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Luis Alfredo Tapia FrancoRev Arch Gen Nac. 2021; 36: 31-53
En carta escrita al rey el 7 mayo de 1576, el nuevo scal de la Audiencia, licenciado
Álvaro de Carvajal, le informó que sugirió y pidió al virrey Toledo que nombrara
una persona que tuviera a cargo la cobranza de los censos de los indios, porque
estos: “en especial los de los términos desta ciudad tienen mucho dinero dado a
censo a los españoles y de lo corrido se le debe mucha cantidad por que casi nunca
cobran”
24
. Como se recordará, según la provisión general aplicable para todo el
virreinato dada en La Plata, la cobranza de los censos estaba a cargo del scal,
conjuntamente con el defensor y abogados de naturales, conforme hemos tenido
oportunidad de mencionar
25
.
Que el propio scal del rey le sugiriera al virrey que nombrara a alguien para que
estuviera a cargo de la cobranza de los censos de indios no admite una fácil ni única
explicación, más aún en el contexto en que se hizo la sugerencia. El hecho es que al
momento que el licenciado Carvajal escribió al rey al respecto, desconocía que ya
el virrey había nombrado, semanas antes, a la persona a cargo de dicha cobranza: el
bachiller Juan Martínez Rengifo
26
.
Martínez Rengifo había llegado al Perú en 1556 con parte de su familia, oriunda
de Villafranca de la Puente del Arzobispo
27
, villa ubicada a corta distancia de la de
Oropesa, una de las sedes del condado de Oropesa perteneciente al hermano del vi-
rrey Francisco de Toledo. Durante la década de 1560 fue relator y luego scal de la
Audiencia de Lima
28
, y fue después nombrado por el virrey Toledo como visitador de
24 Levillier, 1924: VII, 316 Carta al rey del scal licenciado Carvajal, Los Reyes, 7/5/1576.
25 Ibídem.
26 Posteriormente, en 1577, en la misma carta que informara al rey la prisión y destierro del licenciado
Monzón, hace referencia a que el virrey encargó a Martínez Rengifo la cobranza y administración de
los bienes de los indios, y ser yerno de Ramírez de Cartagena, para luego cuestionar la conveniencia de
dicho cargo y las facultades conferidas (Levillier, 1924: VII, 357-358).
27 La mayor información sobre la vida, privada y pública, de Juan Martínez Rengifo está contenida en el
libro de Rodríguez, 2005. Sin embargo, deben ser corregidos algunos datos. Arma, por ejemplo, que
llegó con su familia a Lima a principios de 1555, lo cual no es posible. Alonso Muñoz (padre de Martí-
nez Rengifo), junto con su mujer Francisca Lozano Pinel, tres hijos y una hija, recién se embarcaron en
octubre de ese año para el Perú en la nao de Juan de Mondragón, que formó parte de la ota que trajo al
virrey Marqués de Cañete (AGI, Contratación, 5537, L. 1 [imagen 140], dato publicado por Bermúdez
en su catálogo de pasajeros a Indias; Vargas Ugarte, 1981: II, 62-63). Tampoco fue abogado del Cabildo
de Lima a partir de 1560, lo fue el licenciado Alonso Martínez de Rivera (LCL, 1935: VI, 250-251);
y es poco probable que ejerciera como teniente de alguacil mayor del Cabildo de Lima antes de esa
fecha. Asimismo, nunca fue depositario general de Lima; el cargo, creado por la Corona, fue vendido
en 1583 a Diego Gil de Avis con inclusión de los cargos que venía ejerciendo hasta entonces Martínez
Rengifo y tal vez por eso la confusión (LCL, 1937: IX, 629 y 638-645). Por otro lado, al nombrársele
administrador de los bienes de comunidad y de indios, también se le nombró protector de ellos. Es
verdad, sin embargo, que en sendas cartas del scal licenciado Carvajal se menciona su nombramiento
como “defensor general” de los indios (Vid. Levillier, 1924: VII, 321 y 356-357). Martínez Rengifo
fue incluido en la lista inicial de visitadores designados por Toledo antes de su salida de la capital para
participar en la Visita General en octubre de 1570; ejerciendo su labor como visitador hasta, al menos,
febrero del año siguiente (Toledo, 1986: I, 4; AGN, Protocolos Notariales siglo XVI, N.º 32, Pedro de
Entrena, escritura de poder, pueblo de Vegueta, 5/2/1572, ff. 87v-88v).
28 Nuestro personaje se identica como relator desde, al menos, el 8/5/1562 al 11/1/1568 (AGN, Protocolos
Notariales, N.º 82, escrituras del 2/5/1562, ff. 281v-282 y ff. 282-282v; Protocolos Notariales, N.º 70,
escritura de poder, 11/1/1568, ff. 171v-172v). Para el 27/8/1568 ya ejercía el ocio de scal de la Real
Audiencia (AGN, Protocolos Notariales siglo XVI, N.º 70, Nicolás de Grado, escritura de deuda, f. 781r).