Revisiones  
Revista del Archivo General de la Nación 2025; 40(2); 91-115  
De inminente demolición a futuro museo: la casa  
del mariscal Ramón Castilla  
Henry Eduardo Barrera Camarena1  
Resumen  
El artículo analiza la historia de la finca que sirvió de residencia al Gran Mariscal  
Ramón Castilla durante su segundo período de gobierno, hasta el momento  
de su muerte, cuando es vendida por su esposa. Después de un recorrido por sus  
diversos propietarios desde el período virreinal hasta el siglo XX, se analizan las  
transformaciones arquitectónicas experimentadas en esta última centuria, etapa  
marcada por un profundo deterioro y el riesgo inminente de colapso, la cual culmina  
en la propuesta de restauración destinada a convertir el edificio en museo, pese a la  
pérdida de gran parte de su estructura original.  
Palabras clave: Ramón Castilla, demolición, monumento, restauración, museo.  
From imminent demolition to future: the house of Marshal Ramon Castilla  
museum  
Abstract  
This article analyzes the history of the estate that served as the residence of Grand  
Marshal Ramon Castilla during his second term as governor, up until his death,  
when it was sold by his wife. After tracing its various owners from the viceroyalty  
period to the 20th century, the article examines the architectural transformations it  
underwent during the latter century, a period marked by profound deterioration and  
the imminent risk of collapse. This culminated in a proposed restoration project to  
convert the building into a museum, despite the loss of much of its original structure.  
1
Licenciado en Historia por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Actualmente labora en el  
Citar como: Barrera, H. (2026). De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón  
Castilla: Revista del Archivo General de la Nación, 40(2), 91-115. DOI:10.37840/ragn.v40i2.191.  
Recibido: 06/11/2025. Aprobado: 23/02/2026. En línea: 05/08/2026.  
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Revista del Archivo General de la Nación 2025; 40(2); 91-115  
Henry Eduardo Barrera Camarena  
Keywords: Ramon Castilla, demolition, monument, monument, restoration, museum.  
Introducción  
El Centro Histórico de Lima alberga una gran variedad de casas provenientes tanto  
del período colonial como del republicano, encerrando cada una de ellas sus propias  
particularidades, lo cual les otorga el carácter de únicas. Si bien todas son importantes,  
algunas sobresalen por su composición arquitectónica y su estilo artístico, por ser el  
espacio donde se plasmó un hecho histórico, o por quienes las habitaron.  
En esa línea, existe un inmueble que llama especialmente la atención: la casa del  
expresidente de la República Ramón Castilla, ubicada en el cruce de las antiguas  
calles de Divorciadas (hoy, cuadra seis del jirón Carabaya) y de la Higuera (cuadra dos  
de la avenida Emancipación), la cual ocupó durante su segundo mandato presidencial  
(1858-1862) y fue, incluso, escenario de un atentado contra su vida. Luego de su  
muerte en 1867, fue habitada por distintas personas hasta que, a mediados del siglo  
XX, se plantea su conversión a museo con el fin de conservar la memoria del mariscal,  
planteamiento surgido en un momento en el cual la casa se hallaba notoriamente  
deteriorada, lo que hacía presagiar su inminente demolición.  
Antecedentes de la inca  
La referencia más antigua que se tiene de la casa proviene del año 1688, cuando le  
pertenecía a Diego de Ayala y Juan de Ijar y Mendoza, marqués de San Miguel, y es  
rematada a favor de Pedro de Cuba y Arce, racionero de la catedral de Lima, por la  
suma de once mil pesos. Los siguientes propietarios, a la muerte del racionero, fueron  
la señora Mariana Sarmiento y los condes del Portillo. En una tasación realizada  
posteriormente, con el fin de sacarla a remate público como parte de los bienes de  
estos últimos, el tasador contratado Santiago Rosales, maestro mayor subalterno en  
el ejercicio de arquitectura y alarife maestro de obras, informa tras haberla medido y  
reconocido:  
[…] esta tenía por su frente principal 4 puertas a la calle, mientras que  
por el lado que iba para el convento de la Trinidad había 5 puertas. Tiene  
de frente 36 varas y una tercia, que entran al fondo 67 varas y 2 tercias, y  
en su respaldo 35 varas, entonces la tiene 2 413 varas cuadradas planas  
superficiales, que hacen dos solares2.  
2
Contrato de tasación entre los condes del Portillo y Santiago Rosales (Lima, 16 de febrero de 1739).  
BNP, Colección manuscritos, D13135, f. 35. La presencia de nueve puertas a la calle probablemente  
se debió al subarrendamiento de sectores del primer piso con fines comerciales. En el informe se  
reconoce, también, que la finca estaba compuesta de adobes sobre cimientos de piedra y cal, existiendo  
en algunas partes una portada de ladrillo y cal, y un sardinel de piedra y pilastras, no indicándose la  
presencia de balcones. El maestro alarife tasó la casa en 21 822 pesos.  
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El remate se efectuó el 9 de junio de 1739, adquiriendo la finca Jerónimo de la Torre  
por el precio de 18 300 pesos. Para entonces, aquella era mencionada como «esquina  
de la puerta falsa del convento de la Merced, la primera cuadra sobremano izquierda  
como se va al monasterio de la Encarnación»3, de la manera usual como las fincas eran  
aludidas en la época, tomándose como referencia la existencia de alguna institución  
cercana, en este caso religiosa.  
Al hacerla de su dominio, Jerónimo de la Torre pasa a habitarla inmediatamente  
junto a su esposa María Constantina de la Peña, residiendo en ella durante varias  
décadas hasta la muerte de ambos, momento en el cual los hijos Josefa, Juana,  
Lucía, Clemente, Eugenia, Rosa, Pablo y Pedro José, ausente— deciden venderla.  
Los encargados de la nueva medición y tasación indicaron lo siguiente en su informe  
de 1796:  
[…] es una casa principal con 5 puertas al frente, con la esquina, la  
puerta principal, y de otras tres tapiadas, y a la vuelta nueve puertas con la  
de la esquina, que está en la esquina que va de la cerca del convento de la  
Merced, para el Monasterio de la Encarnación sobre mano izquierda […],  
y habiéndola medido tiene de frente 36 varas, y entra a fondo por ambos  
lados, con 69 varas, y su respaldo tiene 35 y habiendo formado plan y  
hecho el cálculo, hay y se hallan bajo del continente de los expresados  
linderos 2 449.50 varas que dándoles el valor que les pertenece importan  
14 697 pesos4.  
Del mismo modo, apuntaron que el valor del terreno era de 14 697 pesos, siendo el  
de la fábrica 20 703 pesos, lo cual daba un total de 35 400 pesos de a ocho reales.  
Nuevamente, no se indica que hubiera balcón. El 7 de marzo de 1797 es adquirida  
la propiedad por José Félix de Mendoza y Ríos5, pasando a su viuda Josefa  
de la Puente tras su fallecimiento, y traspasándola, a su vez, a su hermana Mariana  
en 18406. En base a los documentos revisados sabemos que, recién por esos años, el  
inmueble comienza a ser denominado como el «Ancla», sin que podamos conocer la  
razón de dicho apelativo.  
