecentaban entendiblemente, porque si como
los plateros habían sostenido rmemente en audiencia y cada recurso
presentado, no poseer otro libro que el de Limosnas, entonces de dónde
sacaban los mayordomos los traslados de los testimonios de los dos cabildos
que habían presentado. El scal se percató y puso en evidencia que estos
documentos no estaban insertos “en el libro de Limosnas que Cristóbal
Sánchez y Cristóbal Palomeque habían llevado a exhibir”. Pero, una vez
más, los plateros limenses se cerraron. Por este motivo, diez días después,
el canónigo y provisor, doctor Feliciano de la Vega, mandó que en el plazo
de un día el libro de marras fuese exhibido. Pero, Barragán, inmutable,
le contestó que no estaba obligado a devolver lo que nunca había tenido.
216 Ibídem, fols.77v-83v-83r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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368
Y aunque no pudo explicar el origen de las actas capitulares, porque de
hecho no estaban en el libro de Limosnas, no tuvo otro recurso que dar una
respuesta a esas alturas pareció insólita: si la información proporcionada
no está en él, por ventura andaría suelto o se quitaría…. Aun así, pidió al
provisor que lo exonere de entregar el tan reclamado libro
217
.
Ante esta respuesta, De la Vega, sin desanimarse, pidió los autos, y
el 11 de diciembre de 1618 dio a Ruiz de Barragán un plazo de tres días
adicionales, y tres canónicas moniciones, para que cumpla en presentarlo,
so pena de excomunión mayor, ponga su nombre en la tablilla y se preceda
contra su persona. Ruiz de Barragán, respondió el día 15, insistiendo en
que el provisor revocase los autos que lo comprometían, pues de no hacerlo,
apelaría ante la sede vacante y provisor del obispado de Guamanga. El doctor
Vega, por supuesto, no se arredró, antes bien, dispuso que se guardase el
auto como estaba mandado, señalándole otro plazo de tres días más. Frente
a la actitud rme de la Vega, el veterano líder de los plateros limenses se lo
pensó, y solicito diez días adicionales, que a poco se convirtieron en otros
diez más
218
. El tiempo requerido le sirvió para preparar una probanza en
la que Domingo Marroquín de Concha, nuestro personaje Pedro Negrillo
y Pedro Gómez pudieran ofrecer el 8 de febrero de 1619 una versión
convincente de los hechos.
Llegado el día, el primero en comparecer fue el citado Marroquín de
Concha, fundador de la Hermandad de San Eloy en 1597, y por entonces
de 56 años de edad. Frente al provisor y en audiencia, dio respuesta a las
cinco preguntas del pliego interrogatorio. En lo sustantivo, depuso que
desde hacía 19 años no conocía otro libro sino el que había sido exhibido,
en el cual sus colegas asentaban todas las cosas tocantes a la hermandad; el
mismo que vio poseer a Ruiz de Barragán y a Diego Requena, pasando luego
bajo responsabilidad de los demás mayordomos. Abogó por Ruiz Barragán
y, en cuanto a la recolección de limosnas, sostuvo que se asentaba en un
pliego de papel por el escribano Pedro González Contreras, quien algunas
veces se lo llevaba y hasta se quedaba con él. El argumento era difícil de
creer, porque cómo podía ser posible que los plateros admitiesen que una
persona ajena a la institución se llevase y quedara con sus documentos
administrativos.
Nuestro personaje, Pedro Negrillo, a su turno, rerió que tenía
217 Ibídem, fols. 85-v-86r-v.
218 Ibídem, fols.88r-94r.a
369
conocimiento de la causa y del libro que se pedía, pero desconocía de
la existencia de otro que no fuera el que se había exhibido; y que era el
mismo que Ruiz de Barragán entregó a Requena y a él cuando fueron
electos mayordomos; y ambos, en su momento, pusieron en manos de
sus sucesores. Depuso igualmente que no había cuenta escrita ni papeles
rrespeto de ser todo lo que se gasta en la hermandad, proçedido del caudal
de los dichos hermanos y mandas graciossas que azen por su devoción.
Recordó, asimismo, que hacía dos o tres días Ruiz Barragán se había
acercado a él para preguntarle si acaso tenía algún cuadernillo y pliego
de papel en que estuviese asentado el cabildo que se le pedía cuando fue
mayordomo, pero que él no sabía de otro libro que el exhibido, ni tampoco
de papeles al respecto; “entendía que agre se debió de escribir en
algún pliego de papel por no auer traydo escribano el libro para asentarlo, y
el dicho pliego de papeles se puede aber perdido, pues no pareçe, y de dicho
libro se colige haberse hecho en tiempo de la fecha del dicho libro al qual
se remite. Por último, armó coincidiendo con Marroquín de Concha, que
si Ruiz de Barragán tuviera el original del cabildo que se le pide o supiera
dónde está lo entregaría. Otro testigo de parte, Pedro Gómez, platero, de
32 años, pero que, reveladoramente, no era hermano de la hermandad de
San Eloy no está asentado en los libros della, se adujo, depuso que
hacía tres años que estaba en la calle de los Plateros y durante ese tiempo
no había visto otro libro de la hermandad sino el que se le había mostrado,
el qual ha ya visto en poder de tres o quatro mayordomos que han sido
en el dicho tiempo de la hermandad.” Gómez, hay que decir, en el fondo
no ayudó mucho a la causa de los plateros, pues sostuvo ente el provisor,
que: “que sí ha oído decir a otros hermanos que se an hallado en los
cabildos que Pedro González Contreras, escribano público, tomaba la
rraçón de las juntas y cabildos que se azían en un pliego de papel E que
después en su casa lo pasaba al libro que le ha sido mostrado y sobre todo lo
demás que la pregunta dize…
219
. El problema era que, como por entonces
quedaba advertido, en el libro al cual se refería, no aparecían los cabildos
que aludían.
Acabada esta diligencia respondió el scal, haciendo notar que los testigos
no eran dignos de tenerse en cuenta, por ser tan allegados a Ruiz Barragán;
y a este propósito, examinando sus declaraciones observó que, “si como
siniestramente alegan fueron papeles sueltos y no libro… de dónde se sacó
el traslado del cabildo” que obraba en autos, en el cual el escribano anotaba
219 Ibídem, fols. 97r-101r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
370
reveladoramente: “Reçibí el libro original donde estaba este cabildo. Por
otra parte, en lo tocante a las cuentas, en una de las declaraciones de los
mayordomos Antonio Ruiz Barragán y Lorenzo de Peralta, insertas a fojas
50 del expediente, habían sostenido “que se les mandarán dar, que tienen
sus libros. El traslado, claro está, no guraba en libro exhibido; por ello,
una vez más, el scal insistió en que exhiba el libro original
220
.
Pero el emblemático hermano Antonio Ruiz Barragán, echaba en saco
roto las reiteradas peticiones del scal y peor aún los mandatos del provisor.
Por tal motivo, el 30 de abril de 1619, el doctor Feliciano de la Vega endureció
su postura, poniéndolo “en la tablilla por público excomulgado hasta que se
muestre obediente a los mandatos de la Santa Madre Iglesia. Ruiz Barragán
apeló. Pero el scal pidió que su nombre no se quite de la tablilla hasta que
no satisfaga lo que se le tenía mandado. En tal razón, el veterano líder de los
plateros quedó prohibido de mantener comunicación con la gente y, visto
lo anterior, de atender personalmente en su tienda
221
. La excomunión, para
decirlo en términos modernos, además de las consecuencias religiosas que
acarreaba, suponía la muerte civil del excomulgado.
Sin embargo, el veterano Antonio Ruiz Barragán no hacía caso a los
alcances de un dictamen tan grave. Continuaba comunicándose con los
eles, con sus colegas, laboraba en su tienda, y, verdaderamente desaante,
acudía a escuchar misa, nada menos que en la catedral. De ésta fue echado,
y pese a ello volvía con el mismo propósito. Ante este poco respetuoso
comportamiento, el scal pidió orden de detención; y, para sustentarlo,
el 8 de mayo de 1619, hizo comparecer a varios testigos, incluidos los
sacerdotes que celebraban los ocios divinos en la catedral. Al producirse
esta diligencia, todos los testigos conrmaron las noticias que se tenían
sobre el maestro platero. El notario de la audiencia arzobispal le vio en
la “calle de la platería” a las puertas del platero de oro Cristóbal Sánchez y
con un vecino, Marcos Gómez. Además, se había enterado que el doctor
Ramírez, cura de la iglesia catedral, “lo había echado de la iglesia” y que
proseguía “en su tienda negociando como si no estuviere descomulgado. El
mencionado Marcos Gómez, coincidió con el anterior en que entraba a la
tienda de Sánchez. Por otra parte, el presbítero Cristóbal Palomino rerió
que hacía dos o tres días Ruiz de Barragán se había acercado hasta la pila
bautismal de la iglesia catedral, preguntando por varios religiosos, pero al
hacerle recordar él que no podía ingresar al recinto catedralicio, se retiró.
220 Ibídem, fols. 102r-103r.
221 Ibídem, fols. 110r-113r-v.
371
El doctor Diego Ramírez, cura de la mencionada iglesia metropolitana,
coincidió en que Ruiz Barragán entraba a ésta a oír misa, de donde sin
embargo le echó; pero que retornó y por ello le reprendió y le pidió que se
retire; pero Ruiz de Barragán le contestó, que “en el fuero de su consciencia
no estaba descomulgado, y venía a tratar con el licenciado Juan Peissa “de
su negocio
222
.
El doctor de la Vega, se enteró de los hechos; empero, buscando que
no se agravasen las censuras contra el veterano mayordomo y sobre todo
se resuelva nalmente el pleito, decidió suspender la dura medida por el
plazo de quince días, con la condición de que Ruiz Barragán realice las
diligencias necesarias “en razón de cuanto se le estaba mandado. A pesar
de ello, la salida ofrecida por el provisor de nada valió.
El 28 de mayo el platero hizo un escrito en el que refería que, aunque
había buscado el libro “con todo cuidado… no había podido descubrir
rastro alguno de él…ni los demás mayordomos y hermanos se acuerdan
de otro libro más que el exhibido ahora…. Intentando levantar la seria
contradicción que representaba exhibir actas capitulares que no guraban
insertas en el libro entregado, ensayó una explicación digna de muy proco
crédito. Sostuvo, en efecto, que: “si no está el dicho el cabildo [que aparecía
a fojas 53], se abrá quitado del por los demás mayordomos en el discurso de
los diez y ocho años; o podría estar en quaderno aparte ynserto en el dicho
libro y se cayese…. Así, pues, no podía cumplir con “dicha exsiuisión,
porque no tiene ni saue quién tenga lo que se pide para exiuirlo o dar
noticia dello… pues no ay ley diuina ni humana que le pueda obligar a lo
imposible. Por lo tanto, pedía que se le libere de tal pedido y revoque lo
mandado contra él
223
.
Entre tanto, no obstante estar prohibidos de juntarse a modo de
comunidad, ni en cualquier otro tipo de actos, incluida la celebración de sus
estas, los plateros programaron la conmemoración de su esta patronal
el 7 de julio de 1619, que nalmente se realizó públicamente, con misa,
sermón y con la solemnidad acostumbrada en la iglesia de San Agustín. Al
hacerlo, incurrieron en las penas y censuras establecidas para tales casos,
que conllevar su excomunión. El provisor, correspondiendo a la petición del
scal, mandó que se haga información al respecto, de lo cual fue noticado
Ruiz Barragán y Cristóbal Sánchez, el 9 de ese mismo mes; esto, sin dejar de
222 Ibídem, fols. 115r-119r.
223 Ibídem, fols.123r-125r-v.
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372
poner mayor atención en obtener nalmente la presentación de los libros y
documentos que requería. A tal efecto, el día 30 insistió mediante un auto,
esta vez so pena de excomunión mayor ipso facto. Aun así, nada consiguió,
a no ser imponer la pena al curtido artíce, como también poner n a su
participación en el pleito como mayordomo, fuerte que también recayó en
Peralta. El mismo día dio a los plateros y a la parte contraria un plazo de
nueve días para que prueben lo que mejor les conviniese. Para tal efecto,
los plateros debieron nombrar nuevas autoridades, los repetidos Cristóbal
Palomeque y Cristóbal Sánchez. El provisor, por su parte, ordenó a Ruiz de
Barragán, Cristóbal Palomeque y Cristóbal Sánchez, en tanto que otrora
mayordomos, que en un plazo de cuatro días cumplan con los mandatos
que les habían hecho, con apercibimiento de que serían apremiados con
prisión
224
.
Respondió Ruiz Barragán, el 3 de agosto de 1619, pidiendo en primer
término, que se revoque el auto referido a los asuntos de 1600 y 1601, incluso
en el extremo de las cuentas, alegando haberla dado a los mayordomos y
diputados que le sucedieron y niquitó ante el escribano público Pedro
González Contreras, “lo qual quedó entre los demás papeles de la dicha
hermandad…. Rerió, además, que el año 1617 los mayordomos y
diputados, sin hallarse él presente, acordaron “quemar todos los papeles de
las quentas que habían dado todos los mayordomos hasta el dicho día, por
quitar las confusiones… de manera que le era imposible volverlas a dar”; es
más, acotó que no podía ser apremiado, “pues con el trascurso de los años
[el asunto] estaba prescrito. En tal virtud, se reservaba el derecho de “apelar
de vuestra merced para ante el señor deán y sede bacante de la ciudad de
Huamanga y su provisor”. Po otra parte, es decir por lo que concernía a
que cumpla con exhibir el libro y las demás diligencias, le solicitó también
que revoque la orden, habida cuenta que, como ya había alegado, no tenía
noticia de él ni lo tenía guardado, y, por todo ello, estaba libre de apremio y
de lo demás proveído en su contra
225
.
También ese día, los ex mayordomos Palomeque y Sánchez repitieron en
coro los argumentos centrales de su defensa. Reprochaban al Arzobispado
por no haberles pedido cuentas más de 16 años desde que fuera fundada;
que de los autos recaídos sobre Antonio Ruiz Barragán eran de 18 años a
esta parte y ellos no tenían noticia al respecto; que no estaban obligados
a rendir cuentas a ningún juez eclesiástico porque la suya no era una
224 Ibídem, fols. 129r-135r.
225 Ibídem, fols. 136r-137r.
373
cofradía canónicamente fundada. Insistieron, por otra parte, que los
papeles y recaudos de las cuentas dadas por todos los mayordomos hasta
15 de julio del año 1617, incluidas las suyas, se habían quemado en la junta
que se convocó “por quitar la confusión de papeles y constar a todos los
interesados en las derramas y contribuciones de plata que hasta entonces
había habido estar todo ajustado sin divergencia del dicho tiempo de atrás.
En resolución, les era imposible cumplir con el mandado, y en todo caso
tendrían que hacerlo los actuales mayordomos, pero esto era difícil por
cuanto se les había mandado no juntarse. Buscando una salida que pase
por alto todo lo anterior, le comunicaron que “los dichos mayordomos y
ermanos quieren de nuevo fundarla con sus constituciones y con todos los
requisitos necesarios con que se excusan todas dicultades. De resultar
en contrario, apelarían ante el señor deán y sede vacante de la ciudad de
Guamanga y su provisor. Visto por el provisor, dio traslado al scal
226
.
Tras meses de calma, el 20 de febrero de 1620, el scal Antonio
Rodríguez de la Cruz se opuso al pedido de los plateros. Insistió en el
carácter canónico de la cofradía, por alrededor de 30 años; los autos
emitidos por el provisor Salinas en virtud de los cuales les mandó juntarse
en cabildo y hacerlo en obediencia se habían cumplido entre los años 1600
y 1601, lo cual era expresivo de su sujeción; con licencia del Ordinario se
habían trasladado del monasterio de La Merced al de San Agustín. Por otro
lado, en 1599, Clemente VIII, basado en el mismo pedido de los plateros
y en la fundación canónica de dicha corporación, les había concedido los
jubileos y gracias. Asimismo, cuando no quisieron reconocer la autoridad
eclesiástica y recurrieron a la Real Audiencia en grado de apelación, ésta
había declarado no haber lugar, reconociendo en el Ordinario su juez
natural y competente. Los plateros se reunían bajo la forma de cofradía
y, como tal, debía participar sobre todo en las procesiones generales.
Además pedían limosna, las personas se inscribían como hermanos para
ganar indulgencias; y, cuando se moría algún hermano lo acompañaban
públicamente en forma de cofradía. Finalmente, porque en todos los reinos
de España y en los demás reinos de las Indias, los plateros de la cofradía
de San Eloy salían acompañando las procesiones generales
227
. Empero los
plateros no se daban por vencidos. El 2 de marzo de 1620 rebatieron todo
lo expresado, y prometieron hacer demostración de cuanto armaban en
una probanza
228
.
226 Ibídem, fols. 138r-139v.
227 Ibídem, fols.140r-141v.
228 Ibídem, fols. 147r-148v.
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374
En este estado de las cosas, el provisor mandó juntar los autos. No debió
ver mal la aportación de probanzas, pero, antes, con vista a propiciar el
sinceramiento de los encausados y el acopio de pruebas provenientes de
terceros, resolvió expedir el 19 de setiembre de 1619, una carta general
de censura, en la que el primer aludido era indudablemente Antonio Ruiz
Barragán. El doctor Feliciano de la Vega se dirigió a los curas, capellanes,
sacristanes y demás personas del clero del Arzobispado de Lima, para que
en virtud de santa obediencia y so pena de excomunión mayor dentro de
seis días a partir de la publicación de la censura a que nos referimos, se
informen sobre quién o quiénes eran “públicos excomulgados”; prohibió
que se trate con ellos ni los absuelvan ni admitan a las horas y ocios divinos,
bajo pena de ser denunciados por él. Para su mayor cumplimiento, al día
siguiente, mediante una carta pública leída en la iglesia catedral, ordenó
que todo aquel que supiera algo “sobre la entrega del libro de fundación u
otros lo declaren y maniesten, so pena de excomunión, con gran cargo de
sus conciencias, y que como tales se procedería contra ellos
229
.
