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REVISTA DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN
Historia
Centenario del Archivo Nacional,
1861-1961*
Óscar Malca Olguín**
I
En los anales y fastos históricos nacionales, gura con relieve singular e imponde-
rable la fundación del Archivo Nacional del Perú, según la autógrafa de la ley, que
guardamos en nuestros repositorios devota y orgullosamente. El 15 de mayo de 1861,
dos varones ilustres, con acendrado civismo y mentalidad elevadísima, el presidente
de la República don Ramón Castilla y su ministro de Estado, doctor Juan Oviedo, rin-
diendo tributo a la cultura histórica dominante, estructuraron las bases y fundamento
cardinal de la ley de fundación del Archivo Nacional. Ya en aquellos tiempos, con
visión certera y luminosa para los destinos del Perú, y con profundo y real sentido de
la trascendencia de las instituciones básicas del país, elucubraron y dieron nacimiento
a la ley referida que, a través de su larga y accidentada trayectoria, ha rendido abun-
dantes frutos y notorios éxitos que pueden merecer, no obstante la vida silenciosa y
sin exhibicionismos que lleva, el reconocimiento nacional.
En el contexto de la ley de creación del Archivo Nacional, cuya imagen auténtica se
publica en las primeras páginas de nuestra Revista del Archivo Nacional, se descu-
bre elmente el propósito que persiguieron sus autores. Se determina con sencillez
y espíritu sabio que la institución, por su naturaleza, es la única que debe guardar y
ser depositaria de todos los manuscritos históricos, con prescindencia de cualquier
otra autoridad. Dispone y ordena que los documentos históricos que existan en la
Biblioteca Nacional deben pasar al instituto, así como los del mismo carácter de otras
asociaciones similares.
* Revista del Archivo Nacional del Perú, Lima, tomo XXV, entrega I, pp. 3-4 y entrega II, pp. 431-434
y pp. 435-439, 1961, bajo los siguientes títulos: I.- “Centenario del Archivo Nacional del Perú. 15 de
mayo de 1861 – 15 de mayo de 1961” (la presentación, propiamente dicha, del tomo); II.- “Sección
ocial. Celebración del centenario del Archivo Nacional del Perú. 15 de mayo de 1861 – 15 de mayo
de 1961”; y III.- “Discurso del director del Archivo Nacional del Perú, Dr. Óscar Malca Olguín”,
respectivamente.
** Noveno director del Archivo Nacional, entre los años 1952 y 1964.
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El cumplimiento de esta disposición ha sido reclamada, decidida y tenazmente, por el
Archivo Nacional sin haberse logrado aún ningún resultado, que es posible que en el
futuro se alcance, para benecio de la cultura nacional. Tal ley, promulgada hace un
siglo, lo propugna liando al Archivo Nacional, por su calidad, como institución na-
cional depositaria única de la documentación manuscrita peruana. El pensamiento de
su creación lleva también invívita y vital la idea de la centralización y unicación de
la documentación histórica, propendiendo así a que los historiadores, investigadores
y estudiosos de sus disciplinas dispongan de una sola sede o fuente de información
como ocurre en todas las naciones americanas y europeas. Quizás no está muy lejana
la oportunidad en que esto acontezca, para gloria y enaltecimiento de la ley creadora
del Archivo Nacional, y como rendido homenaje a la memoria de sus esclarecidos y
recordados fundadores.
El Estado, a medida que aumente su interés por la atención de estos importantísimos
organismos histórico culturales, dará cima a la construcción del edicio monumental,
que tendrá el nombre o denominación de Archivo General de la Nación, para la guarda
de toda la documentación histórica nacional. Entonces, con alta y genuina compren-
sión patriótica, disfrutará el Perú de la inmensa satisfacción y justicia de estar alineado
dentro del marco de la cultura histórica, al mismo nivel de la mayoría de las naciones
del continente y del mundo occidental.
La Dirección
II
Desde el mes de abril de 1960, el Archivo Nacional del Perú comenzó a gestionar
con el Ministerio de Justicia y Culto todo lo concerniente a la celebración de la fausta
efeméride del centenario del Archivo Nacional, fundado por el presidente de la Repú-
blica en esa época don Ramón Castilla y Marquesado, y el ilustre jurista magistrado
doctor Juan Oviedo, que actuaba como ministro de Justicia. Después de examinarse
para conocimiento ocial el estado y situación del Archivo Nacional, se expresaba
concretamente que ya tenía adelantadas y casi en pie de conclusión la clasicación
cronológica y por materias de la mayor parte de sus fondos históricos depositados en
sus repositorios.