3
4
BNP, Colección manuscritos, D13135, f. 37.  
Tasación de casa propiedad de los hijos y herederos de Jerónimo de la Torre, por José Nieves y  
Francisco Céspedes. AGN, Protocolos Notariales, n.° 592, Antonio Luque, 1797, ff. 219-220.  
José Félix era dueño de un terreno de cultivo llamado Ríos, en uno de los valles que  
rodeaban a la capital, el cual le generaba un ingreso de 4 786 pesos anuales (Rizo-Patrón, 1990, p. 145).  
La cercanía de dichos valles a la ciudad más importante del virreinato hacía que la posesión de tierras  
en tal región sea algo muy codiciado.  
5
6
BNP, Colección manuscritos, D13135, f. 39.  
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Henry Eduardo Barrera Camarena  
Compra de la casa por el mariscal Ramón Castilla, su venta y posteriores  
propietarios  
En 1850, Mariana de la Puente vende el inmueble al doctor Nicolás Factor Guzmán,  
apoderado del mariscal Ramón Castilla, por 20 000 pesos al contado7. En base a  
lo investigado, se sabe que Castilla lo ocupa recién durante su segunda gestión  
presidencial, aunque ello no significa que lo haya descuidado. Por el contrario, decide  
gastar una fuerte suma de dinero en su refacción y mejoras.  
Natural de Tarapacá, Castilla inicia su carrera militar en 1816, a la edad de veinte  
años. En 1822, tras reunirse con el propio José de San Martín, decide integrarse al  
Ejército Unido Libertador, siendo ascendido al grado de teniente coronel en 1825 y  
nombrado, posteriormente, subprefecto de Tarapacá. Luego, como férreo opositor a la  
Confederación Perú-Boliviana liderada por Andrés de Santa Cruz (1836-1839), forma  
parte del Ejército Unido Restaurador, conformado por fuerzas militares peruanas y  
chilenas, teniendo una importante participación en la decisiva batalla de Yungay en  
1839 (Vargas Ugarte, 1962, p. 243). Cinco años después, en 1845, gana las elecciones  
presidenciales por primera vez, ejerciendo el cargo hasta 1851 (Basadre, 2005, p. 52),  
teniendo lugar su segundo mandato entre los años 1858 y 1862.  
Como todo presidente, Castilla tuvo enemigos políticos diversos, llegando a disgustar  
tanto sus decisiones a un sector que estos intentaron asesinarlo. Alrededor de las cinco  
y media de la mañana, del 23 de noviembre de 1860, la casa en estudio fue escenario  
de un tiroteo entre la guardia presidencial y miembros de un batallón de la guarnición  
de Lima, al mando del capitán Enrique Lara. Los rebeldes penetraron las habitaciones  
interiores, pero la guardia los enfrentó con éxito, impidiendo así el magnicidio, con  
el saldo de varios heridos y muertos (Basadre, 2005, p. 24; Bromley, 2019, p. 257)8.  
Después de dejar el cargo de jefe de Estado, Castilla continúa habitando la finca hasta  
el momento de su muerte en 1867, quedando en manos de su viuda, Francisca Diez-  
Canseco y Corbacho, la cual se vio en la obligación de rematar la propiedad en 1869  
con el fin de cancelar las deudas dejadas por su esposo. Realizada la tasación en abril  
de ese mismo año, en ella se señalan sus características arquitectónicas, resaltando  
el techo de lujo del gran salón del segundo piso, construido con telar de tabiques de  
ladrillo, cubierto de madera y cuartones entablados, y adornado con cuadros y paisajes  
italianos. Respecto a la existencia de los balcones, se indica:  
En el segundo nivel de la casa había 4 balcones de antepecho con rejas  
de fierro fundido, separado cada uno de ellos, que quedan frente a la calle  
7
8
Venta de casa, propiedad de Mariana de la Puente, a Ramón Castilla (Lima, 31 de enero de 1850).  
AGN, Protocolos Notariales, n.° 331, Lucas de la Lama, 1852, f. 322v.  
«Un atentado». El Comercio, 23 de noviembre de 1860, p. 5.  
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Divorciadas, y un balcón corrido con bastidores de cristal que toma una  
parte de dicha calle y vuelve por todo su frente a la calle de la Higuera9.  
Esta es la primera referencia que alude a los balcones. La tasación asciende a 101 954  
soles, incluyendo los dos pisos y la azotea, contando la propiedad, para entonces, con  
una «tienda esquina de dos puertas», junto a diez más colocadas a su costado por la  
calle de la Higuera. El 14 de setiembre, la viuda vende la casa, a través de un remate,  
a José Francisco Canevaro, quien la compra por cuenta de José Vicente Oyague y este,  
a su vez, actuó por encargo de Carlos González de Candamo, en la suma de 68 100  
soles, al contado10.  
Devenir de la inca hasta inicios del siglo XX  
González de Candamo fallece a los pocos meses de adquirir la propiedad. Realizada  
la división de bienes entre sus herederos, esta termina en manos de su hija Mercedes,  
esposa de Juan Pablo Bryce. En 1873, Manuel Candamo firma el contrato de venta  
de la propiedad en nombre de su hermana Mercedes, a favor de José María Peña por  
102 250 soles, en donde se menciona que era conocida popularmente como «casa del  
general Castilla»11.  
En medio de este vaivén de propietarios, la casa pasa por un menoscabo estructural  
tanto interno como externo, lo cual obliga a la contratación del carpintero José  
Montezuma, a mediados de 1873, para que realice la «reconstrucción de la finca».  
Solicita, por ello, al alcalde de Lima que se le otorgue licencia para armar andamios  
por los dos lados de la fachada, acompañando su pedido de un plano sobre cómo  
debía quedar la obra, siendo esta la imagen más antigua que se conserva de la casa  
Castilla12. En ella, se observa la fachada principal, en la calle de Divorciadas n.° 206,  
con balcones de antepecho, característicos de mediados del siglo XIX (Figura 1).  
9
Tasación de casa de propiedad de Francisca Diez-Canseco y Corbacho, con Juan Pérez (Lima, 12 de  
abril de 1869). AGN, Protocolos Notariales, n.° 743, José Selaya, 1869, f. 950v. La viuda moriría a una  
edad muy avanzada, el 6 de noviembre de 1906 (Instituto Libertador Ramón Castilla, 2001, p. 65).  
10 Venta de casa, propiedad de Francisca Diez-Canseco y Corbacho, a Carlos Gonzáles de Candamo  
(Lima, 26 de octubre de 1869). AGN, Protocolos Notariales, n.° 743, José Selaya, 1869, f. 957. La  
escritura de declaratoria, adjudicando la casa a González de Candamo, la presenta Oyague todavía  
cinco semanas más tarde.  
11 Venta de casa, propiedad de Mercedes Candamo a José María Peña (Lima, 23 de junio de 1873). AGN,  
Protocolos Notariales, n.° 581, Francisco Palacios, 1873, f. 777v.  
12 Solicitud presentada por José Montezuma para armar andamios. AHML, Licencias, Obras Públicas,  
LIC 36, 1872, f. 2.  