En los meses siguientes, menudearon los ocios de una y otra parte,
preparando el terreno para la actuación de las probanzas. Finalmente,
los plateros Sánchez y Palomeque prepararon un pliego interrogatorio
conformado por once preguntas, que en realidad mantuvieron inamovibles
cada uno de los puntos alegados frente al Arzobispado. No tiene caso
repetir los argumentos centrales, sí en cambio anotar algunos datos sobre
los testigos más caracterizados y desarrollar únicamente la declaración de
Pedro Negrillo, que bien sintetiza todas. Uno de los testigos más destacado
de los plateros de la mayoría, era repetido hermano y platero de oro Diego
de la Torre, que compareció ante el juez el 6 de mayo de 1620. Dijo entonces
que posaba en la plazuela de San Diego y tenía 60 años de edad. Este orfebre
se mantuvo rme en que “nunca [la hermandad] había sido fundada con
lisençia del Ordinario ni del arzobispado
230
. El mismo día compareció el
escultor, entallador y arquitecto de romano, Martín Alonso de Mesa, que
curiosamente se nos presenta como “hermano de la cofradía, “rresidente en
esta dicha ciudad en la plazuela de San Diego. En cuanto a sus generales
de ley, el hispalense “dixo que es de edad de cuarenta y tres años”; y por
otro lado, que residiendo “diez y siete o diez y ocho años… en esta dicha
ciudad” había visto que los hermanos del glorioso San Eloy, de los plateros
de oro y plata, juntaban entre ellos la limosna necesaria para celebrar su
229 Ibídem, fols. 151r-152v.
230 Ibídem, fols.156r-158r.
375
festividad, “sin que para esto [maestros] de otras artes hayan contribuido
con cossa alguna ni los dichos ermanos la an pedido. Agregó que de la
misma manera “compraron la capilla que compraron en el monasterio de
San Agustín, donde se halló pressente este testigo, y también el retablo que
asentaron en el altar, “porque este testigo les hiço el rretablo dicho, porque a
vido que en un cabildo que se hiço ente los dichos ermanos, en el qual se alló
presente el padre fray Pedro Montes, se juntaron tres mil pesos de limosna,
que esto lo vido este testigo por vista de ojos y cobró la dicha cantidad, para
en cuenta del dicho rretablo. Depuso, asimismo, que “los hermanos le
mandaron hacer a San Blas y Santa Polonia, las quales pusieron en dicho
retablo en sus estas del año. Trajo además a colación que Diego Sánchez
Merodio, “pintor, había dado limosna para que lo enterrasen en la capilla
de los plateros, pero que sus mayordomos no se lo aceptaron, aunque fue
enterrado en ella sin costo alguno, como obra pía. Mencionó, también,
que cuando Antonio Ruiz Barragán envió a los “rreynos” de España una
relación para obtener el jubileo “no se trataba de cofradía, y entendía que
fue por error de pluma del que escribió [la bula]… poner la demasía que
era cofradía. Concordó en que “un día domingo todos los hermanos se
habían reunido para hacer todas las cuentas de libros y papeles que había
tocantes a ella, y que estaban satisfechos de las mismas; y que “no teniendo
a quien darlas sino sólo entre los susodichos se quemaron. Recordó que
así lo hizo Pedro Negrillo, “que todos los papeles rotos los había coxido y
llevado a su casa y quemó porque no quedasen ningunos. Por último, “que
nunca había visto [que el provisor ordenase] se les tomasen cuenta…
231
.
De hecho, la probanza más ajustada a los argumentos de los plateros la
aportó nuestro personaje, Pedro Negrillo, a quien le tocó declarar el 8 de
mayo de 1620. En esta ocasión, nuestro testigo sostuvo “ques de hedad de
treinta y quatro años, y “hace doce años está en esta ciudad, y ha visto
como hermano que es de San Eloy cómo no ha tenido ni tiene fundación
de cofradía, ni es visitada por el ordinario; y que quando la dicha ermandad
quería sselebrar la esta del dicho San Eloy cada qual para el gasto della
iba contribuyendo y dando de limosna lo que quería conforme el caudal
que tenía, como lo había hecho este testigo. Rechazó que persona alguna
de la hermandad haya recibido de otra u otras extrañas ninguna limosna,
por no ser cofradía canónicamente fundada; antes bien, sabía que algunas
personas habían dejado después de sus días limosna para el santo titular,
pero los mayordomos no la recibían. Sostuvo que él “dio de limosna para
añadir a San Blas y Santo Polonia en el altar y tabernáculo del dicho Santo
231 Ibídem, fols. 158v-160v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
376
Eloy alguna cantidad de pesos, como asimismo hicieron todos los demás
hermanos, que a su costa se hicieran los dichos santos sin que para ello otras
persona alguna aya dado cosa para lo susodicho. Negó, a continuación,
que en la celebración de los dichos santos se haya puesto mesa ni plato en
la iglesia para pedir limosna. Asimismo, “que rressien venido a esta dicha
ciudad, vido que en la dicha capilla de San Eloy, y arrimado a la reja, estaua
un cepo para que en él algunos hermanos fuesen echando limosna, [pero]
luego se acordó que se quitase por causa de que los dichos hermanos diesen
sus limosnas a los mayordomos. Dijo que había sido testigo de que “no han
querido los mayordomos desta dicha hermandad yr a entierros de personas
extrañas por limosna”; y volvió a recordar el caso del dorador Diego
Sánchez Merodio, y además el de otros pobres enterrados gratuitamente.
Repitió, que sabía de oídas, que la memoria enviada por Ruiz Barragán a
España para alcanzar el jubileo no indicaba tratase de una cofradía, ni que
ésta tampoco fue canónicamente fundada; y que en todo caso se trató de un
error de estilo que así fuera considerada en Roma.
Sostuvo también que “se hallo presente en la junta en que la dicha
hermandad hizo para tomar quentas, así a los dicho xpobal Sánchez
como a todos los demás que hasta aquel día auían sido mayordomos de
la dicha ermandad de San Eloy”, “y vido se rrompieron algunos papeles
eçepto algunos que después hicieron de ellos lo mismo en un cabildo, y que
fueron los dichos papeles las quentas que hasta entonces se habían tomado
a los dichos mayordomos, así a los presentes como a los pasados; y que lo
hicieron los susodichos por causa de que no auía a quién dar las dichas
quentas, como nunca lo hubo ni se pidieron a los dicho mayordomos.
Que alguna parte de dichos papeles y quentas rrotos, como estaban, llevó
éste a su casa y los quemó y metió en la fragua para el dicho efecto, por
quitar algunas confusiones. Acotó a este respecto, que entre los papeles que
se quemaron estuvieron los de los mayordomos Antonio Ruiz Barragán y
Lorenzo Peralta. Insistió en que la hermandad de San Eloy “nunca a ssido
ni fue fundada… con licencia del hordinario ni había tenido nombre de
cofradía. Finalmente, expresó que había “oído dessir … a los mayordomos
que estando el dicho Santo San Eloy en el monasterio de Nuestra Señora
de la Merced, le trasladaron al de San Agustín, donde al presente está, sin
que para hasserlo ubiese en el dicho de la merced contradicción alguna
por los religiosos del dicho monasterio
232
. Ahora bien, a pesar de esta
aparente coherencia argumental, hay que señalar que Negrillo actuaba con
232 Ibídem, fols.175v-179vr
377
espíritu de cuerpo, pues sostuvo cosas que no se condecían denitivamente
con la verdad. Por ejemplo, al decir que aportó dinero para “añadir” los
santos San Blas y Santa Apolonia en el altar, se contradecía agrantemente.
Durante el proceso, él mismo había confesado que llegó a Lima en torno
a 1608 y, siendo así, cómo podía sostener ante el juez que lo había hecho
si esto ocurrió entre 1600 y 1601; Negrillo, ya lo hemos demostrado,
no gura como concurrente ni rmante a ninguno de los dos cabildos
exhibidos en que se trató el asunto. Y de haberlo estado, supuesto negado,
cómo era posible que, a pie juntillas, dijera que se había enterado del
traslado cofrade sólo “de oídas. Por otro lado, no era convincente sostener
la absoluta necesidad de tener que quemar las cuentas de la institución,
porque supuestamente no hubiese autoridad a quien se rendan; conservar
estos documentos era más bien necesario para efectos de la gestión de su
corporación, incluido resguardar los propios intereses de los asociados
frente a eventuales reclamaciones de terceros.
Sabemos que el estado de las cuentas era guardado cuidadosamente por
todas las organizaciones coloniales en sus respectivos libros, donde, por lo
demás, constaban los niquitos que eximían de cualquier responsabilidad
futura a los mayordomos salientes. Aunque los hermanos de San Eloy de
una y otra facción y sus letrados hablaban de la existencia de libros desde
1600, a la fecha no presentaba otro que no sea el de limosnas.
Otro testimonio del que hay que rescatar, es el del platero de oro y otrora
mayordomo, Rodrigo Sánchez Tuno, con treinta años de residencia en
Lima. Él sostuvo que, “estando el santo san Eloy en el monasterio de
Nuestra Señora de Las Mercedes no tenía capilla, y así por no tener ella
y que no había comodidad para tener el santo, lo sacaron de allí, así este
testigo como Antonio Ruiz Barragán, y lo trajeron a su casa y de allí dieron
orden a comprar una capilla en el monasterio de San Agustín, y [que] para
ello se obligaron con sus personas y bienes al dicho monasterio a pagarle la
dicha capilla
233
. Domingo Marroquín de Concha, platero y hermano, fue
otro de los convocados, y acudió a declarar el 7 de mayo. Contaba en 1620
con 57 años de edad, y de él si cabe anotar algo es que rerió que “recién
llegado a esta ciudad el año 1600, oyó decir del traslado del glorioso San
Eloy del monasterio de La Merced al de San Agustín, donde este testigo
luego lo vido. Al día siguiente tocó el turno a Fray Francisco de la Serna,
prior del convento de San Agustín. Él declaró que estando los hermanos
233 Ibídem, fols. 167r-168r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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de San Eloy en el monasterio de La Merced trataron de trasladarlo al de
San Agustín, y que para ello concertaron la capilla, comprometiéndose a
pagarlo con su hacienda y bienes; “y assí mismo hicieron para el dicho
santo un rretablo, rrexa y bóveda, a costa de los susodichos; y que nunca ha
sabido de que la hermandad estuviera sujeta la Ordinario ni fundada con
su licencia. Tras él, por último, Pedro Gómez de Lampila, residente en el
puerto del Callao y de 32 años de edad, coincidió con Pedro Negrillo, en
cuanto a las cuentas que se tomaron, y que fue quien llevó buena parte de
los papeles a su casa y los quemó
234
.
Desde el 17 de agosto tocó al scal Antonio Rodríguez de la Cruz salir
nuevamente a hacer frente a los plateros. Él también preparó un pliego
interrogatorio de 11 preguntas. Y como en el caso anterior, sus testigos
se rearmaron en sus anteriores declaraciones, aunque esta vez reforzó
su argumentación apelando a los testimonios de algunos religiosos del
monasterio de Señor San Agustín. El primero en testicar fue el bachiller
Lope de la Cruz, clérigo presbítero de 60 años, español peninsular y que
había permanecido buena cuenta de años en los reinos de España. A través
de su declaración, el scal se propuso poner cruz y raya a la armación de
los plateros limenses que, por su sólo dicho, argumentaban que en España
los plateros se organizaban como hermandad y no cofradía, y por ende no
dependían del Ordinario. El bachiller Lope de la Cruz depuso que: “en los
rreynos de España, de donde es natural, las cofradías de los plateros que
ha visto en particular ésta de San Eloy an sido aprobadas y subjetas a el
Hordinario y a sus visitas, y han acudido a las procesiones públicas con sus
insignias y pendones en las ciudades y lugares donde están fundadas. A
manera de ejemplo, citó el caso de la de Burgos, ‘cabeza de Castilla, “donde
acotó había visto este testigo en las procesiones del Corpus a la cofradía
de los plateros, “por su antigüedad”. En la ciudad de Burgos, en efecto, los
plateros estaban organizados en cofradía. Para comprenderlo, basta conocer
el litigio que los plateros Juan de Arciniega, Jerónimo Corseto y Miguel
Hernández siguieron contra el célebre escultor de plata y oro Juan de Arce,
por incumplir el orden establecido en la cofradía de San Eloy de llevar el
pendón en la procesión del Corpus Christi el año 1595. Arce era vecino
de Burgos, pero no agremiado a esta cofradía; aún así, en conceptos de los
cofrades de San Eloy este solo hecho lo comprometía
235
. Otro tanto, refería,
ocurría en la ciudad de Valladolid, donde los arropados por San Eloy salían
234 Ibídem, fols. 170r-183v.
235 ARC. Registro de Ejecutorias: Caja, 1780,46; caja, 1785,1; y, Caja 1785,2.
379
en las procesiones generales. El bachiller Lope de la Cruz, merece la pena
anotar, no se quedó con los ejemplos peninsulares, en las Indias añadió que
ocurría lo mismo en la ciudad de Quito, donde las cofradías eran llamadas
por el Ordinario mediante pregón público, incluida la de los plateros de
San Eloy. De otro lado, armó que como persona que había ejercido en la
ciudad de Roma, era testigo de cómo se despachaba en la curia las gracias
y los jubileos que su Santidad concedía, y que estos “se despachan por el
tenor y forma en que se pedía la súplica a su Santidad y no de otra manera.
Para demostrarlo, se remitió a la manera en que estaba expedida la bula de
la cofradía de San Eloy en Lima, donde aparecía el nombre y título con que
habían sido pedida, que era el de: confraternitas: cofradía
236
.
Otro llamado a declarar fue fray Juan de Carbajal, de 60 años de edad,
con 26 años de permanencia en el Perú y vicario del coro del monasterio
de Nuestra Señora de las Mercedes, quien lo hizo el 1 de setiembre. Sostuvo
este religioso que cuando vino de España vio que la cofradía de San Eloy
estaba “canónicamente fundada, como las demás de la ciudad y “subjetas
al hordinario, y lo mismo oyó decir a los religiosos de su convento, siendo
además algo público y notorio. El mercedario, contradiciendo también los
testimonios de otra parte, expresó que al hacer la cofradía su traslado al
monasterio de San Agustín “sse hizo con licencia del provisor que entonces
era”; y por otra parte, que “muchas veces” había “visto pedir limosna un día
de la semana a uno o dos veinte y cuatros de la dicha cofradía públicamente
por las calles …, y que lo hacían también en los días de esta, cuando “ponían
una mesa a la puerta de la iglesia. A su turno, el vicario del monasterio de
La Merced, fray Luis de Porras de Aguirre, de 49 años, armó que hacía
más de 30 años que residía en dicho monasterio y “vio que los plateros de
oro y plata fundaron la cofradía de San Eloy”, “y tenían en el altar mayor
de dicho monasterio el sancto hecho de bulto; y vio que la dicha fundación
se hizo con licencia del provisor…, y, por esa condición, les dio licencia
para que todos los años, el día de la festividad del Santo, le celebraran su
esta, con misa cantada y sern, y que después de ésta se llevaba a cabo
su procesión, a la cual concurrían los hermanos veinticuatros con la cera e
insignias; lo mismo que hacían en la procesión que todos los años efectuaba
el convento en la celebración del Santísimo Sacramento en la infraoctava del
Corpus; ocasión en que salían los cófrades de San Eloy con su santo patrón
de bulto, acompañando la referida procesión por las calles con las demás
del monasterio. Le constaba, asimismo, que todos los años se juntaban los
236 Ibídem, fols.200r-201r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
380
veinte y quatros de la cofradía de San Eloy en el día que tenían señalado
para hacer sus cabildos, ‘donde les vio tener un libro en que estaban la
fundación de la dicha cofradía hecha por el dicho hordinario, en que ponían
y escribían las dichas elecciones y cabildos…. Recordó, también, que en
1599, “los hermanos plateros y plateros de la dicha cofradía trataron de que
el dicho monasterio de Nuestra Señora de la Mercedes les diesse capilla en
la iglesssia dél, donde estuviesen; y que habiéndoles señalado en la que al
presente está la de San Lorenzo, no la quisieron por estar en mejor lugar
la que tenían los mulatos de la cofradía de Santa Justa y Runa; y por esto
trataron de mudar la dicha cofradía al monasterio de San Agustín a donde
al presente está. Para ello, sostuvo, “un día que estaua la iglesia urtaron
los dichos plateros el dicho sancto y lo trasladaron de este monasterio al
de San Agustín; y presume este testigo que tenían licencia del hordinario
para hacer la dicha traslación porque en otra manera no se atrevieran a
hacerlo; [y] que la parte del dicho monasterio [el de La Merced] no replicó
en ello por ser personas pobres y no aprovechaban al monasterio en cosa
alguna. Fuera de lo anterior, armó que “en el tiempo en que estuvo en el
dicho monasterio siempre, se tuvo la tal cofradía por tal cofradía, como
cosa demás subjeta al ordinario, como las demás lo son; y que al tiempo en
que estaban en este convento tenían una caja en la que ponían la cera y las
demás insignias como hacían las demás cofradías. Por último, coincidió en
que “en la festividad del santo, los cofrades ponían a la puerta de la iglesia
mesa donde recibían limosna
237
.
El día 3 de setiembre, se constituyó idénticamente como testigo el
bachiller Fernando Díaz de Arroyo, clérigo presbítero, de 44 años de edad.
El declarante, sostuvo cosas sensatas, como que los plateros tenían que
tener licencia del Ordinario para trasladarse de un convento a otro; que
la gracias y jubileos concedidos por el Papa se concedieron en tanto que la
corporación de San Eloy era cofradía canónicamente fundada y que estaba
sujeta al Ordinario, como todas las demás de Lima, y por lo tanto debía
obedecer y cumplir los mandatos del prelado como todas sus homólogas.
Que las cofradías salían en todas las partes de España en las actos públicos,
y por tanto “no era justo que aya diferencia en esta ciudad, siendo tan
ilustre a los ojos de España
238
.
Concluidos ambas actuaciones probatorias, los hermanos de San Eloy
pidieron la lectura de sus testicaciones y, de ser menester, la agregación
237 AAL. Cofradías, Exp. 50:1, fols. 202r-207r.
238 Ibídem, fols. 207r-213v.
381
de cualquier otro punto útil a su defensa; pedido que fue aceptado. Así,
el 14 de julio, Pedro Negrillo fue presentado nuevamente a declarar por
Cristóbal Sánchez y Cristóbal Palomeque. El oríce, esta vez, se limitó a
raticarse en su declaración del 8 de mayo. Diego de Requena, por su parte,
leyéndosele su actuación verbo ad verbum, hizo otro tanto; como también
fueron los casos de Rodrigo Sánchez Tuno, Domingo Marroquín, el
zapatero Antonio García, el platero Diego de la Torre, el escultor Martín
Alonso de Mesa, Fray Antonio de Montearroyo, fray Miguel Gutiérrez y
Francisco de la Serna
239
.