Se propone contratar la confección de dos retratos al óleo de gran tamaño del mariscal
don Ramón Castilla y de su ministro don Juan Oviedo para colocarlos en el salón prin-
cipal del instituto; una placa de bronce conmemorativa del centenario a celebrarse que
puede ser maquetada y fundida en el Politécnico Nacional José Pardo; la publicación
de una edición extraordinaria de la Revista del Archivo Nacional del Perú, en la cual
se insertarían documentos históricos antiguos e inéditos; la acuñación en la Casa Na-
cional de Moneda de quinientas medallas de plata de distintos tamaños conmemora-
tiva; la impresión de un millón de estampillas de franqueo de curso forzoso y por una
sola vez de diez y veinte centavos, con los retratos estereotipados de los fundadores
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del Archivo Nacional, de cuya emisión le correspondería el 30%; y la impresión de un
timbre especial de un sol que debe adherirse a toda solicitud petitoria de documento
del Archivo Nacional.
Se dirigió nota especial a Nueva York, a la Fundación Rockefeller, por intermedio del
historiador y archivista doctor John Harrison, suplicándole obtener las facilidades de
acuerdo con la Sección Hispánica de la Biblioteca del Congreso en Washington para
tomar copias fotostáticas de numerosos manuscritos del Perú que existen en esa ins-
titución; y, como asistente de dicha Fundación Rockefeller, se le consultaba la nece-
sidad de auspiciar la creación de una beca como número sobresaliente del aniversario
del Archivo Nacional para destacar dos empleados a los archivos españoles y tomar
las copias fotostáticas, o microfílmicas, necesarias para integrar los renglones históri-
cos que aparecen incompletos. Se cursó una circular a los presidentes de las institucio-
nes históricas de la capital promoviendo reuniones en la sede del Archivo Nacional,
que estuvo desierta, y posteriormente se extendió a los departamentos, la cual surtió
efecto en el sentido de acreditarse algunos delegados para la reunión celebrada en el
Archivo Nacional el día de la celebración de su centenario.
El ministro de Justicia de ese entonces, doctor Raúl Gómez de la Torre, escuchando la
petición de la dirección del Archivo Nacional, consignó una partida en el presupuesto
de cincuenta mil soles para la celebración del centenario, que sensiblemente fue su-
primida alegándose falta de dinero para otros gastos.
Sin embargo, el director del Archivo Nacional, en cumplimiento de su deber, elevó al
Ministerio de Justicia y Culto las proformas para la ejecución de los retratos al óleo
del mariscal don Ramón Castilla y del doctor Juan Oviedo, presentadas por los artis-
tas pintores señores Francisco González Gamarra, Julio Pantoja Rodulfo, Oswaldo
Oviedo Batuone y don Gerardo Chávez López, por los precios de veinte mil, quince
mil, catorce mil y nueve mil quinientos soles, respectivamente; las proformas del Po-
litécnico Nacional José Pardo, para la confección de la placa de bronce en alto relieve;
de la Librería e Imprenta Gil S.A., para la edición extraordinaria de la Revista del
Archivo Nacional; y de la Casa SIAM Cánepa Hnos., para la acuñación de quinientas
medallas de plata. Todas estas proformas cayeron en el vacío y los artistas pintores,
entre ellos don Julio Pantoja Rodulfo, han exhibido al Archivo el retrato al óleo del
Gran Mariscal don Ramon Castilla en cumplimiento de su compromiso, exigiendo
que sea comprado como se propuso desde un principio. No es demás anotar que el
Ministerio de Justicia y Culto, por notas ociales, ha autorizado a la Dirección del
Archivo Nacional para la confección de los retratos al óleo.
Ante la imposibilidad de obtener fondos para la celebración de la fausta fecha, la Di-
rección renunció, prácticamente, a las adquisiciones tan necesarias solicitadas y trato
de ver si con dinero de su cuenta especial, que es exigua, podía disponer de algún
fondo para emplearlo en la celebración. Y así fue, para la fecha centenaria se levantó
un tabladillo o auditórium provisional, en donde se instaló la mesa de honor para la
concurrencia ocial, y en la parte del pasadizo se instalaron asientos para los historia-
dores, investigadores, alumnos de las universidades, empleados del Archivo y público
en general. Entre los números principales después del discurso del director del Archi-
vo, y del historiador y catedrático de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos,
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Dr. don Carlos Daniel Valcárcel Esparza, que se publican dentro de esta información,
se pasaron en nuestra pantalla diecisiete microlms de piezas históricas de los años
1533 a 1535, de don Francisco Pizarro, Diego de Almagro, Gonzalo Pizarro, parte de
la legión de los Trece del Gallo, la autógrafa de fray Martín de Porras, etc.
La concurrencia asistente visitó los salones de nuestros repositorios y conoció de visu
la importancia y signicación del Archivo Nacional, que para muchos era ignorado y
que causó sorpresa que albergara tan voluminosa cantidad de documentos históricos,
ya debidamente acondicionados y al servicio de los estudiosos y del país.