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Henry Eduardo Barrera Camarena  
Figura 1. Vista de la fachada por el lado de la calle de Divorciadas, 1873. Fuente:  
Archivo Histórico de la Municipalidad de Lima (AHML), Licencias, Obras Públicas,  
LIC. 36-001, 1872.  
José María Peña, el comprador de 1873, habita la finca junto a su esposa Manuela  
Costas por un corto lapso, pues deciden trasladarse a Arequipa, ciudad en la cual  
fallece en 1886, quedando con vida solo dos de los siete hijos del matrimonio, Julia  
y Juan Manuel. Muerta Manuela, en abril de 1888, sus dos hijos realizan la división  
de bienes el 26 de enero de 1889, acordando que la casa quedaría en manos de Julia,  
quien contrae nupcias con Carlos von der Heyde y Ugarteche, llegando a tener dos  
hijas, Josefina y Julia María. Fallecida la madre en 1903, su testamento reconoce a  
la segunda de sus hijas como nueva dueña de la casa, casándose a su vez esta con  
Alejandro Barreda y Laos, quien fallece en 1917. Su segundo matrimonio se daría con  
el doctor Pedro Yrigoyen Diez-Canseco13.  
Búsqueda de cambio de uso y el informe de la Junta Deliberante Metropolitana  
Julia María y su esposo realizaron modificaciones a la casa, acondicionando el primer nivel  
para alquilarlo a distintos establecimientos comerciales, siendo ocupado el segundo por  
algunas instituciones como el Instituto Peruano de Estadística, la Sociedad Química  
del Perú y la Academia de Comercio Mundial. La situación causó críticas por el uso  
dado a la propiedad, al punto de que el senador por Ayacucho, Luis Enrique Galván,  
presenta un proyecto el 11 de setiembre de 1954 con el fin de declarar Monumento  
Nacional la casa donde vivió uno de los personajes más importantes de la historia  
republicana, y perpetuar así su memoria, todo ello, justamente, en el llamado «Año  
del Libertador Ramón Castilla»14. La declaración como monumento sería el soporte  
legal que la protegería frente a algún futuro derrumbe o posibles modificaciones que  
13 BNP, Colección manuscritos, D13135, f. 41.  
14 «La casa Castilla». El Comercio, 12 de febrero de 1954, p. 3.  
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se quisieran realizar, tanto en la fachada como en su interior, disponiendo el Ejecutivo  
las medidas convenientes para la restauración del inmueble y su acondicionamiento  
como sede del Museo Histórico de la República15.  
Por aquel tiempo, la puerta principal de la propiedad estaba en la calle Divorciadas  
número 607, ubicándose un negocio de platería y un almacén en las puertas a la calle  
a su izquierda, y en el número 609, una tienda de oleografías, medallones y objetos  
de arte. La casa, construida en madera y quincha, se encontraba en un buen estado  
de conservación y poseía un estilo sobrio en su fachada, aunque por su composición  
no sobresaliera por ningún detalle artístico, salvo por un portón arqueado. Cruzando  
este último, se accedía a un zaguán que llevaba a un patio y, al fondo a la derecha, a  
una escalinata conducente al segundo piso. En los altos, una extensa sala rectangular  
con ventana y puerta daba a un corredor16, que se complementaba con un amoblado  
elegante y de buen gusto, y una estantería repleta de volúmenes que llegaba casi hasta  
el techo, decorada por un suntuoso artesonado de madera tallada, cubierto de bellas  
pinturas que representaban imágenes religiosas, las cuales, por sus vivos colores,  
conservaban la frescura que tuvieron originalmente17.  
El 30 de mayo de 1954, el municipio limeño coloca una placa recordatoria de bronce  
en la fachada exterior de la casa. A la ceremonia, que formaba parte del programa  
de homenajes oficiales dedicados a la memoria de Castilla, asistieron delegaciones  
de los institutos armados, agregados militares extranjeros, miembros de instituciones  
patrióticas, históricas y culturales, así como algunos de sus descendientes. La placa  
develada por el alcalde Luis Larco Ferrari llevaba la siguiente inscripción: «En esta  
casa habitó, durante gran parte de su esforzada y luminosa vida, el Libertador Gran  
Mariscal del Perú don Ramón Castilla, invicto soldado e insigne estadista. Homenaje  
de la Municipalidad de Lima en el año del Libertador Mariscal Castilla. 30-V-1954».  
Al día siguiente, en el salón de sesiones del Palacio Municipal se colocaría un óleo  
con el retrato del mariscal18.  
Tanto Julia como su esposo vivieron en el inmueble durante varios años, hasta  
el fallecimiento de este último, momento en el cual la viuda decide su venta a la  
inmobiliaria La City S. A., el 3 de octubre de 1958, tras negociaciones y propuestas  
diversas con personas y empresas interesadas19. Años después, en 1962, la comisión  
técnica de la Junta Deliberante Metropolitana de Monumentos Históricos, Artísticos  
15 «La casa Castilla». El Comercio, 13 de febrero de 1954, p. 5.  
16 La casa conservaba sus «arquerías de madera en los corredores altos, formados por arcos carpaneles  
muy tendidos» (García Bryce, 1980, p. 87).  
17 «La casa Castilla». El Comercio, 12 de febrero de 1954, p. 3. Desde la apreciación del arquitecto  
Héctor Velarde (1981, p. 6), la casa estaba constituida por elementos pertenecientes a diferentes etapas  
de construcción, comenzando a mediados del siglo XVIII y culminando a fines del XIX.  
18 «La Municipalidad de Lima colocó una placa recordatoria en la casa Castilla». El Comercio, 31 de  
mayo de 1954, p. 5.  
19 «La casa Castilla». El Comercio, 4 de octubre de 1958, p. 4.  
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y Arqueológicos de Lima elabora un informe que considera la casa no solo un bien  
intangible, sino también merecedora de una «doble intangibilidad», lo cual reafirmaba  
una calidad excepcional, un valor urbanístico y un significado histórico-artístico  
notables (Hayakawa, 2002, p. 46). Su conservación se hacía, por tanto, imprescindible  
e imperativa, aunque ello contraviniera planes de desarrollo, crecimiento o  
transformación urbana20.  
En 1963, la Junta presenta el denominado «Informe de la Comisión de Calificación  
de los Monumentos Coloniales y Republicanos», elaborado por el equipo técnico  
conformado por Rafael Marquina, Héctor Velarde y Víctor Pimentel. En el escrito,  
propusieron que los monumentos sean evaluados independientemente de su estado  
de conservación, con una nueva calificación que considerara su calidad estético-  
arquitectónica y la unidad del ambiente urbano, sin que ello significara dejar de lado  
las pautas recomendadas por el Consejo Nacional de Conservación y Restauración  
de Monumentos Históricos y Artísticos21. En cuanto al tipo de ambientes urbanos o  
paisajísticos monumentales según su clase, la casa encajaba en la claseA22, calificación  
que le reconocía su «valor artístico, arquitectónico-urbanístico y/o histórico-artístico».  
En tanto que, en el tipo de ambientes urbanos o paisajísticos según la categoría, fue  
incluida en la categoría B, la cual proponía la conservación de solo una parte del  
monumento. Finalmente, en el tipo de ambientes urbanos o paisajísticos según la  
calidad, su designación fue el «a». Ello significaba que la calidad de su ambiente  
era excelente, destacando como «ejemplo importante para la historia de la evolución  
urbana de Lima».  