Exigido, mucho más extenso fue Antonio Ruiz Barragán, identicado
como platero y 24 y de 53 años de edad. Él reconoció que, en efecto, había sido
mayordomo de la hermandad, y que en ese desempeño, “trató con algunos
hermanos del mismo arte de que el dicho sancto del dicho monasterio
donde estaua, lo sacassen de allí y lo trasladasen al monasterio de San
Agustín, como en efecto se hiço, comprando la capilla, para ponerle allí, y,
asimismo, hacer, como hizo este testigo y otros que con él se congregaron,
entierro para ellos y para sus hijos y mujeres. Sostuvo, por otro lado, que
sabía “como persona que trasladó el dicho santo del monasterio de Las
Mercedes al de San Agustín, que no hicieron [los primeros nombrados]
contradicción alguna por causa de no auer habido fundación de cofradía…
y respecto desto y de auer treinta y tres años que conoce este testigo la
dicha hermandad y ha ssido algunos dellos ocial de mayordomo della, y
si ubiera la dicha fundación de cofradía no pudiera dejar de sauerlo o por
lo menos auerlo oydo dessir; además de que los rreligiosos de la merced
avían de procurar estorbar el sacar el dicho santo de su casa…. Por otro
lado, agregó que “menos le consta a este testigo que de personas extrañas se
aya recibido ni querido recibir limosnas algunas para la dicha hermandad,
además que le consta que algunas personas, como es la una Diego Sánchez
Merodio, dorador, dejó de limosna çinquenta pesos para que lo enterrasen
en la dicha capilla, y sabe este testigo que los dichos mayordomos no lo
quisieron recibir del albacea, y lo enterraron de gracia, como lo mismo
se ha hecho con otras personas, todo a n y celo de que tales personas
ganen las gracias y indulgencias que se han concedido a las tales personas
que se quieren enterrar en la dicha capilla y bóveda. Tratando otro tema,
respondió que “auiendo hecho el rretablo que agora tiene la dicha capilla de
San Eloy, se acordó con parecer de todos los hermanos que se añadiesen a
los gloriossos santos, San Blas y Santa Polonia, como hicieron, y, puestos en
239 Ibídem, fols. 214r.221v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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382
el dicho tabernáculo había visto que se les ha ido celebrando sus estas de
la misma suerte que al dicho Sancto Eloy, contribuyendo para ello cada uno
de los dichos hermanos para lo necesario en el gasto de las dichas estas,
sin querer, como no han querido, admitir limosnas de personas extrañas.
Negó, a continuación, que en la esta de los santos se pusiese “plato para
pedir limosna para los dichos sanctos”; y que si bien “había visto por vista
de ojos puesto el dicho cepo, se acordó luego que se quitasse de donde
estaua, a cusssa de que no convenía que estuviese el dicho cepo puesto.
Tomada esta decisión, agregó que en adelante “se recogía por las casas de
los hermanos del dicho arte de plateros. Detalló, además, que “como tal
mayordomo… trató con fray Antonio de Montearroyo, sacristán mayor
que era del dicho monasterio de San Agustín, como quería enviar por un
jubileo a Roma para las estas de los santos dichos, y en esta conformidad…
hizo una memoria simple, por la cual pedía a sus agentes le alcanzasen un
jubileo para el día de la festividad de los dichos santos, sin haber tratado
de fundación alguna ni que fuese canónicamente instituida, porque él ha
estado y está ynorante de las razones canónicamente instituidas; y assí
sabe por el estilo y modo del despacho de los demás jubileos que suelen
poner las dichas razones, no auiendo como no ay tal fundación alguna que
este él sepa, que no había habido fundación de la hermandad, algo que
sabía “por hauer sido mayordomo desde que lo sacó de La Merced y lo
trasladó al monasterio de San Agustín…. Reconociendo haber ejercido
esta “mayordomía más de quince años, tampoco entendía que en alguna
oportunidad les hubiese pedido las cuentas. Sin embargo, ya hemos visto
que el provisor del Arzobispado sí las mandó hacer, precisamente durante
su mayordomía (1600-1601); pero él y su corporación se negaron a llevarla
a cabo
240
.
El testimonio de otro declarante, Juan Díaz Galván, platero y 24, y de 60
años, el 3 setiembre, vale traerse a cita sólo para conocer que residiendo 40
años en Lima, no se acordaba si Montemayor o Diego Rodríguez habían
antecedido a Antonio Ruiz Barragán en la mayordomía de San Eloy
241
.
Del día 3, asimismo, resulta interesante el testimonio de Luis Lázaro,
mozo hermano de la cofradía, “que es de sinquenta años, poco más o
menos… y que es hermano de la dicha de San Eloy”. Estamos reriéndonos,
pues, a un platero, que no pasó de la categoría de ocial todavía a los 50
años, aunque como tal estaba incorporado a la controvertida organización.
240 Ibídem, fols.221r-224v.
241 Ibídem, fols.225r-v.
383
Lázaro, que sabía rmar perfectamente, conocía la hermandad desde que
estaba en el monasterio de Nuestra Señora de las Mercedes; y, según él, a cosa
de tres o cuatro años después que llegó a Lima, los entonces mayordomos
de San Eloy sacaron el santo de dicho monasterio y lo llevaron al de San
Agustín, a causa de la mala relación que la orden tenía con los mayordomos
y hermanos. Lázaro, cabe agregar, se ufanaba de ser “hermano, y de los más
antiguos, y de haber “ssido uno de los primeros que entonces ayudaron
con su limosna, como los demás, a comprar la capilla… asimismo el retablo
que para su adorno se hizo…. En otro orden de cosas, adujo que, en efecto,
se puso cepo, pero él no estuvo de acuerdo, y que fue de los que más lo
abominaron, puesto que se había hecho “por evadirse del dicho trauajo de
andar por sus cassas todos los sábados, día en que estaba señalado por la
dicha hermandad; y así, con acuerdo de los más de los dichos hermanos se
quitó el cepo
242
.
A poco, el 17 de setiembre, Joan Lorenzo de Cela en nombre de los
plateros, se dirigió al provisor aduciendo que su causa se hallaba bien
probada, y cuestionando las declaraciones de los testigos de la parte
contraria, pidió que sean tachados. Y el 10 de noviembre, que además la
causa se diese “por conclusa. Ante este pedido, el provisor dio traslado al
scal eclesiástico, y, este aceptó. En tal conformidad, el 24 de noviembre
de 1620, el doctor Feliciano de la Vega dio la causa por agotada y citó a
las partes “para oír sentencia. De ello, ambas fueron noticadas el 2 de
diciembre
243
.
De esta manera, citadas las partes, el 7 de enero de 1621, el provisor,
vistos los alegatos y pruebas aportadas en la causa que llama “Cofradía y
Hermandad de San Eloy”, sobre que salgan en las procesiones generales,
en forma de cofradía, y que den cuenta de las limosnas y demás bienes
que le pertenezca; considerando que los plateros desconocían de manera
ilegal la autoridad eclesiástica, su constitución canónica; haberse rehusado
sistemáticamente a rendir el estado de sus cuentas; haberse negado a exhibir
otro libro que no fuese el de limosnas, y percibir estas de particulares. Por
otra parte, que en virtud de los alegatos y pruebas aportados por el scal,
entre estos la bula apostólica, en la que constaba tratarse de la cofradía
de San Eloy instituida canónicamente, y como tal se desempeñaba en la
iglesia de San Agustín; y también porque los traslados de los cabildos
exhibidos procedían del libro de fundación, cuya existencia y exhibición
242 Ibídem, fols.228r-231r.
243 Ibídem, fols. 255r-290r.
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negaba y ocultaba en forma particular Antonio Ruiz Barragán. Y, fuera de
ello, el litigio seguido entre las mismas facciones cofrades entre los años
1600 y 1601demostraba que ambas, sobre todo por la recurrencia de la
que era mayoritaria, estar sujetas al Ordinario, falló: que no había lugar a
la pretensión de los plateros de San Eloy de no haberse constituido como
hermandad o cofradía canónicamente fundada; que en adelante debía ser
asumida como cofradía y como tal sujeta a la jurisdicción eclesiástica,
dando cuenta de sus limosnas y bienes, y pueda ser visitada; además,
salga en las procesiones generales las veces que se le requiera; y que tenga
ordenanzas y estatutos con que se gobierne. Para tal efecto, concedió
licencia a los plateros al objeto que el día de esta venidero se juntasen en
cabildo en su capilla y las elaboren, y así, las que resulten sean presentadas
ante su despacho, para que las apruebe y conrme. Por otro lado, se reservó
el derecho de accionar contra los que resulten culpables de la ocultación del
libro de Fundación y el de Cuentas. Los cofrades de San Eloy, por último,
debían asumir el pago de las costas, ascendentes a 826 reales
244
.
Aunque el 15 de enero de 1621 los plateros limenses reaccionaron
intentando revertir el caso, esta vez elevando un recurso de apelación
ante el Arzobispado de Guamanga, derecho que el doctor de La Vega les
concedió para que sea presentado en el plazo de treinta días y dentro de
otros treinta trajeran el resultado, con apercibimiento de que pasado dicho
término sería declarado desierto y la sentencia consentida y pasada en
cosa juzgada, de aquel trámite nada bueno obtuvieron. La sentencia fue
conrmada por el tribunal de Guamanga, el 7 julio de 1622
245
. Empero,
antes esto sucediera, está claro que los plateros acataron la sentencia
dada por el provisor Feliciano de la Vega; prueba de ello es que, aunque
tramitaron la mencionada apelación y meses antes de que tomaran notica
de la conrmación que recaería sobre su corporación, el 13 de abril de 1622,
tenían elaboradas sus Constituciones; las mismas que fueron presentadas
por el otrora vapuleado mayordomo Antonio Ruiz Barragán, y Diego
de Requena, ante el nuevo provisor y vicario general del Arzobispado
de Lima, don Juan de Cabrera Benavides, quien actuó asesorado por el
notario Antonio Trevejo
246
. Estas constituciones, luego de ser debidamente
examinadas fueron aprobadas por el citado provisor
247
. Sobrevino entonces
244 Ibídem, fols. 292r-293r y 295r.
245 Ibídem, 2 fols. sueltos al n del expediente.
246 Esteras-Gutiérrez, Ob.cit., pág. 160.
247 Ibídem.
385
la anunciada conrmación y, de esta manera, luego de mucho tiempo y de
una difícil relación, el Arzobispado de Lima sujetó denitivamente a su
fuero y jurisdicción a los plateros de la cofradía del Glorioso Patn San Eloy.
5.4. Pedro Negrillo, mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de
la Piedad
Posteriormente a la mayordomía ejercida por Pedro Negrillo en la
hermandad de San Eloy, en 1625 hizo lo propio en la cofradía de Nuestra
Señora de la Piedad, fundada en el convento de La Merced
248
. Este hecho,
una vez ms, nos habla de la gran estimación que se le tenía como persona y
artíce. Sabemos que la cofradía de Nuestra Señora de la Piedad era una de
las más antiguas de Lima, la sexta, para ser más precisos; y, como todas las
de la ciudad, presidida por la del Santísimo Sacramento de la Iglesia Mayor.
Los documentos que hemos podido consultar indican que no se trataba de
una institución de gran porte. De ella tenemos noticias que se remontan
al año 1620 y, como no pocas, en la que menudeaban las contradicciones
y pleitos. En el año 1627, el secretario Diego Sánchez Vadillo dio en
arrendamiento una casa que la corporación tenía en la calle del Mesón
Blanco. Quien la tomó fue el licenciado Francisco de Allosa, cura y vicario
del pueblo de San Juan de Lurigancho; sin embargo, resultaba oneroso hacer
efectiva la paga de la merced conductiva que había sido acordada, razón
por la cual los mayordomos tuvieron que emplazarlo ante el provisor
249
.
Las dicultades también se presentaban en el rubro de las cuentas. El año
que acabamos de señalar, Benito Pérez, tras ejercer el cargo de mayordomo,
y luego de efectuada la visita eclesiástica del licenciado Francisco Félix de
Guzmán, reclamaba que los cofrades le debían 1553 pesos de a 8 reales.
Los hermanos, sin embargo, armaban que dada la poca renta anual que
la organización percibía unos 80 pesos, y cuya mayor parte procedía de
limosnas destinadas a la compra del aceite y la cera de su capilla, donde
se exhibía el Santísimo, no era posible atender ese pago; pero, y es más,
que era costumbre que todos los gastos que los mayordomos hacían de
su propio patrimonio solían perdonarlos a la institución, conocedores que
ésta no tenía con qué pagarlos
250
. Este tipo de dicultades, al parecer, eran
endémicas en la cofradía de Nuestra Señora de la Piedad de la iglesia de La
Merced, pues entre 1638 y 1639 comprobamos que su entonces mayordomo,
Gonzalo Arias, se veía precisado a querellarse con don Luis de Alvarado, por
248 AGN.PN. Sánchez Vadillo, Diego, Leg. 1760 (1625), fol. 1834r.
249 AAL. Cofradías, Leg. 14, Expediente 1 (1629).
250 AAL. Cofradías, Leg. 14, Expediente 2 (1929)
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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48 pesos procedentes de los corridos de tres años que pagaba por un censo
otorgado a su favor
251
. Aparte de haber ubicado información sobre el cargo
ejercido por nuestro platero de oro en esta institución, lamentablemente no
hemos podido encontrar información que proyecte luz sobre la actuación
que tuvo como mayordomo.
5.5. Pedro Negrillo reelecto mayordomo de la Hermandad del Glorioso
San Eloy
Sin embargo, ese ejercicio, ni el anterior, alcanzaron a igualar el cimero
suceso que ocurriría tres años después, esto es, el 18 de junio de 1628. En
esta fecha, por segunda vez, los hermanos 24 de la Hermandad del Glorioso
San Eloy, eligieron a Pedro Negrillo como uno de los dos mayordomos que
por entonces la regían
252
, siguiendo la costumbre de sus pares de la ciudad
de Sevilla y la villa y corte de Madrid
253
. En el desempeño del citado cargo,
tocó a Pedro Negrillo atender en particular los asuntos concernientes
a su especialización profesional; mientras que al otro mayordomo
plausiblemente Mateo Obregón le correspondía ocuparse de los asuntos
relativos a la especialidad de plateros de plata y mazonería. Decimos
en particular, porque en general se trataba de una tarea a dos, como
se verá un poco más adelante. Esta elección conrmó su alto grado de
representación profesional, y fue el corolario de una larga andadura a la
vera del Rímac; tarea en la que se ejercitó hasta el año de 1631, y no era
fácil, como incluso se ponía en evidencia al celebrarse elecciones internas.
En 1630, nuestro personaje dejando notar su contrariedad a este respecto,
llegó a señalar que en tales ocasiones, “se ha seguido muchas confusiones y
alborotos, perdiéndose el respecto
254
. Tres años más tarde, al conformarse
y aprobarse las ordenanzas del gremio en 1633, hubo necesidad, por
decreto del ayuntamiento, que en las comentadas elecciones “se halle uno
de los alcaldes ordinarios o eles executores, y que sea por ante el escribano
deste cabildo, pena de çinquenta pesos…
255
.
251 AAL. Cofradías, Leg. 14, Expediente 3 (1636-1638).
252 Este número sería formalmente establecido en 1633, al instituirse el gremio, en la Ordenanza
2da., ya con el nombre de alcaldes probadores, elegidos entre los maestros de tienda en la víspera
del año nuevo. Las reformadoras de 1778, aprobadas durante el gobierno de Manuel Guirior, que
modican la composición del cuadro directivo, establecen la elección de un mayordomo, dos
alcaldes veedores -uno de oro y otro de plata- y cuatro diputados examinadores. Véase Quiroz
Chueca, Francisco y Gerardo: Las Ordenanzas de gremios de Lima (siglos XVI-XVIII). Lima: Historia.
Serie documental/1., 1986, pp. 150 y 154.
253 AGN.PN. Torres de la Cámara, Bartolomé de, Leg. 1892 (1629), fol. 442v.
254 Esteras-Gutiérrez, Ob.cit., pág.12.
255 Quiroz, Francisco-Gerardo: Las Ordenanzas de gremios de Lima (s.XVI-XVIII), Lima: ARTE
387
De la mayordomía de Pedro Negrillo en la cofradía de San Eloy ha sido
posible espigar varias actuaciones. La primera, en el campo administrativo,
es del año 1629, como poderdante de Fernando Sotomayor, procurador
del número de la Real Audiencia; para que “represente a la hermandad en
cualesquier causas civiles y criminales, eclesiásticas o seglares promovidas
por ella o contra ella
256
.
En cuanto se reere las otras gestiones, merece la pena resaltar, también
en 1629, la ornamentación de la capilla de su patrón. El 3 de marzo,
Pedro Negrillo y Mateo de Obregón, haciéndose reconocer públicamente
como plateros y mayordomos de la ‘Hermandad’ del Glorioso San Eloy,
concertaron con el pintor y a demás factor el hispalense Agustín de
Sojo, la pintura y el dorado de la capilla de su titular en el repetido convento
de San Agustín. Como señala el concierto, Sojo se obligó “de pintar y dorar
toda la capilla que la dicha hermandad tiene en el dicho convento donde
está el altar del glorioso santo; ansí la techumbre de la bóveda della, como
los arcos y pilares hasta el lugar que se señalare por los dichos mayordomos,
ques donde an de llegar los azulejos con que se ha de adornar la dicha
capilla; y en los huecos della E de poner sus guras de ángeles con insignias
en las manos, ssegún i en la manera que entre mi y los dichos maiordomos
es tratado; y en quanto a los tres arcos que tiene la dicha capilla, que hacen
cuatro con el hueco della, e de poner E ellos tarjas doradas con santos, los
que me pidieren…y estofado de trecho a trecho…[Y se] obligó a dar hecha
y acabada … para el día del señor San Fráncico, cuatro de octubre que
vendrá de este presente año…[por] mil y cien pesos de a ocho reales…
257
.