La primera Asociación Internacional de Noticiarios “Sucesos Peruanos” ofreció y pre-
sentó propuesta concreta para microlmar toda la documentación del Archivo Nacio-
nal y exhibirla en los cines de la capital y de todo el Perú.
En el estrado ocial tomaron asiento el edecán representante del señor presidente de
la República, el presidente de la Corte Suprema, el presidente de la Corte Superior
de Lima, el señor ministro de Justicia y Culto, representado por el director general de
Justicia, Dr. Carlos Barreda y Laos, el director del Archivo Nacional, Dr. Óscar Malca
Olguín y el Dr. Carlos Daniel Valcárcel.
Lima, mayo de 1961
III
Señor Edecán, representante del señor presidente de la República,
Señor presidente de la Corte Suprema,
Señor presidente de la Corte Superior de Lima,
Señores presidentes de Instituciones históricas,
Señores:
El día de hoy se cumplen cien años, fecha en que dos varones ilustres y de legítima
recordación nacional, el entonces presidente de la República del Perú, general don Ra-
món Castilla, y su ministro de Estado, doctor Juan Oviedo, rubricaron con sus rmas
la ley de fundación del Archivo Nacional del Perú. Ley básica y orgánica, que a través
del decurso de los tiempos y después de las vicisitudes sufridas en su desarrollo, ha
llegado a constituir el alma máter de la cultura histórica nacional. Su texto clarísimo
y sabio trasunta en esencia la dimensión de las aspiraciones culturales del Perú y su
trascendencia en los destinos futuros de la nacionalidad. Parece que su espíritu se
reproduce íntegramente en el presente, reclamando su el y obligado cumplimiento.
Es la institución matriz, el depósito sagrado de la ínclita herencia que nos legaron
nuestros antecesores, y que tenemos el deber y honor de conservar. Loor y recuerdo
imperecedero a la memoria de sus autores, que con su gran obra han conquistado el
reconocimiento de la cultura histórica y el laurel fresco y lozano de la inmortalidad.
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Estimo necesario, en esta oportunidad, historiar panorámicamente los esfuerzos des-
plegados para convertir en realidad la vigencia de la ley de fundación del Archivo
Nacional. Los intelectuales, historiadores e investigadores, en cruzada accidentada y
tenaz, trataron siempre de defender el valioso patrimonio documental peruano, en lu-
cha perenne con la negligencia y falta de civismo que, como puntas de lanza, tendían
a mermarlo y extinguirlo.
Los papeles y documentos de nuestros archivos han corrido la aventura y camino de
las gestas libertarias, y de nuestro agitado y convulso proceso político. Unas oportu-
nidades eran llevados en “sacos” y “carretas”. y otras eran pasto de los incendios tan
frecuentes, y de la falta de cuidado y vigilancia de los encargados de su custodia.
En los albores del período republicano, cuando gobernaba el Perú el presidente de la
República don José de la Riva Agüero, los archivos viajaron al puerto de Huanchaco
de la ciudad de Trujillo, departamento de La Libertad. El libertador Simón Bolívar,
después de la victoria de Ayacucho, dispuso que regresaran a Lima, habiendo cum-
plido esa orden el 26 de marzo de 1826, el prefecto de ese departamento, general don
Luis José Orbegoso. Un año antes, el 26 de marzo de 1825, el cosmógrafo mayor del
Perú, Dr. José Gregorio Paredes, gestionó su guarda y depósito en la capilla del Pala-
cio de Gobierno. El 2 de octubre de 1834, el propio Dr. Paredes denunció que a pesar
de haber prohibición absoluta para extraer documentos de los archivos, se habían re-
mitido al Supremo Tribunal de la Corte Suprema cuatro libros que comprenden copias
de las Reales Cédulas de 1719 a 1768, y originales las de 1799 a 1801. A consecuencia
de las tremendas tempestades políticas desatadas en el país, el Gobierno para evitar
mayores pérdidas ordenó que se guardaran en el Convento de San Agustín.
El 12 de octubre de 1846, el Dr. Juan Manuel del Mar, primer vice presidente, recuer-
da al general Castilla, como presidente de la República, el establecimiento del Archi-
vo General. Por decretos supremos del 14 de setiembre y 14 de diciembre de 1859,
se dispuso la fusión de varios archivos y el nombramiento de una Junta Inspectora,
integrada por el general don Manuel de Mendiburu, Dr. José Dávila Condemarín y el
Dr. José Antonio de Lavalle.
Al glorioso estadista don Ramón Castilla le cupó el honor y gloria de haber propuesto
al Congreso la organización y funcionamiento del Archivo Nacional del Perú, habién-
dose expedido la ley de su fundación el 15 de mayo de 1861, cuyo centenario celebra-
mos con gran alborozo en nuestra propia casa. Solo a partir de la dación de esta ley,
nuestra institución ostenta el nombre de Archivo Nacional del Perú.