La comisión técnica de la Junta observó que la fachada había sido totalmente  
alterada, perdiendo así su valor arquitectónico. En el interior el patio se conservaba  
íntegramente, destacando su hermosa escalera techada con arcos de madera,  
además del detalle de sus galerías y barandas neoclásicas. Se concluyó que debían  
conservarselos ambientes que conformaban el patio y el zaguán, junto a sus elementos  
arquitectónicos y decorativos.  
20 Creada en 1962 por la Municipalidad de Lima, la Junta estaba compuesta por profesionales de altísimo  
nivel, quienes clasificaron los monumentos «por tipos, épocas y ubicaciones distritales, calificándolos  
mediante criterios como Clase (valor histórico-estético o de emplazamiento-entorno), Categoría  
(porcentaje o interés de conservación propuesto) y Calidad (valor según la calidad del conjunto y/o sus  
partes), que eran expresados por una Clave de Calificación» (Hayakawa, 2002, p. 46).  
21 El Consejo fue creado por la Ley n.° 8853, del 9 de marzo de 1939, con el fin de proteger y conservar  
los monumentos provenientes de la época colonial (Valenzuela, 2015, p. 11).  
22 En el informe, la clasificación que propusieron fue la siguiente: tipo de ambientes urbanos o paisajísticos  
monumentales según su clase (clase A, B y C), tipos de ambientes urbanos o paisajísticos según la  
categoría (clase A, B y C) y tipos de ambientes urbanos o paisajísticos según la calidad (clase a, b y c).  
El uso de letras mayúsculas y minúsculas figura de dicho modo en el informe.  
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Del inminente derrumbe a sede del Instituto Libertador Ramón Castilla  
Durante la gestión de la alcaldesa Anita Fernandini, a mediados de 1963, y ante el  
asombro de muchos, la inmobiliaria La City S. A. empezó a demoler por dentro la casa  
Castilla con el objetivo de levantar ahí un edificio, específicamente la parte posterior del  
segundo piso, en donde se retiraron algunas artísticas puertas y una parte de las losetas  
del suelo. El argumento para tal acto no podía ser el mal estado de conservación, pues  
se encontraba en buenas condiciones, salvo el hecho de que la arquitectura original  
de la fachada había sido alterada algunos años antes. Tales acciones se ejecutaron de  
forma tal que se pudiera alegar el estado ruinoso del inmueble, con el fin de obtener su  
desocupación total.  
Al conocer estos hechos, la Junta Deliberante Metropolitana se manifestó mostrando  
su extrañeza, recordando que no había otorgado ninguna autorización para tal  
demolición,razón por la cual iniciaría las investigaciones correspondientes23. Por su  
parte, el general EP Felipe de la Barra, presidente del Instituto Libertador Ramón  
Castilla (ILRC) y del Centro de Estudios Histórico-Militares del Perú, comunicó su  
intención de entrevistarse con la alcaldesa a fin de detener la demolición. Para él, la  
propiedad debía ser protegida a través de un marco legal que la declarara monumento  
nacional24.  
Para bien de la ciudad, la compañía inmobiliaria detuvo sus trabajos, impidiéndose  
así la destrucción de otra casa histórica bajo el falso lema del «progreso urbano». Sin  
embargo, en 1969 es retomada una vez más la propuesta de demolición, no faltando  
nuevamente quienes alzaron su voz de rechazo. En ese momento, la propiedad se  
hallaba ocupada por diversas familias, y por una tienda ubicada en el primer nivel25.  
Como se puede ver, transcurrieron seis años entre ambos intentos por demolerla,  
tiempo durante el cual no pudo ser declarada todavía monumento nacional.  
El arquitecto Víctor Pimentel, director técnico del Consejo de Monumentos  
Históricos, se pronunció firmemente en contra26, llegando a trascender que detrás  
23 «Están demoliendo la casa donde vivió Castilla». El Comercio, 21 de julio de 1963, p. 3.  
24 «El general Felipe de la Barra cree que debe conservarse la casa en que vivió Castilla». El  
Comercio, 22 de julio de 1963, p. 5.  
25 «Será demolida en Pando casa donde residiera el mariscal Castilla». El Comercio, 21 de  
octubre de 1969, p. 3.  
26 El arquitecto Pimentel fue uno de los firmantes de la llamada Carta de Venecia (1964),  
«a partir de la cual las intervenciones en el patrimonio edificado adquieren un matiz más  
científico» y una mayor conciencia sobre la conservación de los vestigios del pasado  
(Copaira, 2018, p. 69). Con la Carta se establecieron «los principios comunes que deben  
regir la conservación y la restauración, cuyos objetivos son principalmente salvaguardar  
el valor artístico e histórico de los monumentos» (Bonilla, 2015, p. 46). De esta manera,  
Pimentel se «enfrentó» a aquellos que, desde sus cargos públicos, buscaban la destrucción  
del patrimonio monumental (Beingolea, 2015, p. 12).  
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de la adquisición y proyecto de demolición se encontraba un banco. Sin embargo,  
dicha entidad desistió de su propósito tras recibir el informe que calificaba la casa  
como monumento intangible, pese a no tratarse de un documento de declaratoria. El  
arquitecto Pimentel llegó a lamentar la alteración de la fachada, aunque rescataba  
el hecho de que todavía se conservara el gran patio, «que es notable por su hermosa  
escalera techada con arcos de madera, y por el detalle de sus galerías y barandas  
neoclásicas»27. También sostuvo que esta circunstancia debía ser utilizada para crear una  
política de ayuda a los propietarios de fincas históricas.  
Hacia 1972, la casa se hallaba semi arruinada, a tal punto que corría el peligro de  
derrumbarse. El descuido y el paso del tiempo jugaron en contra de su conservación.  
La noche del 26 de setiembre de dicho año se produjo el desplome de algunos cuartos  
exteriores de la antigua construcción, donde funcionaba un restaurante, alarmando  
a sus pocos habitantes; felizmente, la mayoría de las habitaciones se encontraban  
desocupadas. Tanto la fábrica de estuches como la Sociedad Química del Perú  
continuaban funcionado en el primer y segundo piso, respectivamente. Desde el ILRC  
—fundado en 1952— se informó haber realizado las gestiones para comprar la casa,  
con el propósito de restaurarla y usarla como sede, pero que fracasaron debido a la  
elevada pretensión económica del propietario28. Una postura opuesta a la compra  
provino, sorpresivamente, del arquitecto Emilio Harth-Terré, para quien el derrumbe  
era un claro ejemplo de la afectación sufrida en las estructuras por el paso del tiempo,  
concluyendo que «no hay remedio para esta situación, salvo que se inviertan algunos  
centenares de miles de soles, de improbable recuperación». Cuestionó, igualmente, el  
valor del patio, pues este no estaba ahí cuando la habitó el mariscal Castilla. Por esas  
razones, desde su punto de vista, carecía de méritos «como para gravar a su propietario  
conservándolo tal y cual»29.  