La siguiente, es del 13 de agosto de 1630, fecha en la cual Pedro Negrillo,
esta vez en compañía de Benito de Pereira y A ntonio Ruiz Barragán,
piden al prior y denidores del convento de San Agustín que convoquen
a capítulo y traten y resuelvan el tema de la inclusión institucional de
una Capitulación que formalice un punto sorprendentemente dejado de
lado desde los tiempos de la fundación, vale decir, el acompañamiento de
los religiosos en las honras fúnebres de los hermanos de San Eloy. Hasta
entonces, cierto era que los padres solían hacerlo de manera voluntaria,
por lo que en todas las oportunidades los hermanos expresaban su
reconocimiento a la orden; sin embargo, era menester que el antiguo
ritual de acompañar el cortejo fúnebre por ocho sacerdotes, tratándose de
diseño gráco, 1986, pág. 151.
256 AGN.PN. Torres de la Cámara, Bartolomé de, Leg. 1892 (1629), fols. 349v.-350v.
257 San Cristóbal, Antonio: 1985, pág.135.
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cualquier hermano o su mujer, o de doce si el fallecido era el mayordomo
o su mujer, quedara formalizado por escrito. Fruto de esta iniciativa, el
capítulo aprobó la petición, que además fue asentada en el Libro de
Constituciones, aunque todo esto supuso concesiones comprensibles a la
orden agustina. En adelante sus religiosos tendrían que acompañar a los
hermanos de San Eloy en tales ocasiones, pero éstos se obligaban a celebrar
las misas rezadas por las almas de los hermanos difuntos en el referido
monasterio, las mismas que además deberían ser cantadas en la octava de
Todos los Santos, mediando el abono de 18 pesos de limosna a favor del
monasterio. Con los anotado, los religiosos se comprometieron a celebrar
otras doce misas por los bienhechores vivos y difuntos de la hermandad,
mediando también la entrega de una limosna al padre prior o a la persona
que para tal efecto estuviera designada
258
. Este mismo año, por supuesto
que nuestro personaje debió ser central en la organización de la corrida
de toros que su corporación realizó en celebración del nacimiento del
Príncipe de Asturias, Baltasar Carlos (que vino al mundo el 17 de octubre
del año anterior), hijo del monarca Felipe IV e Isabel de Borbón. La corrida,
sin embargo, programada para el 24 de setiembre, debió suspenderse al
producirse un fuerte temblor que remeció a la ciudad. Esta, nalmente se
llevó a cabo el 16 de diciembre por todo lo alto, con gran concurso de gente
y regocijo, y en la que se obsequiaron valiosos regalos, como lo trató el
diarista Suardo, “por ser digno de ser conocido.
Los plateros colocaron letreros anunciando la jornada, cuajada de
obsequios, caso todos de plata y oro, otorgados en consideración al
estamento social de los concursantes y la habilidad que cada quien
demostraría en la jornada. Se trataba de premiar las “mexores suertes. Así
establecido, el caballero que diera la mejor lanzada al toro se haría acreedor
de una pieza de agua con su salvilla dorada y esmaltada, y al caballero que
mejores maniobras hiciere a caballo, se le entregaría un bernegal de plata
blanca grande.
Los caballeros rejoneadores que mejor faena lograra realizar, tendrían
derecho a uno de siete premios que se ofrecían, por orden de mérito,
así, una pieza de agua con salvilla dorada, una canastilla de plata, dos
candeleros con platillos, dos candeleros con platillos y dos piezas más de
agua, blanca. A los caballeros que se mostrasen como mejores jinetes, se
harían acreedores de uno de los tres premios que ofrecían, por orden de
258 AGN.PN. Valenzuela, Juan de Leg. 1951 (1628-1630), fols. 318r.-321v.
389
mérito: al que mejor corriere y más airoso anduviere por la Plaza, una pieza
de agua blanca acastañada; a los que le siguieren una pieza de agua con pie
y una tembladera con asas. A los caballeros más galanes, una taza dorada
de plata, y con el mismo criterio dos candeleros con platillos y una pieza de
agua de pie. Por último, al caballero que con más desaire corriere, se le daría
una higa de cristal guarnecida de oro. De otro lado, por lo que hace a la
gente de a pie. Las personas que en rejoncillo matare al toro, recibirían uno
de los cuatro pomos de plata que se pusieron en juego. A los que hicieren
las mejores suertes con el toro uno de los doce galardones que ofrecían, con
condición que si alguno “dexarretare” al animal perdería el premio. Para
evaluar el mérito de cada concursante procedieron a nombrar tres jueces,
que lo fueron los señores Diego de Carbajal, a la sazón correo mayor del
reino; don Francisco Mesía y don Bartolomé de Osnayo, que ociaban de
contadores de la Caja Real.
La corrida se realizó el día que señalamos, a partir de las 6 de la tarde,
con los premios a vista de toda la concurrencia. Antes de entrar los toros a
la Plaza Mayor, se entregaron como obsequios a los señores condes y a los
señores visitadores y de la Real Audiencia rejoncillos dorados y plateados
con banderillas. El diarista Suardo relata que fueron muchos los caballeros
que salieron a la plaza en pos de los premios y el aplauso de los espectadores;
y que para más regocijo aun de la esta, los plateros sacaron cuatro llamas
con dominguejos encima
259
. Esta esta fue muy celebrada en Lima, a tal punto
que don Rodrigo de Carvajal y Robles hizo una relación escrita en silvas
260
.
La última referencia al desempeño como mayordomo de Pedro Negrillo,
la espigamos el 27 de julio de 1631, fecha en cual él y Benito Pereira,
mayordomos de la cofradía Sant Eloy de los plateros”; y Antonio Ruiz
Barragán, como “administrador de los bienes de los huérfanos de la dicha
cofradía, venden al capitán Manuel Rodríguez, un negro esclavo nombrado
Domingo, de casta bran y 33 años, en cuantía de 400 pesos de a 8 reales.
Esta ‘pieza de ébano’ fue entregada al comprador en la cárcel pública donde
Domingo se encontraba preso por haber huido; Rodríguez, por su parte,
se comprometió pagar su importe el día primero de octubre de ese año,
como en efecto ocurrió
261
. Esta venta traduce el celo de las autoridades de
la cofradía de San Eloy en proteger a los niños cuyos padres, maestros o
bien ociales plateros, habían dejado de existir dejándolos desprotegidos.
259 Suardo, Ob.cit., págs.59-61.
260 Carvajal y Robles, Rodrigo: Fiestas en Lima por el nacimiento del Príncipe Baltazar Carlos: Lima,
1632, Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1950. Existen ejemplares en la BNP.
261 AGN.PN. Aldana, Cristóbal de, Leg.8 (1630-1631), fols.373r-374v.
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Cumplían con ello la labor de asistencia social que constituía uno
de los nes de su corporación. Torre Revello adelantó en 1932, que esta
atención también comprendía la dispensada a las viudas y los familiares
en situación de necesidad material; las visitas y limosnas entregadas a los
hermanos enfermos; la dotación de huérfanas y otros actos de caridad cuyos
beneciarios eran personas no siempre vinculadas a dicha cofradía
262
.
VI. EL ÓBITO DEL PLATERO DE ORO
6.1. El buen morir
En un apartado anterior, dimos cuenta sobre las últimas actuaciones
comerciales de Pedro Negrillo, comprendidas en el arco temporal que va
del 5 de febrero de 1632, en que el sedero Pedro de Reina se comprometió
con él por 1600 pesos en razón de la adquisición de unas joyas
263
, y el
11 de marzo, en que nuestro personaje conere un poder al capitán
Joan de Hermua, que se embarcaba rumbo a Chile, y a Joan de Minaya,
residente en ese lugar; para que en su nombre y en la vía que fuese más
conveniente, cobren la cantidad de pesos que por esas partes le debían
264
.
Sostuvimos que a partir de esta fecha, y en medio de una intensa actividad,
no volvemos a encontrarlo en los documentos, lo cual nos lleva a pensar
que con posterioridad a esta última fecha, Pedro Negrillo cayó súbitamente
enfermo.
En efecto, el próximo enlace sólo lo encontramos el día 12 de abril de
1632, postrado en cama, dictando su testamento ante el escribano Juan
de Valenzuela y cinco testigos que lo solemnizaron, a saber: Gerónimo de
Castro, Miguel Gerónimo de Loayza, Francisco Cevallos, el bachiller Pedro
Sánchez y Jacinto Jiménez. Se trataba de nuevas amistades del artíce, todas
hechas en Lima; los dos últimos acreedores suyos en pequeñas sumas,
esto es 50 y 80 pesos, respectivamente. Negrillo no otorgó un testamento
cerrado, el número de testigos cinco en vez de siete, para validar este
último, según establecía el antiguo derecho castellano y la conanza que
tenía en su esposa y albaceas lo hicieron innecesario. Al testar, el platero de
oro alcanzó a poner su nombre y rma, aún claros.
262 Torre Ravello, Ob.cit., pág.20.
263 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg. 1960 (1632), fol. 248r.
264 Ibídem, fol. 511r.
391
Al examinar las disposiciones contenidas en las últimas voluntades del
maeso matritense, pronto advertimos el natural interés suyo por consignar
los datos esenciales de su vida y su familia, pero, como también es lógico
comprender en función de su actividad, se concentró de manera particular
y hasta con afán puntilloso, en señalar cuanto estaba relacionado con sus
deudas y acreencias; posible debido a que aún conservaba la mente lúcida,
como que ese trance declaró estar plenamente “en mi memoria, juicio y
entendimiento natural”.
El testamento del artíce contiene una lista bastante detallada de sus
débitos y acreencias, tanto como el número y nombre de las personas
relacionadas a éstos. En cuanto a los débitos se trata, en treinta ítems
menciona a otras tantas personas, a quienes debía unos 16876 pesos;
cantidad expresiva de la cota que habían alcanzado sus transacciones,
aunque no corresponden a los niveles de un acaudalado mercader perulero.
En cuanto se reere especícamente a las personas, se advierte que se
trata en buena parte de miembros prominentes de la sociedad limeña;
entre ellos, el capitán Diego de Agüero ya difunto; don Alonso de
Mendoza; el presentado fray Lázaro Velázquez; el tesorero Martín de
Urdanis; el licenciado don Fernando de Saavedra, alcalde del crimen
de la Real Audiencia; su compadre el tesorero Juan Martínez de Uceda;
doña Magdalena de Bustamante, viuda de Juan de Sarria; don Gregorio
Barreto; don Antonio Enríquez; su compadre también y banquero, Juan
de la Cueva; doña Feliciana de Arroyo; doña Flujencia de Lugo, y don
Francisco de Gutiérrez Flores
265
. Esto es perfectamente compresible,
si tenemos presente que desde la primera hora en el Perú, gente de los
estamentos superiores incursionaron en la actividad comercial, no sólo de
joyas, y como algunos en el presente caso, como factores o encomenderos
de Pedro Negrillo.
Por lo que respecta a las acreencias, el valor de las mismas resulta
ostensiblemente menor, 7656 pesos. No obstante, es necesario tener
presente que, como él mismo arma, tenía además “quentas con otras
personas, por quenta de libro i en otras memorias de que me deben
cantidad de pesos...
266
; y también, no cabe olvidar que sus adeudos
suponen no sólo en cuanto se relaciona a la comercialización de joyería
que recibía en consignación, o en compra a plazos, la existencia de un
porcentaje adicional a su favor.
265 Ibídem, fols. 861v-864r.
266 Ibídem, fols. 864r-866v.
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El testamento, por otro lado, es indicativo del alcance que tuvieron
sus operaciones en el mercado interno colonial; pero también prueba
que, incluso, particularmente en los últimos años de su actividad llegó a
realizar operaciones directamente en Sevilla, más en condición de agente,
como bien traduce su relación con Miguel de Salcedo Reynalte, y el suegro
de éste, Cristóbal de Sarabia. Declara, en efecto en una de sus cláusulas
dispositivas, que: “debo a Miguel de Zalzedo rreinalte, vecino de Sevilla y
a su suegro Xpoual de sarauia, mill pesos de a ocho, poco más o menos; y
para que se sepa la cantidad cierta, rremitirán La quenta de lo que me [h]
an enviado y de lo que les [h]e dado. Y si paresçiere deberles más cantidad
de los ocho mill pesos mando se les pague...
267
.
En cuanto a los otros bienes del orfebre, el testamento recoge “las
mejoras de las casas en que [vivía] i otras accesorias a Ellas... Una de las
casas [propiedad] de los niños huérfanos, y la otra de las cárceles..., datos
antes anotados; no así que el artíce dio poder expreso a doña Eugenia
Angelino para que haga el nombramiento sucesorio de por vidas y todo lo
demás que conviniese a este respecto; lo cual quiere signicar que ni uno ni
otro desearon desprenderse denitivamente de estas propiedades.
Con las mejoras, asimismo, aparece escrita la manda que se haga
inventario de los esclavos, perlas, joyas, plata labrada y menaje que el
testador tenía reunidos en su casa; tarea para la cual designó al padre fray
Gabriel de Velázquez
268
. Quedan por otro lado, señalados los lienzos y
demás objetos artísticos que poseía y se lucían en los diferentes ambientes
de su holgada casa. En cuanto se reere especícamente a las pinturas,
no consideró sin embargo la conveniencia de hacer mayores precisiones
acerca de sus autorías, ni siquiera en atención a que en algunos casos, de
hecho habían salido de la paleta de su suegro, el destacado pintor Angelino
Medoro, vuelto a España en 1620. De hecho, lo era por lo menos el cuadro
del Buen Pastor, que su esposa tanto estimó y conservó hasta el día de su
muerte.
Referido todo esto, por último, nombra a sus universales herederos:
doña María Negrillo, doña Josefa Negrillo, doña Juana de Meneses, Alonso
Negrillo, doña Apolonia Negrillo, doña Jacoba Negrillo, doña Eugenia
Negrillo y Pedro Negrillo, todos, como bien dice, “mis hixos i de la dicha
mi mujer; para que [h]ayan los dichos mis bienes i haçiendas, deudas,
267 Ibídem, fol. 863v.
268 Ibídem, fols. 866r-866v.
393
derechos y açiones..., con la bendición de Dios i mía.... Deja, como queda
dicho, a doña Eugenia Angelino, al tesorero Juan Martínez de Uceda, a
Juan de la Cueva, “mis compadres, y Antonio Ruiz Barragán, como sus
albaceas; quienes al entrar en poder de sus bienes debían de proceder a
venderlos en pública almoneda o fuera de ella, y de su valor hacer que se
cumplan sus disposiciones de última voluntad.
Con lo anterior, en mérito al amor tan grande que declara había profesado
a sus cuatro albaceas, particularmente a su esposa, ruega que hagan todo el
bien necesario por la salvación de su alma y, por cierto con conmovedora
ternura, que se acuerden de sus hijos; para lo cual, incluso pide a una íntima
amiga del matrimonio, doña Mariana de Valverde, que haga buenas obras
por sus hijas, en atención a que él había favorecido repetidamente a doña
Paula de Valverde, hermana de aquella, a quien, además, perdona mucha
cantidad de pesos que todavía le debía.
Finalmente, se dirige a su esposa, a quien agradece, por el amor, voluntad
y satisfacción que le ha dado a manos llenas, y, como no podía ser diferente,
la nombra tutora y curadora de sus hijos
269
.
Desafortunadamente, al día siguiente la salud de Pedro Negrillo se
agravó irreversiblemente, y falleció. En el diario que el conde de Chinchón
encargó escribir al otrora doctrinero en los Chocorbos, Juan Antonio
Suardo desde 1629, éste insertó una expresiva nota necrológica, dando
cuenta que el día 13 de abril,
Murió Pedro Negrillo, platero de oro, perssona muy bien recivida en
esta república; dicen que dejó más hijas que hacienda y que es más lo
que deve que lo que se entiende tenía
270
.
Dejando a un lado los rumores, si hacemos un cruce de datos basados
en sus propias declaraciones, al ocurrir su deceso tenía 42 años de edad,
vividos casi por partes iguales entre el solar matritense en que vino al
mundo y la ciudad de Lima, el ambiente de sus más grandes realizaciones
personales y profesionales.
Tras fallecer, a pedido de su esposa, el escribano público Juan de
Valenzuela concurrió a la casa del platero de oro, a los efectos de dar fe
269 Ibídem, fols.866v-867v.
270 Suardo, Juan Antonio: Diario de Lima (1629 - 1634), Lima: Concejo Provincial de Lima, 1935,
pág.177.
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notarial de su muerte; diligencia en la cual comprobó, que “vio muerto a
lo que parecía Pedro Negrillo, y como tal estaba amortajado en las casas de
su morada con el habito de Nuestra Señora de las Mercedes…, en catorce
días del mes de abril año de mil y seiscientos y treinta y dos. El procurador
de la audiencia Josephe de Cobos y Pedro Bastante -éste, tal vez pariente
de un colega suyo, el platero de oro, Rodrigo Bastante-, actuaron como
testigos
271
.
6.2. La viuda doña Eugenia Angelino, albacea y tenedora de los bienes de su
extinto esposo
Doña Eugenia Angelino quedó expresamente designada por su fallecido
esposo como la albacea, tenedora de sus bienes y tutora y curadora de sus
hijos; y sus compadres el tesorero Juan Martínez de Uceda y el banquero
Juan de la Cueva, así como el arquitecto Juan Martínez de Arrona como sus
albaceas y tenedores de bienes.
Como es lógico suponer, la primera tarea que asumieron estas personas
fue cumplir con las disposiciones espirituales del extinto. En consecuencia,
hubo que considerar una de dos opciones: sepultarlo en la bóveda de la
capilla de la cofradía de Nuestra Señora de la Piedad en el convento de La
Merced, de la que era hermano 24 y su mayordomo, estando acabada; o en su
defecto, en el inter, depositar su cuerpo en la bóveda que correspondía a los
religiosos del mencionado convento. Al señalar esto, no deja de sorprender
que Pedro Negrillo no haya dispuesto ser sepultado en la bóveda que los
plateros poseían en la capilla de San Eloy en la iglesia de San Agustín, ni
siquiera de manera provisional. Es muy probable que la devoción mariana
profesada por el artíce, patente en el preámbulo de su testamento, o mejor
que ello, en el número de los cuadros que poseyó sobre este tema, y por
sobre todo, el hecho de que su hermano, el padre maestro Gabriel Negrillo,
tan ligado a él, incluso en los negocios, fuera religioso mercedario, pesaron
grandemente en aquella íntima elección; por no dejar de mencionar que
él mismo, por otro lado, tuvo una relación muy cercana con la Orden de
Nuestra Señora de las Mercedes.