En las postrimerías del Gobierno del general Pezet, su ministro de Hacienda, don José
J. Loayza, el 22 de agosto de 1865, insiste en el cumplimiento de la ley de fundación
del Archivo Nacional.
Terminado el conicto internacional del glorioso combate del 2 de Mayo, el Gobierno
del presidente, general don Mariano Ignacio Prado, expidió el gran decreto de 30 de
enero de 1865, dando vigor a la ley de fundación del Archivo Nacional, nombrando
como su primer director al distinguido ciudadano Dr. Santiago Távara Andrade. El
presidente de la República, general don José Balta, el 2 de Julio de 1870 se interesa
patrióticamente por la ejecución de la ley del Archivo Nacional. El año 1872, el pre-
sidente, doctor Manuel Pardo y Lavalle, apreciando la importancia de la institución,
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nombró el 17 de octubre de 1873 como primer archivero al destacado ciudadano don
José María Bravo, y una Comisión Inspectora, presidida por el Dr. José Dávila Con-
demarín, e integrada por el Dr. Mariano Felipe Paz Soldán y el general don Manuel
de Mendiburu.
En el año 1883, se inaugura la clasicación y catalogación de nuestros fondos his-
tóricos. Durante la infausta guerra con Chile, el Archivo Nacional fue saqueado y
desposeído de sus más importantes documentos.
En noviembre de 1883, el presidente de la República, general don Miguel Iglesias,
nombró director de los despojos de la Biblioteca Nacional y del Archivo Nacional al
distinguido literato y escritor don Ricardo Palma, quien solamente se preocupó de la
primera institución, y el que ocialmente comunica, el 12 de Julio de 1890, que los
manuscritos de alguna importancia los había registrado en el catálogo de la Sección
de Manuscritos de la Biblioteca. Desde aquí arranca la fecha en que los manuscritos
históricos son depositados en la Biblioteca Nacional y no en el Archivo Nacional, con
trasgresión de la ley de su fundación de 15 de mayo de 1861.
El año 1905, el presidente de la República, doctor José Pardo, en su propósito de
favorecer al Archivo Nacional, creó el Instituto Histórico del Perú, determinando por
Decreto Supremo de 18 de febrero de 1905 que la institución quedaba sujeta a su
patrocinio y vigilancia. Durante el segundo gobierno del Dr. José Pardo se dictó el
Decreto Supremo de 17 de marzo de 1919, disponiendo la clasicación cientíca y
técnica de la documentación del Archivo Nacional. El 15 de mayo de 1923, durante el
gobierno de don Augusto B. Leguía, con su ministro de Justicia Dr. Julio Ego Aguirre,
se expidió la Ley 4668 y su reglamento interno de 26 de julio del mismo año, sobre la
reorganización del Archivo Nacional, bajo cuya égida vivimos y funcionamos hasta
la fecha.
Esta es, señores, la semblanza biográca a vuela pluma de la institución del Archivo
Nacional, cuyo centenario festejamos. Y dentro de su articulado y en diversos perío-
dos, se ha logrado ya la clasicación cronológica y por materias de todos sus fondos
históricos, esperando únicamente el trabajo especializado para dar cima al catálogo,
al chaje respectivo y a la integración de algunos renglones que están incompletos por
retenerlos en su poder otras instituciones.
Como ideario constante, venimos sosteniendo que el Archivo Nacional debe ser la
institución matriz y única donde se deposite y custodie la riqueza documental perua-
na. Abogamos decididamente por la centralización documentaria, pensando siempre
en su pronta realización para que el Perú tenga el mismo orgullo de muchas naciones
latinoamericanas, en un futuro muy próximo, de construir su edicio monumental
para su Archivo General de la Nación.
Séame permitido, en esta ocasión, tributar el homenaje de respeto y admiración, en
nombre del Archivo Nacional, a todos los directores que me han antecedido, por su
labor constructiva y medular realizada con grandes sacricios y abnegación sin -
mites. Al personal de jefes y empleados, que cada uno en su esfera han prestado su
colaboración para presentar a la institución con la prestancia y progreso que exhibe
en su centenario.
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Saludo calurosamente a los señores delegados de los archivos históricos de Lima y de
los departamentos, que con espontaneidad que agradezco han venido a reunirse frater-
nalmente con nosotros en nuestra fecha centenaria para celebrar la primera Reunión
de Archiveros, con miras a la organización de la futura Convención de Archiveros
del Perú, que debe trazar los planes y programas para el desarrollo de los archiveros
peruanos.
Expreso mi profundo reconocimiento a las personalidades representativas que con su
presencia han enaltecido esta actuación, que quedará impresa en el calendario cívico
de las grandes festividades culturales del país.
Lima, 15 de mayo de 1961