El Instituto Nacional de Cultura (INC) no tardaría en pronunciarse específicamente  
sobre lo formulado por Harth-Terré en el siguiente sentido: más que demolida, la casa  
debía ser restaurada, priorizándose la conservación del patio y el zaguán; indicándose  
en el proyecto las zonas no conservables y contemplándose el adecuado tratamiento  
de esos espacios dentro del nuevo conjunto30.  
27 «A que demuelan casa de Castilla se opone Consejo de Monumentos». El Comercio, 22 de octubre de  
1969, p. 5.  
28 «Escaso mérito tiene casa donde vivió Castilla, dice el arquitecto Harth-Terré». El Comercio, 28 de  
setiembre de 1972, p. 5.  
29 «Ruina total amenaza vieja casa donde vivió el mariscal Castilla». El Comercio, 1 de octubre de 1972,  
p. 5.  
Harth-Terré fue muy cuestionado en su época por realizar destructivas remodelaciones  
a
edificios tradicionales, llegándose  
a
acuñar por tal hecho el término «jarterrorismo»  
(Ramos, 2016, pp. 104-105).  
30 «Patio  
y
zaguán de casa Castilla deben conservarse, dice el INC». El Comercio,  
5
de octubre de 1972, p. 7. El entonces recién creado INC tuvo entre sus funciones la  
conservación y protección del patrimonio arqueológico, histórico, artístico y cultural de la nación  
(Valenzuela, 2022, p. 15).  
100  
De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón Castilla  
La iniciativa de que el inmueble se convierta en la sede del Instituto Libertador Ramón  
Castilla, ubicado entonces en la primera cuadra del Paseo Colón, volvió a tomar  
fuerza en este contexto. Para Fernando Gamio Palacios, la postura del INC era la más  
adecuada, salvo por el hecho de que, a pesar del mal estado en que se encontraba la  
propiedad, su recuperación no debía ser parcial: que hubiera sido habitada durante  
años por el mariscal Castilla era motivo suficiente para recuperarla en su totalidad31.  
Es en medio de estas discusiones que se aprobó la Resolución Suprema n.° 2900,  
el 28 de diciembre de 1972, que declaraba la casa como patrimonio cultural en la  
categoría de monumento32. No obstante, una comisión técnica del municipio limeño la  
declaró finca ruinosa en marzo de 1973, señalando en su informe el grave peligro que  
representaba para quienes la habitaban o laboraban en ella —la fábrica de estuches  
continuaba en el primer piso—, por la posibilidad de desplome. Se mantuvo en ese  
estado hasta marzo de 1974, cuando el municipio decretó su clausura por inhabitable  
(Cho Montoya, 1974).  
Por su parte, la inmobiliaria propietaria no mostraba interés por mejorar la estructura  
interna y externa de la casa. Ante esta dejadez, el general De la Barra remitió un oficio  
al ministro de Guerra, general Óscar Vargas, el 3 de diciembre de 1975, solicitando  
su adquisición por el Estado con el fin de restaurarla, por las razones siguientes: por  
haberse cumplido el primer centenario de la conmemoración de la abolición de la  
esclavitud y porque, teniendo un valor aproximado de doce millones de soles, se  
trataba de un monto que el gobierno podía desembolsar33.  
En 1975, un corresponsal de la revista Oiga realizó una visita al lugar, acompañando  
su nota periodística con fotografías tomadas tanto del exterior como del interior de la  
casa. Sobre el primero, puede verse la fachada por ambos lados de la calle; en el caso  
de la del jirón Carabaya, mantenía la misma fisonomía que en el plano de 1873, con  
sus balcones de antepecho.  
La segunda fotografía corresponde al patio del primer piso, que, a simple vista, se  
hallaba descuidado, descolorido, con lunas rotas y en mal estado de conservación. Las  
galerías y barandas, talladas en madera, estaban en igual condición. Las losetas del  
piso fueron retiradas y, en general, gran parte del revestimiento se perdió con los años.  
31 «Casa Castilla». El Comercio, 7 de octubre de 1972, p. 5.  
32 «Declaraciones». El Peruano, 31 de diciembre de 1972, p. 19.  
33 «Casa Ramón Castilla». El Comercio, 4 de diciembre de 1975, p. 3.  
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Figura 2. Vista de la fachada de la casa. Fuente: «La casa de Castilla: una verdadera  
ruina», Oiga, n.º 604, 17 de octubre de 1975, p. 15.  
Figura 3. Vista del patio de la casa. Fuente: «La casa de Castilla: una verdadera ruina»,  
Oiga, n.º 604, 17 de octubre de 1975, p. 16.  
102  
De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón Castilla  
Al año siguiente, el 15 de noviembre de 1976, la cartera de Vivienda y Construcción  
autorizó la demolición de la casa por Resolución Ministerial n.° 497-76-VC34. Dicha  
norma tuvo su origen en una inspección que declaró la propiedad en estado ruinoso,  
otorgándose un plazo de cinco días para ser demolida. A favor de su conservación se  
manifestó Gloria de los Santos, funcionaria del INC, alegando su carácter histórico,  
el ser una de las pocas casas existentes de estilo neoclásico, y que los propietarios,  
según la resolución suprema de 1972 y el artículo 5 de la Ley n.° 19033, estaban  
obligados, bajo responsabilidad, a preservarla y conservarla (Cabrera, 1976a). A los  
pocos días, trascendió que la empresa propietaria fue quien gestionó la aprobación de  
la resolución.  
La defensa de la casa por parte del INC rindió sus frutos. El 17 del mismo mes, el  
Ministerio de Vivienda anunció la suspensión de la resolución, ante el compromiso  
del INC de repararla lo antes posible. La empresa propietaria no tuvo más opción que  
acatar la medida (Cabrera, 1976b). En la Figura 4 se aprecia el desmantelamiento de  
la parte superior y la demolición del interior del tercer nivel, hecha de forma arbitraria,  
sin ninguna intención de conservar los elementos antiguos y característicos de la casa.  
Figura 4. Vista de la demolición del techo de la casa. Cabrera Luces, Ó. (1976b, 18 de  
noviembre). «Suspenden demolición de finca ruinosa». La prensa, p. 5.  
34 «Normas». El Peruano, 29 de noviembre de 1976, p. 8.  
103  
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Henry Eduardo Barrera Camarena  
El 5 de setiembre de 1978, pocos días después del natalicio del mariscal Castilla (31  
de agosto), el diario La Prensa volvió a tocar el tema de la situación de la casa donde  
vivió una parte de su vida. Su recuperación era una deuda pendiente de las autoridades  
competentes35, pese a que el Estado no podía intervenir en una propiedad privada. La  
primera acción a realizar tenía que ser su expropiación.  
El tiempo pasaba y poco o nada se hacía. En agosto de 1979, un nuevo reportaje  
sobre la casa anunciaba que se estaba desmoronando, lo cual complejizaba aún más  
su restauración. Prácticamente, era la única finca ruinosa de la calle donde se situaba.  