Cumpliendo con su entera voluntad, Pedro Negrillo fue llevado a
enterrar en la mejor forma posible, diríase que hasta con pompa, en
correspondencia con la estimación social que disfrutó en vida, como
queda plenamente demostrado a lo largo de nuestra exposición. En tanto
271 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg.1960 (1632), fol.861r
395
que había dejado a la elección de sus albaceas la forma en que se lleven
a cabo los actos, hubo acuerdo en contratar los servicios fúnebres de la
Santa Iglesia Catedral, que en virtud de esta decisión puso la cruz alta,
cura, sacristán, la capa, las dos posas, seis acompañantes, doce menores y
los dobles de campanas que anunciaron públicamente la salida del cortejo
fúnebre de su casa; servicios por los que, claro está, se dio limosna
272
. Por su
parte, Bartolomé Cívico, notario de Lima, en tanto que mayordomo de los
bienes de los Niños Huérfanos, envió otros doce niños, cuya participación
también se satiszo
273
. Las exequias constaron de velatorio y seguimiento
del cortejo fúnebre en los que se quemaron cincuentaitrés libras de cera
labrada, proporcionadas por el cerero Sebastián de Valladolid
274
; asimismo,
la celebración de una misa cantada de cuerpo presente en sufragio de su
alma, correspondiendo al deseo ferviente del testador de poner su alma “en
carrera de salvación”; razón por la que, además, las honras se extendieron
a la celebración de otras cien misas adicionales, fuera de cumplirse con la
misma intención intercesora, con las mandas forzosas que dejó ordenadas,
a razón de seis pesos por cada beneciario. Si las Constituciones de la
Hermandad de San Eloy de 1622 se cumplieron, debieron asimismo
acompañarlo todos los hermanos plateros vinculados a esta institución
portando “diez y seis cirios, y haber contribuido con un peso cada uno
para la celebración de la misa por su ánima en la iglesia del convento de
San Agustín; sin olvidar honrar el compromiso de ayudar a la viuda en caso
de necesidad
275
.
Desde el 10 de mayo, y a lo largo de todo el primer año, ubicamos sobre
todo a la viuda doña Eugenia Angelino realizando un signicativo número
de gestiones encaminadas, principalmente, a la liquidación de sus deudas.
No hablamos por supuesto de un período cronológicamente riguroso. Este
día, en efecto, la hija del pintor compareció ante el gobernador y alcalde
ordinario don Gabriel de Acuña para hacer una petición, con el n de que,
anteponiendo su autoridad y decreto real, le concediese licencia para que
272 En cumplimiento de esta manda, el 20 de abril de 1632, el banquero Juan de la Cueva dio al
licenciado Bernardo de Paz, colector de la Catedral, 61 patacones y 2 reales de a 8 el peso. AGN.PN.
Valenzuela, Juan, Leg. 1963 (1632-1633), fol.356.
273 El 8 de julio del mismo año, Cívico confesó haber recibido de la viuda Eugenia Angelino, por
mano del presentado fray Lázaro Velázquez, 12 pesos por tales conceptos. Ibídem, fol 363v.
274 El 23 de diciembre del mismo año, el cerero Salvador de Valladolid, depuso haber recibido de la
viuda Eugenia Angelino, por mano del contador Juan Martínez de Uceda, 93 pesos de a 8 reales por
las velas y hachones que proporcionó. Ibídem, fol.366r.
275 La transcripción del documento en Torre Revello, Ob. cit., Apéndices documentales, N° 8, págs.
XX y XXI.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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396
pueda llevarse a cabo el inventario de los bienes dejados por su marido. A
lo hizo Acuña, cometiendo dicha actuación al escribano Juan de Valenzuela,
quien, por su parte, sin esperar más, procedió a hacerlo el mismo día, en
presencia del tesorero Juan Martínez de Uceda.
El escribano sistematizó el registro de los bienes considerados más
estimables; y gran lástima, porque, por un lado, ese hecho no permite
enterarnos de todo cuanto exactamente tuvo; y, por otro lado, nos impide
reconstruir particularmente la disposición de los bienes artísticos que se
lucían en cada uno de los ambientes de su casa; para comprender mejor
la función social asignada a los mismos, sobre la base de su iconografía y
signicado simbólico. Juan de Valenzuela registró:
Propiedades: dos casas con tres puertas a la calle “de por 5 vidas” en la
calle de los Plateros; una propiedad de las Cárceles y la otra de los Niños
Huérfanos.
El mobiliario: un escaparate de madera de tres varas de alto, una cuja
blanca de madera, una tinajera de madera, una alacena de madera, seis
sillas grandes de madera, un bufete grande de madera, una silla de manos
literilla, una caja de China grande, un escritorio viejo de Quito, otro más
pequeño dorado, un tapete grande de Cajamarca, otro pequeño viejo
cairino, cinco taburetes bordados (dos en terciopelo y tres en baqueta) y
dos bufetillos pequeños.
La platería de su servicio: una fuente blanca grande de plata que parecía
haber sido dorada, un platero de plata blanca grande y hondo y dos limetas
blancas de plata, dos candeleros de plata deshermanados, un jarro de plata
de pico, un salero de plata dorado de dos piezas, dos vinagreras de plata
dorada, una cuchara de plata agujereada para espumar, un tenedor de plata,
una olla de plata con dos asas y su tapadera, otra ollita de plata de una asa,
una tasa dorada alta de pie de plata, y un coco para chocolate guarnecido
de plata dorada con su tapadera. Todo esto pesó setenta y cuatro marcos y
siete onzas y media.
Prendas de vestir (sólo las suyas): un vestido de hombre de damasquillo,
traído, calzón y ropilla, dos ferreruelos, uno de paño y otro de marana [sic];
un armador de cordobán de Ciudad Real, un vestido de hombre de tafetán
cabellado, traído, guarnecido de negro; un calzón y ropilla de lana leonada
cuajado de negro, un habitillo de chamelote noguerado con ores verdes con
tres guarniciones de oro, un habitillo encuellado de chaul de China y una
397
guarnición de oro, una ropilla de chamelote pardo con ores nogueradas y
tres guarniciones/de seda, un faldellín de damasco carmesí con dieciocho
guarniciones de oro, y cuatro camisas nuevas de hombre de Ruan.
Ajuar de cama: una sobrecama de terciopelo azul bordada de china de oro.
Armas: una espada negra y un arcabuz con sus frascos.
Obras de arte: un cuadro del Buen Pastor de tres varas de largo, otro
cuadro de San Joaquín y Nuestra Señora de tres varas, otro cuadro de la
Manzana de la Discordia de tres varas de largo, Doce emperadores de vara
y cuarta, dos cuadros de galeras y navíos al olio, quince cuadros de frutas,
siete cuadros de Ermitaños de vara y cuarta, otros dos del mismo tamaño
de Saúl y Judith, un San Sebastián de tres varas, una imagen de la Nuestra
Señora de la Antigua de dos varas, un San Miguel de vara y tres cuartos,
dos cuadros de Nuestras Señora de poco más de a una vara, un Templo
de David de los varas, dos cuadros del Nacimiento y San Juan Bautista de
vara y media, otra imagen de Nuestra Señora y unos Niños, doce vitelas de
pájaros, otras seis vitelas chicas de pájaros pequeños, una vitela grande de
papagayos, doce paisillos pequeños, dos láminas juntas de San Josephe y
de Nuestra Señora, ocho láminas pequeñas con guarnición de peral, cuatro
láminas con guarnición del Baño de unos Niños, un cuadro de Felipe
Segundo viejo, un Alabado de una vara, seis paños pintados de pájaros de
Flandes para colgar viejos, tres mapas, un Cristo crucicado de bulto, y
nalmente dos relicarios del baño e iluminaciones.
Joyas: veinte pares de sarcillos de cristal, seis pares de sarcillos de
esmeraldas nas, dos pares de sarcillos de perlas, dos rocas de perlas netas,
un presita de perlas, tres cintillos de oro el uno de perlas y los dos de clavetes.
Herramientas de joyero: cinco cajones de platero y un banco de tirar.
Y, por último,
Esclavos: seis piezas de esclavos negros, dos negras grandes, la una
llamada Leonor, la otra María; un negro nombrado Juan bañón, y otro
Pedro fulupo, una negrita criolla de once años llamada Felipa y otra María
fulupa de catorce años, otro negro llamado Pablo criollo, un mulatillo de
doce años, que era Juan, y por último un negrito de un año
276
.
276 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg.1963 (1633), fols. 347r-350v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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398
Realizado este inventario, doña Eugenia Angelino declaró no haber
quedado más bienes que los registrados, y que cuando aparecieren otros, lo
pondría en conocimiento de las autoridades para proceder a hacer lo mismo,
quedando comprometida bajo juramento. La viuda debía conservar todos
estos bienes en su poder para dar cuenta cada vez que la autoridad se lo
pidiese. Como garantía de ello, debió obligar su persona y bienes y otorgar
poder a los jueces de cualquier parte y a los alcaldes de corte, además de
renunciar a todas las leyes y derechos que concurrieran en su favor.
Las exigencias hechas a la acongojada viuda tenían sobrados motivos.
Las acreencias del malogrado platero de oro, mercader, correo de valores
y empresario eran considerables, contraídas tanto en el Perú como en
España. La muerte había sorprendido a Pedro Negrillo en medio de una
gran actividad. Él, como todo hombre de negocios, tenía un libro donde
registraba todas y cada una de sus operaciones, así como también diversas
memorias en que constaba con precisión la naturaleza de sus encargos o
de los que se había hecho cargo; tenía a todos sus acreedores presentes. De
todo ello hace demostración en su testamento, en el cual puso un apartado
de “deudas, sobre las cuales damos cuenta a continuación. Anotarlo, sin
embargo, no signica sostener que él fuese una suerte de sobre endeudado;
todo lo contrario, era alguien que en función de su amplia actividad estaba
comprometido a pagar por el recibo de mercaderías de ado, que una
vez que fuesen comercializadas a la vez que estaba obligado a pagar su
importe, tenía derecho a deducir sus ganancias; por eso le veremos utilizar
recurrentemente frases como: “del resto y ajusticiamiento de cuentas” o
bien “por su cuenta. Los negocios que Negrillo nos hace saber que tenía
con Miguel de Salcedo Reynalte —hijo del mercader Cristóbal de Salcedo
Reynalte, “rico y abonado, actuante también en Portobelo
277
—, quien por
sobre todo era su proveedor de mercancías y joyas desde Sevilla, nos ofrece
prueba de ello. A punto de fallecer, Negrillo sólo debía a Salcedo poco más
o menos 1000 pesos, los cuales eran el saldo de otros 8000 pesos negociados
hasta entonces.
Con estas prevenciones, debía a Pedro Díaz Colado, residente en Barranca
1600 pesos de a ocho, del resto y ajustamiento de cuentas; a don Gregorio
277 Miguel, vecino en la collación de La Magdalena en 1608, a los 26 años de edad pidió licencia
para viajar al Perú, donde antes ya había estado. Para la obtención de la licencia ofreció como ador
a su padre, el mercader Cristóbal de Salcedo Reynalte, a quien dene como queda señalado. AGI.
Contratación, 5305, N° 6.
399
Barreto otros 2200, a su compadre el tesorero Juan Martínez de Uzeda “lo
que parecerá por su quenta, a Antonio González, vecino del Callao, 880
patacones del “resto de quentas”; al convento de Nuestra Señora de las
Mercedes 440 pesos y 4 reales de a ocho por unos diamantes y camafeos
que habían sido bienes del capitán Diego de Agüero; al padre presentado
fray Lázaro Velásquez 568 patacones y 7 reales de saldo y ajustamiento de
nuestras quentas”; al padre Alonso Fuertes de Herrera de la Compañía de
Jesús 681 pesos de a ocho, resto de otros 1192 que en nombre de Martín
de Urdanis (Hurdáiz), tesorero de la Real Hacienda/de Chile, cobró de la
caja Real; a Josephe de Cobos 1150 pesos de a ocho, “de rresto de escriptura
de mayor quantía”; a Dionisio Correa 150 pesos “de rresto De la joya que
vendí del suso dicho, y otros 272 y 2 reales, “por librança de Fernando
de Alarcón a quien los debo de rresto de nuestras quentas”; al mercader
Juan de Otazo “la cantidad de pesos que parescerá por la quenta de su
libro, de lo qual se ha de escalfar un hábito que debe mi hermano y otro
Antonio Ruiz Barragán”; a Diego de Padilla “dos piessas de chau y dies i
siete varas de melinge; partida debida por su hermano”; a la viuda de Juan
de Sarria, doña Magdalena de Bustamante, 99 pesos “de quenta de unos
cristales y unos lienços”; a don Antonio Enríquez 194 patacones “de rresto
de quinientos, a Alonso González de la Carrera “lo que parecerá de rresto
de una escriptura, y a quenta he dado lo que pareçiere hauer rresiuido,
y más 14 pesos de unos juguetillos que se le an hecho, 12 pesos “de la
hechura de un rrosario, y más otros 20 pesos “de la crus del rrosario que
se aderezó esta semana santa”; a Juan Navarro 48 pesos y 2 reales, 20 de
los cuales debía pagar “mi hermano”; a Antonio de Rosas 225 pesos de a
ocho, “de nueue honças de perlas vendidas a Veinte Y çinco pesos”; a Juan
de San Millán “de rresto de todas quentas” indicado en “una memoria que
le tengo dada escrita e rmada de mi letra y mano, proçedida de las joyas
de Roberto Corbete. Esta incluía, además, “tres sortixas nas” que estaban
en poder de Negrillo y por las que se había de dar 42 pesos “por todas tres”;
el resto eran “falzas, que también se encontraban en su tienda y él, como
perito que fue, estimó cada una en 7 pesos.
Debía también a Miguel de Salcedo Reynalte hijo de Cristóbal,
“vezino de Sevilla i a su suegro Xpoual de Sarabia” 1000 pesos, “poco
más o menos, sobre lo cual añadía: “para que se sepa la Cantidad cierta
rremitirán La quenta de lo que me an enviado y de lo que les E dado; y si
pareçiere deberles más cantidad de los ocho mil pesos mando de le pague.
A Juan de la Cueva, el banquero, “lo que pareserá por su quenta, aunque,
por su parte, este le debía “fuera de quentas” 10 pesos “de oro de Carabaia
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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400
que se lo troqué al dicho oro en un cabrestillo que me dio; y el que io di
en trueque pesó diez pesos más. Además de estos, 39 pesos y medio de a
ocho “que le di en Reales en mi caxón, para acabar de pagar la bandilla que
compró Doña Felisiana de Arroyo. Con estos, asimismo, otros 135 marcos
de rremas, sacados de la Caja Real “de mi quenta para quintar el brasero
del Señor marqués de Guadalcázar (Virrey del Perú entre 1622 y 1629).
Juan de la Cueva, por su parte, le debía también por doña Flujencia de
Lugo 473 patacones y 4 reales, “por las cosas contenidas en una memoria
questá entre mis papeles, y dellos se an de escalfar trese pesos y dos rreales.
Negrillo, adeudaba igualmente al licenciado Pedro Sánchez 51 patacones,
a Asunción de Allende 140 patacones “o lo que pareçiere por su quenta, a
Miguel de Losegui 53 pesos y 3 reales “de rresto de quentas. Por otro lado,
declaraba que tenía en su poder “de quenta de don Francisco Gutiérrez
Flores un collarito de perlas que pesa nueue o diez pesos de oro”; pero
este mismo por su parte estaba obligado con él en cuantía de 25 pesos “de
rresto de una joya. Asimismo, tenía en su poder aunque perteneciente
a Antonio Ramírez Pallón, “un sintillo de rubíes que está en mi caxón y
más un cabestrillo de diamantes que aunque tenía cien piesas e quitado
diez y ocho, que valen quarenta i cinco patacones los diamantes y más
el oro que pesaren Las dichas diez Y ocho piezas. Debía cumplir con el
platero Lorenzo Carmones con 50 pesos “por el rresto de çien pesos que
abía mandado de limosna a una huérfana con quien el suso dicho se casó.
Por igual, con el padre fray Pedro Valdés, lo que señalare el padre maestro
fray Gabriel Negrillo, su hermano. Y, nalmente, deponía que diferentes
personas le habían dado “algunas joyas para aderezar y vender, de lo qual
mi hermano y el padre presentado/fray lásaro velasques y mi muger tienen
memoria
278
. Tras ofrecer relación de sus débitos, el platero señalaba cuanto
se le debía:
La lista la presidía el padre Francisco de Figueroa de la Compañía de
Jesús, 200 pesos de a ocho, según una memoria conservada por su hermano
Gabriel, “que es de rresto de unas joias”; el doctor don Agustín de Mendoza,
377 patacones y 6 reales “de nuestra/quenta a la qual me rremito”; Pedro
de Prados 65 pesos y 5reales “de rresto de nuestra quenta”; Juan Barragán,
el platero, 3 marcos de plata blanca; el doctor Tomás de Avendaño, 251
patacones “de rresto de nuestra quenta, y aunque éste no recordaba haber
recibido “una sortixa de un diamante, avaluada en 25 patacones, apelaba a
su conciencia; Pedro Jarana, 240 patacones “de rresto de quentas”; Andrés
278 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg. 1960 (1632), fols. 861r.-864r.
401
Martínez de Amileta debía ajustar con sus apoderados una cuenta que
tenían pendiente; Luis de San Martín, 275 pesos “de rresto de nuestras
quentas”; doña María de Santillán, 40 patacones “de rresto de un zintillo”;
don Luis Fernández de Córdoba (hijo), alguacil mayor de corte, 70 reales,
por tres dosenas i media de/botones de bronce dorados”; Francisco de
Montemayor, 20 pesos; el contador Juan de Arriola Peña Nieto y Agustín
Cordero, 1000 pesos “por un vale que está en poder de ni mujer”; San Juan
de Hermua, 800 pesos de a ocho, “por sentencia ante Juan del Barco, el
maese de campo don Diego de Flores, 500 pesos; don Juan de Espinosa,
alguacil mayor del Santo Ocio, 685 pesos y 4 reales “como parese por la
quenta que está en poder de mi hermano”; don Fernando Altamirano, 564
pesos “de rresto de quentas…que dize me pagará para esta armada; Andrés
Pérez de Castro, 150 “pares de almendras de cristal blancas que llevó para
vender al cuzco, como parese por carta suya; Luis Delgadillo, 572 pesos
de rresto de escriptura de mayor quantía que le rremití en mi nombre
y de ellos se había de descontar 50 pesos que me envió “para conprar rruan
de cofre”; el contador Francisco López Carauantes, 16 patacones; el capitán
don Pedro de Zárate, 68 patacones; Mariana Vásquez, 14 pesos; de los
bienes de Tristán de Morales, 136 pesos; don Miguel de Almoguera, 170
patacones “como parecerá por la quenta de mi libro”; Francisco Fernández
de Figueroa, 157 patacones “de cosas que le di a el susodicho vendidas”;
Juan de Guzmán 100 pesos; el tesorero Pedro Bermúdez, 80 y tantos
pesos; Pedro Martín del Mármol, 120 patacones “de un zintillo de perlas”;
el capitán García de Tamayo, 50 pesos; María de Valverde, 32 patacones
de rresto de unas perlas”; Pedro Pinel, 36 patacones “de tres surtixas”; “el
castellano de la Punta de afuera, 80 pesos de a ocho “de un çintillo”; el
almirante Pedro Alfonso Muñoz, 20 pesos; Juan de Arabio, 200 pesos de
a ocho “que le entregué para emplear en puerto uelo. Por último indicó
que tenía cuentas con diferentes personas, como constaba en su libro y en
otras memorias, en virtud de las cuales era tanto deudor como acreedor.
