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Era el día dos de agosto del año 1803, y mientras transcurría un día de
diversiones populares en los paseos y calles de Lima, los soldados de la
Comisión de Capa apresan a Francisco Pro en la Alameda de los Descalzos
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,
el día de la Porciúncula, por haberse ataviado con ropa de mujer. Tal y como
se indica en el proceso, esto podría haber pasado desapercibido si es que no
fuera porque lidiará con una mujer y llamase la atención de los soldados que
inmediatamente acudieron a averiguar sobre el embrollo que sucedía.
Como todo proceso, inicia con una sumaria. Para el caso de Francisco Pro
se presentaron cinco testigos
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de la parte acusatoria, todos eran integrantes
de la Comisión de Capa, entre sargentos y soldados. Por la información
proporcionada de los testigos Lucas Rivera y José Gallardo, sargento y
soldado respectivamente, armaron haberlo encontrado paseando a las
cuatro y media de la tarde por el Puente del Molino ubicada a la entrada de
la Alameda, y siendo reconocido que era un hombre vestido de mujer –con
saya y manto –ropas viejas y traposas, fue apresado y llevado al Cuartel de
los Desamparados, pero otro testigo Pedro Palomares, soldado, hace una
declaración más acusatoria al nal, dice:
Que yendo el declarante de patrulla con su sargento Lucas Rivera el
día martes dos del corriente como à las quatro y media de la tarde por
el Puente del río del Molino a la Alameda diviso entre el murmullo de
gente y calesas que pasaban a un maricon disfrasado de muger con trage
de manto y sayaconociendo que era de esta clase por haverse destapado
el manto lo qual le aviso inmediatamente a su referido sargento y
adelantandose á reconocerlo bien el soldado Gallardo encontraron
todos el hecho de verdad que había denunciado el declarante mediante
lo qual se le amarro y condujo preso al Quartel de los Desamparados
en donde ó con los movimientos que traia la ropa para desatarlo ó por
algún ademan que hizo al tiempo de sentarse se le advirtió que tambien
tenia pollera blanca de gasa.
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se encapillaban tres modelos de faldas: para las visitas de etiqueta, paseos y otros actos formales, la
saya redonda o de montar; para la iglesia, la de cola larga, que portaba una criada, y la tercera, llamada
“ándate sola”, era un vestido cotidiano, más corto, que permitía acechar la pierna hasta la pantorrilla
(…)”. GUNTHER DOERING, Juan y LOHMANN VILLENA, Guillermo. Lima. Colección Ciudades
de Iberoamérica. Madrid: Editorial MAPFRE, 1992, p. 149.
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AGN (Perú), Real Audiencia de Lima, Causas Criminales, Legajo 98, Documento 1192, Año 1803.
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Al respecto Andazabal nos ilustra cómo es un proceso criminal: Ambas partes (denunciante/acusado)
presentaban las declaraciones de los testigos, quienes debían responder un rol de preguntas establecido
por las autoridades pertinentes encargados de los procesos. A partir de la lectura de ellas se establecía
el grado de culpabilidad o inocencia de los reos. El scal vista la causa podía solicitar las penas
correspondientes de acuerdo a las establecidas en las Leyes de Indias. Asimismo, la defensa podía
apelar las sentencias dadas por las cortes jurisdiccionales o por la Real Audiencia cuando los casos se
trasladaban a Lima que, era la sede principal. ANDAZABAL CAYLLAHUA, Rosaura.Criminalística
peruana en el siglo XVIII. Lima: Seminario de Historia Rural Andina, 2007, p. 13.
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AGN (Perú), Real Audiencia de Lima, Causas Criminales, Legajo 98, Documento 1192, Año 1803, ff.
4-4v.
Entre “afeminado” y divertido: una conducta licenciosa en Lima a inicios del siglo XIX