A su costado y al frente, se encontraban los edificios del Banco Continental y el  
Banco Wiese. De los pocos inquilinos que la habitaban ya no quedaba ninguno. Era  
un peligro público: los transeúntes corrían el riesgo de sufrir algún daño a pesar de  
hallarse semi cercada por unos tablones de madera36. Al conocerse esta noticia, el INC  
se pronunció inmediatamente, negando la posibilidad de desplome y alegando que  
la propia institución había realizado obras de emergencia, como el apuntalamiento  
de sus columnas y en otros puntos de la estructura. Asimismo, el INC anunció la  
existencia de un estudio histórico de la propiedad, acompañado de planos, con los  
cuales se había elaborado el anteproyecto para su restauración37.  
Lamentablemente, según el INC, la empresa propietaria no tenía interés en restaurarla.  
Por esa razón, se vio en la necesidad de entablar conversaciones con entidades  
privadas de la banca en busca de alguna que invirtiera en su compra. Por tratarse  
de patrimonio histórico, no podía ser destruida ni modificarse su estructura38. Las  
intenciones del INC eran buenas, pero tampoco se podía ocultar el estado real de  
la casa: el apuntalamiento hecho solo aplazaba su desplome. Así, mientras el INC  
continuaba buscando financiamiento, la casa seguía deteriorándose39.  
El 3 de junio de 1980 se hizo pública una solicitud dirigida por el general Marcial  
Rubio, presidente del ILRC, a instituciones de todo el país para que contribuyan  
económicamente en la restauración del monumento histórico40. Meses después,  
seanunció finalmente su restauración por el Fondo Metropolitano de Inversiones  
(Invermet) para ser convertida en museo, núcleo turístico y comercial41, procediéndose  
antes a su expropiación42.  
35 «¿Y la casa de Castilla?». La Prensa, 5 de setiembre 1978, p. 3.  
36 «Casa donde nació Castilla se desploma inexorablemente». El Comercio, 28 de agosto de 1979, p. 5.  
37 «La casona donde vivió Castilla no corre peligro de caerse, dice INC». El Comercio, 29 de agosto de  
1979, p. 3.  
38 «La casona donde vivió Castilla no corre peligro de caerse, dice INC». El Comercio, 29 de agosto de  
1979, p. 3.  
39 «La casa de Castilla». El Comercio, 1 de setiembre de 1979, p. 2.  
40 «La casa Castilla». El Comercio, 3 de junio de 1980, p. 5.  
41 «La casa del mariscal Castilla». El Comercio, 2 de setiembre de 1980, p. 4.  
42 «Será restaurada la casona donde nació Ramón Castilla». La Prensa, 8 de julio de 1980, p. 4.  
104  
De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón Castilla  
Expropiación y proyecto de restauración  
Entró a tallar en el asunto el Ministerio de Economía y Finanzas, el cual debía aprobar  
el desembolso del dinero requerido. El 23 de mayo de 1985, se promulgó la Ley  
n.° 24130, la cual declaró de necesidad y utilidad pública la expropiación de la casa  
Castilla43.  
Tres semanas después, el investigador César Coloma (1985) publicó una nota sobre  
la ley que beneficiaría a la casa, la cual incluye fotografías del patio del primer piso,  
realizadas durante su visita (Figura 5). En ellas, se visualiza el grado de abandono  
de las galerías, las cuales se hallaban destartaladas y sostenidas por columnas con  
muestras de encontrarse apolilladas, y la amplia escalera, que se abría en dos brazos  
y estaba cubierta por un dosel de madera, visiblemente deteriorada. Casi todos los  
ornamentos del patio, por último, se observan recubiertos con tablillas y cartones que  
pretendían «modernizarlos». Con la restauración, todo esto debía ser retirado.  
Figura 5. Vista del interior de la casa Castilla. Coloma, C. (1985, 13 de junio).  
«Restaurarán la casa de Castilla». El Comercio, pp. C6-C7.  
105  
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Henry Eduardo Barrera Camarena  
A través de la Resolución Directoral N.° 798-INC-86, de 30 de diciembre de 1986,  
se aprobó la compra directa de la casa por el Estado, representado por el INC, a  
sus propietarios, Luis Picasso Peralta y Víctor Montori Alfaro, por un monto de dos  
millones ciento treinta mil intis44. El traspaso se concretó en febrero de 198745. Cabe  
agregar que, tanto la financiación de la compra como de la consiguiente restauración,  
se logró gracias al convenio realizado entre el Invermet y el INC, contando con la  
participación del Ministerio de Guerra y del ILRC.  
En setiembre de 1996 se realizó un levantamiento catastral del inmueble, el cual  
incluyó un plano de la manzana (Figura 6), reconociéndose poseer un área de terreno  
de 1 775.72 metros cuadrados, y un área construida de 2 952.84 metros cuadrados46.  
Figura 6. Plano de la manzana donde se ubica la casa Castilla (1996). Fuente:  
Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, exped. 5055-015, 1996.  
44 «Compra casa Castilla». El Comercio, 15 de enero de 1987, p. 5.  
45 «Compra casa Ramón Castilla». El Comercio 2 de marzo de 1987, p. 5.  
46 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, exped. 5055-015, 1996.  
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De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón Castilla  
Luego de la compra, a inicios del año 2000, el Ministerio de Defensa solicitó la  
afectación en uso de la casa para destinarla al funcionamiento del ILRC y del Museo  
Castilla, siendo aceptada por Resolución Suprema N.° 061-2000-PRES, del 8 de  
junio47. Poco después, el 16 de octubre, el Ministerio procedió a la entrega formal del  
inmueble a favor del ILRC, conteniendo el acta de entrega una descripción del estado  
de la propiedad:  
El primer nivel se hallaba conformado por dos patios, uno principal alrededor del  
cual estaban las habitaciones más importantes, y el traspatio, en cuyo contorno se  
encontraban el comedor, la cocina y los cuartos de servicio, todo con un área de  
1 505.75 metros cuadrados. La estructura predominante era, mayoritariamente, la  
albañilería de telares dobles, en tanto un artesonado de madera conformaba los techos.  
Al segundo nivel se podía acceder a través de una escalera imperial de madera en tres  
tramos, con gradas de losa de mármol, teniendo un pasamanos y balaustres torneados  
de madera, ubicados en el patio principal. Las habitaciones se organizaban en torno  
a los balcones, dando uno al patio principal y con acceso al salón principal, y el otro  
al traspatio, todo con un área de 1 315.32 metros cuadrados. La estructura se hallaba  
conformada por telares dobles y sencillos, y sus techos igualmente artesonados de  
madera. Finalmente, del tercer nivel, solo se contaba con un cuarto, al cual se accedía  
por una escalera recta de dos tramos, siendo su área total 86.46 metros cuadrados48.  
En mayo de 2001, se firmó un convenio de cooperación interinstitucional entre el INC  
y el ILRC, cuyo objetivo era contar con un proyecto arquitectónico y estructural del  
inmueble, el cual fue elaborado por la Dirección General de Patrimonio Monumental  
e Histórico del INC, con apoyo financiero del Ministerio de Educación, y se presentó  
al año siguiente bajo el título «Proyecto de restauración y adecuación a nuevo uso  
de la casa Castilla». Aprobado el 23 de agosto de 2002, rescataba básicamente sus  
valores artísticos y arquitectónicos49.  