El estado de éstas, agregó, las conservaban su hermano, el presentado fray
Lázaro Velásquez y doña Eugenia Angelino; a ellos pidió “que las ajusten y
cobren lo que me debieren y paguen lo que pareçiere deber”
279
.
Hechas estas indicaciones, se entiende la preocupación que mostraron
subsiguientemente sus albaceas. Así, el 29 de abril, Antonio González,
vecino del puerto del Callao, confesaba recibir de doña Eugenia, un
cintillo de oro y rubíes pequeños, o con mayor detalle 40 piezas chicas y 3
279 Ibídem, fols.864r-866r.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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402
grandes, y un cabrestillo de oro y diamantes con 82 piezas salteadas, sólo
una con diamantes y otras sin ellos
280
. Pocos días después, el 10 de mayo,
congregados en la casa del fallecido oríce, el padre maestro fray Gabriel
Negrillo y el platero Antonio Ruiz de Barragán, en representación de la
viuda, manifestaron ante el escribano su deseo de vender en almoneda
pública las herramientas, materiales y mobiliario de la tienda que en vida
tenía instalada el artista en un ambiente de su casa. Debió concitar gran
expectación este hecho, pues al enterarse, sobre todo los plateros de la
ciudad, no perdieron la oportunidad de hacerse presentes para conseguir
a precio castigado los objetos y materiales que pudieran resultarles útiles,
considerado el gran porte que tenía el obrador del orfebre. Llegado el
momento de efectuarlo, el escribano dio expresa constancia de que en
dicho acto se había congregado “mucho concurso de gente. Como era
uso, una vez abierta la puerta del obrador, por voz del pregonero Lázaro
de Carranza se ofertaron los objetos y materiales. Esta almoneda, cabe
señalar de paso, más que el inventario, constituye un estupendo alféizar
para formarnos una idea de lo que fue el obrador del platero de oro; lo bien
surtido que lo tenía, razón por la cual en Lima se lo puede considerar de
modélico. La relación de los bienes, de quiénes fueron sus compradores y a
qué precios se vendieron, es la siguiente:
Mobiliario.- Un aparador con sus vidrieras (Lorenzo Durán en 11
patacones), otro más (Rodrigo Bastante en 16 patacones), un cajón
de platero con algunas limas viejas (licenciado Cristóbal Sánchez en 50
patacones), otro cajón de platero (Rodrigo Bastante en 30 patacones), una
cajeta de rezuras (Toribio Valdés en 12 reales), otro cajón de platero (Jacinto
Jiménez en 12 patacones), un estradillo de madera (Francisco Bastante en
2 patacones), tres banquetas (Jerónimo de la Oliva en 18 reales), dos cepos
con sus tases viejos (¿? en 8 patacones), y un pedazo de palo (Manuel de
Barbosa en 2 reales).
Herramientas.- 8 docenas de limas pequeñas de platero (Rodrigo Dávila
en 4 patacones y 4 reales), 9 docenas y media de buriles (Antonio de
Elguera en 9 reales la docena), una pocas limas de platero usadas (Lorenzo
Durán en 4 patacones), 1 libra de hilo delgado de alambre (Juan Barragán
en 7 patacones y 4 reales), cuatro entenallas pequeñas, unas tijeras y 2 pares
de tenazas de punta (Rodrigo Bastante en 16 patacones) , unas tijeras y
un par de tenazas de puntal, un martillo grande (Antonio de Elguera en
280 AGN.PN. Valenzuela, Juan, Leg. 1963 (1632-1633), fol. 357v.
403
3 patacones y 4 reales), dos bruñidores y una cajetilla (Jacinto Jiménez en
20 reales); otras pocas limas viejas (Rodrigo Bastante en 12 reales), tres
docenas y media de manguillos (Rodrigo Bastante en 2 patacones), una
cajetilla de unos cinceles (Francisco Villegas en 20 reales), una embutidera
(Diego de Figueroa en 3 patacones y 4 reales), dos martillos pequeños, una
tenazuela y una lima (Jacinto Jiménez en 20 reales), un tas de aplanar y una
vigorneta y una estaca (Rodrigo Bastante en 20 patacones), unas tenazas
de tirar Leandro Carmonés en 6 patacones y 4 reales), dos pares de tenazas
grandes de mano (Francisco Rivadeneyra en 4 patacones), unas tenazas
pequeñas de tirar (Francisco de Cevallos en 2 patacones y 4 reales), dos
vigornetas y un martillo pequeño (Leandro Carmonés en 5 patacones), un
par de prensetas de madera (Francisco Cevallos en 4 patacones y 4 reales),
una bruselas (Manuel Barbosa en 8 reales), unas pocas de limas viejas (Juan
Barragán en 2 patacones). Asimismo, un molde de vaciar adquirido (Juan
Barragán en 5 patacones), tres moldes pequeños de vaciar y una caja de
arena (Lorenzo Durán en 10 patacones), tres pares de hileras, una zuñidera
(Diego de Figueroa en 3 patacones), un peso de balanza con su caja y marco
(Francisco de Cevallos en 20 patacones), una cajetilla con unas conchuelas
con esmalte (Francisco Suárez en 4 patacones), un peso de balanza (Toribio
Valdés en 4 patacones), otro pequeño con un cajoncillo y sus pesas (Lorenzo
Durán en 5 patacones), una piedra de amolar ( Francisco Rivadeneyra en
11 patacones y 4 reales), una rastra (Diego de Figueroa en 5 reales), unos
moldes de plata y de plomo (Diego de Figueroa en 15 patacones), unas
puntas con su piedra de tocar (Rodrigo Dávila en 35 patacones), 2 cajetillas
de hoja (Diego Casino en 8 reales), un cedazo pequeño (¿? En 4 reales),
un terno de pesas redondas de platero (Pedro Valdés en 3 patacones),
unas planchas de hierro (Pedro Valdés en 4 patacones), unas menudencias
(Rodrigo Bastante 2 patacones), unos fuelles con sus cañones (Lorenzo
Durán en 8 patacones), un alcribís (Rodrigo Dávila en 2 patacones), una
moledera de hierro ( Antonio Fernández en 8 reales), una redoma con
un poco de aguafuerte (Juan Barragán en 5 patacones), 6 zurrones de
tierra de chance (Toribio Valdés a 18 reales cada uno); una vela de lona
vieja y rota (Antonio de Elguera en 5 patacones). Unos fuelles pequeños
viejos (Jerónimo de Loayza en 3 patacones y medio), un banco de tirar
(Bartolomé González Bravo en 7 patacones), un taladro (Pedro González
en 4 patacones y 4 reales), cuatro pares de Bruselas (Rodrigo Cevallos en
5 patacones y 4 reales), tres pares de hileras (Jerónimo de Loayza en 4
patacones), tres pares de muelles y una rillera o rielera, un molde para
fundir rieles o barras (Eugenio Dávila en 6 patacones y 4 reales)
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Materiales y pedrería.- Unos pedazos de esmaltes (Pedro González
en 4 patacones y 4 reales), dos libras y media de esmaltes azul (Jerónimo
de Loayza a 4 reales la onza), otros pedazos de esmaltes de diferentes
colores (Francisco Muñoz en 4 patacones), dos libras y media de esmaltes
de diferentes colores (Rodrigo Dávila a 10 reales la libra), siete onzas de
esmalte verde cielo (Antonio Fernández en 20 reales onza), cuatro onzas
de esmaltes amarillo (Antonio Bejarano en 4 patacones), otro pedazo de
esmalte rojo, con 17 onzas (Leandro Carmonés en 20 reales onza), once
onzas de esmalte azul (Francisco de Rivadeneyra a 3 reales onza), 55
docenas y media de dobletes colorados y verdes para sarcillos (Bartolomé
González a 10 reales docena), 223 docenas de piedras blancas pequeñas
(Diego de Figueroa a 4 reales docena), 49 docenas de piedras coloradas
y verdes (en el Alférez Antonio Fernández a 3 reales y medio la docena),
34 docenas de piedras blancas labradas para zarcillos (Gabriel Hurtado
a 3 reales y medio docena), 68 pares de lagrimillas de cristal engastadas
en oro (¿?, a 7 reales el par), una cajetilla con unas calabacitas de vidrio
blancas para zarcillos (Pedro Valdés en 3 patacones), sesenta y seis pares
de almendras de cristal (Diego Cansino a 3 reales y medio cada par), 22
docenas de piedras jacintos con unas piedras falsas (Antonio Fernández en
12 patacones), una pedrera de madera con unos granos de perlas dentro
(Francisco de Lanchades en 23 patacones) once y ochava de perlas sueltas
(Antonio Morón en 34 patacones), 116 granos de perlas netas sueltas
(Pedro de Valdés a 5 reales y medio cada grano), 267 esmeraldas labradas
pequeñas (Pedro Valdés en 40 patacones), 9 piedras de esmeraldas grandes
(Francisco de Rivadeneyra en 75 patacones), un poco de hilo de hierro
(Licenciado Cristóbal Sánchez, presbítero, en 80 reales), una cajeta de
almoxatre (Domingo Maldonado en 8 reales), 48 libras de rezuras (Antonio
de Elguera a 3 reales libra), unos asperones y pizarras (Antonio Bejarano
en 4 patacones). Aunque el obrador de Pedro Negrillo, repetimos, estaba
muy bien proveído de herramientas y materiales, sorprende en cambio que
no poseyera ningún libro técnico. Aun así en la jornada resulta lógico que
se vendieran todos sus efectos, alcanzando la considerable suma de 1136
patacones y 7 reales; razón por la cual el notario dio por terminado el acto,
para luego proseguir con los demás bienes
281
. Efectuada esta almoneda,
el día 18 del mes que referimos, doña Eugenia Angelino decidió arrendar
la casa pequeña en que ella y su esposo habían vivido antes de adquirir la
colindante, más amplia. En presencia de Antonio Ruiz Barragán, la alquiló
al sargento mayor Francisco Gil Negrete. A este transrió la: “cassa alta
281 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1963 (1632-1633), fols. 351r-355r.
405
i baxa... en la calle de los plateros, en que vivía el dicho mi marido; por
tiempo y espacio de un año..., que ha de comenzar a correr desde primero
de junio deste año —1632—, por el precio de 450 pesos de a ocho...
282
.
Al día siguiente, la viuda reinició la cobranza de las deudas que se tenían
a su marido. Fernando de Castilla Altamirano le rmó una obligación por
547 pesos del resto de las cuentas que Pedro Negrillo había tenido con él;
el 22 del mismo mes extendió un poder cumplido al padre presentado
fray Lázaro de Velázquez, procurador de la orden de Nuestra Señora de
La Merced, al objeto que en su representación reciba del contador Joan de
Arriola Cordero y de sus bienes, 1000 pesos de a ocho reales que le debía,
aunque el plazo se cumplía recién a nales del mes de agosto
283
.
Cinco días después, el 27 de mayo, la ubicamos en otras dos diligencias.
En la primera de estas, a través de Antonio Ruiz Barragán, trajo a la Plaza
Mayor al pie de los arcos del cabildo, como se estilaba algunos objetos
de plata labrada y joyas con el propósito de rematarlos. En voz alta el mulato
pregonero Jerónimo de Guevara las ofertó a quien más diera por ellas. El
primero en entrar a la liza y pujar fue Hernando Farfán, en quien quedó
adjudicada una fuente grande de plata blanca y dorada; un platón de plata
blanca, grande y hondo; dos limetas de plata blanca; dos candelabros de
plata deshermanados, un jarro de plata de pico, un salero de plata dorado
de dos piezas, 2 vinagreras de plata dorada, una cuchara de plata agujereada
para espumar, un tenedor de plata, una olla de plata con dos asas y su
tapadera, otra olla de plata de un asa, una taza de plata dorada alta de pie,
un coco para chocolate guarnecido de plata dorada con su tapadera. Todas
estas piezas, colocadas en una balanza pesaron respetables “setenta y cuatro
marcos y siete honças y media. Se trataba, obviamente, de la platería del
servicio de la casa del artíce, y que nos habla del nivel de vida que tenía.
Vistas por los asistentes, su antiguo compañero, el citado Antonio Ruiz
Barragán se apresuró a pujar por todo, ofertando 7 patacones y 7 reales por
cada marco del lote, estimación que nadie pudo superar, razón por la cual
recibió todas las dichas pieças y las llevó en su poder”, obligándose a pagar
de inmediato su importe, ascendente a 586 pesos
284
. Tras esta operación,
doña Eugenia Angelino, esta vez en persona, vendió al mercader Gabriel
Hita, una negra nombrada Leonor, de casta biafra, de 34 años de edad, poco
más o menos, al precio de 470 pesos que vinieron a sus manos de contado
285
.
282 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1962(1632c), fols. 898r-899v.
283 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1961 (1632), fols. 79r-v, 1033r-1034v.
284 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1963 (1632 - 1633), fol. 356r-v.
285 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1961 (1632), fols. 738r-740v.
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
Revista del Archivo General de la Nación
406
Dos días después, la misma viuda apoderó al citado fray Lázaro de
Velázquez, para que demandase y recibiese las cantidades de pesos que
diversas personas habían quedado debiendo a su esposo
286
. El día 13 de
junio subsiguiente ante el repetido escribano Juan de Valenzuela hizo
constar notarialmente que era hija legítima del pintor Angelino Medoro y
de doña Luisa de Pimentel, difunta; agregando que su padre se encontraba
desde hacía muchos años en los reinos de España y no tenía noticia cierta
si estaba vivo o muerto, razón por la cual apoderó a Cristóbal de Sarabia y
a don Miguel de Saucedo Reynalte, vecinos de la ciudad de Sevilla, y otrora
socios de su esposo, para que en caso que “hubiese muerto o muriere y
dexare algunos bienes, como tal su heredera los reciban i cobren, pidiendo
posesión y amparo de todos ellos, y que se los entreguen según relación
287
.
La duda que tenía doña Eugenia Angelino sobre la sobrevivencia de su
padre, el pintor, no era infundada, pues sabemos que había otorgado
testamento en Sevilla, el 1 de setiembre de 1631, y muy probablemente
al poco hubo de fallecer. Entre tanto, el 9 de agosto, el procurador de la
ciudad Joseph de Cobos salió por su ador conforme a la ley de Toledo, en
razón que don Pedro de Castilla había conseguido ejecutarla en sus bienes
por 480 pesos de una cuenta mayor, pese a que todavía se estaba a la espera
de la sentencia de remate
288
.
No es quela la viuda no honraba sus deudas. Fuera de lo señalado, el 28
del mes que indicamos había vendido a su compadre el banquero Juan de
la Cueva un negro nombrado Pablo de Valverde, criollo de Chuquisaca,
albañil de 35 años, casado con una india, en cuantía de 800 pesos. El
banquero lo tomaba, —según expresa la viuda— “a quenta de más cantidad
que el dicho mi marido le debe y como su ador”
289
. El 8 del mes siguiente,
Jacinto Jiménez recibió 82 patacones; el día 15 el platero Leandro Carmonés
cobró 50 pesos, resto de otros 100; y el 24 Juan Sánchez de García, percibía
18 más.
Con los anteriores, el mismo mes, sin lugar a dudas dos acreedores
merecen una anotación aparte. Se trata de Juan Prieto, ocial de platero de
oro que el día 17 cobró 48 pesos “por tantos que de ajustamiento de quentas
el susodicho tenía con el dicho Pedro Negrillo...”; y Jerónimo de Loayza,
por igual ocial platero de oro, que el día 25 recibió 98 patacones, “por el
286 Ibídem, fol. 735r.
287 Ibídem, fols. 581r-v.
288 Ibídem, fols. 965r-v.
289 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1960 (1632), fols. 935r-936v.
407
trabajo perssonal que en la tienda del dicho difunto trauajó”; pago que se
hizo en “rreales y herramientas i caxón...
290
. Estos dos datos nos permiten
conocer los ociales que laboraban a soldada en la tienda del platero de
oro, al menos al momento de ocurrir su deceso. Al lado de estos, hay que
recordar la existencia de dos cepos en el obrador, que podría signicar que
en este laboraban además dos esclavos; aunque no se puede asegurar, pues
es conocido que las tiendas solían ser lugares donde se disciplinaba a los
cautivos que a juicio de sus amos lo merecían; y hemos probado plenamente
que Negrillo los tuvo a lo largo de toda su permanencia en Lima.
De otro lado, el 28 del citado mes de mayo, Dionisio Correa recibió de la
viuda 150 pesos, del resto de un vinche (sic) de diamantes. El 2 de junio el
mercader Antonio Padilla, percibió 66 pesos por concepto de mercaderías
que Negrillo había sacado de su tienda; y, en la misma fecha, el ya nombrado
Gabriel de Hita hizo efectivo el cobro de 276 pesos y 2 reales por unas piedras
de pasta. En 9 de junio el connotado mercader Gregorio de Ibarra pudo cobrar
172 pesos por el resto de un cintillo de rubíes. El 8 de julio Bartolomé del Junco,
por mano del presentado Lázaro Velázquez —ya volveremos sobre él— aceptó
12 pesos del acompañamiento y limosna que Negrillo había mandado a los
niños huérfanos. El día 27 el capitán Gregorio Barreto, recibió 1520 pesos a
cuenta de otros 2200. En 7 de agosto, el mercader Miguel de Losegui por mano
del tesorero Juan Martínez de Uceda, se había cobrado 30 pesos procedentes de
otros 60, “rresto de quenta de libro; y lo demás le perdona —a la viuda— por
estar pobre. Con similar actitud, el 15 de setiembre el mercader Juan Navarro
Montesino, recibió 24 pesos, “porque la demás cantidad se la remite y perdona”;
el 18 de ese mismo mes, Pedro de Soria percibió 64 pesos, por las mercadería
que Negrillo había sacado de su tienda. El día 22, Bartolomé de Larrea, por
idéntico, 79 pesos, “por los lutos y recaudos para ellos —es decir la familia del
extinto— en el día del entierro. El día 30, doña Eugenia Angelino entregó al
licenciado Juan Ramírez, cura de la santa iglesia catedral, 50 pesos “por otros
tantos que el dicho difunto le debía. El 7 de noviembre, dio además a Juan de
Frías, 46 pesos de algunas mercaderías que Negrillo había llevado de su casa.