El 3 de julio de 2003, la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la  
Superintendencia de Bienes Nacionales realizó una inspección ocular con el propósito  
de constatar si el predio cumplía o no, de acuerdo con la resolución suprema, con  
las condiciones para el funcionamiento en él del Museo Castilla y el ILRC. La casa  
se hallaba en un estado ruinoso, con malas condiciones estructurales e, incluso, con  
sectores en donde muros y techos habían colapsado, por lo cual se decidió apuntalar el  
resto de la edificación con el fin de evitar una mayor destrucción. Los muros de adobe  
del primer piso se encontraban erosionados a causa de la humedad, mientras los del  
segundo piso, de quincha, se hallaban afectados por xilófagos en todo el maderamen.  
47 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, exped. 5055-015, 2000, pp. 13-14.  
48 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, exped. 5055-015, 2000, pp. 15-16.  
49 Ministerio de Cultura, exped. 40749-2012, informe técnico n.° 728-2012-DPHCR-DG9C/MC, p. 2.  
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Las vigas, viguetas y entablados de madera de los entrepisos y techos, por su parte,  
mostraban una imagen lamentable50.  
Alos días, se solicitó al Ministerio de Defensa brindar su descargo por dicha situación,  
pero, ante su silencio, se requirió el 5 de setiembre al primer vicepresidente del ILRC,  
general EP Herrmann Hamann Carrillo, para que informara acerca de las acciones y  
coordinaciones realizadas en la ejecución de la resolución suprema del año 2000. La  
respuesta llegó a través de un oficio del 30 de junio de 2004, informando al INC sobre  
los trabajos de emergencia efectuados en el inmueble, correspondientes a liberaciones,  
apuntalamientos y refuerzo estructural, todo ello respetando el proyecto aprobado de  
nuevo uso de la propiedad51.  
En julio de 2004, el ILRC comunicó al municipio limeño que se vio obligado a  
realizar los trabajos de emergencia mencionados, así como calzaduras de cimentación  
de algunas zonas críticas52, sobreentendiéndose que no habrían contado con el  
visto bueno del INC ni de la misma comuna. Tal afirmación quedó verificada tras  
la inspección ocular de noviembre, realizada por la Subdirección de Conservación  
y Restauración, la cual informó de aquello a la Dirección de Patrimonio Histórico  
Colonial y Republicano, a fin de que se notificara al presidente del ILRC que debía  
limitarse a ejecutar las obras de acuerdo al proyecto y no realizar otras no contempladas  
ni autorizadas, pues, de lo contrario, se optaría por la paralización o demolición de  
lo avanzado. Existía una clara diferencia entre restaurar y reconstruir: el proyecto  
indicaba lo primero, pero el ILRC realizaba lo segundo, sin ningún expediente técnico  
validado por arquitectos peritos en el tema. Dicha reconstrucción pasaba por alto toda  
opinión o base legal presente53.  
En la Figura 7, se aprecia cómo fue retirada la fachada del lado de la avenida  
Emancipación, quedando solo columnas de madera que fueron ocultadas con mallas  
para evitar que se pueda observar la obra realizada. En la Figura 8 se visualiza cómo  
no se pudo ocultar lo evidente: la demolición parcial, quedando esqueletos de madera  
por zonas, sin relleno ni forma.  
50 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, Superintendencia de Bienes Nacionales, oficio n.°  
6036-2003/SBN-GO-JAR, p. 21.  
51 Ministerio de Cultura, exped. 40749-2012, oficio n.º 452-PRES/ILRC, 2004, p. 32.  
52 Ministerio de Cultura, exped. 40749-2012, oficio n.º 480-PRES/ILRC, 2004, p. 17.  
53 En torno a la diferencia entre restauración y reconstrucción, véase Hayakawa, 2012, p. 20.  
108  
De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón Castilla  
Figura 7. Fachada del inmueble por el lado de la avenida Emancipación (2008). Fuente:  
Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, exped. 5055-015, 2000.  
Figura 8. Fachada del inmueble por el lado del jirón Carabaya (2008). Fuente:  
Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, exped. 5055-015, 2000.  
109  
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Henry Eduardo Barrera Camarena  
Pese a las acciones ejecutadas por el ILRC, hacia mediados de 2005 la Dirección  
de Defensa Civil de la municipalidad consideró que, al presentar un alto riesgo de  
colapso inminente, la propiedad no cumplía con las condiciones básicas de seguridad,  
convirtiéndose en un peligro para quienes transitasen por el lugar. Por ese motivo, en  
octubre se recomendó al ILRC restaurar la casa en el más breve plazo, en especial  
lafachada, a fin de retirar el cerco y permitir el libre tránsito de los peatones; apuntalar  
los muros del segundo piso, retirando las instalaciones eléctricas defectuosas; y  
coordinar, por último, la más rápida ejecución de dicho trabajo con la Dirección  
Municipal de Desarrollo Urbano, Prolima e INC54. El Ministerio de Defensa, en  
tanto, informaba a la Superintendencia de Bienes Nacionales sobre sus gestiones  
ante instituciones como el Ministerio de Educación y diversas personalidades, por el  
financiamiento imprescindible para la realización del proyecto55.  
Durante la ejecución del proyecto, el nuevo Ministerio de Cultura —creado en el  
año 2010— realizó diversas observaciones a causa de las recurrentes alteraciones  
realizadas por el ILRC, debido a que atentaba tanto contra la conservación del  
monumento como contra la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación56. En  
noviembre de 2010 se le dio un plazo de veinte días al ILRC para rectificar lo hecho  
y, sin embargo, en febrero de 2011 el general Hamann, presidente del ILRC, informó  
un avance de poco más del cincuenta por ciento en los trabajos de restauración y  
un gasto superior al millón de soles hasta esa fecha57. Los cuestionamientos no  
tardaron en llegar, observándose: primero, la utilización de materiales distintos a los  
de la construcción original, generando confusión y una alteración de la estructura; y,  
segundo, el descubrimiento, por la División de Control de Edificaciones de la comuna  
limeña, en agosto de 2012, de que las obras ejecutadas no contaban con licencia alguna  
de edificación para obra nueva, restauración, demolición, ampliación, remodelación  
y regularización58. Ante dicha inexistencia, se dispuso la suspensión de toda acción  
constructiva.  
El 30 de octubre de 2012, el ILRC comunicó al Ministerio de Cultura que la razón  
de dichas alteraciones era que los planos establecidos en el proyecto no se adecuaban  
al nuevo uso que se le daría a la casa como museo, establecido por la Ley n.º 24130,  
y por ese motivo se vieron obligados a realizar aquellos ajustes, los cuales, además  
de responder a lo exigido por Defensa Civil, estaban a la espera de su aprobación  
54 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, Superintendencia de Bienes Nacionales, Dirección de  
Defensa Civil, notificación n.° 218-2005-MML/DDC, p. 28.  
55 Ministerio de Cultura, exped. 40749-2012, oficio n.° 7223-2005/SBN-GO-JAR, p. 45.  
56 En su estudio sobre las intervenciones en el Centro Histórico de Lima, Rodríguez-Larraín (2014, p. 148)  
indica que muchos inmuebles sufrieron diversas modificaciones que afectaron su autenticidad en cuanto  
a arquitectura, diseño y materiales entre los años 1991 y 2010. La casa Castilla se trata, pues, de un in-  
mueble más, entre muchos otros, que vio alterada su composición original.  
57 Los recursos con que se contaban eran limitados, lo que llevó a que los mismos asociados del ILRC apo-  
yen subvencionando el proyecto por medio de cuotas que daban voluntariamente.  
58 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, oficio n.° 082-2012-MML-GDU-SAU-DCE, p. 36.  
110  
De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón Castilla  
por el Ejecutivo59. Entre los ajustes realizados, estuvieron: el contar con dos nuevas  
salidas a la calle por el lado del patio principal y el traspatio, como complemento  
de la puerta principal; y el retiro de algunos muros del segundo piso debido a que  
las habitaciones no facilitaban una circulación a través de los distintos ambientes en  
forma secuencial60.  
Los trabajos continuaron hasta que, en abril de 2015, el Ministerio de Cultura  
dispuso una nueva paralización debido a los cambios efectuados al proyecto  
original en diferentes espacios del inmueble, los cuales contravenían lo estipulado  
por la normativa, y al hecho de no haber presentado ninguna justificación histórico-  
documental que avalara lo realizado. A esto se sumó la comunicación de Prolima a  
la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad de Lima, de 6 de julio de  
2016, en el sentido de que las intervenciones hechas en la casa Castilla ni siquiera  
contaban con licencia de edificación y, por tanto, las obras ya ejecutadas lo habían sido  
de modo inconsulto61. Puesto en conocimiento de la Dirección General de Patrimonio  
Cultural del Ministerio de Cultura, se enfatizó que las obras no habían respondido a  
un proceso de restauración, entendido este como la intervención integral aplicada a  
los inmuebles patrimoniales del Centro Histórico de Lima, sino a la instalación de  
elementos totalmente nuevos. Del mismo modo, se solicitó al Ministerio de Defensa,  
en la misma fecha, velar también por la protección del patrimonio cultural de la nación  
a través de las medidas que considerase necesarias62.  
Apesar de todos estos cuestionamientos, resulta llamativo observar cómo, a principios  
de 2017, se inicia una remodelación total del inmueble sin contar, nuevamente, con  
la autorización correspondiente ni con proyecto alguno de restauración. En mayo  
de aquel año, Prolima notificó tal situación al Ministerio de Defensa con el fin de  
que tome acciones correspondientes según sus competencias63. De igual modo, fue  
informado el Ministerio de Cultura.  
Para marzo del 2025 la mayor parte de la casa se encuentra restaurada y, si bien es  
un gran avance, se debe recordar que, a pesar de los años transcurridos, aún no se  
termina este largo proceso, principalmente porque el ILRC no ha venido respetando lo  
firmado en el proyecto del año 2002. El inmueble permanece cerrado sin que funcione  
todavía ningún museo, ni se permite la visita del público en general, salvo algún  
permiso o carta de recomendación.  
59 Ministerio de Cultura, exped. 40749-2012, oficio n.° 065-P-ILRC-2012, p. 2.  
60 Ministerio de Cultura, exped. 40749-2012, oficio n.° 065-P-ILRC-2012, pp. 3-4.  
61 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, oficio n.° 1047-2016-MML-PMRCHL, p. 17.  
62 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, oficio n.° 1049-2016-MML-PMRCHL, p. 15.  
63 Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima, oficio n.° 798-2017-MML-PMRCHL, p. 3.  
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Figura 9. Fachada del inmueble vista por ambos lados, jirón Carabaya y la avenida de la  
Emancipación (2025). Fuente: archivo fotográfico del autor.  
Figura 10. Puerta principal del inmueble por el lado del jirón Carabaya (2025). Fuente:  
archivo fotográfico del autor.  
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De inminente demolición a futuro museo: la casa del mariscal Ramón Castilla  
Figura 11. Vista del inmueble por el lado de la avenida de la Emancipación (2025).  
Fuente: archivo fotográfico del autor.  
Conclusiones  
El mariscal Ramón Castilla es uno de los personajes políticos más importantes de  
mediados del siglo XIX, más aún porque fue el responsable de dar fin a la esclavitud  
en el Perú, medida por la cual ha pasado a la historia. Por ese motivo, el hecho de que  
la casa donde vivió durante el período de su segundo gobierno haya sido declarada  
monumento histórico significaba revalorar su memoria y reconocer su papel en el  
progreso y desarrollo del país.  
La propiedad adquiere notoriedad arquitectónica a partir de su adquisición por  
Castilla, quien le añade elementos artísticos que se conservan hasta la actualidad, a  
pesar del proceso de menoscabo y franco deterioro sufrido durante el siglo pasado,  
junto a modificaciones que no contaban con respaldo histórico, lo cual desembocó  
en la pérdida irreparable de gran parte de su originalidad estructural. La declaración  
del inmueble como monumento nacional fue solo un paliativo, cuando lo que en  
realidad necesitaba era ser restaurada por expertos en la materia, con el fin de que la  
adecuación al nuevo uso respetara lo que le quedaba de auténtico. Como consecuencia  
de las constantes modificaciones realizadas de manera unilateral por el ILRC, la casa  
ha perdido parte de su esencia al no recuperar ni conservar su fisionomía de antaño.  
En ese sentido, y más allá de señalar la responsabilidad del ILRC, llama la atención  
el accionar de las instituciones encargadas de impedir este tipo de atentados contra el  
patrimonio histórico, pues, en la práctica, se continuó modificando este monumento.  
El resultado salta a la vista, y lo poco que resta de su autenticidad debe servir, al  
menos, como ejemplo para evitar que ocurra lo mismo con otras edificaciones del  
Centro Histórico de Lima.  
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Referencias  
Fuentes primarias  
Documentos manuscritos  
Archivo General de la Nación (AGN).  
Protocolos Notariales: Antonio Luque, n.º 592, 1797; Lucas de la Lama, n.º  
331, 1852; José Selaya, n.º 743, 1869; Francisco Palacios, n.º 581, 1873.  
Archivo Histórico de la Municipalidad de Lima (AHML).  
Licencias, Obras Públicas: LIC 36, 1872.  
Biblioteca Nacional del Perú (BNP).  
Colección manuscritos: D13135, 1739.  
Ministerio de Cultura (MC).  
Exped. 40749-2012, oficio n.º 452-PRES/ILRC, oficio n.º 480-PRES/ILRC,  
2004; exped. 40749-2012, informe técnico n.º 728-2012-DPHCR-DG9C/  
MC; exped. 40749-2012, oficio n.º 7223-2005/SBN-GO-JAR; exped. 40749-  
2012, oficio n.º 065-P-ILRC-2012.  
Municipalidad Metropolitana de Lima, Prolima (MML-Prolima).  
Superintendencia de Bienes Nacionales, Dirección de Defensa Civil: oficio  
n.º 6036-2003/SBN-GO-JAR; notificación n.º 218-2005-MML/DDC.  
Exped. 5055-015, 2000; oficio n.º 082-2012-MML-GDU-SAU-DCE; oficio  
n.º 1047-2016-MML-PMRCHL; oficio n.º 1049-2016-MML-PMRCHL;  
oficio n.º 798-2017-MML-PMRCHL.  
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