El 23 de diciembre, por mano del tesorero Juan Martínez de Uceda, canceló
al cerero Sebastián de Valladolid, “93 libras de cera labrada que dio para el
entierro..., y 7 patacones del alquiler de achones
291
.
Entrado el año de 33 y hasta el de 1642, en realidad, encontramos a la
viuda en diversas escrituras, dedicada no sólo liquidar las cuentas dejadas
290 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1963 (1632 - 1633), fols. 358v, 358r, 359v, 359r y 359v-360r.
291 Ibídem, fols. 360v-361r, 361r-v, 360v,362v, 362v, 363r, 363v, 364r, 364v, 365r, 365v, 366v
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)
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por su extinto marido, sino también en dares y tomares. Sólo a título de
ejemplo, porque no es necesario extenderse, el 28 de enero de 1633, por
mano de Juan de Uceda, paga a Juan de San Millán, 40 pesos; aunque, como
arma el segundo, lo cierto era que “el dicho difunto le debía... ochenta y
tanto pesos, [pero] se los remite y perdona lo demás... por quedar pobre
292
.
El 17 de febrero, doña Eugenia Angelino conesa haber recibido del
capitán Juan de Ermua 800 pesos de a 8 reales, por una escritura que pasó
ante Juan del Barco
293
, y que a la verdad de algo le sirvieron, pues el 30 de
marzo lograba cancelar al capitán don Gregorio Barreto, 2200 pesos de otra
escritura rmada por su marido
294
.
Pocos meses después, en 11 de mayo, doña Eugenia Angelino se encuentra
en condiciones de tomar en arrendamiento una casa de propiedad del
capitán Miguel de Guarda; vivienda ubicada en la esquina de la plazuela
de Señor San Diego y al parecer holgada, si tenemos en cuenta que contaba
con una carrocería. La toma por espacio de un año al precio de 340 pesos
de a ocho
295
. Por otro lado, el 21 del mismo mes, cancela a Joseph de Cobos
1200 pesos, en razón de otros tantos que su marido le debía por escritura de
mayor cuantía, otorgada en 17 de febrero de 1626, ante Domingo Muñoz
296
.
A pesar del monto que alcanzaban los pagos efectuados por la viuda
doña Eugenia Angelino, algo en lo que no puede caber duda es que, el
meritorio platero de oro, dejó en su poder una cantidad considerable de
bienes y deudas a su favor, con los que ella pudo acudir al cumplimiento
de los compromisos que él había rmado. Esto queda raticado en 26 de
junio, fecha en que la testamentaria cumple la promesa de dotar a doña
María Negrillo, su hija, que había contraído nupcias con Joan Fernández de
Ávila. Joan era natural de la villa de Saña, y menor de 25 años, residente por
entonces en Los Reyes. Era hijo de Joan Fernández de Ávila y de Mariana
de Lezcano, difunta, vecinos de aquella próspera villa. Juan Martínez de
Uceda, acogiendo la petición que en vida hizo a Pedro Negrillo, y entonces
con la anuencia de su viuda, y porque según armó también tenía mucho
amor y voluntad [a María] por haberla criado, se encargó de tratar su
casamiento; razón por la cual se comprometió a entregar al novio, nada
menos que “ocho mill y quatroçientos pesos de a ocho” como dote.
292 Ibídem, fols. 366r-v.
293 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1964 (1633), fol. 189v.
294 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1963 (1632 - 1633), fol. 366v.
295 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1965 (1633), fols. 790r-791v.
296 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1964 (1633), fols. 989r-v.
409
Producido el enlace, en la fecha que señalamos, Juan Martínez de Uceda
entregó al marido de doña María la indicada suma, en dinero efectivo y en
efectos: 5000 pesos librados en el banco de Juan de la Cueva, y otra parte
en especies, entre estas una negra esclava, un vestido negro de chamelote,
un faldellín, una alfombra persiana de ocho varas, una cuja cama
dorada con dos cabeceras y frontispicio, tasada en 200 patacones; una rosa
con perlas, zarcillos, una cadena de oro de bejuquillo, un cintillo de oro,
unos zarcillos de cristal, un sobrecama, seis camisas y fustanes, un par de
sábanas, dos pares de almohadas y un manto de Sevilla
297
.
Desposada doña María, marchó conjuntamente con su consorte a la villa
de Seña, mas, por desdicha, falleció prontamente, muy probablemente al
dar a luz, y también sin dejar descendencia. Tras esta noticia, doña Eugenia
Angelino, en un proceso similar al que siguió en 1607 el tío del oríce,
Francisco Negrillo, reclamó la dote, arras y los bienes gananciales de su
hija; menester para el cual, en 16 de octubre de 1634 apoderó al tesorero
Juan Martínez de Escobar, quien para cuyo efecto acudió a la mencionada
villa
298
.
Hasta donde nos has sido posible indagar, todo indica que el yerno
reconoció el adeudo, aunque por entonces expuso haber dispuesto de él en
la explotación de un ingenio de azúcar en Saña, que en parte le pertenecía,
por lo tanto, de momento se declaró en la imposibilidad de devolverlo.
Pidió por esta razón a doña Eugenia Angelino que revocase el mencionado
poder, bajo la promesa de pagarle por de pronto 2000 pesos, y en cuanto al
resto hiciera espera; oferta que la acreedora acep.
Pero, aunque a la espera de la paga prometida, al no recibirla, ella optó
por demandar a su yerno ante la Real Audiencia; pleito que en teoría deb
culminar el 1 de julio de 1638, con un arreglo armonioso entre las partes:
Joan endosó a la viuda un pagaré por 2000 pesos, que ella logró hacer
efectivo; y aceptó esperar que los 5500 restantes le sean pagados con la
venta de la mitad del ingenio
299
.No obstante ello, en mérito a la verdad,
hasta el óbito de doña Eugenia, ocurrido en 1656, después que testara el
6 de agosto, Joan Fernández de Ávila todavía le debía 3600 pesos
300
. Y no
297 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1965 (1633), fols. 693r-697r.
298 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1968 (1634), fols. 1096r-1097v.
299 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1970 (1635), fols. 1075r-v; y Cutiño, Joan de, Prot. 413
(1636-1639), fol. 313r-316v.
300 AGN.PN. Valenzuela, Juan de, Leg. 1292 (1655), fols. 537r-538v.
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estamos en condiciones de indicar qué sucedió después. Habían fallecido
uno y otro consorte, en un solar lejano al suyo, pero pródigo: Lima. En
éste, el matritense Pedro Negrillo pudo desarrollar todas sus capacidades,
más allá de su arte, en función de las excepcionales condiciones de Lima,
como plaza comercial, centro transformativo y sede y corte del Virreinato
del Perú.
APÉNDICE DOCUMENTAL
Documento Nº 1
Testamento de Pedro Negrillo, otorgado en la ciudad de Los Reyes, el 12
de abril de 1632. Fuente: A: AGN.PN., VALENZUELA, Juan de, Leg. 1960
(1632)
Fol. 861r.
En El nonbre del dios amen sepan quantos Esta carta/Vieren como
Yo pedro negrillo Vezino desta ciudad/de los rreyes del piru y natural de
la uilla de madrid corte de su magestad hijo lexitimo/De alonso negrillo
Y juana De meneses mis/padres difuntos estando enermo/en cama i
en mi memoria juiçio i entendimiento/natural tal que dios nuestro señor
fue seruido/de me dar creiendo como rmemente Creo/en El misterio de
la ssantisima trenidad padre/hijo i espiritu santo tres personas i un solo
dios/Verdadero tomando por mi abogada e inter-/sesora a la rreina de los
angeles nuestra Señora/conzeuida sin mancha de |pecado original/y a todos
los santos y santas de la corte/del sielo para que intersedan con nuestro
señor/jesucristo perdone mis pecados Y encamine mi alma/en carrera
de salbasion para Remedio de lo qual/debajo de la ynbocasion Deste que
como/catolico Xpiano debo haçer otorgo que hago/i ordeno mi testamento
en la manera siguiente____
Primeramente encomiendo mi alma/a dios nuestro señor que la
crio y Redimio con su pre-/siosa sangre y El cuerpo a la tierra de que/fue
formado____
Yten mando que quando dios nuestro señor sea seruido/de me
lleuar de la presente Bida mi cuerpo sea/sepultado en El Conuento De
nuestra Señora de/la merçed en la capilla de nuestra Señora de la piedad/
Donde soy Veinte y quatro estando acabada/i en el interin suplico al perlado
y a los muy/rreberendos padres tengan por bien //fol. 861v. Mi cuerpo se
deposite En su entierro/y amortaxado con El áuito de la dicha horden y me
411
acompañe la crus alta cura i sacristan y El demas/acompañamiento que
pareçiere a mis albaseas____
Yten mando que El dia de mi entierro si uere/ora y sino otro dia
siguiente se me diga Una misa cantada/de cuerpo presente ofrenda de pan
i bino i sera/y lo demas que es costumbre y se pague la limosma/de mis
Vienes____
Yten mando me acompañe los niños guerfanos y se/les de limosna
dos pesos____
Yten mando a las mandas forsosas a todas Ellas/seis pesos con que
las aparto de mis vienes____
Yten mando se digan por mi al [testado: vazeas] ma cien misas rresadas en
la parte i lugar/que pareciere a mis albaseas____
Yten declaro que pedro de rreyna sonbrerero/se obligó a pagarme mill
y seissientos pesos por/el prezio de dies i seis hoças de perlas como parese/
por la escriptura que pasó ante El presente escribano declaro/pertenesen a
El señor liçençiado Don fernando de saavedra/alcalde del crimen desta Real
audiencia por ser suyos/las perlas y le doy poder para los cobrar i le çede mis/
derechos y le pongo en mi lugar____
(Anotación al margen): deudas
Yten declaro debo [testado: a los herederos de] pedro dias/colado
rresidente en la baranca mill/y sesssientos posos de a ocho de rresto i
ajustamiento de quentas____
Yten declaro debo a don gregorio barreto dos mill/i duçientos pesos
por escriptura_____//fol. 862r. Yten declaro que debo a mi conpadre/El
tesorero juan martinez de Uzeda lo que paresera/por su quenta____
Yten debo a antonio gonzalez Vezino del/Callao ochocientos y
ochenta patacones/de rresto de quentas____
Yten declaro tengo en mi poder quatrosientos/i quarenta y un pesos
y quatro rreales de a ocho/de lo proçedido de los [...] y camafeos/que se
vendieron por bienes del Capitan diego/de aguero de los quales pertenesen
al convento/de nuestra Señora de las merzedes la mitad/porque la otra
mitad perteneçia a don alonso/de mendoza y la parte que pertenezia/al
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dicho don alonso la satiszo El padre presentado fray/Laçaro belasques
de Vienes del padre fray/garçia de aguero y convento y ansi toda la dicha
cantidad/pertenese al convento como mas claramente lo dira/El dicho
padre presentado fray lazaro de velasques____
Yten declaro debo a El padre presentado fray lazaro/velasques
quinientos y sesenta i ocho patacones/i siete Reales de rresto y ajustamiento/
de nuestras quentas hasta y lo qual/es uera de la partida de arriua____
Yten declaro que en nombre de martin/de urdanis tesorero de la
Real haçienda/de chile cobré de la Caxa mill/y çiento y nouenta y dos
pesos de a ocho a quenta/de los quales le di un negro nonbrado/manuel en
trezientos i çinquenta patacones/i ochenta pesos que en mi nonbre cobro
de don alonso/de puga por librança que le envie// fol. 862v. Y más ochenta
y un pesos de manteles i serbilletas/ que le enbie hechas con El dicho don
alonso de puga i El rresto/se a de dar a el padre alonso uertes de herrera
de la/conpañia de jesus por hauerlo ansi comunicado con-/migo El dicho
martin de urdanis____
Yten declaro debo a josefe de couos mill i siento/y çinquenta pesos
de acho rreales de rresto de escriptura de mayor quantia/paga e n de
agosto deste año por hauer pagdo Los/rreditos a las menores a quien esta
adjudicado La dicha cantidad____
Yten debo a dionisio correa Ziento Y çinquenta/pesos de rresto De
la joya que vendi del suso dicho____
Yten declaro que debo al dicho dionisio correa/Diçientos i setenta
y dos pesos i dos rreales/por librança De fernando de alarcon a quien/Los
debo de rresto de nuestras quentas____
Yten declaro debo a juan de otaso mercader/La cantidad de pesos
que paresera por la quenta/de su libro de lo qual se a de escalfar/Un abito
que debe mi hermano y otro antonio rruiz/barragan____
Yten declaro debo a diego de padilla dos/piessa de chau y dies i siete
varas de melinge/y esta partida deve mi hermano____
Yten declaro debo a doña magdalena de bustamante/biuda de
juan de sarria noventa i nueue pesos/de quenta de unos cristales y unos
liencos____
413
Yten debo a don antonio enrriquez çiento i noventa/y quatro
patacones De rresto de quinientos____
Yten declaro debo a alonso gonzales de la carrera// fol. 863v. Lo que
paresera de rresto de unas escriptura/ y a quenta de e dado lo que pareçiere
hauer rresiuido/y mñas catorçe pesos de Unos guguetillos/que se le an
hecho= Y dose pesos de la hechura de un/rrosario y más Veintepesosde la
crus del/rrosario que se aderesó esta semana santa____
Yten debo a juan nabarro quarenta i ocho pesos/y dos rreales i de
los a de pagar los beinte i uno/mi hermano____
Yten debo a antonio de rrosas diçientos i vente/y çinco pesos de a
ocho de nueue honças de perlas/vendidas a Veinte Y çinco pesos____
Yten declaro debo a juan de san millan/de rresto de todas quentas
Los que parecera/por una memoria que le tengo dada escrita/e rmada de
mi letra y mano proçedida de las/joyas de Roberto corbete y se entiende/
que tres sortixas nas que declaró/en la dicha memoria estan en mi poder/
se an de dar por Ellas quarenta i dos pesos por todas/tres= y las otras falzas
e que digo en la dicha memoria/tengo en mi poder vale cada una siete
pesos/y esto se a de pagar____
Yten declaro Debo a miguel de ZalZedo/rreinalte Vezino de Sevilla
i a su suegro Xpoual/de sarauia mill pesos de a ocho poco más o menos/y
para que se sepa la Cantidad sierta rremitiran/La quenta de lo que me an
enbiado y de lo/que les E dado y si pareçiere deberles/más cantidad de los
ocho mil pesos mando de le pague//fol. 863v.
Yten declaro debo a juan de la queua/lo que paresera por su quenta
i el susodicho me be-/be fuera de quenta= dies pesos de oro de carabaia/
que se lo troqué al dicho oro en un cabrestillo/que me dio y El que io di en
truque pesó dies/pesos más= más debe treinta i nueue pesos i medio/ de a
ocho que le di en Reales en mi caxon para/acabar de pagar Labandilla que
conpró /Doña felisiana de arroyo=
Yten debe/por çiento i treinta i çinco marcos de rremas el/que se
sacaron de la caxa rreal de mi quenta para/quintar El brasero del Señor
marques de guadalcasar= otros tantos pesos____
=debe más por doña uxençia de lugo quatro-/sientos i setenta i siete
patacones y quatro Reales/por las cosas contenidas en una memoria que
esta/entre mis papeles y dellos se an de escalfar/ trese pesos y dos rreales____
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Yten declaro debo a El licenciado pedro sanchez çinquenta y un
patacones____
Yten declaro <debo> a asuncion de allende Ziento i quarenta/
patacones o lo que pareçiere por su qunenta____
Yten declaro debo a miguel de losegui çinquenta/ y tres pesos i tres
rreales de rresto de quentas____
Yten declaro tengo en mi poder de quenta/de don francisco
gutierrez ores Un collarito de perlas/que pesa nueue o dies pesos de oro i
el suso dicho me deue/Veinte i çinco pesos de rresto de una joya____
Yten declaro tengo en mi poder de antonio/Ramires paion (sic) Un
sintillo de rrubies que esta/en mi caxon y más un cabrestillo/de diamantes
que aunque tenia sien piesas/E quitado dies Y ocho que valen quarenta i
çinco/patacones los diamantes y más El oro// fol. 864r. que pesaren Las
dichas dies Y ocho piezas____
Yten declaro que debo zinquenta pesos a/lorenço carmones platero
por El rresto de çien pesos/que abia mandado de limosna a una guerfana/
con quien el suso dicho se casó____
Yten declaro debo a El padre fray pedro valdes/lo que dixere El
padre maestro ray gauriel negrillo/mi hermano a El qual rreugo se la
pague____
Yten declaro que diferentes personas/me an dado algunas joyas
para aderesar/ y vender de lo qual mi hermano y el padre presentado/fray
lasaro velasques y mi muger tienen memoria/y en esa rrazon mando se esté
y pase/por lo que los ssuso dichos dixeren/
(Anotación al margen): le deben
Yten declaro me debe el padre [testado: fray]/francisco de gueroa
de la compañia de jesus/duçientos pesos de a ocho <por la raçon> contenida
en la memoria/que tiene mi hermano que es de rresto de unas joias= ____
Yten declaro me debe El [testado: letrado] dotor/Don agustin de
mendoza treZientos i setenta/i siete patacones i seis rreales de nuestra/
quenta a la qual me rremito____
415
Yten me deue pedro de prados sesenta/i çinco pesos i cinco rreales
de rresto de nuestra/quenta a que me rremito____
Yten declaro que me juan barragan debe tres/marcos de pkata
blanca____
Yten declaro me debe El doctor/tomas de avendaño duçientos i
çinquenta/y un patacones de rresto de nuestra quenta/a que me rremito=
con tal que El dicho/diZe no hauer Recibido Una sortixa de un diamante//
fol. 864v.
Que vale siento i Veinte Y çinco patacones/i sino se acordare hauerla
rrezeuido no enbargante La tengo/yo asentada en mi libro se... a lo que El
dicho/Dijere en su conçiençia____
Yten me debe don pedro Xarana de rresto de/quentas duçientos i
quarenta patacones/____
Yten declaro [testado: me debe un] tengo quenta/con andres
martinez de amileta mando se ajuste/La quenta i se pague quien se debiere
a quien (sic)
Yten declaro me debe luis de san martin/ Duçientos i setenta i cinco
pesos de rresto/ de nuestras quentas rremitome a ellas____
Yten declaro que me debe doña maria de san-/tillan quarenta
patacones de rresto de/Un zintillo=
Yten declaro me debe don Luis/fernandes de cordoua su hiXo
alguacil mayor de corte/setenta Reales por tres dosenas i media de/botones
de bronce dorados____
Yten me debe francisco de montemayor Veinte pesos____
Ytenen debe El Contador juan de arrioLa peña/nieto i agustin
cordero mill pesos por un Vale/que esta en poder de ni muger____
Yten me deue san juan de hermua ochosientos/pesos de a ocho por
sentencia ante juan del barco____
debeme El maese de campo <don diego de ores> quinientos pesos
por/escriptura ante juan de balenxuela>____
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Yten me debe don juan de espinosa alguacil/mayor del Santo Ocio
seisssientos y [testado: sei]i ochenta/i çinco pesos i quatro rreales como
parese por la/quenta que esta en poder de mi hermano____
Yten me debe don fernando altamirano// fol. 865r. Quinientos
i sesenta i quatro pesos/de rresto de quentas como paresse/por tres
quentas que le enviado/y un papel suyo en que dize me pagará para/esta
harmada____
Yten me debe andres peres de castro/çiento i çienquenta pares de
almendras de/cristal blancas que llebó para bender al cuZco/como parese
por carta suya____
debeme luis delgadillo quinientos/i setenta i dos pesos de rresto
de escriptura de mayor/quantia que le rremiti en mi nombre cobrase del/
doctor sisneros____
y de ellos se an de escalfar Zinquenta pesos que/me enbió para
conprar rruan de cofre____
Yten El contador francisco Lopez carauantes/Dies i seis
patacones____
Yten El capitan don pedro de Zarate sesenta i ocho/patacones____
Yten me dbe mariana basques catorZe pesos
Yten me deben los Vienes de tristan de/morales ciento i ytreinta i
seis pesos____
Yten Don miguel de almoguera me debe/siento i setenta patacones
como paresera/Por la quenta de mi libro____
Yten declaro me debe francisco fernandez de gueroa/siento i
çinquenta y siete patacones de cosas que/le di a El susodicho bendidas____
Yten declaro Di sesion a juan de gusman/ para que me cobrase sien
pesos Declaro fue en/contra i me pertenese_____ // fol. 865v. Declaro
di poder al capitan jacome de/quesada para cobrar del tesorero pedro
bernudes/ochenta i tantos pesos son mios i me pertenesen
Yten pedro martin del marmol/me debe siento i beinte patacones
de/Un zintillo de perlas____
417
Yten El capitan garçia de tamayo me debe/zinquenta pesos____
Yten maria de valverde me deue treinta/y dos patacones de rresto
de unas perlas____
Yten me dene pedro pinel treinta i seis/patacones de tres surtixas____
Yten me debe el castellano de la punta/de afuera me deue [testado:
Veinte pesos de] ochenta/pesos de a ocho de un çintillo____
Yten el almirante pedro alfonço muñoz/ me debe Veinte pesos
Yten me debe juan de arauio Duçientos/pesos de a ocho que le
entregué para enplear/en puerto uelo____
Yten declaro tengo quentas con diferentes/personas por quenta
de libro i en otras memorias/de que me deben cantidad de pesos i yo les
deuo/La rrazon de lo qual tiene mi hermano y El presentado ray/Lacaro
belasques y mi muger quiero i es mi vo-/luntad que los susodichos Las
ajusten/ y cobren lo que me debieren y paguen/Lo que pareçiere deber que
para Ello Les doi poder/ y aprueuo i Ratico lo que ansi hiçieren/y doy por
inçierta i Retida toda la dicha quenta____
Yten declaro por mis bienes las mejoras de La casas en que vivo i
otras asesorias a Ellas// fol. 866v. Que la propiedad De las Unas casas/ es
de los niños guerfanos Y la otra de las carseles/Y siendo necesario Ds poder
a doña Ugenia medoro/mi muger para haçer nombramiento de vida/y lo
demas que convenga____
Yten los esclauos perlas joyas menaxe/de casa i plata labrada de que
se hara/ynbentario Y si pudiere Lo hare en bida/por mano del padre fray
lazaro de belasques
Yten declaro soy casado y belado segun/horden de la Santa madre
iglesia con doña Ujenia/angelina medoro mi lijitima muger/La qual truxo
a mi poder de dote tres mill/quatroçientos pesos y Yo tendria de caudal
quatro mill pesos Y durante nuestro matrimonio/hubimos y procreamos
por nuestros hixos/ Lejitimos a doña maria negrillo doña josefa/negrillo
doña juana de meneses= alonso negrillo/Doña Polonia negrillo= doña
jacoua negrillo y doña/ujenia negrillo y pedro negrillo declaro los por tales
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Y para cumplir e pagar este mi testamento y las mandas i legados
en El contenidos dejo/y nonbro por mis albaçeas a la dicha doña/eUjenia
medoro mi Lejitima muger i al tesorero/juan martines de Uzeda y a juan de
la queua/ mis compadres Y antonio rruiz barragan/a todos quatro juntos
i a cada uno in solidum Y les doy poder para RezeVir y cobrar/mis uienes
i los Vender i Rematar/en almoneda o fuera della y de su valor/cumplir
mi testamento aunque sea pasado// fol. 866v. El año del albazeasgo Y a
la dicha mi muger/i al dicho tesorero juan de Uzeda i al dicho juan de la/
queua i a cada uno In solidum nombro/por tenedores de bienes a los queles
rruego i encargo por El amor tan grande/que les e tenido i tengo hagan
bien por mi alma/i se acuerden de mis hixos____
Yten declaro que me debe francisco de aguilar/çiento i treinta i
ocho pesos Los quales/proceden de un vestido que sacó de la tienda/de
francisco camacho quedando en el libro rmado de su/mano i la mia Él
como prinçipal y yo como su ador i más me debe veinte y tres pesos i
quatro to-/mines de oro a Veinte Reales= i más seis pesos de seis dedales
de plata y dos broqueles de oro que valen/ Dos pesos y medio de oro= y dos
sortixcas de sirasoles (sic)/que son del maese de canpo espejo y una sortija/
de esmeraldas que valia ocho pesos para/en quenta de lo qual a de hauer
Zinquenta/i quatro pesos que le deuo____
Y cumplido y pagado este dicho mi testamento/i las mandas Y
legados en él contenidos/nonbro por mi Universales herederos a los dichos/
doña maria negrillo= doña josefa negrillo/Da juana de meneses alonso
negrillo doña apolonia/negrillo doña jacoua i doña Ujenia y pedro/negrillo
mis hixos i de la dicha mi muger/para que ayan los dichos mis Vienes i
haçienda/deudas derechos Y açiones ttanto a El uno/como a El otro con
la vendision de dios i la mia/Y por El amor y voluntad i satisazion// fol.
867r. Que tengo de la dicha mi muger La nonbro/por tutora y curadora
de mis hixos y suyos/sin que sea necesario dar anças porque dellas/Le
rreleuo____
Y Revoco i anulo Y doi po ningunos/i de nin (sic) valor ni Efeto
otros i quales-/quier testamentos i cobdiçilios/i últimas disposisiones que
antes deste/aya fecho/ i otorgado por escrito de palabra/que quiero que no
valgan ni hagan fe/en juicio ni uera del salbo este que al pre-/sente otorgo
El qual quiero valga/por mi testamento i última voluntad en/aquella via E
conforme se pueda i aia lugar de derecho/que es fecho en la dicha ciudad
419
de los rreies del/piru en dose dias del mes de abril de mill/y seiscientos i
treinta i dos años y El otorgante que yo el presente escriuano/Doi fe que
conosco lo otorgó en la manera que dicha es/i lo rmó de su nombre siendo
pedro geronimo de castro/i El bachiller pedro sanches Y jaçinto Ximenes=
i miguel/geronimo de loaisa i francisco zevallos= testado: veinte/pesos/
de/ seis/me debe/ an letra/para Las arroias. Los herederos de/vaçeas. L
enmendado/ tte=ss/ entreRenglones. por la rrazon/
Yten declaro hiçe una selda en El mo-/nasterio de nuestra señora
de la encarnacion/ para doña paula de valverde monxa/profesa en El dicho
monasterio en la que/E gastado mucha cantidad Y e pagado su docte/ y
doña mariana de valverde su hermana/me a dado cantidad de pesos i la
dicha doña mariana/de valverde de me hiço venta//fol. 867v. De un negro
sus esclauo nonbrado/pablo de valverde en prezio de mill/pesos para en
quenta de lo que me debe/y aunque se me deue mucha cantidad de pesos/
por las muchas y buenas hobras que de la suso-/dicha E rreseuido i espero
rreziviran/mis higas (sic) se lo rremito y perdono i quiero/i es mi voluntad
no se pida El uno al otro/cosa alguna a la qual Ruego se encargue/ de las
dichas mis hixas pues mi voluntad/lo meresse fecho U (sic) supra testigos
los dichos
Yten declaro que por quanto io e tenido/siertas quentas con don
diego de caravajal/correo mayor que fue deste rreino mando/se le den a sus
herederos sien pesos de a ocho/despues de mis dias por quanto/con Ellos
i Un abito de santiago <que hice> para el dicho/Don diego de caravajal de
diamantes estoi/Libre i quito de todas las quentas que/con El susodicho e
tenido= En tres Reales que hize/don diego ores= Enmendado a sien pesos=
pedro negrillo
(brica)
Ante mi derechos tres pesos
Joan de Valençuela
(brica)
escriuano público
fol. 861r. (Al margen):
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Doy fE que oy dia de/la fecha desta carta bi muerto natural-/mente a lo
que pareçia a pedro/negrillo. Y como tal/estaba amortaxado En las/casas
de su morada con/el auito de nuestra Señora/de las mercedes y para/que
dello conste/di la presente En los/Reyes En catorce dias/del mes de abrill
año de mill y seiscientos Y treinta Y dos//testigos josefe de couos/y Pedro
bastante=
Joan de Valençuela/
escribano público
Documento Nº 2
Inventario de los bienes de Pedro Negrillo. Fuente: A: AGN. PN.,
VALENZUELA, Juan de Leg. 1963 (1633)
Fol. 347r.
En la çiudad de los/rreies en dies dias/del mes de maio ano de/
mil y seiscientos y treinta/i dos años el gouernador/don gabriel de acuña
berdugo/alcalde ordinario se leio es-/ta petiçion=
Doña euxenia angelina Viuda de Pedro ne-/grillo Y albacea y
tenedora de sus Vienes= digo/que para que Conste Los uines que quedaron
Por su n/E muerte y sse pueda haçer almoneda/de los que Se hubieren de
Vender tengo/nessessidad De haçer ynbenttario de los/dichos sus Vienes
A Vuestra merced pido y suplico mande/conçederme licençia
Para el dicho/eecto de haçer El dicho ynventario/y Pido justiçia____
doña eugenia angelino
(brica)
(Anotación al pie):
y por el dicho alcalde vista dixo que/daba i dio liçencia a la
susso dicha para/hacer la dicha almoneda i lo cometio/a mi el presente
escriuano u otro rreal/y a ello dixo que interponia/e interpuso autoridad i
decreto/judiçial i ansi lo proueio= entrerenglones/e ynbentario
ante mi
Juan de Valençuela
(brica)
421
escriuano público // fol. 347v.
En la çiudad de Los rreies del/piru en dies dias del mes de
maio de mill/i seissientos i treinta i tres años/ante mi el escribano público
e testigos/doña eujenia angelino biuda muger que fui/de pedro negrillo
difunto i albacea i/tenedora de Viernes e tutora e curadora de/sus hijos
y en precensia del tesorero juan mar-/tines de Uceda ansimismo albacea
del dicho/difunto hiso inventario de los bienes/ del difunto en la manera
siguiente:
primeramente un escaparate/de tres baras de alto de madera____
una cuxa blanca de madera____
una tinagera de madera____
una alhasena de madera____
seiss sillas grandes de asentar de madera____
un bufete grande de madera____
una silla de manos Literilla____
una caxa de china grande____
un escriptorio biejo de quito____
otro más pequeño dorado____
un tapete grande de caxamarca____
otro pequeño viejo caycino____
cinco taburetes bordados Los dos n ter-/ciopelo i tres en baqueta____
dos bufetillos pequeños// fol. 348r.
Una fuente blanca grande de plata/que parece aber sido dorada____
un platero de plata blanca grande i hondo/i dos limetas blancas de plata____
dos candeleros de plata deshermanados un/jarro de plata de pico un salero
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de pla-/ta dorado de dos piesas= dos binagreras de plata/ dorada= una
cuchara de plata agujereada para/espumar= un tenedor de plata=una olla
de plata con dos asas i su tapadera/otra ollita de plata de una asa una tasa/
dorada alta de pie de plata i un coco para/chocoLate guarnecido de plata
dorada/con su tapadera que todo ello pesa/setenta i cuatro marcos i siete/
onsas i media____
un bestido de ombre de damasquillo traido/calson y rropilla el qual se dio
a agustin soxo/para en quenta de cantidad de pesos que el dicho/difunto le
debia____
dos ferrerruelos uno de pano i otro de marana____
un armador de cordoban de ciudad rreal____
un bestido de ombre de [testado: de damasquillo] de/tafetan cabellado
traido guarnecido/de negro____
un calson i rropilla de lana leonada/quajado de negro__ una espada negra__
una arcabus con sus frascos____
seis paños pintados de pajaros de andes// fol. 348v. Para colgar biexos____
Una sobrecama de terciopelo açul bor-/dada de china de oro____
un abito de chamelote noguerado/con ores berdes tres guarniciones de oro____
Un ábitillo encuellado de chaul de china/i una guarnicion de oro____
una rropilla de chamelotte pardo/con ores nogueradas i tres guarniciones/
de seda___
un faldellin de damasco carmesi con dies/y ocho guarniciones de oro____
quatro camisas nuebas de ombre de rruan____
seis piesas de esclavos negros dos negras/grandes La una llamada leonor
La otra/maria el un negro llamado juan ba-/non el otro nombrado pedro
fulupo/i una negrita criolla de once anos llama-/da felipa i otra fulupa de
catorce/anos llamada maria____
otro negro llamado pablo criollo____
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un mulatillo de doce años llamado/juan= un negrito de un ano____
cinco caxones de platero= un banco de tirar=dos casas con tres puertas/a
la calle de por bidas en la calle de los// fol. 349r. Plateros que la propiedad
de las/unas perteneçe a las carceles y la otra a los ninos guerfanos= una
aca____
un quadro del buen pastor de tres baras de largo____
otro quadro de san joachin i nuestra Señora de tres baras____
otro quadro de la mansana de la discordia/de tres baras de largo____
doçe enperadores de bara i quarta____
dos quadros de galeras i nabios al olio____
quince quadros de frutas____
siete cuadros de ermitaños de bara i cuarta____
otros del mismo tamaño de saul i judis____
un san sebastian de tres baras____
una imagen de la antigua de dos baras____
un san miguel de bara i tres quartos____
dos quadros de nuestras sseñora de poco mas de a bara____
un templo de dabid de los baras____
dos quadros del nacimiento i san juan/bautista de bara i media____
otra imagen de nuestra señora i unos/ninos____
doce bitelas de pajaros____
otras seis bitelas chicas de pajaros pequenos____
una bitela grande de papagaios____
doçe paisillos pequeños____
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dos Láminas juntas de san josephe/i de nuestra señora_____
ocho Láminas pequenas con guar-// fol. 349v. sion de peral____
quatro Láminas con guar-/nicion del bano de unos ninos____
un quadro de felipo segundo viejo____
tres mapas_____
un alabado de una bara____
dos rrelicarios del baño i luminaciones____
un cristo crucicado de bulto____
veinte pares de sarcillos de/cristal____
seis pares de sarsillos desmeraldas nas____
dos pares de sarcillos de perlas____
dos rrocas de perlas netas____
un presiatal de perlas____
tres sintillos de oro el uno de perlas/i los dos de clabetes____
i en la forma e manera que/es se acabó el dicho inbentario/de bienes i la
dicha doña Ujenia/angelino declaró no aber que-/dado más bienes de los
inbentaria-/dos i cada e quando que otros/bienes parecieren Los inben-/
tariará con quanta e rrason// fol. 350r. i ansi Lo juró a dios i una crus/en
forma de derecho i se hiso cargo/de los tener en su poder para dar/quenta
delos cada que se pida/para lo qual obligó su perssona/i bienes abidos i por
aber i dio/poder cumplido a los justicias/i jueces de su magestad de quales-/
quier parte que sean i en espe-/cial a las desra dicha ciudad i seno-/res
alcaldes de corte que en ella/rresiden a cuyo juridicion e fue-/ro se obligó e
sometio e rre-/nunció el suyo propio do-/miciLio i becindad i el/previlegio
del i la lei sit com-/venerit de juridicionen/omium judicum para que/a ello
le conpelan i apre-/mien como por sentencia/dinitiva de jues conpetente/
pasada en cosa jusgada/ en rracon de lo qual// fol. 350v. Rrenunció todas e
qualesquier/Leies fueros i derechos de/su fabor i la que deende la/general
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rrenunciacion de leies/fecha non vala en tes-/timonio de lo qual la dicha/
doña Ujenia angelino lo otorgó/en la manera que dicha es/estando en las
casas de ssu/morada a La qual io el pre-/ssente escribano doi fee que/
conosco i lo rmó de su non-/bre siendo a ello pressentes/por testigos juan
cutino/joseph cordero i geronimo de/castro presentes Va testado de da-/
masquillo=
doña eugenia angelino ante mi derechos doce Reales
(brica) Joan de Valencuela
(brica)
escriuano público
El matritense Pedro Negrillo: platero de oro, mercader y empresario en Lima (ca. -)